QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO Cláusulas de Ejemplo

QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. (1) Piezas, unidades, componentes, baterías o sub-divisiones para ser ensambladas del producto que son cubiertos por la garantía del reparador, detallista, o fabricante; (2) costos por servicio donde haya sido determinado que la reparación no era necesaria; (3) mercancía que no tenga una garantía limitada; (4) cualquier accesorio, fuera de los accesorios incluidos sin costo adicional en Su paquete de compra de equipo inalámbrico, a menos que dicho accesorio haya sido señalado en la Página de Especificaciones; (5) cualquier antena conectada a, o utilizada con, el producto cubierto; (6) propiedad mantenida como inventario permanente o en tránsito; (7) productos usados o productos sin garantía del fabricante; o (8) lesiones a personas o daños a la propiedad causados por cualquier parte cubierta o no cubierta.
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. A. TODOS LOS PLANES DE PROTECCIÓN: (A) Salvo que se disponga lo contrario, desgaste normal; (B) Todas y cada una de las condiciones preexistentes que ocurran previo a la Fecha de Inicio de Cobertura de este Plan de Protección; (C) Fallas naturales o defectos inherentes del diseño o del fabricante; (D) Xxxx intencional; (E) Artículos perdidos, hurtados o irreparables; (F) Cualquier Producto falsamente descrito o materialmente tergiversado; (G) Daño secundario o collateral; (H) Salvo dispuesto lo contrario, mantenimiento, servicio, reparación o reemplazo por pérdida o daño resultante de cualquier causa que no sea el uso, almacenamiento y operación ordinaria del Producto de conformidad con las especificaciones del fabricante y el manual del propietario; (I) Daño causado por exposición a condiciones climatológicas; fuente inadecuada de energía eléctrica; modificaciones de equipos, accesorios o productos añadidos; aditamentos,o instalación o ensamblaje choques con cualquier otro objeto; vandalismo, infestación de animal o de insecto; corrosión; escape de la batería; acto de la naturaleza (accidente ocasionado o producido por causa física que no se puede anticipar o prevenir tal como tormenta, peligros del mar, tornado, huracanes, inundaciones y terremotos) o cualquier otra fuerza mayor o peligro procedente de fuera del Producto; (J) Daños causados por "acumulación", incluyendo, entre otros, daños por el uso repetido o la acumulación gradual de suciedad, polvo, aceites o substancias similares, como aceites para el cabello y el cuerpo, sudor o áreas de contacto corporal oscuras; (K) Daños causados por: cualquier cuido inadecuado, negligente, negligencia, actos intencionales, mal uso o abuso del Producto; cualquier reparación, reemplazo o manejo del Producto que no sea lo recomendado o autorizado por el fabricante y/o Nosotros; o cualquier incumplimiento con la garantía del fabricante; (L) Daño causado por métodos, productos o materiales de limpieza; (M) Defectos debido a la instalación, ensamblaje o conexión de Su Producto; (N) Daños causados por la transportación, entrega, re-entrega, remoción o reinstalación del Producto, o el Producto siendo movido entre diferentes localizaciones o dentro o fuera de almacenamiento, incluyendo el daño causado por el embalaje o desembalaje del Producto; (O) Reclamaciones realizadas en virtud de cualquier Plan de Protección adquirido de forma incorrecta o incorrecta; (P) Salvo que se disponga lo contrario, "daño cosmético" se ref...
