Plus de turnicidad. Cuando el/la trabajador/a sea sometido/a a turnos de trabajo en diferentes franjas horarias, y esta rotación no esté contemplada en el párrafo anterior, tendrá derecho a una percepción equivalente al 5% xxx xxxxxxx base. La percepción de este plus es incompatible con la percepción del plus de disponibilidad en cuantía del 30%.
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Samples: Viii Convenio Colectivo Interprovincial, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Plus de turnicidad. Cuando el/la trabajador/a el trabajador sea sometido/a sometido a turnos de trabajo en diferentes franjas horarias, y esta rotación no esté contemplada en el párrafo anterior, tendrá derecho a una percepción equivalente al 5% 5 por 100 xxx xxxxxxx base. La percepción de este plus es incompatible con la percepción del plus de disponibilidad en cuantía del 30%10 por 100.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo