Common use of Responsabilidad General Clause in Contracts

Responsabilidad General. El CONCESIONARIO tendrá a su cargo el diseño y construcción de las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de Obra. Asimismo, tendrá a su cargo las actividades necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de las operaciones en condiciones seguras y eficientes, de acuerdo a las Leyes Aplicables. . El CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos definidos en el presente Contrato en lo que respecta a la operación y Mantenimiento de los Aeropuertos. Asimismo, el CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos al momento de ejecutar las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de Obra, así como también durante la ejecución del Mantenimiento Periódico de los Aeropuertos. Las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de Obra se ejecutarán con la finalidad de garantizar la correcta prestación de los Servicios Aeroportuarios, las mismas que serán reconocidas por el CONCEDENTE, en base a los criterios establecidos en el Contrato. Dichas Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de Obra deberán ser ejecutadas de manera que se garantice la prestación de los Servicios Aeroportuarios en forma ininterrumpida y en la medida de lo posible, tal y como se prestan habitualmente en los Aeropuertos. La Formulación de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento, serán realizados por el CONCESIONARIO siguiendo los lineamientos para la elaboración de expedientes técnicos y contrataciones, establecidos en el Anexo 24 y el Apéndice 0 xxx Xxxxx 00 del presente Contrato; estos a su vez deberán ser aprobados por la DGAC y ejecutados de acuerdo a la disponibilidad de los fondos del Fideicomiso o en su defecto de acuerdo a los recursos con los que cuente el CONCEDENTE. En el caso que el CONCEDENTE no cuente con los recursos para la ejecución de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento y los mismos no sean ejecutados por el CONCESIONARIO, éste quedará relevado de toda responsabilidad derivada de la ejecución de las Obras correspondientes. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá informar por escrito al CONCESIONARIO, en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) Días Calendarios, contado a partir de la entrada en vigencia del presupuesto anual del CONCEDENTE, respecto de las Obras que no deberán ser ejecutadas.

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Samples: Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú

Responsabilidad General. El CONCESIONARIO tendrá a su cargo el diseño y construcción de las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de ObraObras Adicionales. Asimismo, tendrá a su cargo las actividades necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de las operaciones en condiciones seguras y eficientes, de acuerdo a las Leyes Aplicables. . El CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos definidos en el presente Contrato en lo que respecta a la operación y Mantenimiento de los Aeropuertos. Asimismo, el CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos al momento de ejecutar las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de ObraObras Adicionales, así como también durante la ejecución del Mantenimiento Periódico de los Aeropuertos. Las Obras, Obras Nuevas y las Obras Adicionales de Obra se ejecutarán con la finalidad de garantizar la correcta prestación de los Servicios Aeroportuarios, las mismas que serán reconocidas por el CONCEDENTE, en base a los criterios establecidos en el Contrato. Dichas Obras, Obras Nuevas y las Obras Adicionales de Obra deberán ser ejecutadas de manera que se garantice la prestación de los Servicios Aeroportuarios en forma ininterrumpida y en la medida de lo posible, tal y como se prestan habitualmente en los Aeropuertos. La Formulación de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento, serán realizados por el CONCESIONARIO siguiendo los lineamientos para la elaboración de expedientes técnicos y contrataciones, establecidos en el Anexo 24 y el Apéndice 0 xxx Xxxxx 00 del presente Contrato; estos a su vez deberán ser aprobados por la DGAC el CONCEDENTE y ejecutados de acuerdo a la disponibilidad de los fondos del Fideicomiso o en su defecto de acuerdo a los recursos con los que cuente el CONCEDENTE. En el caso que el CONCEDENTE no cuente con los recursos para la ejecución de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento y los mismos no sean ejecutados por el CONCESIONARIO, éste quedará relevado de toda responsabilidad derivada derivadas de la ejecución de las Obras Obra correspondientes. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá informar por escrito al CONCESIONARIO, en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) Días Calendarios, contado contados a partir de la entrada en vigencia del presupuesto anual del CONCEDENTE, respecto de las Obras que no deberán ser ejecutadas.

