PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION. X.1.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION. X.1.- 16.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, Igualmente podrá modificar por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución yresolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo.
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION. X.1.- 29.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución yy determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION. X.1.- XI.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos el contrato administrativo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos el contrato y acordar su resolución yy determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y por el RGLCAP. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
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Samples: Contrato Administrativo Tramitación Ordinaria Procedimiento Negociado
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION. X.1.- VIII.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución yy determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP y sus normas de desarrollo. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
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