REAJUSTE DE PRECIOS. 11.01.- Este contrato debe ser considerado un contrato integral de precio fijo, por lo que no se aplica el reajuste de precios acorde con el artículo 84 de la LOSNCP.
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REAJUSTE DE PRECIOS. 11.01.- Este contrato debe ser considerado un contrato integral de precio fijo, por lo que no se aplica el reajuste de precios acorde con el artículo 84 de la LOSNCP.
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