Common use of Reducción de jornada Clause in Contracts

Reducción de jornada. El personal que, por razón xx xxxxxxx legal, tenga a su cuidado directo una persona menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ET. Si dos o más personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal De, Convenio Colectivo Estatal De

Reducción de jornada. El personal que, por razón xx xxxxxxx de guarda legal, tenga a su cuidado directo una persona menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o persona con discapacidad discapa- cidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero género tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo. Las víctimas de violencia de género, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas organizati- vas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo artícu- lo 37.5 ET. Si dos o más personas generasen generan este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción concre- ción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán corresponderá a la trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo Preámbulo

Reducción de jornada. El personal queLas trabajadoras durante el periodo de lactancia, podrán optar por razón xx xxxxxxx legalacogerse a 1 hora diaria de ausencia del trabajo o a 1 hora de reducción de jornada durante los 10 primeros meses del menor, tenga o por la posibilidad de acumularlo en tres semanas naturales, a su cuidado directo una persona menor continuación del permiso maternal. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de doce años, persona con situación que ambos trabajen. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, parto múltiple. Nacimientos prematuros. En los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la duración disminución proporcional xxx xxxxxxx. cve: BOE-A-2012-8907 Quien por razones de la hospitalización)guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, las víctimas de violencia de genero tienen psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de su la jornada diaria de trabajo, está con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre un mínimo de una y un máximo de cuatro horas. Esta reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas de jornada se podría ampliar hasta los 14 años del menor siempre que las necesidades organizativas no sea necesario suplirla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y del puesto así lo permitanque no desempeñe actividad retribuida. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en el presente artículo constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornadaprevistos en los apartados anteriores, corresponderán a la trabajadora o corresponderá al trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresasu jornada ordinaria. Para ejercer este derecho el El trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar empresario con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la aplicación del presente artículo serán resueltas por el procedimiento previsto legalmente para ello. La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx en el tiempo que considere necesario y sin que sean de aplicación los límites máximo y mínimo establecidos. A la finalización de las reducciones de jornada aquí contempladas el trabajador tendrá derecho a incorporarse en las mismas condiciones a su puesto de trabajo.

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Samples: www.boe.es

Reducción de jornada. El Circunstancias personales de todo tipo pueden aconsejar a determinado personal que, por razón xx xxxxxxx legal, tenga a su cuidado directo una persona menor solicitar al Departamento de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a GPO una reducción de su jornada diaria laboral normal reservándose aquélla el derecho a concederla pero esta posible reducción de jornada quedará limitada a aquel personal en trabajos indirectos y normalmente a jornada partida, en trabajos sin relación directa entre tiempo y cumplimiento de la función. Queda excluido así el personal a relevos o, a uno o más relevos, sean operarios/as o mandos. En casos especiales, en razón a la importancia del motivo, podrá ponderarse con el/la jefe/a del departamento la posible existencia de una reducción para este personal a relevos, que solicite la reducción. Esta reducción sobre las ocho horas diarias normales podrá ser de dos o de cuatro horas, determinando en todo caso una disminución proporcional tanto en la retribución salarial men- sual como en las pagas extraordinarias y en la retribución de las vacaciones anuales. La cotización a la Seguridad Social y accidentes de trabajo se realizará en función de la nueva retribución que se fije. No sufrirán merma alguna los días festivos, puentes y vacaciones señalados en el calenda- rio laboral y se mantendrán igualmente en su integridad los beneficios sociales. La convertibilidad de la reducción de dos o cuatro horas, llevada a días completos y fijos de semana, deberá ser objeto de estudio expreso en cada caso, con independencia de la re- ducción de jornada. La reducción de jornada no podrá solicitarse por menos de tres meses, que se computarán desde la fecha de inicio de la nueva jornada reducida. El trabajador y la trabajadora tendrá derecho a los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitancuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. La reducción podrá extenderse entre un octavoAsimismo, como mínimo, el trabajador y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ET. Si dos o más personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o trabajadortendrá derecho, dentro de las diferentes formas reales posibilidades de ordenación que la actividad productiva, de la empresa permita, a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional, o a la concesión del tiempo existentes en oportuno permiso de formación o perfeccionamiento profesional, con reserva del puesto de trabajo. Se entiende que la empresa. Para ejercer este derecho asistencia a los cursos, a los que obligatoriamente estará matriculado el trabajador o trabajadora trabajadora, copia de cuya matrícula deberá preavisar justificar ante la dirección de GPO, se hará con la dedicación y aprovechamiento necesarios para el logro de los resultados positivos requeridos por escrito, salvo causa el centro formativo homologado de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariatrate.

