Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones, las partes aportaron una serie de documentos. Otros tantos fueron incorporados en virtud de los oficios librados por el Tribunal a solicitud de las partes, como consecuencia de las inspecciones judiciales con exhibición de documentos practicadas a las oficinas de ambas partes y a raíz de la ampliación de tales exhibiciones dispuesta de oficio por el Tribunal. Se recibieron los testimonios de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx XxXxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxx. La parte CONVOCANTE aportó con su demanda una experticia elaborada por Desarrollo Empresarial Ltda. y la parte CONVOCADA otra realizada por Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx y por la firma Económica Consultores, las cuales fueron objeto de contradicción por las partes. Se practicaron cuatro dictámenes periciales. Uno de carácter económico y financiero y otro de naturaleza contable, decretados como prueba dentro del proceso. Asimismo, uno económico y financiero y otro contable, como prueba dentro del trámite de objeción por error grave formulado por la parte CONVOCADA a la experticia elaborada por Desarrollo Empresarial Ltda. aportada por la parte CONVOCADA con su demanda. Todos los dictámenes ameritaron algunas aclaraciones y complementaciones y el dictamen contable practicado como prueba dentro del proceso fue parcialmente objetado por error grave por la parte CONVOCANTE. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx, como expresamente lo indicaron al cerrar el periodo probatorio.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus respectivas pretensiones y excepciones, las partes aportaron varios documentos, solicitaron la recepción de testimonios, la práctica de tres inspecciones judiciales, al igual que dos dictámenes periciales. Adicionalmente el tribunal, de oficio, decretó pruebas documentales, testimoniales así como la rendición de un dictamen pericial. Todas las pruebas practicadas obran en el expediente y fueron aportadas en los términos de las solicitudes formuladas por las partes. Según consta en el acta 8, que obra a folios 274 a 302 del cuaderno principal 1 del expediente, en audiencia que tuvo lugar el 3 xx xxxx de 2005, el tribunal decretó las pruebas del proceso, las cuales se practicaron en la forma que se explica a continuación.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones la convocante y la convocada aportaron varios documentos. Otros tantos fueron aportados en el curso de las inspecciones judiciales con exhibición de documentos mutuamente solicitadas por las partes. A solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, La apoderada de la parte convocante desistió de los testimonios de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y de Xxxxxx Xxxxxxxxx. A su vez, los testimonios de los señores Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, decretados a solicitud de la parte convocada, no fueron recibidos porque, según informó su apoderada en audiencias del 00 xx xxxxx x 0 xx xxxxxx xx 2015, no pudo ubicarlos. Igualmente, los representantes legales de PROBOCA S.A. y de QUIRURGIL S.A. rindieron sendos interrogatorios. A solicitud de la convocante se recibieron un dictamen contable – financiero que fue objeto de aclaraciones y complementaciones. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones, las partes aportaron una serie de documentos. Otros tantos fueron incorporados en virtud de los oficios librados por el Tribunal a solicitud de las partes y como consecuencia de las inspecciones judiciales practicadas a las oficinas de ambas partes y a la de la sociedad TELECOMUNICACIONES MÓVILES DE COLOMBIA S.A. Se recibieron los testimonios xx Xxxxxxx Naar Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx y Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxx. Así mismo se efectuaron interrogatorios a los representantes legales de las partes. También se practicaron dos dictámenes periciales, uno de carácter financiero y contable, y otro de ingeniería de sistemas, los cuales ameritaron algunas aclaraciones y complementaciones, pero no fueron objetados. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones, las partes aportaron varios documentos y solicitaron la incorporación de otros, los cuales fueron anexados al expediente con las formalidades legales. A solicitud de las partes se recibieron varios testimonios y por petición de la convocada se practicó interrogatorio al representante legal del banco demandante. Se decretaron y practicaron dos dictámenes periciales, uno en banca de inversión y valoración de empresas, y otro de naturaleza financiera, contable y de auditoria. Además, se recibió la experticia presentada por la parte convocada conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 446 de 1998. El tribunal practicó sendas inspecciones judiciales con exhibición de documentos a las oficinas del banco convocante y a las sociedades Fiducolombia S.A., Urbanización Las Sierras del Chico Ltda. y Chico Oriental Número Dos Ltda. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso, durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx, sobre todo lo cual manifestaron su conformidad como consta en el acta 26 del 22 de noviembre de 2005, en la que se expresa: “Que han revisado el acervo probatorio y verificado que todas las pruebas decretadas fueron practicadas, obran en el expediente, y respecto de todas ellas tuvieron oportunidad de contradicción, sin perjuicio de lo que cada una de las partes hubiere manifestado y/o habrá de manifestar en las alegaciones finales sobre aspectos relacionados con la apreciación y valoración de las mismas”.
Pruebas practicadas. 3.1. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones las partes aportaron varios documentos y solicitaron la exhibición e incorporación de otros. Todas estas pruebas obran en el expediente y fueron aportadas con las formalidades legales en los términos de las solicitudes de las partes y por disposición oficiosa del tribunal.
3.2. Igualmente se recibieron varios testimonios y el interrogatorio de los representantes legales de ambas partes.
3.3. Se practicaron tres inspecciones judiciales con exhibición de documentos a las oficinas de las partes y a las de Ecopetrol.
3.4. Finalmente, se recibió el dictamen de peritos, el cual, aunque fue objetado por la demandada, las partes convinieron en desistir de dicha objeción fijando de común acuerdo los valores en que aquella se fundaba.
3.5. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones las partes aportaron varios documentos. A solicitud de las partes se practicaron sendas exhibiciones documentales a cargo de cada una de ellas. También por petición de las partes se recibieron los interrogatorios de sus representantes legales, así como los testimonios de Xxxx Xxxxxxxx Santafé Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx y Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx. Igualmente, por solicitud de la convocante se recibió un dictamen por parte de un perito experto en asuntos contables y financieros, el cual fue objeto de aclaraciones y complementaciones solicitados por la parte demandada. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones, las partes aportaron varios documentos. Por solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, así como el testimonio técnico de Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Igualmente, a petición de la convocante se recibió el interrogatorio al representante legal de HOSPITAL XX XXXX. La parte convocante aportó una experticia y por disposición del Tribunal, teniendo en cuenta los términos de la xxxxxxxx de competencia, el experto presentó una discriminación de las consecuencias económicas valoradas para cada uno de los contratos objeto de la demanda principal. A petición de la parte convocada se decretó y practicó un dictamen por parte xx xxxxxx contador. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus posiciones las partes aportaron varios documentos. A solicitud de las partes se recibieron los testimonios de Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Plazas, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Por petición de la demandada se adelantó el reconocimiento del documento denominado “Estudio de Seguridad al Edificio Complejo Empresarial Plaza 67” por parte del representante legal de la sociedad Security & Vision Ltda. Igualmente, se recibieron los interrogatorios a los representantes legales de ambas partes. También decretó y practicó la prueba pericial en asuntos contables pedida por la demandante. Finalmente, de común acuerdo las partes aportaron los documentos que eran objeto de inspección judicial con exhibición de documentos por parte de la demandada y de esa forma sustituyeron la mencionada diligencia. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.
Pruebas practicadas. Como prueba de los hechos que sirven de fundamento a sus pretensiones o excepciones, las partes aportaron varios documentos. Otros fueron remitidos por la Superintendencia de Sociedades, que conoció del proceso de reestructuración empresarial de ASECONES, y por el Juzgado 23 Civil del Circuito de Bogotá, que conoció de un proceso ordinario entre ASECONES y otras personas y AVANTEL. A petición de la demandante se decretó y practicó una inspección judicial con exhibición de documentos e intervención de un perito contador en las oficinas de AVANTEL. Y de oficio el Tribunal dispuso la práctica de una inspección judicial en las oficinas de ASECONES, que también tuvo lugar con intervención xxx xxxxxx contador. Por petición de ambas partes se decretaron los interrogatorios de los representantes legales de ASECONES y de AVANTEL, pero posteriormente la parte demandada desistió de su petición, por lo cual solo se recibió la declaración del primero. En esta forma se concluyó la instrucción del proceso durante la cual las partes tuvieron la oportunidad de controvertir las pruebas en los términos xx xxx.