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. (1) Piezas, unidades, componentes, baterías o sub-divisiones para ser ensambladas del producto que son cubiertos por la garantía del reparador, detallista, o fabricante; (2) mercancía que no tenga una garantía limitada;
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. (1) Piezas, unidades, componentes, baterías o sub-divisiones para ser ensambladas del producto que son cubiertos por la garantía del reparador, detallista, o fabricante; (2) costos por servicio donde haya sido determinado que la reparación no era necesaria; (3) mercancía que no tenga una garantía limitada; (4) cualquier accesorio, fuera de los accesorios incluidos sin costo adicional en Su paquete de compra de equipo inalámbrico, a menos que dicho accesorio haya sido señalado en la Página de Especificaciones; (5) cualquier antena conectada a, o utilizada con, el producto cubierto;
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. (1) REPARACIONES CAUSADAS POR DAÑO ACCIDENTAL, LÍQUIDOS DERRAMADOS (SALVO QUE HAYA COMPRADO UN PRODUCTO PORTÁTIL, REPRODUCTOR CD/ DVD O SOFTWARE DE VIDEOJUEGOS), INFESTACIÓN POR INSECTOS, USO INDEBIDO, MALTRATO, DAÑO FÍSICO INTENCIONAL Y PRODUCTOS CUYOS NÚMEROS DE SERIE ESTÉN ALTERADOS O FALTEN; (2) SERVICIO REALIZADO POR PERSONAL DE REPARACIÓN NO AUTORIZADO; (3) COSTOS DE REEMPLAZO POR PIEZAS PERDIDAS O CONSUMIBLES (TALES COMO HILOS DE “TRIMMER”, ANTENAS, CARTUCHOS, CINTAS MAGNETOFÓNICAS, SOFTWARE O DISCOS DE COMPUTADORA, ELEMENTOS PARA IMPRESIÓN, SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, BUJÍAS, FILTROS, ELEMENTOS DE PLOMERÍA, PERILLAS, BATERÍAS, BOLSAS, CORREAS, BOMBILLAS Y/O LÁMPARAS); (4) DAÑO COSMÉTICO Y PROBLEMAS DEBIDOS A INSTALACIÓN O REPARACIONES INDEBIDAS Y/O INSTALACIÓN O REPARACIONES NO AUTORIZADAS POR LA FÁBRICA; (5) CASOS FORTUITOS; (6) PRODUCTOS USADOS PARA PROPÓSITOS COMERCIALES (ORGANIZACIONES CON VARIOS USUARIOS), ALQUILER PÚBLICO O USO COMUNITARIO EN VIVIENDAS MULTI-FAMILIARES; (7) PRODUCTOS NO INDICADOS EN EL PLAN; (8) DAÑOS INCIDENTALES O DERIVADOS, LO QUE INCLUYE PERO NO SE LIMITA A LA PÉRDIDA DE USO, PÉRDIDA DE NEGOCIOS O GANANCIAS, PÉRDIDA DE DATOS, TIEMPO DE INACTIVIDAD Y CARGOS POR TIEMPO Y ESFUERZO; (9) CUALQUIER CARGO RELACIONADO CON CONTRATOS DE TERCEROS; (10) DIAGNÓSTICO DE “NO SE ENCONTRARON PROBLEMAS” O NO SE SIGUIERON LAS INSTRUCCIONES DEL MANUFACTURERO; (11) CUALQUIER FALLA O COSTO POR PIEZAS Y/O MANO DE OBRA EN QUE SE INCURRA COMO RESULTADO DE LA RETIRADA XXX XXXXXXX POR PARTE DEL MANUFACTURERO; (12) REPARACIÓN O REEMPLAZO CAUSADO POR DEFECTOS QUE EXISTÍAN ANTES DE LA COMPRA DE ESTE PLAN; (13) SERVICIO O REEMPLAZOS REALIZADOS FUERA DE PUERTO RICO A MENOS QUE ASPPR LO AUTORICE; (14) LIMPIEZAS Y ALINEACIONES A MENOS QUE SE INDIQUE LO CONTRARIO; (15) ROBO; (16) RESPONSABILIDAD O DAÑO A LA PROPIEDAD, O LESIONES O FALLECIMIENTO DE CUALQUIER PERSONA RESULTANTE DE LA OPERACIÓN, EL MANTENIMIENTO O EL USO DEL PRODUCTO; (17) COSTO DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO (EXCEPTO POR QUE DE OTRO MODO SE CONSIGNA EN LA SECCIÓN “QUÉ ESTÁ CUBIERTO” PREVIA), O DAÑOS CAUSADOS POR MANTENIMIENTO PREVENTIVO INCORRECTO;
