Enfoque de género Cláusulas de Ejemplo

Enfoque de género. Las partes exhortan al cumplimiento de las siguientes Leyes de Género: Ley 16045 de no discriminación por sexo; Ley 17514 sobre violencia doméstica y Ley 17817 referente a xenofobia, racismo y toda forma de discriminación. Las partes de común acuerdo reafirman el principio de igualdad de oportunidades, trato y equidad en el trabajo, sin distinción o exclusión por motivos de sexo, raza, orientación sexual, credo u otras formas de discriminación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes (CIT 100, 111, 156; Ley 16045 y Declaración Sociolaboral del Mercosur). Se acuerda en forma expresa el cumplimiento de lo establecido en la Ley 17242 sobre prevención del cáncer génito mamario; la Ley 16045 que prohíbe toda discriminación que viole el principio de igualdad de trato y oportunidades para ambos sexos en cualquier sector y lo establecido por la OIT según los CIT 100, 111 y 156. Queda expresamente establecido que el sexo no es causa de ninguna diferencia en las remuneraciones, por lo que las categorías se refieren indistintamente a hombres y mujeres.
Enfoque de género. Es un marco de análisis que permite identificar y comprender las desigualdades entre hombres y mujeres, existentes en todos los ám- bitos de la sociedad. Reconoce y visibiliza las relaciones de poder y su manifestación en el desigual acceso a oportunidades y derechos” (Xxxxxxxx et. al, 2013). La perspectiva de género deconstruye esta falsa dicotomía basada en los cuerpos de las personas, así como las consecuencias que se le han atribuido. Es una categoría de análisis que permite: visibilizar la asignación social diferenciada de roles ytareas en virtud del sexo, género o preferencia/orientación sexual, revela las diferencias en oportunidades y derechos que siguen a esta asignación, evidencia las relaciones de poder originadas en estas diferencias, se hace cargo de la vinculación que existe entre las cuestiones de género, la raza, la religión, la edad, las creencias políticas, entre otras, pre- gunta por los impactos diferenciados de las leyes y políticas públicas basadas en estas asignaciones, diferencias y relaciones de poder. (Xxxxx Xxxxx, óp. cit., p. 8).
Enfoque de género. El Prestatario velará porque el Programa contribuya a disminuir paulatinamente las desigualdades de género existentes en el Área del Programa. A tal fin, el Programa apoyará la creación de una Unidad de Fortalecimiento y Apoyo en Género (UFAG) a cargo de un/a especialista en género de alto nivel. Dicho/a profesional dedicará su tiempo a dar apoyo a las políticas de género y propondrá metodología de trabajo comprobadas, uniformizadas y estandarizadas, actuando como enlace de las acciones del Programa para el Fortalecimiento de los Aspectos de Género en los Proyectos del Fondo en América Latina y el Caribe (PROGENERO). Se dedicará igualmente a la supervisión de las actividades de la especialista de género que trabajará en el Programa.
Enfoque de género. Cohesión Territorial Institución Medida de política/Acción Instrumento (Ley, decreto, resolución, resolución administrativa, norma, disposiciones administrativa) Política transversal de la END a la que se vincula la medida de política Dirección General de Contrataciones Públicas Incremento de las capacidades de los Proveedores del Estado a nivel del territorio nacional. Formalización y registro de empresas. Políticas para el desarrollo de MIPYME de producción nacional. Implementación del decreto 164 producción regional. 13,502 nuevos proveedores inscritos y 2,701 actualizados durante el 2013, alcanzando 38,719 Proveedores. Resolución No.32/2013, que modifica los requisitos para fines de Inscripción en el RPE. Resolución No.32/2013, que modifica los requisitos para fines de Inscripción en el RPE. Modificación de los Pliegos para la Ejecución de obras con incorporación de los criterios de accesibilidad. Elaboración de Documento Estándar sobre Accesibilidad universal. Cohesión Territorial. ‘En el diseño y gestión de las políticas públicas deberá incorporarse la dimensión de la cohesión territorial y asegurar la necesaria coordinación y articulación entre dichas políticas, a fin de promover un desarrollo territorial más equilibrado mediante la dotación de infraestructura, servicios y capacidades necesarias para impulsar el desarrollo de las regiones y los municipios menos prósperos y promociona estrategias regionales de desarrollo y competitividad que aprovechen la diversidad regional , con el concurso de los gobiernos locales y actores sociales, económicos y políticos de cada región.
Enfoque de género. Se evaluará que el oferente acredite al momento de postular:
Enfoque de género. De acuerdo con la definición dada en la guía para la incorporación del enfoque de género en la formulación o actualización de los planes integrales de prevención y protección de derechos humanos, el enfoque de género se puede entender como: (…) una concepción teórica-conceptual sobre la realidad para identificar los diferentes papeles y tareas que llevan a cabo los hombres y las mujeres en una sociedad, las relaciones de poder asimétricas e inequidades entre ambos. Contribuye a visibilizar y explicar estos aspectos de la realidad que, anteriormente, no se habían tomado en cuenta y es aplicable a todos los ámbitos de la vida: político, laboral, educativo, social, económico y personal. De esta manera, se puede determinar las causas que producen las desigualdades e inequidades y formular mecanismos, políticas, estrategias y programas para superar las brechas de género (PNUD y MININ, 2015, p.19) En relación con lo anterior, el enfoque de género es una apuesta política y una herramienta analítica que tiene como principal objetivo la eliminación del sexismo en las relaciones sociales. Para la teórica feminista negra, bell hooks (2017), el sexismo es un sistema de opresión regido por la dominación masculina donde las mujeres y lo femenino se conciben como elementos inferiores en la escala social, objetos de apropiación y devaluación. Dentro de este sistema, a los sujetos se les socializa mediante normas de género que someten a las mujeres y sancionan a las identidades que amenazan la binariedad entre hombres (masculinidad) y mujeres (feminidad). En este sentido, el orden sexista establece jerarquías y obstáculos, impone la diferencia sexual y naturaliza el orden desigual entre hombres y mujeres. Una perspectiva transformadora del orden sexista requiere de acciones políticas, pedagógicas y sociales que permitan conocer cómo se producen las desigualdades de género y emprender acciones para erradicar las prácticas que reproducen la dominación masculina. La crítica a los procesos de normalización de género en la escuela debe inscribirse en un horizonte de derechos humanos, tal como lo concibe el Plan de Transversalización de Género del Sector Educación (XXXXX) el enfoque de género es “una apuesta ética que se fundamenta en el valor de la igualdad y no discriminación como condición indispensable para la construcción de una democracia centrada en los seres humanos” (SED, 2015a, p. 24). La escuela dentro del orden social aparece como un espacio que reproduce las relacio...
Enfoque de género. El Municipio de Medellín y los ALIADOS propenderán por la realización de actividades dirigidas a mujeres cabeza de familia, con una oferta de servicios especial que se adecue a los ingresos y facilidades de pago que tiene esta población

