SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Si “El Contratista” incumple con sus obligaciones satisfactoriamente, en la forma estipulada y dentro del plazo fijado en éste contrato, además de ejecutarse la fianza de cumplimiento presentada, deberá pagar en concepto de sanción pecuniaria, por cada día de atraso en que incurra, una suma equivalente al cero punto cinco por millar (0.5/oo) del valor de los trabajos incumplidos, salvo caso fortuito de fuerza mayor debidamente comprobados y aceptados. DÉCIMA PRIMERA:
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Samples: Contrato Administrativo, Contrato Administrativo, Contrato Administrativo
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Si “El Contratistael contratista” incumple con sus obligaciones satisfactoriamente, en la forma estipulada y dentro del plazo fijado en éste contrato, además de ejecutarse la fianza de cumplimiento presentada, deberá pagar en concepto de sanción pecuniaria, por cada día de atraso en que incurra, una suma equivalente al cero punto cinco por millar (0.5/oo) del valor de los trabajos incumplidos, salvo caso fortuito de fuerza mayor debidamente comprobados y aceptados. DÉCIMA PRIMERA:
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Samples: Modelo De Contrato