PROVOCACIÓN DEL SINIESTRO. El Asegurador queda liberado si el Asegurado provoca por acción u omisión el siniestro dolosamen- te o por culpa grave, salvo los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuen- cias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Artículo 70 de la Ley de Seguros).
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Samples: Integral De Comercio, Integral De Comercio
PROVOCACIÓN DEL SINIESTRO. El Asegurador queda liberado si el Asegurado provoca por acción u omisión el siniestro dolosamen- te o por el hecho del que nace la responsabilidad, dolosamente o con culpa grave, salvo los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuen- cias, consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Artículo 70 de la Art.70 y 114 Ley de Seguros).
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Samples: Insurance Agreement
PROVOCACIÓN DEL SINIESTRO. El Asegurador queda liberado si el Asegurado provoca por acción u omisión el siniestro dolosamen- te dolosamente o por culpa grave, salvo los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuen- ciasconsecuencias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Artículo 70 de la Ley de Seguros).
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Samples: Seguro Integral De Comercio
PROVOCACIÓN DEL SINIESTRO. El Asegurador queda liberado si el Asegurado provoca por acción u omisión el siniestro dolosamen- te o por el hecho del que nace la responsabilidad, dolosamente o con culpa grave, salvo los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuen- cias, consecuencias o por un deber de humanidad generalmente aceptado (Artículo Art. 70 de la y 114 - Ley de Seguros).
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Samples: Insurance Agreement
PROVOCACIÓN DEL SINIESTRO. El Asegurador queda liberado si el Tomador y/o Asegurado provoca provocan por acción u omisión el siniestro dolosamen- te dolosamente o por con culpa grave, salvo los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuen- ciasconsecuencias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado aceptado. (Artículo Art. 70 de la Ley de Seguros).
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Samples: Seguro De Compra Protegida