Testimonios. La Sala considera indispensable confrontar los documentos referidos con los testimonios practicados en el proceso, en cuanto atañe a la etapa previa a la celebración del contrato No. 044 de 2002. En primer término, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx000, quien se desempeñaba como Jefe de Tesorería desde el 1 xx xxxxx de 2001 hasta el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx decir, en la época de la contratación, manifestó que no había conocido ningún documento en el cual se diagnosticara el problema del cobro de xxxxxxx en el Municipio, ni una estrategia de choque para solucionarlo, así como tampoco conoció estudios encaminados a resolver la situación del bajo recaudo. En relación con el valor de la cartera de impuestos señaló que no lo conocía exactamente, pero que siempre escuchó que ascendía aproximadamente a trece mil millones de pesos. Por su parte, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx000, quien al momento de la celebración tenía el cargo de Jefe Departamento Administrativo de Planeación y en tal condición lo suscribió, manifestó no haber conocido estudios sobre la conveniencia de la celebración del contrato de cobro coactivo, pero que era notoria su necesidad. El contador Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx000 dijo que la cartera morosa para agosto de 2002 y enero de 2003 estaba aproximadamente en dieciocho mil millones de pesos. Finalmente, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx000 en su condición de única funcionaria de la oficina de ejecuciones fiscales dijo no conocer el valor de las acreencias del municipio por concepto de impuestos a la fecha de celebración del contrato. En relación con el equipo de trabajo que existía en la dependencia oficial antes de entrar en vigencia el contrato, manifestó: “En el año 2002 hasta el mes de julio - agosto estaba integrada por 4 profesionales abogados y 2 auxiliares mensajeros, existía una jefe de unidad y tres profesionales, dentro de esos 6, en el 2003 ya con la reestructuración quedó con la suscrita y no más.”
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Samples: Contrato Estatal
Testimonios. La Sala considera indispensable confrontar los documentos referidos con El Tribunal decretó y practicó los testimonios practicados de las personas que se indican a continuación, cuyas declaraciones fueron grabadas y las correspondientes transcripciones fueron entregadas por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y se incorporaron al expediente24. El 26 de septiembre de 2016 se recibió el testimonio de la doctora Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxx. Sobre su testimonio, XXXXXX solicito que al momento de valorar su declaración se tuviera en cuenta la condición del testigo de miembro de la Junta Directiva de TELEFÓNICA. El 27 de septiembre de 2016 se recibieron los testimonios de los señores Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxx de la Espriella y Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Sobre este testimonio, la parte demandante solicitó que al momento de valorar su declaración se tuviera en cuenta su condición de Vicepresidente de TELEFÓNICA. El 3 de octubre de 2016 se recibieron los testimonios de los señores Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxx y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. El 4 de octubre de 2016 se recibió el testimonio del señor Xxxxx Xxxxx, declaración respecto de la cual la parte convocante solicitó que al tenor de lo previsto en el procesoartículo 211 del CGP, y por los obvios sentimientos de pertenencia y aprecio que dada su larga vinculación con Comcel pueda tener el testigo por dicha empresa, tal circunstancia fuera tenida en cuanto atañe a cuenta por el Tribunal en el momento de valorar el testimonio. El 5 de octubre de 2016 se recibió el testimonio del señor Xxxx Xxxxxx Xxxxx. El 25 de octubre de 2016 se recibieron los testimonios de los señores Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx. Respecto de estas declaraciones, la etapa previa a parte convocante y la celebración ANDJE solicitaron que al tenor de lo dispuesto en el artículo 211 del contrato NoCGP, la vinculación de estas personas con Comcel fuera tenida en cuenta por el Tribunal en el momento de valorar sus testimonios. 044 24 X. xx Xxxxxxx Xx. 00. El 10 de 2002. En primer término, noviembre de 2016 se recibieron los testimonios de los señores Xxxxx Xxxxx Xxxxx de Xx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx000Xxxxxxxx Xxxxxxx e Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Xxxxxx. Respecto de la declaración del señor Xxxxx, quien la parte convocante solicitó que al tenor de lo previsto en el artículo 211 del CGP, la vinculación del testigo con Comcel fuera tenida en cuenta por el Tribunal en el momento de valorar su testimonio. El 11 de noviembre de 2016 se desempeñaba como Jefe recibieron los testimonios de Tesorería desde los señores Xxxxx Xxxx y Xxxxxx Xxxxxxx. Respecto de la declaración del señor Xxxx, la parte convocante solicitó que al tenor de lo previsto en el 1 artículo 211 del CGP, dada la vinculación del testigo con Comcel, tal circunstancia fuera tenida en cuenta por el Tribunal en el momento de