COMPLEMENTARIAS Cláusulas de Ejemplo

COMPLEMENTARIAS a) Por cantidad y calidad de trabajo, en su caso.
COMPLEMENTARIAS. ANEXO 1 REGLAMENTO DE USO DE LA ALBERCA Y SUS ALREDEDORES ANEXO 2 REGLAMENTO DE MASCOTAS
COMPLEMENTARIAS. ARTICULO 65.- Lo no previsto en este REGLAMENTO, será decidido de acuerdo a la ESCRITURA mediante la cual se constituyó el Régimen en Propiedad Inmueble en CONDOMINIO y/o LA LEY.
COMPLEMENTARIAS. DEL REPRESENTANTE ANTE LA CONVOCANTE EL CONTRATISTA establecerá mediante escrito de designación a LA CONVOCANTE, antes de la iniciación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un representante permanente con Cédula Profesional de Arquitecto, Ingeniero Civil o similar, expedida por la Dirección General de Profesiones adscrita a la Secretaría de Educación Pública, quien actuará como Superintendente de Construcción, el cual deberá tener poder amplio y suficiente para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como para decidir todo lo relacionado al cumplimiento del mismo ante LA CONVOCANTE; dicho Superintendente deberá tener a disposición de LA CONVOCANTE, en el lugar de la obra y bajo su responsabilidad, los proyectos, planos, especificaciones y calendarización de la obra convenida esto de acuerdo al Artículo 64 de la LEY y 117 del Reglamento; para cualquier cambio en la designación del Superintendente designado, EL CONTRATISTA contará con un plazo de quince días naturales para hacer del conocimiento de LA CONVOCANTE, el cambio en cuestión; reservándose LA CONVOCANTE, el derecho de su aceptación, o en su caso, la solicitud de sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo.
COMPLEMENTARIAS. Día de la Actividad: Se considera como no laborable el Día del Seguro, el 21 de octubre de cada año, rigiendo para esa fecha las normas establecidas para los feriados nacionales en el supuesto de que se prestaren servicios. Homologación Las partes solicitan la homologación y registro del presente convenio que reemplaza y sustituye cualquier otro acuerdo en la materia. Es aquél empleado que realiza tareas administrativas de carácter general, bajo supervisión inmediata- Auxiliar administrativo senior: Es aquél empleado que realiza tareas administrativas de carácter general, bajo supervisión inmediata y que cuenta con conocimientos y habilidades homologados por su empleador. Analista Es aquél empleado que posee conocimientos especializados y habilidades homologados por Institutos de Enseñanza habilitados o reconocidos, para desenvolverse en su respectiva área técnica (ejemplo: económico financiera, actuarial y técnica de seguros y riesgos, marketing, recursos humanos, etc) Agente Comercial/Promotor/Telemarketer: Es aquél empleado que realiza tareas de promoción, información y asistencia en plaza de los distintos productos de seguro de personas, utilizando para ello variados soportes técnicos –electrónicos, informáticos, telefónicos, etc- con el objeto de obtener la oferta de celebración de contratos por parte de los asegurables, contando para ello con la capacitación otorgada por cada empresa y bajo la fiscalización, instrucciones y programa de trabajo establecido por la misma.
COMPLEMENTARIAS. La documentación del proyecto incluirá planos y memoria de cálculo con el trazo de la, o las isópticas suscrita por el Director Responsable de Obra y, en su caso, el Corresponsable en Diseño Xxxxxx y Arquitectónico. El Director Responsable de Obra y los Corresponsables de Instalaciones y de Diseño Xxxxxx y Arquitectónico deben considerar lo establecido en este precepto e incluir los criterios de diseño y las resistencias de los materiales de acuerdo a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas relativas a la seguridad, fabricación y selección de equipos para el combate de incendios. Con base en el artículo 143 de este Reglamento, las edificaciones se clasifican en función al grado de riesgo de incendio, de acuerdo a sus dimensiones, uso y ocupación conforme lo que establecen las Tablas 5.5-A y 5.5-B. Altura de la edificación (en metros). Hasta 25. No aplica. Mayor de 25. Número total de personas que ocupan el local incluyendo trabajadores y visitantes. Menor de 15. Entre 15 y 250. Mayor de 250. Superficie construida (en metros cuadrados). Menor de 300. Entre 300 y 3,000. Mayor de 3,000. Inventario de gases inflamables (en litros). Menor de 500. Entre 500 y 3,000. Mayor de 3,000. Inventario de líquidos inflamables (en litros). Menor de 250. Entre 250 y 1,000. Mayor de 1,000. Inventario de líquidos combustibles (en litros). Menor de 500. Entre 500 y 2,000. Mayor de 2,000. Inventario de sólidos combustibles (en kilogramos). Menor de 1,000 Entre 1,000 y 5,000. Mayor de 5,000. Inventario de materiales pirofóricos y explosivos. No existen. No existen. Cualquier cantidad. Monumentos históricos de carácter religioso No existen. No existen. Cualquier cantidad. Edificaciones con uso exclusivo de vivienda. Hasta seis niveles. Más de seis y hasta diez niveles. Más xx xxxx niveles. Usos mixtos. De acuerdo al riesgo del uso no habitacional.
COMPLEMENTARIAS. L.2973 - NORMAS P/INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO D.0766/84 - HABILITA FONDO ESPECIAL P/ATENDER REUNION GOBERNADORES DEL LITORAL D.0090/85 - EXCEPTUA A COMISION INTERMINISTERIAL DE BRACEROS D.3566/77 L.3821 - UNIDAD DE ORDENAMIENTO Y SUPERVISION DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES D.1090/00 - IMPLEMENTA SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO PCIAL. D.1038/00 - LOS ANUNCIOS DE LICITACION PROVINCIAL SE PUBLICARAN EN INTERNET.
COMPLEMENTARIAS. 1. Se respetará la confidencialidad de las propuestas presentadas.
COMPLEMENTARIAS a) DEL REPRESENTANTE EN EL LUGAR DE LA OBRA El Contratista establecerá mediante escrito de designación, previo al inicio de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un representante permanente, el cual deberá cumplir con las características que se señalan dentro de su proposición técnica-económica en el Documento 3D, este deberá exhibir la Cédula Profesional correspondiente a Arquitecto, Ingeniero Civil o similar, expedida por la Dirección General de Profesiones adscrita a la Secretaría de Educación Pública, quien actuará como Superintendente de construcción, el cual deberá tener poder amplio y suficiente para:  Oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal insitu.  Contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones y todo lo relativo al contrato.  Decidir todo lo relacionado al cumplimiento del mismo ante el SAT.  Hacer cumplir los términos y condiciones pactados en el contrato.  Xxxxxxx y controlar la ejecución de los trabajos y del personal a su cargo.  Establecer las dudas, aclaraciones o cualquier tipo de solicitud relacionada con el desarrollo de los trabajos mediante la Bitácora convencional de obra pública correspondiente.  Cumplir con el desarrollo de los trabajos en sus aspectos de calidad, costo, tiempo y apego a los programas autorizados por las partes. Dicho Superintendente deberá tener a disposición del SAT, en el lugar de la obra y bajo su responsabilidad, los proyectos, croquis, especificaciones, calendarización de la obra convenida, para la adecuada elaboración, control y seguimiento de la Bitácora convencional de obra, ésta documentación deberá estar disponible preferentemente a partir del inicio de la obra. Para los casos que no se cumplieran las condiciones establecidas anteriormente, el SAT podrá emitir las recomendaciones y establecer sanciones por el incumplimiento a los programas de utilización de personal anexos por el contratista dentro de su propuesta. El SAT podrá reservarse el derecho de solicitar en cualquier momento por causas justificadas la sustitución del Superintendente de construcción y el contratista tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato. Para cualquier cambio del Superintendente de construcción designado, la Contratista contará con un plazo no mayor de quince días naturales para hacer del conocimiento del SAT, el cambio en cuestión; reservándose el SAT el derecho de su aceptació...
COMPLEMENTARIAS. 2.1. Uso fraudulento de tarjetas ¿Qué cubre? A primer riesgo y asegurando el Contenido, hasta un máximo de 600 euros por siniestro, las pérdidas económicas que se deriven del uso frau- dulento por terceras personas de las tarjetas de crédito de las que sean titu- lares Usted o las personas que con Usted convivan de forma permanente en la vivienda asegurada, como consecuencia de robo, hurto, atraco o extravío, tanto dentro del hogar como fuera del mismo, y siempre que el uso ilícito se