Otras multas Cláusulas de Ejemplo

Otras multas. 6.2.1 Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior el Comitente podrá además aplicar multas de hasta 15 (quince) salarios mínimos vitales generales en los casos que se indican a continuación: a) Si el Contratista incumpliere los plazos parciales establecidos en el Cronograma de Ejecución. b) Si el Contratista no atendiere las órdenes e instrucciones del Fiscal de Obras. c) Por no tener en el sitio de los Trabajos el equipo y/o el personal técnico en las fechas previstas. d) Por ausencia injustificada del Residente de Obras, por más de 2 (dos) días hábiles. e) Por incumplimiento de los procedimientos establecidos por la UG. 6.2.2 Las multas se descontarán en el Certificado de Obra Ejecutada, y no serán devueltas por ningún concepto. 6.2.3 El valor acumulado máximo que se cobrará en concepto de multas establecidas en este punto será del 5% (cinco por ciento) del valor total del contrato. En caso de que sobrepase dicho porcentaje, el Comitente podrá declarar la terminación del contrato unilateral y anticipadamente.
Otras multas. 6.2.1 Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior el Contratante podrá además aplicar multas de hasta 15 (quince) salarios mínimos vitales generales en los casos que se indican a continuación: a) Si el Contratista incumpliere los plazos parciales establecidos en el Cronograma de Ejecución. b) Si el Contratista no atendiere las órdenes e instrucciones del Fiscal de Obras. c) Por no tener en el sitio de las obras el equipo y/o el personal técnico en las fechas previstas. d) Por ausencia en obra injustificada del Residente de Obras, por más de 2 (dos) días hábiles. e) Por ausencia injustificada del Representante Legal en las reuniones de obra semanales (3.27.1) f) Si el Contratista da inicio a los trabajos de cualquier componente de las Instalaciones Especiales sin contar con la aprobación de la Empresa Instaladora y de los términos del subcontrato por parte de la Unidad de Gerenciamiento del Proyecto. g) Por incumplimiento de los procedimientos establecidos por la Unidad de Gerenciamiento. 6.2.2 Las multas se aplicarán y descontarán de cualquier suma adeudada a la empresa Contratista dentro del marco del presente contrato y no serán devueltas por ningún concepto. 6.2.3 El valor acumulado máximo que se cobrará en concepto de multas establecidas en este punto será del 5% (cinco por ciento) del valor total del contrato. En caso de que sobrepase dicho porcentaje, el Contratante podrá declarar la terminación del contrato unilateral y anticipadamente.
Otras multas. Recargo anual por no cancelación de valores de matrícula. 25,00 Recargo por retraso en el proceso completo de matriculación vehicular dentro de la calendarización - particulares, estado y cuenta propia. 25,00 Recargo por retraso a la revisión anual vehicular y/o matriculación dentro de la calendarización - público y comercial. 25,00 Copias certificadas de contratos, permisos de operación, resoluciones y otros. 5,00
Otras multas. 28997.8 RECIBOS PERIÓDICOS 28985.1 TARJETAS INGRESOS NO GIIM
Otras multas. Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior el Comitente podrá además aplicar multas de hasta 15 (quince) salarios mínimos vitales generales en los casos que se indican a continuación:
Otras multas. El Contratista se hará pasible a la multa del 1,5 por 1.000 del monto total del Contrato en los siguientes casos. Cuando el Contratista demorare más de cuatro (4) días calendario en responder las consultas (instructivos, cartas, informe, otros) formuladas por escrito por la AEVIVIENDA o por el Supervisor de Obra, en asuntos relacionados con el objeto del contrato. Incumplimiento por cada personal sustituido (Superintendente de Obra, Residente de obra y responsable de seguimiento social), excepto por incapacidad física del profesional, caso de gestación o caso de muerte. En cualquiera de los casos la Empresa Contratista, deberá acreditar oportunamente con los certificados respectivos de la causa aducida. Cuando el Contratista no cuente con el equipo mínimo comprometido de la propuesta adjudicada puesto en obra. Cuando el Contratista no cumpla con alguna de las Condiciones Ofertadas de la propuesta adjudicada. El Contratista se hará pasible a la multa del 1,5 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día calendario de atraso en la siguiente causal: Cuando el Contratista no entregue la planilla final de la obra con la documentación firmada y rubricada en el lapso de 30 días calendario después de la recepción definitiva al supervisor de obra, para proceder al cierre definitivo de la obra, el importe se descontará de su planilla de pago final, de persistir el incumplimiento, el Contratista será inhabilitado a participar en otros proyectos de la AEVIVIENDA en la siguiente gestión o periodo. El Contratista se hará pasible a la multa del 0,2 por 1.000 del monto total del Contrato, en el siguiente caso: • Por cada llamada de atención escrita por diferentes causales establecidas en el presente documento y Contrato Vigente. El Supervisor de Obra podrá emitir llamadas de atención al Contratista por: Incumplimiento a las instrucciones impartidas por el Supervisor de Obra. Incumplimiento en la incorporación de personal propuesto, en el plazo previsto. Incumplimiento en la cantidad y plazo de movilización del equipo comprometido en su propuesta para la ejecución de obra. Incumplimiento por la ausencia del personal propuesto en obra. Incumplimiento en la aplicación en el plan de control de calidad. Incumplimiento en el porcentaje de participación del personal femenino en obra. Cuando la empresa contratista, no inicie los trámites de Certificado de no Propiedad dentro del plazo establecido en el numeral VIII. Cuando la empresa contratista, no informe dentro los plaz...

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PLAZO DE EJECUCION Es el período comprendido entre la Fecha de Comienzo de Servicio y el Último Día de Servicio, como se indica en los numerales 4.2 y 4.3 de la Sección I – TF de las Condiciones Particulares del Contrato.

  • LUGAR DE EJECUCION Las entregas se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 6 de Cuadro de Características que se adjuntan al presente Pliego.

  • PROPUESTAS ALTERNATIVAS ETB no acepta propuestas que impliquen alternativas jurídicas, técnicas, económicas o financieras a las establecidas en los presentes términos de referencia. La propuesta alternativa adicional a la propuesta básica no será objeto de consideración por ETB.

  • Forma y contenido de las proposiciones Las proposiciones constarán de los sobres indicados en el apartado 10 del Anexo I al presente ▇▇▇▇▇▇. Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma: preceptivamente, los siguientes documentos: 1.- Declaración responsable contemplada en el Anexo VI de este pliego, en la que el licitador o persona que lo represente indique que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, o declaración responsable que siga el formulario normalizado del DEUC establecido en el Reglamento (UE) nº 2016/7 (disponible en la página web ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇.▇▇▇) y que sustituye a la documentación contemplada en los apartados 1 a 8 de la cláusula 18 del presente pliego. 2.- Declaración responsable contemplada en el Anexo VII de este pliego, en la que el licitador o persona que lo represente indique que cumple los requerimientos legales en materia social y laboral. 3.- En su caso, la documentación reseñada en los apartados 9 a 12 de la cláusula 18 del presente pliego. 4.- En su caso, compromiso de adscripción de medios (conforme al modelo incluido en el Anexo VIII). En el Sobre “2” se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes y en particular la que se exija, en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el Sobre “3” se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el ▇▇▇▇▇ ▇▇ al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, cuando para la selección del contratista se atienda a una pluralidad de criterios, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos y que figuran en el Anexo I al presente ▇▇▇▇▇▇.