REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES Cláusulas de Ejemplo

REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES. DENTRO DE LA HORA PREVIA A LOS ACTOS, LOS LICITANTES PODRÁN PRESENTARSE EN EL LUGAR Y FECHA SEÑALADOS PARA SU CELEBRACIÓN, IDENTIFICÁNDOSE Y FIRMANDO EL REGISTRO PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN.
REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES. 6.1 Como parte del Proceso de Registro, los Participantes deberán enviar los siguientes documentos (los “Documentos de Registro”): (a) Formato de registro de los Participantes (Anexo I) completado y firmado por un representante legal o apoderado; y (b) Carta Compromiso de Confidencialidad (Anexo II) completada y firmada por un representante legal o apoderado. Adicionalmente, los Participantes deben enviar lo siguiente: i. Copia certificada y apostillada de los documentos que acrediten la legal constitución y existencia de la empresa Participante; ii. Copia certificada y apostillada del documento que acredite los poderes y facultades del firmante de la Carta Compromiso de Confidencialidad; y iii. Copia simple de pasaporte vigente del firmante de la Carta Compromiso de Confidencialidad, la cual servirá como identificación oficial para los fines del presente Concurso. 6.2 Si alguno de los Documentos de Registro está en un idioma distinto al español, deberá ir acompañado de una traducción certificada al español. 6.3 Los Participantes deberán enviar los Documentos de Registro en formato PDF con capacidad de búsqueda, en las fechas establecidas en el apartado 7, conjuntamente a las siguientes direcciones de correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx y xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. 6.4 Los Participantes deben enviar físicamente los Documentos de Registro, de acuerdo con las fechas estipuladas en el apartado 7, a cualquiera de los dos siguientes domicilios: (a) Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, México, Código Postal 06600, dirigido a la Dirección de Inteligencia Energética, CFEnergía, S.A. de C.V.; o 6.5 Cada Participante, al completar este Proceso de Registro, renuncia a cualquier conflicto que pueda surgir con respecto a la representación de Xxxxxx Xxxxxx LLP y Xxxxx, Xxxxxx-Xxxxxxx, Xxxx y Xxxxxxxx, S. C. hacia CFE International, CFEnergía y/o cualquiera de sus afiliadas o su empresa matriz en relación con el proceso y todas las transacciones que resulten del mismo.
REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES. La Sociedad Administradora llevará un Libro de Registro de Participantes por los medios físicos y electrónicos que considere convenientes, el cual deberá contener como mínimo: 1. Nombre o denominación social del o de los titulares de las cuotas de participación. 2. Dirección, domicilio, teléfono, lugar de envío de correspondencia. 3. Cédula de Identidad o número de identificación tributaria (NIT), según corresponda. 4. Firmas autorizadas para ejercer derechos económicos u otros. El detalle de los titulares de las cuotas de participación deberá ser actualizado continuamente en función a la información proporcionada por la EDV. Los titulares de las cuotas de participación se encuentran obligados a mantener actualizada su información en el Libro de Registro de Participantes, así como toda la documentación de respaldo.
REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES. Todo proveedor que desee intervenir como participante deberá registrarse ante la Entidad, haciendo un pago único en la oficina de Tesorería de la Oficina sub Regional Xxxxxx xxx Xxxx Xxxx, cuyo monto es de S/. 15.00 (Quince con 00/100 Nuevos Soles) del que se les emitirá un recibo de caja. Este pago le da derecho al participante a recabar de la Entidad una copia de las Bases; Así mismo debe de llenar el Anexo Nº 01 y entregar una copia de este anexo más el recibo de caja a la Oficina Subregional Xxxxxx xxx Xxxx Xxxx, sito en la Av. 28 de Julio 1150 – Pausa para su respectivo registro de Participante. En el Caso que no entregue la copia del Anexo Nº 01 más el recibo de caja emitido por la Institución su propuesta quedara Desestimada. El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un día (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por consorcios, bastará que se registre uno de sus integrantes. Para registrarse, la persona natural o jurídica que solicite participar en el proceso de selección y solicite ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones, conforme a lo previsto en el Reglamento. La persona que se registra como participante se adhiere al proceso de selección en el estado en que éste se encuentre. Los interesados podrán consultar las Bases antes de registrarse como participantes a través de la Pagina Web del SEACE ó en la Oficina Subregional Xxxxxx xxx Xxxx Xxxx sito en la Av. 28 de Julio 1150 Pausa.
REGISTRO DE LOS PARTICIPANTES. El interesado en participar deberá de registrarse, desde el día martes ocho (8) hasta el lunes catorce (14) de diciembre de 2009 , mediante el envío de una carta de intención, dirigida en formato digital o en formato físico a las siguientes direcciones: A la siguiente dirección: Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones-INDOTEL Atención: Comité Evaluador del proyecto Arquitectura de Interiores del Centro Cultural de las Telecomunicaciones, Xx. 000, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, D. N., República Dominicana La siguiente dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx. Favor confirmar la recepción de dicho formulario al teléfono (000) 000-0000. No se admitirán propuestas de quienes no se hubiesen registrado, en la forma establecida en el presente documento y dentro del término fijado en el cronograma para estos fines.

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  • REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax. Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.

  • REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes de la presentación de propuestas. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • Tiempo y lugar de entrega El Proveedor" entregará el (los) bien(es) objeto de este contrato en el lugar, tiempo y condiciones señalados en la carátula.

  • Notas de Vigencia Inciso modificado por la Circular 9 de 2018, 'Incorporación de factores de retiros netos segmentados por tipo de depositante y actualización de porcentajes de castigo al valor de algunos activos líquidos en el cálculo del Índice de Riesgo de Liquidez (IRL)', publicada en el Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 446 de 8 xx xxxxx de 2018. Entrará en vigencia el 29 xx xxxxx de 2019.

  • Jurisdicción de empresas extranjeras Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El concesionario deberá iniciar las obras exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones una vez aprobada la documentación correspondiente al Legajo Técnico de Obra de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 48º - Cláusulas Generales, debiendo realizar la totalidad de las obras enunciadas en los artículos precedentes, en un plazo máximo de ejecución de dos (2) años calendario. Al momento de la toma de posesión, el concesionario podrá iniciar los trabajos preparatorios en la Unidad, correspondientes a tareas de limpieza, desmonte de estructuras existentes, mensura, protecciones, replanteos que oportunamente autorice la dependencia interviniente. Los plazos de obra mencionados no se modificarán por causa de presentación de propuestas alternativas y/o modificatorias de la propuesta de obra de la oferta, la que será evaluada por el Municipio de Gral. Pueyrredon para su aprobación o desistimiento. Dicho plan deberá contemplar la habilitación -como mínimo y en primer término- de las obras relacionadas con los sanitarios para uso público y obras de infraestructura, de modo que se asegure la prestación de servicios en forma adecuada. La obligatoriedad de ejecución de la obra comprometida es exclusiva responsabilidad del concesionario, no pudiendo ceder ni transferir dicha obligación ni parcial ni totalmente a terceros. La detección de dicho incumplimiento hará pasible al concesionario de las sanciones previstas. El Municipio de Gral. Pueyrredon, a solicitud y por los motivos expuestos por el oferente, en atención a la magnitud del proyecto ofertado y a la razonabilidad del tiempo que demanden las nuevas construcciones propuestas, estará facultada para conceder un plazo mayor al mencionado en el párrafo primero del presente artículo.