Requerimientos Mínimos del Proyecto Cláusulas de Ejemplo

Requerimientos Mínimos del Proyecto. Constituye la descripción de los componentes, especificaciones técnicas y alcances que deberá considerar el CONCESIONARIO para la elaboración del Expediente Técnico, ejecución de las Obras e instalación del equipamiento de las mismas y el Periodo de Puesta en Marcha, tal como se detalla en el Anexo 5 del Contrato.
Requerimientos Mínimos del Proyecto. DEFINICIONES
Requerimientos Mínimos del Proyecto. Constituyen la descripción de los Componentes, especificaciones técnicas y alcances que, como mínimo, deberá considerar el CONCESIONARIO para la elaboración del Expediente Técnico, la ejecución de las Obras y la Puesta en Marcha, tal como se establece en el Anexo 5. Es la reutilización de aguas residuales tratadas resultantes de actividades antropogénicas, la misma que deberá efectuarse de conformidad con las Leyes y Disposiciones Aplicables.
Requerimientos Mínimos del Proyecto. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
Requerimientos Mínimos del Proyecto. Solución técnica propuesta por el Adjudicatario (procesos de tratamiento de aguas residuales, residuos, lodos y gases). Especificaciones técnicas principales o generales, incluyendo los equipos y materiales requeridos. Los plazos máximos establecidos en el Contrato para el Periodo de Diseño y Construcción. Como condición de diseño y calidad, se debe garantizar una vida útil mínima de cincuenta (50) años para el caso de las obras civiles, xx xxxx (10) años para el caso del equipamiento electromecánico, de quince (15) años para el equipamiento e instalaciones eléctricas, y de veinticinco (25) años para las instalaciones hidráulicas.
Requerimientos Mínimos del Proyecto. El CONCESIONARIO será el responsable del diseño, financiamiento y construcción de todas las obras civiles, equipamientos, instalaciones y controles necesarios para: Producir agua potable hasta un caudal máximo de 250 litros/seg hasta el año 10 de la Concesión, y un caudal máximo de 400 litros/seg hasta el final de la Concesión, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios. Disponer las aguas residuales generadas por la Planta Desaladora en el mar, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente. Conducir y almacenar el agua potable en cada uno de los reservorios previstos. Distribuir el agua potable desde los reservorios hasta las conexiones domiciliarias. Colectar las aguas residuales desde las conexiones domiciliarias y conducirlas hasta las respectivas Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales. Tratar las aguas residuales recolectadas en cada una de las PTAR Existentes y en la PTAR Proyectada para un caudal promedio de 100 litros/seg hasta el año 10 de la Concesión, y un caudal promedio de 170 litros/seg hasta el final de la Concesión, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios. Disponer las aguas residuales tratadas por las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente. El CONCESIONARIO, luego de haber obtenido el(los) Certificado(s) de Puesta en Marcha, será responsable de la operación y mantenimiento durante el periodo de la Concesión de: La infraestructura sanitaria destinada a la captación de agua de mar, producción de agua desalinizada, disposición final de las aguas residuales generadas por la Planta Desaladora, almacenamiento y regulación del agua potable hasta el(los) Punto(s) de Entrega señalados en el Contrato de Prestación de los Servicios. La infraestructura sanitaria destinada al tratamiento de aguas residuales y su disposición final, desde el(los) Punto(s) de Recepción señalados en el Contrato de Prestación de los Servicios. Asimismo, entregará a SEDAPAL para su operación y mantenimiento: La infraestructura sanitaria destinada a distribuir el agua potable desde los Puntos de Entrega hasta las conexiones domiciliarias. La infraestructura sanitaria destinada a colectar las aguas residuales desde las conexiones domiciliarias y conducirlas o impulsarlas hasta los Puntos de Recepción. Los requisitos mínimos son: Las obras de captación deberán ser construidas para cubrir por lo menos la capacidad de producción requerida, ...
Requerimientos Mínimos del Proyecto. (Versión preliminar a ser complementada con nuevos estudios)

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  • REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El oferente por el solo hecho de presentar su oferta se entenderá que acepta cumplir con cada uno de los requerimientos contenidos en el presente instrumento por lo que en caso de no cumplir con uno o más de los requerimientos contenidos en las bases técnicas, su oferta será declarada inadmisible. PROYECTO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUT EMPRESA: NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: RUT REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Por intermedio de la presente nos comprometemos a ejecutar lo señalado precedentemente, por el monto que se indica a continuación: OFERTA ECONOMICA NETA $ IMPUESTO QUE SE DEBE SUMAR TOTAL, OFERTA ECONOMICA $ En (ciudad/país), a de de 20XX, don/ña , cédula nacional de identidad N° , en representación de , R.U.T. N° , declara bajo juramento conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos xx Xxxxxx de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de la Superintendencia, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Superintendencia o a sus funcionarios. Firma del Representante Legal Fecha: En Santiago, a , entre , RUT N.° , representada legalmente por , de nacionalidad , de profesión , Cédula Nacional de Identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna de , región , en adelante “La Empresa” y por la otra, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en adelante “SUPERIR”, RUT: , representada por , se ha acordado lo siguiente:

  • REQUERIMIENTOS Para la práctica de cuantos requerimientos o notificaciones hayan de verificarse, ambas partes designan los domicilios señalados en el encabezamiento de este escrito.

  • REQUERIMIENTO Importante

  • Reconocimientos médicos Las empresas solicitarán como mínimo un reconocimiento médico al año, al Organismo competente, de conformidad con la normativa vigente, para su personal.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Efectos del Incumplimiento El incumplimiento del Contrato por parte del Proveedor determinará su finalización y supondrá para el mismo la ejecución de la Garantía Bancaria de Fiel Cumplimiento del Contrato, procediéndose a contratar al Adjudicatario que haya quedado en el segundo lugar. En los casos en que el incumplimiento del Proveedor constituya falta de calidad de los bienes entregados o causare un daño o perjuicio a la institución, o a terceros, la Entidad Contratante podrá solicitar a la Dirección General de Contrataciones Pública, en su calidad de Órgano Rector del Sistema, su inhabilitación temporal o definitiva, dependiendo de la gravedad de la falta.

  • Ejecución del Proyecto CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando por intermedio de la SEDIS y a través de la DNCM, será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”. CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicación.