RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Contratación Del Servicio De Organización Del Congreso Gafi Fatf, Contratación Del Servicio Para El Desarrollo Del Sistema De Gestión De La Base De Datos De Emisiones De Valores, Contratación De Apartamentos
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar realizar los servicios trabajos objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Construction Contract, Contratación De Trabajos De Restauración Y Limpieza, Contract for Works
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. Asimismo, será causa de resolución del contrato el abandono del edificio en el que se realiza el objeto de este contrato por cese de la actividad que en él se lleva a cabo por parte del Banco de España. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Contratación De Servicios De Mantenimiento, Contratación De Servicios De Mantenimiento Y Conservación, Contratación De Servicios
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de realizar el suministro y prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Contratación Del Suministro E Instalación De Infraestructura De Almacenamiento, Contratación Del Servicio De Emisión De Tarjetas Tickets Restaurante
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato contrato, además de las previstas en el presente Pliego de Cláusulas Particulares, las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de realizar el suministro y/o prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Contratación Del Suministro Y Mantenimiento De Licencias De Software
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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Samples: Contratación De Servicios
RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en la cláusula 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, en este Pliego, y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Generales, el órgano de adjudicación será competente para acordar la resolución del contrato, bastando para ello comunicación escrita dirigida al contratista, incluso por medio de fax, en la que se acredite la voluntad del Banco de España de dar por resuelto el contrato. Con anterioridad a la adopción del acuerdo de resolución del contrato, se dará audiencia al contratista, en el término de cinco días hábiles. El contrato se extinguirá, además de por las causas generales de extinción de las obligaciones, por la imposibilidad de prestar los servicios objeto de este procedimiento de contratación por causas sobrevenidas de fuerza mayor ajenas e independientes de la voluntad del contratista y del Banco de España.
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