SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Edificio De Protección Y Puesta en Valor, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Instalación De Cámaras De Vigilancia en Diversas Zonas Del Albaicín, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Sustitución De Pavimento De Pista De Atletismo en Complejo Deportivo Núñez
SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 los preceptos concordantes del RGLCAP, cláusulas 63 RGLCAP y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación Contratación de obras Obras del Estado, en cuanto no se opongan a lo establecido en dicha ley.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Obras, www.madrid.org
SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP200.5 de la LCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP203 de la LCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Contrato De Obras Por Procedimiento Abierto De Los Proyectos Acogidos Al Fondo Estatal, www.granada.org
SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del 216 TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 los preceptos concordantes del RGLCAP, cláusulas 63 RCAP y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación Contratación de obras Obras del Estado, en cuanto no se opongan a lo establecido en dicho TRLCSP.
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SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, IFTSA por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del 226 TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 los preceptos concordantes de su reglamento y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación Contratación de obras Obras del Estado, en cuanto a no se oponga a la ley.
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SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá de la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSPobra. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, en cuanto éstos, no se opongan a lo establecido en dichos textos legales.
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SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.
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Samples: sede.melilla.es
SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del 216 TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 los preceptos concordantes del RGLCAP, cláusulas 63 RCAP y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación Contratación de obras Obras del Estado, en cuanto no se opongan a lo establecido en dicha ley.
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SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS. La Administración, por razones En caso de interés público, podrá acordar la producirse una suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en los arts. 220 y 238 del TRLCSP y 103, 170 y 171 del RGLCAP. Si la Administración acordare una suspensión del contrato o ésta tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 220 art. 216.5 del TRLCSP, así como se levantará la correspondiente Acta de Suspensión, con los requisitos y formalidades establecidos en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes la cláusula 64 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para Generales, en la contratación que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de obras del Estadohecho en la ejecución de aquél.
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Samples: mnhlicitaciones.com