RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Cláusulas de Ejemplo

RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Las reclamaciones en materia de contratación pública se interpondrán y resolverán según lo establecido en los artículos 122 y siguientes de la LFC.
RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. La reclamación en materia de contratación pública se podrá interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de este contrato, contra los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas. La reclamación deberá fundarse exclusivamente en alguno de los motivos que se establecen en el artículo 210.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. Los plazos para la interposición de la reclamación serán los señalados en el apartado 2 del citado artículo.
RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. Sin perjuicio de la interposición de cuantas otras reclamaciones o recursos basadas en otros motivos se interpongan ante otros órganos, con carácter potestativo y sustitutivo, podrá interponerse reclamación en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx por las empresas, profesionales e interesados en la licitación y adjudicación de este contrato, contra los actos de trámite o definitivos que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas. La reclamación deberá fundarse exclusivamente en alguno de los motivos que se establecen en el artículo 210.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. Los plazos para la interposición de la reclamación serán los señalados en el apartado 2 del citado artículo. D/Xx , con DNI….................................., domicilio en , CP…………..localidad………………….., teléfono……………….., en nombre propio/en representación de (según proceda)…………......................................., enterado/a del procedimiento tramitado para adjudicar el contrato de…................................................................................................................................... ..... Que la empresa no está incursa en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. Que cumple con los requisitos de acreditación de la capacidad y de la solvencia exigidos por el art. 54 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos y, en concreto: • Que cumple con los requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional exigidos en el pliego de condiciones esenciales. • Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. • Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes. • Que conoce las advertencias del artículo 49.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, que se recogen en el pliego de condiciones esenciales del contrato como “Cláusulas sociales”. • Que se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitador o candidato. En suma, que la empresa cumple con las condiciones exigidas para contratar y que, en...