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. El Programa NO cubre: 1> Daños incidentales o resultantes; 2> fallas ocasionadas por sucesos de fuerza mayor, incendio, inundación, explosión, guerra, terrorismo, huelga, embargo, actos del Gobierno, autoridades militares o factores climáticos; 3> pérdida, hurto, abuso, uso inapropiado, instalación inapropiada; 4> uso y desgaste normales que no afecten la función mecánica o eléctrica del Equipo cubierto; y 5> cambios o realces en el color, la textura, el acabado, la expansión, la contracción, o daños cosméticos al Equipo cubierto, sin importar su origen, entre ellos, rayones y marcas que no afecten la función mecánica o eléctrica del Equipo cubierto. Asimismo, el Equipo cubierto no incluye, y el Programa no cubre: 1> contrabando o bienes resultantes de transporte o comercio ilegal, 2> bienes en tránsito enviados desde un sitio no perteneciente a nosotros, 3> elementos consumibles, como baterías (se entregará una batería estándar con el Equipo de reemplazo para reclamos aprobados para el reemplazo del Equipo cubierto si la batería también ha fallado), 4> cargadores de batería (se entregará un cargador de pared estándar con el Equipo de reemplazo para reclamos aprobados para el reemplazo del Equipo cubierto si el cargador también ha fallado), o 5> cualquier accesorio, (salvo disposición contraria con respecto a baterías y cargadores de baterías y tarjetas SIM), entre otros, tarjetas de memoria u otros dispositivos externos de almacenamiento, placas frontales de color, datos personalizados o software personalizado, tal como aplicaciones, tonos de llamada, juegos o protectores de pantalla. Es posible que le pidamos que recoja el Equipo de reemplazo en una tienda minorista en su área. Podemos solicitarle que presente una identificación con foto emitida por el gobierno.
QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. A. Las reparaciones o sustituciones no autorizadas con anterioridad por el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR, con excepción de las reparaciones que califican como Reparaciones de Emergencia, como se describe en el Artículo 3. CÓMO OBTENER REPARACIONES. B. Las reparaciones o reemplazos de componentes del VEHÍCULO CUBIERTO que no funcionaban correctamente según las especificaciones del fabricante al momento de la venta de este Contrato de servicio del vehículo. C. Cualquier avería mecánica o FALLA que ocurra o resulte de una pieza no estándar (cualquier componente no instalado por el fabricante original) o piezas de alto rendimiento, combustibles alternos, modificaciones mecánicas o eléctricas hechas al VEHÍCULO CUBIERTO incluso, sin carácter limitativo, el uso de neumáticos de mayor tamaño, tamaños de neumáticos que no coinciden con las instrucciones del fabricante, instalación de tubos colectores frontales, kits de elevación vehículos elevados a más de 4 pulgadas o equipo o accesorios quitanieve. X. Xxxxxxxxx pieza, reparación o reemplazo de éstos mientras estén cubiertos por seguros, garantía del fabricante, programa de recuperación, boletines de servicio de fábrica o política especial. E. Cualquier VEHÍCULO CUBIERTO si el odómetro ha sido alterado, modificado, desconectado (excepto durante el mantenimiento o reparación) o no se mantiene en funcionamiento, lo que determina que no registre el millaje real. F. Cualquier avería mecánica o FALLA causada por (a) falta de servicio del VEHÍCULO CUBIERTO según lo recomendado por el fabricante;