valorar su testimonio. El 15 de noviembre de 2016 se recibieron los testimonios de las señoras Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. El 16 de febrero de 2017 se recibió el testimonio del señor Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx. El 17 de febrero de 2017 se recibieron los testimonios de los señores Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxx. El 2 xx xxxxx de 2001 hasta 2017 se recibió el 00 xx xxxxxxx xx 0000testimonio del señor Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, xx decirrespecto del cual, en los términos de lo previsto por el artículo 211 del CGP la época parte convocante formuló tacha del testigo dada su vinculación con Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP. El 14 xx xxxxx de 2017 se recibió el testimonio del señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, respecto de quien, a partir de lo previsto en el artículo 211 del CGP, la parte convocante formuló tacha del testigo dada su vinculación con Comcel S.A. Las partes desistieron de la contrataciónpráctica de los testimonios de los señores Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, manifestó que no había conocido ningún documento en el cual se diagnosticara el problema del cobro de xxxxxxx en el Municipio, ni una estrategia de choque para solucionarlo, así como tampoco conoció estudios encaminados a resolver la situación del bajo recaudo. En relación con el valor de la cartera de impuestos señaló que no lo conocía exactamente, pero que siempre escuchó que ascendía aproximadamente a trece mil millones de pesos. Por su parteXxxxx Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx000Xxxxx, quien al momento Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx de la celebración tenía el cargo de Jefe Departamento Administrativo de Planeación y en tal condición lo suscribióXxxxxxxxx, manifestó no haber conocido estudios sobre la conveniencia de la celebración del contrato de cobro coactivoXxxxxx Xxxxxx, pero que era notoria su necesidad. El contador Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Coral Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx000 dijo que la cartera morosa para agosto de 2002 y enero de 2003 estaba aproximadamente en dieciocho mil millones de pesos. FinalmenteXxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx000 en su condición de única funcionaria de la oficina de ejecuciones fiscales dijo no conocer el valor de las acreencias del municipio por concepto de impuestos a la fecha de celebración del contrato. En relación con el equipo de trabajo que existía en la dependencia oficial antes de entrar en vigencia el contratoXxxxxxxx, manifestó: “En el año 2002 hasta el mes de julio - agosto estaba integrada por 4 profesionales abogados Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx y 2 auxiliares mensajeros, existía una jefe de unidad y tres profesionales, dentro de esos 6, en el 2003 ya con la reestructuración quedó con la suscrita y no más.”Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
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Samples: Arbitral Award
Testimonios. La Sala considera indispensable confrontar los documentos referidos con Los señores Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Directores de Proyectos de la demandante Conconcreto S.A. y de Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Profesional Especializado Grado 20 en INVIAS (Fols. 38 a 50 del C. No. 2 de pruebas). Pues bien, de la lectura de los testimonios practicados rendidos se evidencia que estos coinciden en afirmar que ante la no entrega de predios por parte del INVIAS el proceso, en cuanto atañe a la etapa previa a la celebración del contrato No. 044 352 de 2002. En primer término1994 se suspendió de común acuerdo por las partes entre diciembre de 1994 hasta septiembre de 1995, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx000, quien fecha en la cual se desempeñaba habría suscrito un acta de reiniciación de las obras; que los inconvenientes del predio entregado por el ahora demandado para ser utilizado como Jefe zona de Tesorería botadero en cierta forma se debieron a los cambios meteorológicos y climáticos presentados en la época; que para abril de 1995 se tornaba imposible que la sociedad contratista hubiera ejecutado el 75% de las obras contratadas y que desde el 1 xx xxxxx de 2001 hasta el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx decir, en la época inicio de la contratación, manifestó ejecución de las obras hasta la fecha de terminación del contrato ésta siempre dejó constancia de los presuntos incumplimientos en que no había conocido ningún documento en incurrió el cual se diagnosticara el problema del cobro de xxxxxxx en el Municipio, ni una estrategia de choque para solucionarlocontratante, así como tampoco conoció estudios encaminados de los perjuicios y sobrecostos que estos le ocasionaron. Al respecto, es de resaltar lo que manifestó el Ingeniero Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx: “(…) se acordó con el INVIAS suspender el contrato, por causas totalmente imputables al INVIAS. Con-Concreto (sic), desde esa misma fecha, dejo (sic) constancia escrita de ese incumplimiento y de las consecuencias que esto