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  • PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR EL PROVEEDOR asumirá la

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Período de Validez de las Ofertas 18.1 Las Ofertas deberán mantener su validez durante el período determinado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de Ofertas establecida por el Contratante. Toda Oferta con un plazo menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. 18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Licitantes que extiendan dicho período de validez. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Seriedad de Oferta de conformidad con la cláusula 19 de las IAL, ésta deberá extenderse por un tiempo determinado. Los Licitantes podrán rechazar la solicitud sin que la Garantía de Seriedad de su oferta se ejecute. A los Licitantes que acepten la solicitud no se les pedirá ni permitirá modificar su Oferta. 18.3 En el caso de los contratos a precio fijo, si la adjudicación se retrasa por más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la validez inicial de la Oferta, el precio contractual se ajustará por un factor o factores especificados en la solicitud de prórroga. La evaluación se basará en el precio de la Oferta sin tomar en cuenta la corrección mencionada.

  • Validez de las Ofertas 16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • Seguro de vida 1. Como complemento de las percepciones que otorga el sistema de Seguridad Social en su modalidad contributiva, las Empresas otorgarán, a su exclusivo cargo, para el personal en activo un seguro de grupo, modalidad temporal renovable anualmente, cubriendo los riesgos de muerte y de anticipo de capital en casos de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por los siguientes capitales para todos los Grupos Profesionales: Años 2020 y 2021: 25.000 euros con garantía complementaria que otorgue el pago xx xxxxx capital (50.000 €) para el caso de muerte por accidente, sea o no de trabajo. Años 2022, 2023 y 2024: 27.000 euros con garantía complementaria que otorgue el pago xx xxxxx capital (54.000 €) para el caso de muerte por accidente, sea o no de trabajo. Una vez que se hubiera anticipado el capital asegurado con motivo de una invalidez permanente, el seguro que se regula habrá quedado cumplido respecto del trabajador declarado inválido. El seguro de vida se mantendrá durante el primer año en las situaciones concretas de excedencia por cuidado de hijo o por cuidado de familiar dependiente que se contemplan en el artículo 66 del presente Xxxxxxxx, siempre y cuando la persona trabajadora excedente muestre su conformidad expresa al respecto y durante dicha situación no estuviera trabajando para otra empresa. 2. La cobertura del presente seguro por el riesgo de muerte se prolongará para la persona trabajadora jubilada hasta que cumplan 70 años de edad, en los términos siguientes: por un capital asegurado del 50% del que le correspondía en el momento de su jubilación. Esta regulación lo es sin perjuicio de que la persona trabajadora jubilada pueda renunciar expresa y voluntariamente a la prolongación del citado seguro. 3. Este artículo con los capitales y coberturas que establece, entrará en vigor y producirá efecto una vez transcurridos 30 días desde la publicación del Convenio en el BOE, prorrogándose hasta dicho momento de su entrada en vigor los capitales y coberturas asegurados conforme al Convenio anterior. cve: BOE-A-2021-21486 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx

  • Formulario de Oferta y Lista de Precios 12.1 El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. 12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta.