INSPECCIÓN Y VIGILANCIA Cláusulas de Ejemplo

INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. El Proveedor y las Entidades autorizadas por ENEL podrán efectuar inspecciones, auditorias y seguimientos al Contrato en sitio a través de su responsable y con participación del responsable de la gestión de salud, seguridad ocupacional y ambiente del Proveedor, para verificar el cumplimiento de las medidas de control necesarias en cuanto a equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y la aplicación de las normas de Salud, Seguridad Ocupacional y Ambiente.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. Los servicios a prestar estarán sometidos de modo permanente a la inspección y vigilancia del Patronato Sociocultural, el cual nombrará si lo estima oportuno a inspectores con la misión de vigilar y de hacer que se cumplan estas condiciones técnicas, así como las cláusulas del contrato que se formalice.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx controlará que el contrato de arrendamiento se desarrolla de la forma convenida.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. Corresponde a la Sociedad Municipal, ejercer el control de los trabajos contratados. Con esta finalidad, el adjudicatario facilitará la visita y examen de cualquier proceso o fase de los trabajos, estando obligado a suministrar cuanta información le sea requerida. …………………………………………. Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art.146 del TRLCSP, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato………………….., indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx a su verificación directa. Fdo: ……………………………………….. D………………………….………., con DNI nº………………, en nombre de la sociedad…………………………………………………………., con NIF nº , de acuerdo con la escritura de poder ……………………………………………………..………………….(o documento que lo habilite para actuar en nombre de la persona jurídica la que representa), a efectos de contratar con la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda xx Xxxxxxxxxx, SL, la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en el artículo ..… de sus estatutos sociales, estatutos que se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes. Que dicha empresa dispone de la clasificación/solvencia requerida para dicha contratación./ Que dicha empresa dispone de los requisitos mínimos de clasificación/solvencia establecidos para concurrir a dicha contratación, complementándola por el medio siguiente (marcar el que proceda):
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. Sin perjuicio de lo dispuesto por la Autoridad Ambiental o de Salud, para los efectos de su control, los usuarios no domésticos del sistema de alcantarillado deberán permitir y facilitar la toma de muestras de sus vertimientos, para efectos de lo determinado por este Anexo. El titular de la instalación que genere vertimientos de aguas residuales no domésticas estará obligado para con el personal autorizado acreditado por la Empresa a:
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LOS TRABAJOS REALIZADOS POR “EL CONTRATISTA”, SERÁN SUPERVISADOS POR “LA DELEGACIÓN”, A TRAVÉS DEL PERSONAL INDICADO EN EL ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA CLÁUSULA SÉPTIMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, CON EL OBJETO DE VERIFICAR EL CONTROL Y AVANCE DE LOS TRABAJOS, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. Base 71ª .- El personal técnico asignado por la Propiedad podrá realizar inspecciones para el control y vigilancia del proceso y de las instalaciones, por lo que tendrán acceso y libre circulación por todas las dependencias de las Plantas, suministrando el Explotador cuanta información se le solicite con periodicidad o puntualmente. Base 72ª .- El Explotador adjudicatario deberá atender con toda solicitud a cuantas órdenes dicte la Propiedad, a cuyo fin existirá un libro de órdenes foliado, firmado y sellado por la Propiedad, al cual podrá acudir el Explotador en caso de disconformidad con alguna orden dentro del plazo de 24 horas. La decisión de la Propiedad tendrá carácter ejecutivo, sin perjuicio de los demás derechos legales del Explotador, una vez cumplida.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. El licitante deberá considerar dentro de su presupuesto el cinco al millar para la prestación de los servicios de vigilancia, inspección y control de las obras públicas y servicios, la Secretaría tendrá la obligación de señalar las retenciones en cada una de las estimaciones correspondientes, lo anterior con fundamento en el artículo 4 de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.  Los controles internos del funcionamiento de la estación depuradora se realizarán por el adjudicatario por su cuenta y cargo. Los costes que se deriven de ello se entenderán incluidos en el precio del contrato.  El adjudicatario deberá realizar el Plan de Análisis a que hace referencia el apartado 1.5.1 del presente Xxxxxx.  Para la realización de los correspondientes análisis, empleará, con carácter general, alguno de los métodos descritos en el Tratado “Métodos Normalizados para el Análisis de Aguas Potables y Residuales” de APHA AWWA-WPCF, 17 edición, prestando especial atención a las directrices que se contienen en el mismo en relación con la toma, conservación y manipulación de las muestras.  En la determinación de los parámetros DBO5, DQO y SS, serán de aplicación los métodos de medida que exige la Directiva 91/271/CEE.  Sin perjuicio de los análisis y controles que se exigen al adjudicatario, el Ayuntamiento se reserva la facultad de realizar sus propios análisis y controles, que tendrán la consideración de oficiales y cuyo coste correrá a cargo del Ayuntamiento.  Los análisis y ensayos que se realicen por iniciativa del Ayuntamiento podrán realizarse en las instalaciones propias o en laboratorios externos a éstas.  Asimismo, el concesionario se obliga a presentar al Departamento Municipal responsable del seguimiento y control del contrato de concesión un parte mensual de explotación que deberá contener, como mínimo, los datos relativos a la fecha (día), impulsión (24 horas), tiempo (minutos), caudal medio, caudal (m3/día) y cuantas observaciones estime convenientes.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. 1. Sin limitación alguna de horario o jornada la PROPIETARIA y la DIRECCION FACULTATIVA podrán inspeccionar las obras para vigilar su ejecución y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los apartados anteriores, sin que la CONTRATISTA pueda impedirles o restringirles el acceso a ellas y sin que la falta de ejercicio de dicha facultad por parte de aquellas exonere a ésta de la responsabilidad que le incumbe.