PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS Cláusulas de Ejemplo

PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El CONTRATISTA deberá presentar las garantías máximo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. EL PA-FCP aprobará el mismo día las garantías presentadas por el CONTRATISTA. En caso de presentarse alguna observación por parte del FONDO a las garantías, el beneficiario deberá responder en un plazo no superior a un (1) día hábil, so pena de aplicar el siguiente procedimiento: En el caso que el proponente favorecido se niegue a firmar el(los) contrato(s) respectivo(s) o deje pasar el término fijado para su perfeccionamiento y legalización, o no constituya la garantía de cumplimiento requerida en el contrato, EL FONDO podrá hacer efectiva la garantía de seriedad y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente. En este caso, se deberá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad, en consecuencia, EL FONDO exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato y así sucesivamente.
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El CONTRATISTA deberá presentar las garantías dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. EL CONTRATANTE aprobará las garantías presentadas por el CONTRATISTA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de las mismas. En caso de presentarse alguna observación por parte de la CONTRATANTE a las garantías, el adjudicatario deberá responder en un plazo no superior a dos (2) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas a continuación:.
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El Contratista deberá presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el numeral 9.3 para la Fase II y los requisitos dispuestos en los presentes TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA FFIE a las garantías, el Proponente a quien se le haya aceptado la Propuesta, deberá responder a las observaciones realizadas en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas en el numeral 9.6. En el evento que el Proponente Seleccionado presente y constituya la garantía de cumplimiento requerida por un 60% sobre el monto total de cobertura del valor del Contrato Marco para efectos del cumplimiento de lo previsto en la Fase II para la legalización del Contrato, el 40% restante de cobertura de la garantía deberá asegurarse en los términos descritos en el numeral 9.5.1, so pena que durante la ejecución no se le asignen más Actas de Servicio bajo el presente Contrato Marco, quedando facultado el PA FFIE para asignarlos a otros Proponentes Seleccionados o terceros en los términos descritos en el numeral 8.3 de los presentes TCC.
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El Contratista deberá presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el numeral 10.4 y los requisitos dispuestos en los presentes TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA FFIE a las garantías, el Contratista con el que se haya suscrito el respectivo contrato, deberá responder a las observaciones realizadas en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas en el numeral 9.2 de los presentes TCC. En el caso que el Proponente favorecido se niegue a firmar el(los) Contrato(s) respectivo(s) o deje pasar el término fijado para su legalización, o no constituya la garantía requerida para el contrato de obra que se le asigne, el PA-FFIE, previa instrucción del Comité Fiduciario, podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la Propuesta presentada y dispondrá de su valor como indemnización por los perjuicios causados, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el Proponente y/o adelantar las acciones judiciales que considere pertinentes. En este caso, se deberá seleccionar al Proponente ubicado en el siguiente orden de elegibilidad dentro del respectivo grupo, y así sucesivamente hasta agotar la respectiva lista de elegibles. La anterior regla aplica de manera individual para cada uno de los grupos que fue objeto de Propuesta. El Proponente al presentar su Propuesta acepta de manera expresa las condiciones aquí expuestas.
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El Contratista deberá presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el numeral 3.29 para la Fase II y los requisitos dispuestos en los presentes TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA FFIE a las garantías, el Proponente a quien se le haya aceptado la Oferta, deberá responder a las observaciones realizadas en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas en el numeral 3.29.3 El Contratista deberá presentar los documentos SARLAFT, de conformidad con las reglas definidas en el numeral 3.29 para la Fase I y los requisitos dispuestos en los presentes TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA FFIE a los documentos, el Proponente a quien se le haya aceptado la Oferta, deberá responder en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas en el numeral 3.29.3 Así mismo, se aplicarán dichas consecuencias, cuando el proponente a quien se le haya aceptado la oferta, dentro del término de legalización, incurra en alguna de las siguientes causales:
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El Contratista deberá presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el numeral 29 para la Fase II. En caso de presentarse alguna observación por parte del FONDO a las garantías, el adjudicatario deberá responder en un plazo no superior a dos (2) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas a continuación:
PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS. El Contratista deberá presentar las garantías de conformidad con las reglas definidas en el numeral 10.4 y los requisitos dispuestos en los presentes TCC. En caso de presentarse alguna observación por parte del PA-FFIE a las garantías, el Contratista con el que se haya suscrito el respectivo contrato, deberá responder a las observaciones realizadas en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, so pena de aplicar las consecuencias establecidas en el numeral 9.2 de los presentes TCC.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.