SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Cláusulas de Ejemplo

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Organismo de
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Organismo de carácter técnico, adscrito al Departamento Nacional de Planeación, encargado del control, inspección y vigilancia de las entidades que presten los servicios públicos domiciliarios, y las demás actividades a las que se refiere la Ley 142 de 1994.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS organismo de carácter técnico. Creado por la Constitución de 1.991 para que, por delegación del Presidente de la República, ejerza el control, la inspección y la vigilancia de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Desarrollo Económico, encargada del control, inspección y vigilancia de las entidades que presten los servicios públicos domiciliarios, y las demás actividades a las que se refiere la ley 142 de 1994.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Es una persona de derecho público adscrita al Departamento Nacional de planeación que tendrá las funciones y la estructura que la ley determina. En estas condiciones generales se aludirá a ella por su nombre, o como <<Superintendencia de Servicios Públicos>> o simplemente << Superintendencia>>.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Es la entidad estatal encargada de las funciones de inspección, control y vigilancia de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios. El Aliado Estratégico seleccionado se sujetará a la vigilancia de la Superintendencia y/o la entidad que cumpla sus funciones, en cuanto le sean aplicables.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Es una persona de derecho público adscrita al Ministerio de Desarrollo que ejerce el control, inspección y vigilancia de las entidades de servicios públicos domiciliarios quien tendrá las funciones y estructura que la Ley determine
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Organismo de carácter técnico, encargado del control, inspección y vigilancia de las empresas que prestan los servicios públicos domiciliarios, y los demás servicios públicos a que se refiere la Ley 142 de 1994.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. (Art. 14.30 Ley 142 de 1994) Es una persona de derecho público adscrita al Departamento Nacional de Planeación que tendrá las funciones y estructura que la Ley determina. En estas condiciones generales se aludirá a ella por su nombre, o como, "Superintendencia de Servicios Públicos" o simplemente, "Superintendencia".
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Desarrollo Económico, encargada del control, inspección y vigilancia de las entidades que presten los servicios públicos domiciliarios, y los demás servicios públicos a que los que se refiere la ley. SUSCRIPTOR: Persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de Condiciones Uniformes de Servicios Público.