Prestación farmacéutica Cláusulas de Ejemplo

Prestación farmacéutica. Las prestaciones incluidas en la cartera de servicios se garantizarán mediante la provisión de los recursos asistenciales necesarios. Así mismo, la entidad impulsará actuaciones orientadas a potenciar la coordinación entre los niveles de atención primaria, especializada y de urgencias con el objeto de garantizar la continuidad asistencial y la atención integral de los pacientes.
Prestación farmacéutica. La Entidad Adjudicataria/se encargará de la asistencia farmacéutica de los pacientes ingresados a través del Servicio de Farmacia Hospitalaria integrado o concertado con un Servicio de Farmacia Hospitalaria autorizado por la Consejería de Sanidad. La Entidad Adjudicataria se responsabilizará de la adquisición de los productos farmacéuticos y sanitarios necesarios para prestar la asistencia a los pacientes ingresados, a excepción de los medicamentos de uso hospitalario (son los que requieren la atención del equipo multidisciplinar de atención a la salud; generalmente sólo se dispensan en los servicios de farmacia de los hospitales, se identifican por llevar la sigla H junto al Código Nacional en el envase (RD 1345/2007, art. 24 y Circular 12/91 de la DGFPS) y se asimilan a la Farmacia hospitalaria ambulatoria de pacientes externos) que correrá a cargo del Servicio Madrileño de Salud. El centro hospitalario en el que se encuentre ubicada cada Unidad deberá disponer de una Comisión de Farmacia y Productos Sanitarios que elaborará una estrategia específica del uso racional de psicofármacos. La Entidad Adjudicataria deberá implantar un sistema racional y seguro de distribución de medicamentos, en forma de dosis unitarias o con sistema de distribución de dosis personalizadas. La Entidad Adjudicataria se compromete a registrar y suministrar a la Oficina Regional de Coordinación de Salud Mental y Adicciones de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud toda la información que precise, en la forma y con la periodicidad con la que ésta lo determine, además de la siguiente información periódica: - Memoria anual de actividad. - Información sobre los recursos humanos y materiales del Servicio - Agendas Informatizadas que se señalen como necesarias por el Servicio Madrileño de Salud, así como cuanta información clínica sea precisa en el Sistema que se indique por dicho Servicio. - Cuanta información sobre la actividad y forma de llevarla a cabo sea solicitada por el Servicio Madrileño de Salud, con fines de evaluación de servicios y estudios epidemiológicos. Todo trasvase de información entre la UME-Adolescentes y la Oficina Regional de Coordinación de Salud Mental y Adicciones de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud del Servicio Madrileño de Salud cumplirá los requisitos de confidencialidad exigidos por la vigente Ley de Protección de Datos. La Entidad Adjudicataria tendrá permanentemente actualizada la relación de pacientes en tratamiento, pudi...

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