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  • RIESGOS NO CUBIERTOS ESTA SECCIÓN NO CUBRE PÉRDIDA, DAÑO Y/O GASTO A CONSECUENCIA DE: DESGASTE NORMAL, DETERIORO GRADUAL, VICIO INHERENTE, OXIDACIÓN, CORROSIÓN, FISURACIÓN, ASENTAMIENTO, DEFORMACIÓN O FATIGA, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO DEFECTO QUE SE DESARROLLE EN FORMA GRADUAL. SI COMO CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS EXCLUIDOS EN ESTA CLÁUSULA, SURGIERE UNA PERDIDA, DAÑO Y/O GASTO PROVENIENTE DE UN RIESGO DE OTRA FORMA CUBIERTO POR LA PRESENTE PÓLIZA, LA COMPAÑÍA SERÁ RESPONSABLE POR LA PERDIDA, DAÑO O GASTO RESULTANTE DE DICHO RIESGO CUBIERTO. DESHONESTIDAD O INFIDELIDAD DE CUALQUIER EMPLEADO DEL ASEGURADO, ASÍ COMO POR LA TRANSFERENCIA DEL ASEGURADO DE ALGÚN TITULO DE PROPIEDAD POR PERDIDA INEXPLICABLE, DESAPARICIÓN MISTERIOSA O ACTO VOLUNTARIO QUE PRODUZCA UNA PERDIDA. SUMA ASEGURADA: VALOR DE REPOSICIÓN AL 100% $574,899.00 LIMITE A PRIMER RIESGO $275,625.00 COBERTURA AUTOMÁTICA ALTERNATIVA “A” DEDUCIBLE: $110,250.00 1% SOBRE EL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO. ALTERNATIVA “B” DEDUCIBLE: 2% SOBRE EL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO. PRIMER RIESGO INFLACIÓN AL 10% ERRORES U OMISIONES.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • Disposiciones no afectadas La aplicación de las medidas establecidas en este Capítulo no afectará las obligaciones del Prestatario establecidas en este Contrato, las cuales quedarán en pleno vigor, salvo en el caso de vencimiento anticipado de la totalidad xxx Xxxxxxxx, en cuya circunstancia sólo quedarán vigentes las obligaciones pecuniarias del Prestatario.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • RIESGOS CUBIERTOS ESTE SEGURO CUBRE TODO RIESGO O CUALQUIER PERDIDA O DAÑO MATERIAL, CAUSADO EN FORMA ACCIDENTAL, SÚBITA Y/O IMPREVISTA, QUE NO SEA ESPECÍFICAMENTE EXCLUIDA POR ESTAS CONDICIONES ESPECIALES, POR LO QUE SE PROCEDE A NOMBRAR DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA LOS RIESGOS QUE ESTÁN INCLUIDOS EN LA COBERTURA CITADA: A TODA PROPIEDAD DEL ASEGURADO Y DE TERCEROS, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE SEÑALAN LOS SIGUIENTES; LOS QUE ESTÉN BAJO CUIDADO, CUSTODIA O CONTROL DEL ASEGURADO. RESPONSABILIDAD CIVIL DE ACTIVIDADES E INMUEBLES, RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL EN QUE INCURRIERA EL ASEGURADO POR DAÑOS A TERCEROS A SUS BIENES Y PERSONAS, RESPONSABILIDAD CIVIL DE ARRENDATARIO, RESPONSABILIDAD CIVIL DE ESTACIONAMIENTOS, RESPONSABILIDAD CIVIL ASUMIDA, RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA, RESPONSABILIDAD POR CONTAMINACIÓN SÚBITA, ACCIDENTAL Y/O IMPREVISTA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LA OPERACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE EQUIPO, SEA FIJO O MÓVIL, CON PLACAS O SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EXCESO DE LA CONTRATADA EN LAS PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que se determinen en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego.

  • Plazo y lugar de ejecución El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de “actividad”, en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, y su plazo de ejecución se haya establecido a fecha fija, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente programada, tendrá como efecto una reducción del plazo de ejecución, y en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio así como del importe de la garantía definitiva. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado 4 del Anexo I de este pliego.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos:

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.