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Responsabilidad General. El CONCESIONARIO tendrá a su cargo el diseño y construcción de las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de ObraObras Adicionales. Asimismo, tendrá a su cargo las actividades necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de las operaciones en condiciones seguras y eficientes, acorde con las normas y recomendaciones internacionales y las disposiciones que dicte la DGAC, a través de acuerdo a las Leyes Aplicables. Regulaciones Aéreas Peruanas (RAPs). El CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos definidos en el presente Contrato en lo que respecta a la operación y Mantenimiento de los Aeropuertos. Asimismo, el CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos al momento de ejecutar las Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de ObraObras Adicionales, así como también durante la ejecución del Mantenimiento Periódico de los Aeropuertos. Las Obras, Obras Nuevas y las Obras Adicionales de Obra se ejecutarán con la finalidad de garantizar la correcta prestación de los Servicios Aeroportuarios, las mismas que serán reconocidas por el CONCEDENTE, en base a los criterios establecidos en el ContratoApéndice 0 xxx Xxxxx 00. Dichas Obras, Obras Nuevas y las Adicionales de Obra deberán ser ejecutadas de manera que se garantice la prestación de los Servicios Aeroportuarios en forma ininterrumpida y en la medida de lo posible, tal y como se prestan habitualmente en los Aeropuertos. La Formulación de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento, serán realizados por el CONCESIONARIO siguiendo los lineamientos para la elaboración de expedientes técnicos y contrataciones, establecidos en el Anexo 24 25 y el Apéndice 0 xxx Xxxxx 00 del presente Contrato; estos a su vez deberán ser aprobados por la DGAC el CONCEDENTE y ejecutados de acuerdo a la disponibilidad de los fondos del Fideicomiso o en su defecto de acuerdo a los recursos con los que cuente el CONCEDENTE. En el caso que el CONCEDENTE no cuente con los recursos para la ejecución de los Planes Maestros de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento y los mismos no sean ejecutados por el CONCESIONARIO, éste quedará relevado de toda responsabilidad derivada de la ejecución de las Obras correspondientes. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá informar por escrito al CONCESIONARIO, en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco (45) Días Calendarios, contado a partir de la entrada en vigencia del presupuesto anual del CONCEDENTE, respecto de las Obras que no deberán ser ejecutadas.

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Samples: Contrato De Concesión Delsegundo Grupo De Aeropuertos De Provincia De La República Del Perú