tendría. Hacía el mes de septiembre del año 95, INVIAS nuevamente nos solicitó reiniciar los trabajos y para esto se firmó una nueva Acta de iniciación en el mes de septiembre del 95…Entre septiembre del año 95 y febrero del año 97, se ejecutaron las obras y el INVIAS en ese mismo período fue liberando los predios, durante todo este transcurso Con-Concreto (sic) dejo (sic) constancia escrita de los incumplimientos del INVIAS y de los perjuicios que esto causaba. Con respecto al botadero, INVIAS tenía la obligación de entregar el lugar donde se depositaría el material proveniente de las excavaciones, ésta área de botadero entregado por el Invias; debido a resolver su localización en una parte muy baja, y como consecuencia del intenso invierno que xxxxx en el periodo de la situación obra, su utilización fue casi imposible(…) Con-Concreto(sic) también dejó constancia escrita de los sobrecostos que generaban los nuevos botaderos, debido a las mayores distancias que había que recorrer(…)” (Fol. 38 del bajo recaudoC. No. En 2 de pruebas) (Resaltado propio). Al preguntarle sobre las posibles consecuencias que había traído la suspensión contrato en relación con la utilización del anticipo pactado contestó: “(…) El INVIAS giró dicho anticipo al (sic) Con-Concreto (sic) el cual fue consignado en una cuenta independiente, en un banco de la ciudad y en un todo, de acuerdo a las exigencias del INVIAS para este tipo de anticipo, Una (sic) vez Con-Concreto (sic) le informó al INVIAS el problema de predios y se acordó un Acta de suspensión, el anticipo había quedado consignado en una cuenta, el cual duró allí durante el tiempo de suspensión, que fue cerca de los once meses, A (sic) los once meses, Con-Concreto (sic), hizo uso del anticipo, entendiéndose y dejando constancia , de que éste valor durante el tiempo que estuvo en la entidad bancaria, no generó ningún tipo de rendimientos, por tanto el valor real del dinero, onces (sic) meses después no era el mismo…” (Fols. 39 y 40 del C. No. 2 de la cartera pruebas). Respecto del pago oportuno de impuestos las cuentas de cobro por parte del INVIAS señaló que no lo conocía exactamente“…a pesar de que en algunos casos este tiempo pudo ser mayor al descrito en el contrato, pero creemos que siempre escuchó que ascendía aproximadamente a trece mil millones el pago de pesoslas cuentas se puede considerar normal” (Fol. 40 del C. No. 2 de pruebas). Por su parte, el Ingeniero Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx que se habían presentado problemas con la entrega de los predios necesarios para la ejecución de las obras “de tal suerte que prácticamente una vez firmada el Acta de Iniciación, tocó suspender el contrato desde diciembre de (sic) 94 a Septiembre del 95, tiempo en el cual se suponía que INVIAS solucionaría las (sic) adquisición de los predios necesarios con la colaboración del área metropolitana para el desarrollo normal del contrato (…) tanto antes como durante mi gestión en el proyecto, se entregaron oficios con uno o varios folios manifestando que los eventos que se estaban dando incidían en el plazo(sic) programa de Inversión y Sobrecostos para el proyecto (…) [el contrato] Si tuvo una adición en valor, pero no recuerdo en que monto y se iban a sufragar unas obras adicionales de traslado de redes y algunas obras que se pretendieron hacer para tratar de adecuar el botadero “La Alquería”, que no resultó, obras orientadas por la Interventoría para tratar de utilizar la Interventoría (sic)” (Fols. 42 y 43 del C. No. 2 de pruebas) (Resaltado propio). A su vez el Señor Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx000Xxxxx señaló: “(…) Es de precisar que tanto el acta de suspensión, quien como los adicionales en valor y plazo, fueron suscritos de común acuerdo por las partes y sólo al momento finalizar el contrato fueron presentadas reclamaciones del contratista, las que fueron negadas de acuerdo con las justificaciones entregadas por la celebración tenía el cargo de Jefe Departamento Administrativo de Planeación Interventoría al Instituto y teniendo en tal condición lo suscribió, manifestó no haber conocido estudios sobre la conveniencia de la celebración del contrato de cobro coactivo, pero cuenta que era notoria su necesidad. El contador Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx000 dijo la interventoría la que la cartera morosa para agosto de 2002 y enero de 2003 estaba aproximadamente permanentemente en dieciocho mil millones de pesos. Finalmente, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx000 en su condición de única funcionaria de la oficina de ejecuciones fiscales dijo no conocer el valor los sitios de las acreencias obras, acogimos sus razones para considerar improcedente lo reclamado” (Fols. 47 y 48 del municipio por concepto C. No. 2 de impuestos a la fecha de celebración del contrato. En relación con el equipo de trabajo que existía en la dependencia oficial antes de entrar en vigencia el contrato, manifestó: “En el año 2002 hasta el mes de julio - agosto estaba integrada por 4 profesionales abogados y 2 auxiliares mensajeros, existía una jefe de unidad y tres profesionales, dentro de esos 6, en el 2003 ya con la reestructuración quedó con la suscrita y no máspruebas).”
