PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos. COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA para el manejo del incentivo. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en la que se manejarán los recursos del proyecto, la suscripción del acta de inicio y la autorización de la interventoría. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya certificado el cumplimiento de EL CONTRATISTA respecto de la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Así mismo los desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA debidamente aprobados). El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derecho, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Cofinancing Agreement, Cofinancing Agreement
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVAINNPULSA COLOMBIA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: :
1. INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos.
2. INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA para el manejo del incentivode los recursos de cofinanciación aprobado.
3. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en para la que se manejarán los recursos ejecución del proyectocontrato, la suscripción del acta de inicio y la autorización constitución de la interventoríapóliza de cumplimiento y que el contrato haya sido debidamente legalizado por parte de la Vicepresidencia Jurídica de FIDUCÓLDEX en los términos de la Cláusula Trigésima quinta del presente instrumento.
4. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya INNPULSA COLOMBIA, FENOGEy LA INTERVENTORIA hayan certificado el cumplimiento de los requisitos a que haya lugar por parte EL CONTRATISTA respecto de la entrega de metas, a los resultados y actividadesplanteados para el periodo, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Así mismo los esos desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA INNPULSA COLOMBIA,FENOGE e INTERVENTORIA debidamente aprobados).
5. El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derecho, previo concepto de INNPULSA COLOMBIA, FENOGE y LA INTERVENTORIA, si con fundadas razones se determina que el EL CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Fiducia Mercantil
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVAdel FONDO, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: COLOMBIA PRODUCTIVA :
1. EL FONDO deberá contar con disponibilidad de recursos.
2. COLOMBIA PRODUCTIVA EL FONDO realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA para el manejo del incentivo.
3. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en para la que se manejarán los recursos ejecución del proyectocontrato, la suscripción del acta de inicio y la autorización de la interventoríaInterventoría, la constitución de la póliza de cumplimiento y que el contrato haya sido debidamente legalizado por parte de la Vicepresidencia Jurídica de FIDUCÓLDEX en los términos de la cláusula trigésima cuarta del presente instrumento.
4. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya certificado el cumplimiento de que EL CONTRATISTA está cumpliendo respecto de la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTApresentada. Así mismo los desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA al FONDO debidamente aprobados). El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria.
5. EL CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVAal FONDO, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del presente contrato.
6. COLOMBIA PRODUCTIVA EL FONDO cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derechoa favor del CONTRATISTA, si con fundadas razones se determina que el EL CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregadosentregados o cualquier otra circunstancia que se encuentre motivada.
7. Cuando el EL CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contratoFONDO.
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Samples: Fiducia Mercantil
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVAINNPULSA COLOMBIA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos. INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA el PROPONENTE para el manejo del incentivode los recursos de cofinanciación aprobado. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en para la que se manejarán los recursos ejecución del proyectocontrato, la suscripción del acta de inicio y la autorización constitución de la interventoríapóliza de cumplimiento y que el contrato haya sido debidamente legalizado por parte de la Vicepresidencia Jurídica de FIDUCÓLDEX en los términos de la Cláusula Trigésima quinta del presente instrumento. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría SWISSCONTACT haya certificado el cumplimiento de EL CONTRATISTA los requisitos a que haya lugar por parte del PROPONENTE respecto de la entrega de metas, a los resultados y actividadesplanteados para el periodo, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTAel PROPONENTE. Así mismo los esos desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA el PROPONENTE haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA SWISSCONTACT debidamente aprobados). El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA el PROPONENTE tenga derecho, previo concepto de SWISSCONTACT, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA PROPONENTE está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Cofinancing Agreement
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVAINNPULSA COLOMBIA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: :
1. INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos.
2. INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA LA ENTIDAD ADMINISTRADORA para el manejo del incentivode los recursos de cofinanciación aprobado.
3. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en para la que se manejarán los recursos ejecución del proyectocontrato, la suscripción del acta de inicio y la autorización constitución de la interventoríapóliza de cumplimiento y que el contrato haya sido debidamente legalizado por parte de la Vicepresidencia Jurídica de FIDUCÓLDEX en los términos de la Cláusula Trigésima Cuarta del presente instrumento.
4. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría SWISSCONTACT haya certificado el cumplimiento de EL CONTRATISTA LA ENTIDAD ADMINISTRADORA respecto de la entrega de metas, a los resultados y actividadesplanteados para el periodo, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTALA ENTIDAD ADMINISTRADORA. Así mismo los esos desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA LA ENTIDAD ADMINISTRADORA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA SWISSCONTACT debidamente aprobados).