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Samples: www.araba.eus

Reducción de jornada. El personal que, Quien por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona menor algún hijo/a que por razones de doce años, persona con situación hospitalización o tratamiento continuado de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave acreditada* («BOE» de 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxx. 00 que contiene la Orden TMS/103/2019, de 6 de febrero, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y se aprueba el modelo de declaración médica sobre la necesidad de cuidado continuo del menor) o persona con discapacidad físicaun/a discapacitado/a físico/a, psíquica psíquico/a o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, es decir, no pueden acumularse las horas de trabajo efectivo reducidas de varios días; se trata de una reducción de la jornada lineal, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. • Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitanno desempeñe actividad retribuida. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en dicho artículo constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos/as trabajadores/as. Si No obstante, si dos o más personas de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el/la empresario/a podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornadaprevistos en este convenio, corresponderán a corresponderá al/la trabajadora o trabajador/a, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en su jornada ordinaria. El/la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora trabajador/a deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando solicitarlo a la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones dirección de la misma conforme empresa con una antelación suficiente de una semana y preavisar al/la empresario/a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. • Cabe la posibilidad que la persona trabajadora solicite desarrollar parte de su jornada laboral, o toda ella llegado el caso, si fuera posible en términos de razonabilidad para ambas partes, bajo la modalidad de trabajo a distancia.

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Samples: www.convenioscolectivos.net

Reducción de jornada. El personal que, Quien por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo ocho años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente acci- dente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitanno desempeñe actividad retribuida. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajado- res, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabaja- dores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio ejer- cicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción xx xxxxx- da, previstos en los apartados 1 y 2 de jornadaeste artículo, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o corres- ponderá al trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresasu jornada ordinaria. Para ejercer este derecho el El trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar empresario con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre empresario y trabaja- dor sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral. La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa. Estos derechos se podrán ejercitar en los términos que para estos supuestos concretos se establezcan en los con- venios colectivos o en los acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores, o conforme al acuerdo entre la empresa y la trabajadora afectada. En su defecto, la concreción de estos derechos corresponderá a la trabajado- ra, siendo de aplicación las reglas establecidas en el aparta- do anterior, incluidas las relativas a la resolución de discre- pancias.»

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Samples: habitat.ccoo.es

Reducción de jornada. El personal que, Quien por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo ocho años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por si mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitanno desempeñe actividad retribuida. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o corresponderá al trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresasu jornada ordinaria. Para ejercer este derecho el El trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar empresario con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente, se resolverán por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.

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Samples: Convenio Colectivo Del Espectáculo De La Comunidad De Madrid (Sector De Los Profesionales De La Danza, El Circo, Las Variedades Y El Folklore

Reducción de jornada. El personal que, Quienes por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo 12 años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ET. Si dos o más personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientono desempeñe actividad retribuida. La concreción horaria y la determinación del período periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea previsto en el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, párrafo anterior corresponderán a la trabajadora o trabajadorpersona trabajadora, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escritosu jornada ordinaria, salvo que por causa organizativa acreditada debidamente no fuera posible el otorgamiento, en cuyo caso se acordará la alternativa más favorable para la persona trabajadora. Las discrepancias que pudieran surgir al respecto serán resueltas por la jurisdicción de fuerza mayor lo social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción social. El progenitor, adoptante, guardador con al menos 15 días fines de antelaciónadopción o acogedor permanente, indicando la fecha en que iniciará la tendrá derecho a una reducción de jornada así como las condiciones de trabajo para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas, y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la misma conforme comunidad autónoma correspondiente. Esta reducción de jornada podrá acumularse en jornadas completas a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación elección de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariapersona trabajadora.

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Samples: www.ugtcatalunya.cat

Reducción de jornada. El personal que, por razón xx xxxxxxx legal, tenga a su cuidado directo una persona menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo artículo 37.5 ET. Si dos o más personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o trabajadoral personal, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora personal deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo

Reducción de jornada. El personal queEste derecho se ejercerá en los términos previstos en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, que establece lo siguiente: «Quien por razón xx xxxxxxx legal, tenga razones de guarda legal tengan a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo ocho años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres y que no desempeñe actividad retribuida. El progenitor, adoptante o tutores en casos acogedor de nacimientos de hijos prematuros carácter preadoptivo o quepermanente, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen tendrá derecho a una reducción de su la jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavocon la disminución proporcional xxx xxxxxxx de, como mínimoal menos, y la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la jornadahospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción Las reducciones de jornada por menores contemplada en el presente apartado constituyen un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma Empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones funcionamiento de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariaEmpresa.»

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Samples: www.boe.es

Reducción de jornada. El personal que, a) Quien por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra una actividad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres y que no desempeñe actividad retribuida. cve: BOE-A-2017-11524 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El progenitor, adoptante o tutores en casos acogedor de nacimientos de hijos prematuros carácter preadoptivo o quepermanente, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen tendrá derecho a una reducción de su la jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavocon la disminución proporcional xxx xxxxxxx de, como mínimoal menos, y la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la jornadahospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción Las reducciones de jornada por menores contempladas constituyen un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornadaprevista en este artículo, corresponderán a la trabajadora o al trabajador, dentro de las diferentes su jornada ordinaria. El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de quince días, precisando la fecha en que iniciará y finalizará la reducción de jornada. Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional xxx xxxxxxx o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo existentes de trabajo que se utilicen en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando Estos derechos se podrán ejercitar en los términos que acuerden la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariaempresa y los trabajadores afectados.

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Samples: www.boe.es

Reducción de jornada. El personal que, Quien por razón xx xxxxxxx legal, razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sensorial, que no desempeñe otra actividad una activi- dad retribuida, quienes precisen tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen derecho a una reducción de su jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitanno desempeñe actividad retribuida. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la em- presa. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lac- tancia y de la reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o jornada corresponderá al trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresasu jornada ordi- naria. Para ejercer este derecho el El trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar empresario con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente, se resolverán por la jurisdicción competente a través del procedimien- to establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.

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Samples: www.universitasxxi.com

Reducción de jornada. El personal que, Las reducciones de jornada se dividen en reducción de jornada por razón xx xxxxxxx guarda legal, cuidado de personas dependientes, víctimas de violencia de género o terrorismo y voluntarias. Las solicitudes que se realicen amparadas en reducciones por guarda legal y violencia de género, tendrán prioridad frente a las asignaciones de periodos de las solicitudes realizadas de reducciones de jornada voluntarias. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona con situación de dependencia reconocida en grado severo años o gran dependencia, menores de 18 años con enfermedad grave o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe otra una actividad retribuidaretribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, quienes precisen reducción que podrá disfrutarse mediante compactaciones de jornada a elección del TCP solicitante, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. El cálculo de la reducción de jornada solicitada por el TCP se realizará sobre los días de trabajo de cada mes, ya sea con una programación mensual con un patrón de 5 días de trabajo 2 libres;5 de trabajo y 3 libres. En el supuesto de que una vez realizado el cálculo el resultado contuviera decimales, se redondeará al alza, si fuera igual o superior a 0,5 o las baja si fuera inferior a este. La elección de los días de reducción corresponderá al trabajador /a dentro de su jornada ordinaria, debiendo preavisar dicha solicitud con 15 días de antelación, salvo casos de fuerza mayor, en la que además se precisaran los días de disfrute de dicha reducción. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismo, los padres y que no desempeñe actividad retribuida. El progenitor, adoptante, guardador con fines de adopción o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen acogedor permanente tendrá derecho a una reducción de su la jornada diaria de trabajo, está reducción podrá ser mensual y disfrutarse en jornadas completas siempre que las necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La reducción podrá extenderse entre un octavocon la disminución proporcional xxx xxxxxxx de, como mínimoal menos, y la mitad de la duración de aquella, para el cuidado, durante la jornadahospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los dieciocho años. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción Las reducciones de jornada por menores contempladas en este apartado constituyen un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamientofuncionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción los permisos y reducciones de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornadaprevistos en los apartados 4, 5 y 6, corresponderán a la persona trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo De Tripulantes De Cabina De Pasajeros De La Empresa Ryanair Dac en España

Reducción de jornada. El personal queQuién, por razón xx xxxxxxx de guarda legal, tenga a su cuidado directo una persona algún menor de doce años, persona o la edad establecida por ley o discapacitado psíquico o físico, que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a una disminución de la jornada de trabajo por un máximo de la mitad de la duración de aquella, con situación la reducción proporcional de dependencia reconocida en grado severo sus retribuciones. Cuando la reducción solicitada sea de 2 horas o gran dependenciainferior, menores la disminución proporcional de 18 años con enfermedad grave su salario será de 1/3 de la misma reducción. Los empleados públicos que por razones de guarda legal tengan a su cuidado directo a un anciano que requiera especial dedicación o persona con discapacidad físicadiscapacitado físico, psíquica psíquico o sensorial que no desempeñe otra desempeña una actividad retribuida, quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar, ; familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pudiera pueda valerse por sí mismomismo y que no desempeñe actividad retribuida, los padres o tutores en casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados (durante la duración de la hospitalización), las víctimas de violencia de genero tienen tendrá derecho a una reducción de hasta un medio de su jornada diaria de trabajotrabajo con deducción proporcional de sus retribuciones. Los empleados públicos, está para atender el cuidado de un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad muy grave, por el plazo máximo de un mes, tendrán derecho a solicitar una reducción de hasta el 50% de su jornada laboral sin merma retributiva. El ejercicio de este derecho será compatible con el permiso por enfermedad grave. En cada ámbito sectorial, por su especificidad, se podrá ser mensual adoptar las medidas necesarias para la adaptación y disfrutarse aplicación del régimen previsto en jornadas completas siempre este apartado y sin perjuicio de los regímenes actualmente vigentes. Reducción de jornada por interés particular. Los empleados públicos, que ocupen puesto de nivel inferior a 24, podrán solicitar realizar una jornada reducida, continua e ininterrumpida, de las 9 a 14 horas, con reducción proporcional de sus retribuciones, que será concedida cuando resulte compatible con las funciones del puesto desempeñado y las necesidades organizativas y del puesto así lo permitanservicio queden adecuadamente cubiertas. La reducción podrá extenderse entre un octavo, como mínimo, y la mitad de la duración de la jornada, como máximo. El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada por menores contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de 18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al articulo 37.5 ETlos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más personas trabajadores de la Corporación generasen este derecho por el mismo sujeto causante, las entidades podrán se podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. La concreción horaria y la determinación funcionamiento del período de disfrute del permiso de reducción de jornada, para cualesquiera que sea el motivo que genere dicho derecho de disfrute de reducción de jornada, corresponderán a la trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada así como las condiciones de la misma conforme a lo establecido en el presente artículo, así mismo deberá preavisar con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariamismo.

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Samples: www.fespugtaragon.es