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Samples: Acción Contractual
Testimonios. La Sala considera indispensable confrontar En el proceso declararon los documentos referidos con los testimonios practicados siguientes testigos: - Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, de 59 años de edad, economista consultor, residente en el municipio xx Xxxx, quien manifestó que tuvo un contrato u orden de prestación de servicios con el municipio xx Xxxx en junio de 2000, cuyo objeto fue recopilar una información que se requería con destino al Ministerio de Hacienda a través de Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, para determinar la capacidad de endeudamiento del municipio. Sostuvo que (f. 192, c. 4): - Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, de 50 años de edad, economista, residente en el municipio xx Xxxx, declaró que se desempeñó como secretario de Hacienda del municipio entre el 13 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2000, razón por la cual conoció el contrato que se celebró con Xxxxxxx Xxxxxxxxxx para la emisión y colocación de bonos de deuda pública interna, y que “ellos hacían todo”. Manifestó (f. 200, c. 4): El objeto del contrato era que ellos hacían la emisión y colocación de los bonos esta operación exigía personas con dedicación exclusiva y expertas en el tema, y el que el municipio no los tenía por eso se contrató riegos bursatelite (sic) para que hiciera el proceso. (…) preguntado sabe usted si riesgos bursatelite (sic) cumplió con las actividades y procedimientos del contrato en mención contestó (sic) no lo cumplió, se presentaron unas dificultades en cuanto atañe la información que ellos enviaron al Ministerio de Hacienda devolvía esa información, no se llevaba la información a tiempo y eso se fue dilatando (…). PREGUNTADO a su juicio riegos bursateli (sic) debía procesar información que se encontraba dentro de la Secretaría de Hacienda CONTESTÓ si. A ellos se les entregó cada uno de los estados financieros de todas las carpetas de las ejecuciones de los estados financieros, de los movimientos del banco, nunca jamás se les negó ni se les ocultó ninguna información financiera lo tenía todo a la etapa previa mano (…) PREGUNTADO insisto una vez presentada la información al Ministerio de Hacienda, recuerda usted si este consideró que se requería información adicional o documentación adicional CONTESTÓ no recuerdo. (…) recuerda usted si después de presentada la primera información el municipio le suministró documentación adicional a riesgos bursatelite (sic) para ser llevada al Ministerio de Hacienda CONTESTÓ no recuerdo. PREGUNTADO recuerda usted si la superintendencia de valores formuló observaciones a la celebración inscripción en el registro de valores e intermediarios contestó (sic) no recuerdo (…). El compromiso de él era que hacía todo (…). Ellos tenían toda la información a su disposición siempre se les entregó lo que solicitaban (…). Teniendo en cuenta los términos del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y los hechos probados, deberá la Sala establecer i) la incidencia de la liquidación unilateral del contrato No. 044 que no fue notificada al demandante en debida forma; ii) la naturaleza del acto demandado; iii) el régimen jurídico del contrato celebrado por las partes, iv) la legalidad de 2002. En primer términola decisión de la entidad demandada de no prorrogar el contrato de prestación de servicios celebrado con la sociedad Riesgos Bursátiles S.A., Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx000v) si se produjo el incumplimiento del contrato por parte del municipio xx Xxxx, quien y vi) si se desempeñaba como Jefe de Tesorería desde rompió el 1 xx xxxxx de 2001 hasta el 00 xx xxxxxxx xx 0000equilibrio económico del contrato, xx decir, afectando al contratista en la época de la contratación, manifestó que no había conocido ningún documento en el cual se diagnosticara el problema del cobro de xxxxxxx en el Municipio, ni una estrategia de choque para solucionarlo, así como tampoco conoció estudios encaminados a resolver la