Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia Cláusulas de Ejemplo

Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Se promoverá la participación y representación de las mujeres desde su diversidad, como sujetas de derechos y actoras políticas para el ejercicio pleno de su ciudadanía. Para ello, se desarrollarán procesos encaminados a la promoción y fortalecimiento de la participación, representación e incidencia de las mujeres, organizaciones de mujeres, intercambios de experiencias y buenas prácticas, teniendo en cuenta los enfoques y los derechos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género - PPMYEG.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Este programa se orienta a prevenir, atender, proteger y sancionar las violencias contra las mujeres bosunas en su diversidad en razón del género, generar las condiciones necesarias para vivir de manera autónoma, libre de cualquier tipo de violencia y segura, transformar social e institucionalmente los imaginarios que naturalicen o justifiquen la violencia y la discriminación contra las mujeres, fortalecer las capacidades individuales y comunitarias para el abordaje territorial de las distintas formas de violencias contra las mujeres, sensibilizando a los funcionarios y funcionarias públicas sobre la normatividad de los derechos de las mujeres diversas, en especial a las mujeres vendedoras informales, que ayude a la eliminación xx xxxxxxxx en la atención, protección, la sanción de la violencia contra las mujeres, la identificación del riesgo de feminicidio y la implementación del sistema de alertas tempranas, garantizando que la intervención local se realice con enfoque de género.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Hacer de todos los espacios xx Xxxxxxx Unidos zonas de cuidado y entornos protectores para las mujeres, previniendo, atendiendo, protegiendo y sancionando las violencias en razón del género, brindando las condiciones necesarias para vivir de manera autónoma, libre y segura. Para ello, se desarrollarán intervenciones locales con enfoque diferencial para la prevención de las violencias contra las mujeres en el espacio público, a partir de transformación de los prejuicios culturales e institucionales sobre las violencias contra las mujeres, la resignificación simbólica y recuperación física de lugares inseguros y la consolidación de redes comunitarias que realicen acciones orientadas a la exigibilidad del derecho de las mujeres en su diversidad a una vida libre de violencias. Las estrategias y acciones se desarrollarán a través de la transformación social e institucional de imaginarios que naturalicen o justifiquen la violencia y la discriminación contra las mujeres. Así mismo, se busca fortalecer las capacidades individuales y comunitarias para el abordaje territorial de las distintas formas de violencias contra las mujeres y la garantía de sus derechos.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Prevenir, atender, proteger y sancionar el machismo y las violencias contra todas las mujeres y sus diversidades, propendiendo por la garantía de los derechos de estas, el mejoramiento de las condiciones necesarias para vivir de manera autónoma, libre y segura, y el acceso efectivo a una justicia efectiva, legítima y oportuna, con enfoque de género y diferencial, mediante la formación en derechos políticos, económicos, reproductivos y sexuales y especialmente de carácter productivo que permita la superación de brechas de género, eliminen la perpetuación de la violencia económica en los hogares y permitan un empoderamiento de carácter educativo, formal y superior como de naturaliza económica. Así mismo se pretende desarrollar actividades que mitiguen el accionar de violencias sexuales e intrafamiliar, mediante la promoción de las rutas integrales de atención de las entidades relacionada como el Sistema XXXXX en Bogotá y la vinculación a las mismas de la población de mujeres afectadas por este tipo de violencias.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. Con este programa se busca mediante acciones pedagógicas promocionar y fortalecer la movilización comunitaria, la participación, representación e incidencia social y política de las mujeres (niñas, jóvenes, adultas, adultas mayores y mujeres LBTI) en el territorio. Teniendo en cuenta los enfoques de género, de derechos de las mujeres, diverso, étnico e indígena, territorial y diferencial, en sus ejercicios de incidencia proporcionando conocimientos, técnicas y herramientas para desarrollar habilidades, cambios de actitudes y comportamientos vinculando a la sociedad para promover la igualdad de género y eliminar cualquier forma de discriminación. De igual forma, se realizarán actividades para el fortalecimiento de las capacidades individuales y comunitarias para la prevención, protección y eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres (cisgénero, lesbianas y trans). Visibilizando las rutas de atención integral para la garantía de derechos, aportando a la identificación del riesgo de feminicidio y realizando el seguimiento a la eliminación xx xxxxxxxx para la protección y sanción de las violencias contra las mujeres en la localidad de San Xxxxxxxxx. En el espacio público se desarrollarán intervenciones para la resignificación simbólica y recuperación física de lugares inseguros y la consolidación de redes comunitarias que aporten a la exigibilidad del derecho de las mujeres, en su diversidad, a una vida libre de violencias.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. El 50,4% de la población xx Xxxxxxxxxx está compuesta por mujeres y la jefatura femenina de hogares en la localidad alcanza el 37,3%; no obstante, la participación en los procesos educativos, laborales y electorales no es proporcional a su composición. Adicionalmente, la violencia contra la mujer en delitos sexuales es mayoritaria, así como los casos reportados de violencia intrafamiliar. En este sentido, se precisa de la intervención de la administración local en el desarrollo de capacidades para las mujeres de la localidad en el ejercicio de derechos y en la prevención de la violencia contra ellas; es así como se trabajará en la construcción de ciudadanía de las mujeres, en la vinculación de acciones de prevención del feminicidio y de las violencias estructurales, bajo un enfoque de género y diferencial.