Política de remuneraciones Cláusulas de Ejemplo

Política de remuneraciones. De conformidad con el artículo 111 bis de la Ley, la Sociedad gestora ha aprobado y adoptado una Política de Remuneraciones del OICVM V junto con la política de remuneraciones del Grupo Standard Life Aberdeen que cumple la normativa AIFMD (en conjunto, la “Política de remuneraciones”). La Sociedad gestora considera que la Declaración de la Política de remuneraciones del OICVM es coherente con la gestión de riesgos firme y eficaz y la promueve; no promueve la xxxxxxxx de riesgos que es incompatible con los perfiles de riesgo de los Fondos o los Estatutos y no afecta al deber de la Sociedad gestora de actuar en interés de cada uno de los Fondos y sus accionistas. La Sociedad gestora cree que recompensar al personal por su contribución es clave para contratar y mantener a una plantilla con talento. La Política de remuneraciones se ha elaborado para: • equilibrar los intereses del personal con los intereses sostenidos a largo plazo de la Sociedad gestora, los Fondos, los negocios, los accionistas y otras partes interesadas; • centrarse en la remuneración relacionada con el rendimiento, tanto a nivel corporativo como individual, atenuada por un énfasis en asegurar que el rendimiento no se alcanza al asumir riesgos que no pertenecen a la propensión al riesgo del Grupo Standard Life Aberdeen ni de sus Fondos; • promover una gestión de riesgos segura y desalentar la xxxxxxxx de riesgos que exceda el nivel de riesgo tolerable de Standard Life Aberdeen, teniendo en cuenta los perfiles de inversión de los Fondos; • incorporar medidas para evitar los conflictos de intereses y • ofrecer remuneración fija e incentivos que sean razonables y competitivos dentro del sector de gestión de activos. El consejo de administración de Standard Life Aberdeen plc ha establecido un Comité de remuneraciones que opera en todo el grupo. El Comité de remuneraciones es responsable de: • aprobar la Política de remuneraciones; • aprobar los paquetes de remuneración de altos ejecutivos; • determinar la cuantía de cualquier pago variable anual; • aprobar el diseño de planes de incentivos; y • considerar la contratación y el despido de ciertos empleados. Los detalles de la Política de remuneraciones actualizada, incluyendo, entre otros, una descripción de cómo se calculan la remuneración y los beneficios, y la identidad de las personas responsables de otorgar las remuneraciones y los beneficios, incluyendo la composición del comité de remuneraciones, están disponibles en xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx b...
Política de remuneraciones. Helvetia Compañía Suiza aplica un sistema de compensación simple y transparente a todos sus empleados, así como a sus órganos de gobierno y dirección. Estos últimos deben ser aprobados por el Consejo y el Comité de Dirección del Grupo Helvetia La retribución se compone de un componente fijo y un componente variable. El sistema de retribución es transparente, justo y apropiado. “Aquellos que realizan un buen trabajo deben estar bien retribuidos”. Tiene en cuenta la responsabilidad de la función, la calidad de su trabajo y el esfuerzo y tiempo invertido. Existe una relación adecuada entre el componente fijo y el variable, con el fin de asegurar que el componente variable no sea excesivo y pueda impactar en la xxxxxxxx de riesgos por los empleados, ni que estos se focalicen en objetivos a corto xxxxx.Xx retribución está diseñada según los objetivos individuales del empleado y también en función del resultado global de la compañía. Además se fija de forma que sea competitiva con el sector y mercado laboral. El sistema de compensación de Helvetia para sus empleados ha probado su valor al ser justo y competitivo.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.