situación del bajo recaudo. En relación con el valor de la cartera de impuestos señaló que no lo conocía exactamente, pero que siempre escuchó que ascendía aproximadamente a trece mil millones de pesos. Por su parte, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx000, quien al momento de la celebración tenía el cargo de Jefe Departamento Administrativo de Planeación y en tal condición lo suscribió, manifestó no haber conocido estudios sobre la conveniencia de la celebración del contrato de cobro coactivo, pero que era notoria su necesidad. El contador Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx000 dijo que la cartera morosa para agosto de 2002 y enero de 2003 estaba aproximadamente en dieciocho mil millones de pesos. Finalmente, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx000 en su condición de única funcionaria de la oficina de ejecuciones fiscales dijo no conocer el valor de las acreencias del municipio por concepto de impuestos a la fecha de celebración del contrato. En relación con el equipo de trabajo que existía forma planteada en la dependencia oficial antes de entrar en vigencia el contrato, manifestó: “En el año 2002 hasta el mes de julio - agosto estaba integrada por 4 profesionales abogados y 2 auxiliares mensajeros, existía una jefe de unidad y tres profesionales, dentro de esos 6, en el 2003 ya con la reestructuración quedó con la suscrita y no másdemanda.”
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
Testimonios. La Sala considera indispensable confrontar Se recepcionaron los documentos referidos siguientes testimonios:
a) XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX. Funcionario de Compañía Manufacturera MANISOL S.A. en su calidad de contador público, explicó ampliamente el sistema como operaba en su entender el contrato de Concesión, para el cual, en todos los casos, la comisión del veinte por ciento (20%) no se debía liquidar incluyendo el IVA. Informó que el primer contrato (probablemente el sin número) se ejecutó sin problema, pero que luego cuando se abrieron concesiones en otros locales (Centro Comercial Galerías y Unicentro Cali) se advirtió por parte de MANISOL que la comisión se estaba liquidando erróneamente, es decir, incluyendo para su liquidación el valor correspondiente al IVA. Informó que no existía un procedimiento específico para que MANISOL S.A. aceptara expresamente las liquidaciones hechas por RAMAL S.A. y GLG S.A.. Manifestó que se realizaron muchas reuniones con funcionarios de GLG S.A. y Ramal S.A. sin llegar a ningún acuerdo, por lo cual la empresa Manisol S.A. decidió recurrir al Tribunal de Arbitramento. Manifestó desconocer el texto de los contratos, pero afirmó que de todas maneras se debía entender que el valor de los ingresos sobre los cuales se debía descontar la comisión no tenía por qué incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
b) XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX. Manifestó haberse desempeñado como subgerente comercial de Casa Estrella por cinco años, su labor estaba relacionada con la gestión comercial, con los testimonios practicados proveedores, con las ventas y con el mercadeo. Informó que todos los proveedores de Casa Estrella tenían un contrato documentado. Informó sobre el procedimiento de información y liquidación con todos los proveedores. “Nosotros tenemos 149 proveedores que funcionan igual”. Informó que el contrato de concesión lo tenían con todos los proveedores, y a todos se les liquidaba sobre “el precio de venta al público la contraprestación.” Informó que sólo a finales del año 2.007 se enteró de la reclamación formulada por Manisol S.A. sobre la base de la liquidación de la contraprestación. Fue enfático en afirmar que el proceso, en cuanto atañe a la etapa previa a la celebración del contrato No. 044 precio de 2002venta al público incluía el IVA. En primer términogeneral, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx000, quien afirmó que la base de liquidación para los concesionarios era sobre el precio de venta al público y ello incluía el Impuesto al Valor Agregado IVA.
c) XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX. Manifestó al Tribunal que se desempeñaba como Jefe de Tesorería desde el 1 xx xxxxx de 2001 hasta el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx decir, en la época auditora interna de la contrataciónempresa Casa Estrella de propiedad de las sociedades RAMAL S.A. y GLG S.A. por espacio de 20 años, manifestó que no había conocido ningún documento su función era la revisión y control de los procesos del área contable, comercial y financiera y de contratos de toda la organización, y que debía rendir cuentas a las asambleas de accionistas de las sociedades y actualmente al agente depositario de la empresa. Informó que el primer contrato de concesión entre MANISOL S.A. y GLG S.A. tuvo un carácter especial por tratarse del inicio del contrato de concesión, que se le hizo a MANISOL “una excepción, y se les dijo que se les iba a discriminar el IVA en el cual se diagnosticara el problema del cobro almacén de xxxxxxx en el Municipio, ni una estrategia de choque para solucionarlo, así como tampoco conoció estudios encaminados a resolver la situación del bajo recaudo. En relación con el valor de la cartera de impuestos señaló que no lo conocía exactamenteGLG” (Sic), pero que siempre escuchó cuando se extendió la concesión a los demás almacenes el contrato con MANISOL quedó igual al de los otros concesionarios; es decir, que ascendía aproximadamente la comisión se causaba sobre el total de los recaudos (incluyendo el IVA). Preguntada por el Arbitro sobre si le quedaba perfectamente claro que hubo un contrato en que se discriminaba el IVA y otro en el que no, respondió: “Inicialmente, pero después se cambió la contraprestación.” Informó que era costumbre que después de un tiempo de relación comercial en que se demostraba que las ventas eran buenas, se cambiaba el contrato y se renegociaban las condiciones. Informó, que una vez modificado el contrato de concesión, quienes lo suscribieron no informaron oportunamente al departamento de sistemas y de auditoria de GLG S.A., razón por la cual el contrato de concesión con MANISOL se siguió liquidando conforme al anterior sistema; es decir, sin incluir el IVA por algún tiempo. “unos meses o un tiempo, bastante tiempo se siguió liquidando de esa manera”. Sostuvo que los contratos eran elaborados por el departamento jurídico (de GLG S.A.) pero que eran acordados por las partes, no era arbitrario. La xxxxxx Xxxxxx describió completamente el sistema de liquidación y funcionamiento del sistema de concesión y aportó una copia de una liquidación similar a trece mil millones las que reposan en el expediente. Sobre si hubo reclamaciones por parte de pesos. Por su parteMANISOL informó que sí estuvo en una reunión Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx000, quien al momento que MANISOL pidió que se excluyera el IVA de la celebración tenía comisión, que se revisó el cargo de Jefe Departamento Administrativo de Planeación contrato y en tal condición lo suscribió, manifestó no haber conocido estudios se accedió porque estaba pactado sobre la conveniencia totalidad de los recaudos. Informó que después de esa reunión advirtió que se estaba liquidando mal la comisión y dio el reporte correspondiente a la gerencia. La gerencia ordenó entonces la modificación de la celebración liquidación del contrato de cobro coactivo, pero que era notoria su necesidadconcesión. El contador Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx000 dijo que la cartera morosa para agosto de 2002 y enero de 2003 estaba aproximadamente en dieciocho mil millones de pesos. Finalmente, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx000 en su condición de única funcionaria Interrogada por el representante de la oficina Parte Convocante sobre que entendía como ingreso manifestó que lo que se efectuaba en los almacenes de ejecuciones fiscales dijo GLG S.A. y RAMAL S.A. era un recaudo, no conocer un ingreso a pesar de que el valor documento dice ingreso ventas. Explicó que los almacenes sólo expiden un recibo de las acreencias del municipio por concepto caja que corresponde a una suma recaudada, y es sobre ésta suma sobre la cual, de impuestos a acuerdo al contrato se debe liquidar la fecha de celebración del contrato. En relación con el equipo de trabajo que existía en la dependencia oficial antes de entrar en vigencia el contrato, manifestó: “En el año 2002 hasta el mes de julio - agosto estaba integrada por 4 profesionales abogados y 2 auxiliares mensajeros, existía una jefe de unidad y tres profesionales, dentro de esos 6, en el 2003 ya con la reestructuración quedó con la suscrita y no máscomisión.”
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Samples: Arbitration Agreement