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. El 50,4% de la población xx Xxxxxxxxxx está compuesta por mujeres y la jefatura femenina de hogares en la localidad alcanza el 37,3%; no obstante, la participación en los procesos educativos, laborales y electorales no es proporcional a su composición. Adicionalmente, la violencia física, psicológica sexual, patrimonial, entre otros factores y los casos de violencia de género; son considerables en la localidad. En este sentido, se precisa de la intervención de la administración local en el desarrollo de capacidades para las mujeres xx Xxxxxxxxxx en el ejercicio de derechos y en la prevención y atención de las violencias contra ellas; es así como se trabajará en: i) la construcción de ciudadanía de las mujeres a través de acciones que promuevan el empoderamiento y las redes de apoyo que contribuyan a garantizar la no repetición de hechos de violencias; ii) en la vinculación de acciones de prevención y atención del feminicidio y de las violencias estructurales bajo un enfoque de derechos humanos, de género y diferencial; iii) en la elaboración de procesos de resignificación de lugares de la localidad denominados como inseguros para las mujeres, a través de acciones de reapropiación y promoción de utilización de espacios, y iv) en la promoción al acercamiento institucional en el ámbito local, para brindar respuesta oportuna en la gestión de casos de violencia de género y problemáticas de seguridad en espacios públicos y privados.
Programa Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de justicia. De acuerdo con datos oficiales de la Secretaría Distrital de Planeación, la localidad de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx ocupa el noveno lugar con mayor número de casos de violencias contra las mujeres. En los Encuentros Ciudadanos se manifestó la importancia de evidenciar que la violencia contra la mujer e intrafamiliar se agudizó con la pandemia a causa del COVID-19. Es importante señalar que no sólo existe violencia física, también psicológica y social, pues manifestaron ser víctimas del desempleo y falta de oportunidades laborales, falta de acceso a educación sexual y educación superior. Lo anterior, trae consigo falta de oportunidades y aumento de brechas sociales, que generan desigualdad de derechos. Dentro de lo consignado por la ciudadanía, se sugiere incrementar la empleabilidad de las mujeres en los proyectos locales, crear organizaciones de mujeres para velar por los derechos y prevenir todo riesgo de feminicidio; realizar pedagogía para detectar cuando se es víctima de violencia intrafamiliar y realizar acompañamiento psicosocial. Por lo anterior, se pretende que, a través de las estrategias planteadas en este PDL, se garantice la adecuada atención a dicha población.

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  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 3.1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), y disposiciones complementarias, por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica promulgue la Comunidad Autónoma, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, (en lo sucesivo Reglamento General) en cuanto esté vigente y por 3.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 97 y concordantes del Reglamento General, y este Pliego, por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. 3.3. Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de condiciones Económico Administrativas y el Pliego de condiciones Técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los pliegos. 3.4. Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales. No obstante a ello, si los días señalados para la apertura de los sobres fueran xxxxxxx, xxxxxxxx o días inhábiles en el municipio de Castrocontrigo , la reunión de la Mesa se aplazará al primer día hábil siguiente, sin variación de la hora.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO En caso de siniestro, el Asegurado deberá: 1. Dar aviso al Asegurador tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento, en los términos previstos en esta póliza. 2. Denunciar o dejar constancia de la ocurrencia del siniestro en la Unidad Policial más cercana dentro de cuarenta y ocho horas de ocurrido el hecho o de haber tomado conocimiento del mismo. 3. Solicitar autorización escrita de la Compañía, o del Liquidador designado, en su caso, para remover los escombros provenientes de los bienes asegurados. 4. Entregar a la Compañía, o al Liquidador designado, en su caso, a la brevedad posible, los siguientes antecedentes: a) Un estado de las pérdidas y daños causados por el siniestro, indicando en forma precisa y detallada los bienes destruidos o dañados y el importe de la pérdida correspondiente, teniendo en cuenta el valor de dichos bienes en el momento del siniestro. b) Declaración de todos los seguros existentes sobre los bienes siniestrados. c) Todos los documentos, libros, recibos, facturas y cualquier otro antecedente que la Compañía o el Liquidador estén en derecho de exigir, en relación con el origen y causa del siniestro, las circunstancias bajo las cuales las pérdidas y deterioros se han producido y el monto de la reclamación. Si el Asegurado estuviere obligado legalmente a llevar contabilidad, deberá acreditar sus existencias con sus inventarios, libros y registros contables. 5. Realizar y ejecutar, a expensas de la Compañía, cuantos actos sean necesarios y todo lo que razonablemente se le pueda exigir, con el objeto de ejercitar los derechos, recursos o acciones que a la Compañía le correspondan por subrogación conforme al artículo 534 del Código de Comercio. 6. El Asegurado no podrá hacer dejación de las cosas aseguradas, salvo pacto en contrario.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.