Proceso de evaluación y selección Cláusulas de Ejemplo

Proceso de evaluación y selección. 036. El proceso consta de tres etapas: 037. Primera etapa: Acreditación de cumplimiento con las condiciones del concurso 038. A partir del día siguiente del cierre de la Convocatoria el PNIA tendrá un plazo de 7 días calendario para la verificación de documentos requeridos en el presente concurso, que sustentan el cumplimento de las Condiciones contempladas en la Segunda Sección de las presentes bases. Pasarán a la siguiente etapa del proceso de evaluación, únicamente los que cumplan con los requisitos solicitados y cuenten con la conformidad del PNIA. Quienes no cumplan con requisitos de postulación, automáticamente quedan eliminados. 039. Esta etapa de revisión no implica el otorgamiento de puntaje alguno, su objetivo es revisar y validar los documentos cargados en el Sistema en Línea y verificar el cumplimiento de lo establecido en las Bases, luego de lo cual se determinará a los postulantes aptos para pasar a la etapa de Evaluación Técnica. 040. Nota importante:
Proceso de evaluación y selección. 046. El proceso consta de cuatro etapas: Acreditación, Evaluación, Preselección y Selección. 047. Primera etapa: Acreditación de cumplimiento con las condiciones del concurso. 048. A partir del día siguiente del cierre de la convocatoria, el PNIA iniciará la verificación de documentos requeridos en el presente concurso, que sustentan el cumplimiento de las condiciones contempladas en la segunda sección de las presentes bases. 049. Esta etapa de revisión no implica el otorgamiento de puntaje alguno, su objetivo es revisar y validar los documentos cargados en el sistema en línea, así como verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases, luego de lo cual se determinará a las propuestas aptas para pasar a la etapa de Evaluación Técnica. Quienes no cumplan con requisitos de postulación, automáticamente quedan eliminados. Esta decisión es inimpugnable. 050. Nota importante: 051. Segunda etapa: Evaluación 052. El PNIA seleccionará a uno o más especialistas del Panel de Evaluadores de acuerdo al tema de la pasantía, para conducir el proceso de evaluación que consta de la valoración de cada propuesta en base a criterios previamente establecidos y a la asignación del respectivo puntaje en una escala de 0 a 100 puntos. Los criterios de evaluación para pasantías individuales se muestran en el Cuadro N° 9, mientras que los criterios para pasantías grupales son presentados en el Cuadro N°10. Área Criterios Insumo para la evaluación Puntaje máximo Plan de pasantía Pertinencia del plan de pasantía: Alineación con la temática priorizada por el PNIA Documentos adjuntos en el SLFC 5 Enfoque de la pasantía en Ciencia y Tecnología Ambiental:  Mitigación del cambio climático,  Adaptación al cambio climático,  Mejoramiento de la calidad ambiental,  Aprovechamiento sostenible, la conservación y protección de los recursos naturales, y  Crecimiento productivo y la competitividad del país. 5 Alineación con el rubro de la entidad de origen 5 Adecuada identificación de necesidades técnicas, tecnológicas o de investigación a cubrir (brecha tecnológica)19 15
Proceso de evaluación y selección. 3.2. Etapas del proceso de evaluación y selección
Proceso de evaluación y selección. 3.2. Publicación de resultados
Proceso de evaluación y selección. Las solicitudes que cumplan los requisitos y estén dentro del plazo de la convocatoria serán examinadas por una Comisión de Evaluación compuesta por: • Un representante del HUG (responsable de la Dirección Médica) o persona en quien delegue • Un representante de la Comisión Científica del HUG (presidente) o persona en quien delegue • Un representante de la UEM (Vice rectorado) o persona en quien delegue  El Director de Gestión del HUG o persona en quien delegue.  La Directora de la Fundación de Investigación Biomédica de Getafe. Se valorará curriculum vitae (60%) y se realizará entrevista personal (40%). • Es imprescindible que el candidato presente junto con su CV adjunte el ANEXO I AUTOBAREMO, y la documentación soporte de la formación, experiencia, y méritos recogidos en el CV. • Es imprescindible que las solicitudes sean entregadas en formato digital por lo que no se admitirán solicitudes en papel.
Proceso de evaluación y selección. Para la evaluación y selección de las ofertas se constituirá un comité compuesto por un representante de la OTC en RDC y de un Representante del IMNC. En caso necesario podrá solicitarse la asistencia del área de Patrimonio para el Desarrollo del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural de la Dirección de Relaciones culturales y Científicas de la AECID. Las ofertas se puntuaran de 0 x000.Xx oferta técnica podrá obtener hasta 70 puntos y la económica un máximo de 30. La puntuación final será el resultado de la suma de ambas.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.