Propiedad de los Entregables Cláusulas de Ejemplo

Propiedad de los Entregables. Salvo que se establezca lo contrario en esta Sección 6, una vez recibido por Oracle el pago íntegro por los Servicios y Entregables conforme a la correspondiente SOW, el Cliente será el único y exclusivo propietario de todos los derechos reales y personales sobre los Entregables, excluyendo los materiales de Oracle, datos sociales, materiales de terceros o cualquier otra información específicamente identificada en la SOW como excluida. El Cliente tendrá derecho a utilizar los Entregables para sus operaciones internas de negocio, a menos que se especifique lo contrario en la SOW aplicable. El Cliente reconoce y acepta que no utilizará ningún Entregable con fines de relaciones públicas, ventas o marketing en conjunción con el nombre o la marca de Oracle, sin la previa autorización de Oracle otorgada por escrito. El Cliente no podrá publicar ni revelar los Entregables de ningún modo que exagere, distorsione o tergiverse la información o los datos proporcionados por Oracle, ni de ninguna manera que pueda dañar el renombre de Oracle. Sin perjuicio de lo anterior y para evitar dudas, Oracle conservará la plena propiedad sobre cualquier metodología utilizada durante la prestación de los Servicios, así como sobre cualquier desarrollo futuro (es decir, propiedad intelectual, investigación y desarrollo, análisis del servicio, etc.) que surja de dichas metodologías durante la prestación de los Servicios.
Propiedad de los Entregables. 21.4.1. La propiedad de los Entregables corresponderá a la Sociedad sin ninguna contraprestación adicional al pago al Proveedor del Precio que se establezca en el Pedido.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.