Responsabilidad General. El CONCESIONARIO tendrá a su cargo el diseño y construcción de las ObrasObras y Obras Adicionales; la adquisición, Obras Nuevas instalación y las Adicionales operación del Equipamiento; y la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de Obralos Equipos de Navegación Aérea. Asimismo, tendrá a su cargo las actividades necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de las operaciones en condiciones seguras y eficientes, de acuerdo a las Leyes Aplicables. . El CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos definidos en el presente Contrato en lo que respecta a la operación y Mantenimiento de los Aeropuertos. Asimismo, el CONCESIONARIO deberá tomar en cuenta los Estándares Básicos al momento de ejecutar las Obras, Obras Nuevas Adicionales y las Adicionales la adquisición, instalación y operación del Equipamiento, así como la adquisición e instalación de Obra, los Equipos de Navegación Aérea así como también durante la ejecución del Mantenimiento Periódico de los Aeropuertosdel Aeropuerto. Las Obras, Obras Nuevas Adicionales y las Adicionales de Obra la adquisición, instalación y operación del Equipamiento se ejecutarán con la finalidad de garantizar la correcta prestación de los Servicios AeroportuariosAeroportuarios y Servicios de Navegación Aérea, las mismas que serán reconocidas por el CONCEDENTE, en base a los criterios establecidos en el Contrato. Dichas Los Obras, Obras Nuevas Adicionales e instalación y las Adicionales de Obra operación del Equipamiento, deberán ser ejecutadas de manera que se garantice la prestación de los Servicios Aeroportuarios en forma ininterrumpida y en la medida de lo posible, tal y como se prestan habitualmente en los Aeropuertos. La Formulación de los Planes Maestros formulación del Plan Maestro de Desarrollo, Plan de Equipamiento del Periodo Remanente, Programas de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento, serán realizados será realizada por el CONCESIONARIO siguiendo tomando en cuenta los lineamientos para la elaboración de expedientes técnicos y contrataciones, establecidos en el Anexo 24 20 y el Apéndice 0 xxx Xxxxx 00 21 del presente Contrato; estos a su vez deberán , debiendo ser aprobados aprobado por la DGAC y ejecutados DGAC, con la opinión previa de acuerdo OSITRAN. De la Etapa de Ejecución de Obras La Etapa de Ejecución de Obras deberá iniciarse a la disponibilidad de los fondos del Fideicomiso o en su defecto de acuerdo más tardar a los recursos con treinta (30) Días Calendario contados a partir del momento en que se cumplan todas las siguientes condiciones: Se haya aprobado el Plan Maestro de Desarrollo y el Plan de Equipamiento, por parte del CONCEDENTE. Se haya aprobado los que cuente EDI correspondientes a las Obras y al Equipamiento, por parte del CONCEDENTE. Se haya presentado el Estudio de Impacto Ambiental o documento de gestión socio ambiental correspondiente, y éste haya sido aprobado por la DGASA del MTC, conforme lo dispuesto en el Numeral 12.1.3 de la Cláusula Décimo Segunda del presente Contrato. Se haya acreditado el Cierre Financiero ante el CONCEDENTE. Se haya producido la Toma de Posesión. Se hayan obtenido los permisos y licencias municipales correspondientes, por cuenta y cargo del CONCESIONARIO. Se hayan obtenido los permisos por parte del Ministerio de Cultura para la ejecución de las Obras, lo mismo que incluye la aprobación del Plan de Monitoreo Arqueológico conforme a lo establecido en el Numeral 12.1.6 del presente Contrato. El CONCEDENTE y el CONCESIONARIO suscribirán un acta a efectos de fijar la fecha de inicio de la Etapa de Ejecución de Obras. La Etapa de Ejecución de Obras deberá culminar en un plazo no mayor de cuatro (04) Años Calendario desde su inicio. En el caso que el CONCEDENTE no cuente con los recursos incumplimiento del plazo previsto para la ejecución Etapa de Ejecución de Obras por causa del CONCESIONARIO, genere en forma acumulada, un retraso mayor a doce (12) meses del plazo total, además de la aplicación de las penalidades correspondientes, el CONCEDENTE podrá proceder a la resolución del Contrato, previa opinión del OSITRAN. Presentación del Plan Maestro de Desarrollo Dentro de los Planes Maestros primeros cien (100) Días Calendario, contados a partir de la Fecha de Cierre, el CONCESIONARIO deberá presentar al CONCEDENTE, con copia a OSITRAN, un Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto. El Plan Maestro de Desarrollo se deberá elaborar tomando como base la Propuesta Técnica presentada en el Sobre Nº 2 del Adjudicatario de la Buena Pro, conforme a las especificaciones exigidas en las Bases del Concurso y los lineamientos establecidos en el Anexo 20 del presente Contrato. El Plan Maestro de Desarrollo será evaluado y aprobado por el CONCEDENTE a través de la DGAC mediante Resolución Directoral debiendo contar con la opinión previa del OSITRAN. El CONCESIONARIO remitirá al CONCEDENTE y al OSITRAN el Plan Maestro de Desarrollo para su evaluación correspondiente. OSITRAN dispondrá de veinte (20) Días Calendario para la revisión y evaluación del Plan Maestro de Desarrollo. El CONCEDENTE tendrá un plazo de veinte (20) Días Calendario, contados a partir de la fecha de recepción de la evaluación realizada por el OSITRAN, para evaluar y aprobar el Plan Maestro de Equipamiento Desarrollo. Vencido el plazo antes indicado y de no haber pronunciamiento del Periodo RemanenteCONCEDENTE, Programas el CONCESIONARIO no estará obligado a ejecutar las Obras, no asumiendo la responsabilidad por ello hasta que el CONCEDENTE se pronuncie. En los casos que el CONCEDENTE observe el Plan Maestro de Rehabilitación y Mejoramiento, y Programa de Mantenimiento y los mismos no sean ejecutados Desarrollo presentado por el CONCESIONARIO, éste quedará relevado el CONCESIONARIO dispondrá de toda responsabilidad derivada un plazo xxxxxx xx xxxx (10) Días Calendario para subsanar las observaciones formuladas por el CONCEDENTE, desde la fecha en que le hayan sido debidamente notificadas. Acto seguido, el CONCEDENTE dispondrá xx xxxx (10) Días Calendario, a partir de recibida la ejecución de opinión del OSITRAN, para evaluar las Obras correspondientessubsanaciones presentadas por el CONCESIONARIO. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá informar por escrito al CONCESIONARIO, en OSITRAN dispondrá de un plazo no mayor a los cuarenta y cinco xxxxxx xx xxxx (4510) Días CalendariosCalendario de recibida la subsanación para emitir su pronunciamiento. En caso que el CONCEDENTE, contado previa opinión de XXXXXXX, otorgue su conformidad respecto a las subsanaciones de las observaciones formuladas al Plan Maestro de Desarrollo, el CONCEDENTE lo aprobará. El Plan Maestro de Desarrollo deberá ser actualizado como mínimo una vez cada quinquenio contados a partir de su aprobación, para lo cual el CONCESIONARIO deberá presentar nuevamente al CONCEDENTE y OSITRAN toda la entrada documentación indicada en vigencia el Anexo 20 del presupuesto anual del CONCEDENTEpresente Contrato a más tardar ciento ochenta (180) Días Calendario antes de la finalización de cada quinquenio. No obstante lo señalado en el párrafo precedente, respecto de las Obras acreditar fehacientemente el CONCESIONARIO ante el OSITRAN, mediante un informe técnico, que no deberán resulta necesario efectuar la actualización del Plan Maestro de Desarrollo en el plazo establecido y previo pronunciamiento de OSITRAN en este sentido, el CONCESIONARIO se verá relevado de esta obligación. El pronunciamiento del OSITRAN deberá ser ejecutadasemitido dentro de un plazo de quince (15) Días de remitido el informe técnico respectivo. De no existir pronunciamiento por parte de OSITRAN, en el plazo señalado, se entenderá denegada la solicitud. Presentación del Plan de Equipamiento El CONCESIONARIO deberá elaborar el Plan de Equipamiento, el mismo que deberá ser presentado al CONCEDENTE en los mismos plazos establecidos para la presentación del Plan Maestro de Desarrollo. El procedimiento y plazos para la aprobación del Plan de Equipamiento se regularán conforme a lo dispuesto en el Numeral 8.3 de la presente Cláusula, para el Plan Maestro de Desarrollo. El Plan de Equipamiento deberá ser actualizado cada tres (03) Años Calendario desde su aprobación.

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Samples: Contrato De Concesión Del Nuevo Aeropuerto Internacional De Chinchero