SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente la prestación del SERVICIO por parte del PROVEEDOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al PROVEEDOR por escrito por intermedio del FISCAL, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable, en los que se podrá notificar hasta en el día. Esta suspensión puede ser total o parcial. Asimismo, el PROVEEDOR podrá comunicar a la ENTIDAD a través del FISCAL la suspensión temporal de la prestación SERVICIO, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al PROVEEDOR en la prestación del SERVICIO, la misma que una vez calificado por el FISCAL y autorizado por la ENTIDAD puede ser parcial o total. En ambos casos, si la suspensión amerita ampliación del plazo de prestación del SERVICIO, se suscribirá el respectivo contrato modificatorio. Si la prestación del SERVICIO se suspende parcial o totalmente por negligencia del PROVEEDOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del Contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que la prestación del SERVICIO permanezca suspendida, no merecerá ninguna ampliación del plazo.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los servicios que presta el CONSULTOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al CONSULTOR por escrito por intermedio de la CONTRAPARTE, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial. Asimismo, el CONSULTOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la CONSULTORÍA, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al CONSULTOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Si los servicios se suspenden parcial o totalmente por negligencia del CONSULTOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. El CONTRATANTE está facultado para suspender temporalmente los servicios que presenta el AUDITOR, en cualquier momento por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado, para lo cual notificará al AUDITOR por escrito, con una anticipación de 5 días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia, esta suspensión puede ser total o parcial. En caso que la suspensión sea mayor a los diez (10) días calendario, se procederá a la ampliación de plazo de ejecución del contrato. Asimismo, el AUDITOR podrá comunicar al CONTRATANTE la suspensión o paralización temporal de sus servicios en la AUDITORÍA, cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, circunstancias que deben ser debidamente sustentadas y aprobadas por el CONTRATANTE, esta suspensión puede ser parcial o total. En caso que la suspensión sea mayor a los diez (10) días calendario, se procederá a la ampliación de plazo de ejecución del contrato.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. Certificado de Liquidación Final
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. LA ENTIDAD está facultada para
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. Morosidad y sus Penalidades
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. La actividad de Paracaidismo se encuentra regida por normas y reglamentos propios de toda actividad aeronáutica. Lo que implica que se trabaja con altos estándares de seguridad. Por ser una actividad al aire libre requiere de ciertas condiciones meteorológicas que hagan favorable el vuelo y salto. Si por cualquier motivo meteorológico o de cualquier otra índole de riesgo, que a criterio de los instructores se considera aconsejable por una cuestión de seguridad suspender la actividad. En este caso los Clientes que tengan un Salto Tándem reservado podrán optar por elegir una nueva fecha (reagendar en la que haya plazas libres y antes de 30 días desde la fecha de realizada la compra). Renunciando a cualquier otro tipo de compensación por gastos efectuados por ejemplo por desplazamiento, alojamiento, etc. Para Skydive Andes la prioridad es la seguridad de nuestra actividad y de nuestros clientes.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. El contratante está facultado para suspender temporalmente los servicios que presta la supervisión técnica de la obra, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito, casos de urgencia por alguna emergencia imponderable o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará a la Supervisión de Obra por escrito por intermedio del fiscal de obra, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia o imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial. Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia de la Supervisión de Obra en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerá pago alguno por el tiempo y el personal parado.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. LA ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los servicios que presta el CONSULTOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al CONSULTOR por escrito por intermedio de la CONTRAPARTE, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial. En este caso la ENTIDAD reconocerá a favor del CONSULTOR los gastos en que éste incurra por mantenimiento del personal en el servicio objeto de la CONSULTORÍA, siempre y cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos gastos, la CONTRAPARTE llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda. Asimismo, el CONSULTOR podrá solicitar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la CONSULTORÍA, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al CONSULTOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Dicha suspensión podrá efectivizarse siempre y cuando la ENTIDAD la autorice de manera expresa considerando como incumplimiento toda suspensión realizada sin autorización. De manera excepcional la ENTIDAD podrá realizar la aprobación de suspensiones que se hayan realizado sin autorización previa, siempre y cuando dichas suspensiones se hayan generado en situaciones de extrema necesidad o emergencia debidamente comprobadas por el CONSULTOR. Cuando el servicio fuera totalmente suspendido por más xx xxxx (10) días calendario a efectos de reconocimiento del pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente cláusula. Si los servicios se suspenden parcial o totalmente por negligencia del CONSULTOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio o ajuste de plazos del cronograma de servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado.
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. En caso de que el Servicio Geológico Mexicano suspenda actividades por causas de fuerza mayor, por caso fortuito o por alguna otra causa relacionada con el funcionamiento del equipo de perforación, el prestador de servicios suspenderá los servicios hasta por siete días naturales, contados a partir de la notificación por escrito del “EL SGM”. SI se cumplen los siete días de suspensión de actividades, referidas en el párrafo anterior, y “EL SGM” no reanuda, o no puede reanudar los servicios objeto de esta invitación, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” está de acuerdo en que se lleve a cabo una terminación anticipada del contrato, sin cargo o responsabilidad contractual para el SGM. Formato de Acreditación de PERSONALIDAD (Nombre) , manifestamos, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para intervenir en al acto de presentación y apertura de proposiciones, suscribir la propuesta en la presente invitación y, en su caso el contrato, a nombre y representación de (persona física o moral) Lugar y fecha de expedición Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. IA-010LAU001-E -2018 Registro Federal de Contribuyentes: Ciudad: Domicilio: Calle y número: Colonia: Código postal: Teléfonos: WWW Internet: Delegación y Municipio: Entidad Federativa: Fax: (en su caso, anotar la clave del registro federal de contribuyentes, nombre y domicilio del apoderado o representante) Número de la escritura pública en el que consta su Acta Constitutiva: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público que las protocolizó: Fecha: Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Descripción del objeto social: Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Empresa (Micro, Pequeña o Mediana): Actividad: (Comercial, Servicio o Industria): Cantidad de empleados: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx o fedatario Público que las protocolizó: Formato de manifestación bajo protesta de decir verdad de que el licitante no se encuentra en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Declaro bajo protesta de decir verdad que no nos encontramos en ninguno de los supuestos que establecen los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Declaro bajo protesta de decir verdad que mi representada es de nacionalidad mexicana. De conformidad con l...