5. El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a INNPULSA COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA LA ENTIDAD ADMINISTRADORA tenga derecho, previo concepto de SWISSCONTACT, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA LA ENTIDAD ADMINISTRADORA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Fiducia Mercantil
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos. COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta corriente bancaria abierta por EL el CONTRATISTA para el manejo del incentivode los recursos de cofinanciación aprobados. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en la que se manejarán los recursos del proyecto, la suscripción del acta de inicio PROYECTO y la autorización o concepto favorable de la interventoría. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría interventoría haya certificado el cumplimiento de EL del CONTRATISTA respecto de a la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL el CONTRATISTA. Así mismo mismo, los desembolsos estarán sujetos a que EL el CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA debidamente aprobados). El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábilno hábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado parafiscales, y la certificación bancaria. EL El CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato. presente contrato COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derechoa favor del CONTRATISTA, si con fundadas razones razones, previo concepto de la interventoría y comunicación del CONTRATISTA se determina que el CONTRATISTA está este se encuentra realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoríainterventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y y/o actividades que correspondan, para que ésta esta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA , quien podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Cofinancing Agreement
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVALA UNIDAD, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: COLOMBIA PRODUCTIVA :
1. LA UNIDAD deberá contar con disponibilidad de recursos.
2. COLOMBIA PRODUCTIVA LA UNIDAD realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL el CONTRATISTA para el manejo del incentivoincentivo aprobado.
3. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en para la que se manejarán los recursos ejecución del proyectocontrato, la suscripción del acta de inicio y la autorización de la interventoría, la constitución de la póliza de cumplimiento y que el contrato haya sido debidamente legalizado por parte del Departamento Jurídico de Bancóldex en los términos de la Cláusula Trigésima Primera del presente instrumento.
4. Los desembolsos pagos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya certificado el cumplimiento de EL del CONTRATISTA respecto de la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida productos intermedios o finales de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Así mismo los desembolsos esos pagos estarán sujetos a que EL el CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso pago deban encontrarse encontrase actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA LA UNIDAD debidamente aprobados).
5. El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria. EL CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVALA UNIDAD, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del presente contrato.
6. COLOMBIA PRODUCTIVA LA UNIDAD cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso pago al que EL el CONTRATISTA tenga derecho, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados.
7. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolsopago, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades los productos que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVALA UNIDAD. COLOMBIA PRODUCTIVA LA UNIDAD podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismosproductos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo dentro del plazo establecido en la Cláusula Vigésima relacionada con lo previsto en el modificaciones al contrato.
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Samples: Cofinancing Agreement
PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS. Para efectos de la realización de los desembolsos por parte de COLOMBIA PRODUCTIVA, las partes tendrán en cuenta el siguiente procedimiento: :
1. COLOMBIA PRODUCTIVA deberá contar con disponibilidad de recursos.
2. COLOMBIA PRODUCTIVA realizará el giro mediante transferencia electrónica o mediante consignación en la cuenta bancaria abierta por EL CONTRATISTA para el manejo del incentivo.
3. Para el giro de los recursos correspondientes al primer desembolso, será requisito indispensable la legalización del contrato, la apertura de la cuenta requerida en la que se manejarán los recursos del proyecto, la suscripción del acta de inicio y la autorización de la interventoríase
4. Los desembolsos se efectuarán siempre y cuando la Interventoría haya certificado el cumplimiento de EL CONTRATISTA respecto de la entrega de metas, resultados y actividades, así como la ejecución de recursos de cofinanciación y contrapartida de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Así mismo los desembolsos estarán sujetos a que EL CONTRATISTA haya suscrito y remitido todos los documentos legales y contractuales que al tiempo del desembolso deban encontrarse actualizados (pólizas de cumplimiento actualizadas y/o modificadas según corresponda, informes remitidos a la Interventoría y a COLOMBIA PRODUCTIVA debidamente aprobados).
5. El CONTRATISTA deberá presentar la solicitud de desembolso a más tardar el día 20 de cada mes. En caso de que dicho día sea inhábil, el CONTRATISTA deberá radicar la solicitud el día hábil siguiente junto con la copia del certificado de parafiscales actualizado y la certificación bancaria.
6. EL CONTRATISTA deberá informar a COLOMBIA PRODUCTIVA, a más tardar dentro del día hábil siguiente a que tenga conocimiento, de cualquier medida cautelar de la que sea objeto la cuenta bancaria abierta con ocasión de la celebración del contrato.
7. COLOMBIA PRODUCTIVA cuenta con el derecho de suspender cualquier desembolso al que EL CONTRATISTA tenga derecho, si con fundadas razones se determina que el CONTRATISTA está realizando un uso inadecuado de los recursos de cofinanciación, o que los mismos se encuentren en riesgo de perderse sin que se cumpla con el fin para el cual fueron entregados.
8. Cuando el CONTRATISTA requiera mayor tiempo para el cumplimiento de las actividades previstas como prerrequisito para un desembolso, tal circunstancia deberá ser informada por escrito a la Interventoría, con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha prevista inicialmente para la entrega de las metas, resultados y actividades que correspondan, para que ésta emita el respectivo concepto dirigido a COLOMBIA PRODUCTIVA. COLOMBIA PRODUCTIVA podrá determinar si acepta o no el otorgamiento de tiempo adicional para la entrega de los mismos, lo cual, de ser necesario, deberá plasmarse en un otrosí al contrato. La modificación será procedente siempre y cuando la solicitud se realice de acuerdo con lo previsto en el contrato.
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Samples: Fiducia Mercantil