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Valor de los Aportes Cláusulas de Ejemplo

Valor de los Aportes. EL valor total del convenio es por la suma de CIENTO DIECINUEVE MiLLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NII. 890.98009J. 8 Centro Administrativo Municipal de Itagüi (CAMI) • Tel.:000 00 00 Cra.51 No.51- 55 • Itagür - Colombia. www.ltagul.go¥.co e OC GUI l'e00:"'] &~ '~N' , , . ~.' . I/Í\lElO ALCALDIA DE " En Itagüí se vive mejor. TRES MIL QUINIENTOS TREINTA PESOS MIL ($119.493.530) discriminados asi: Valor antes de IVA es de CIENTO NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS PESOS MIL ($109.647.900) y un IVA variable que se discrimina en cuadro siguiente por valor total de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS MIL ($9.845.630). AlIMENTACION UNIDAD DE MEDIDA:(RaCiOne~;Metros,KiIOS, Ca"as,Resmas, etc. CANTIDAD % IVA IVA VALOR TOTAL COSTO POR UNIDAD CON NA IVA {IVAx317 paquete:\x meses 8 Panela redonda p" 2 S - 1 2489 Frí;ol Lima K- 1 $ - 1 3.750 Arroz Lb 3 $ - $ 1.650 Aceite 1000 ce Frn"", 1 16% $ 568 1 3.550 S 1.440.448 Azúcar refinada kilo 1 5% $ 120 1 2.400 1 304,320 Sardina 1 Tarro 1 S 416 2.600 $1.054.976 Cocoa Bolsa x 230 nrs Unidad 1 16% S S76 3.600 $ 1.460.736 , 'S Unidad 1 S% 1 10S 1 2.100 1 266.280 Esna"uetis 1200 "rsl Unidad 1 5% S 70 $ 1.400 $ 177.520 Jabón de Baño Unidad 1 16% S 256 1 1.600 S 649.216 ~:~tas (Fideosx200 Xxxxx xx Xxxx Unidad 1 16% 1 208 1 1.300 $ 527.488 Crema Dental x 63 mi Tubo 1 , 16% S 272 $ 1.700 $ 689.792 pap,~~ Higiénico (4 rollos Unidad 16% S 560 S 3500 $ 1.420.160 Sal Refinada Le~t~j.:\ (paquete por Lb 1 $ - $ 1.100 460 rs Unidad 1 S . $ 2.500 Valor Unitario TotallVA en las 8 ent;~~~s d~' ~~oducto $ 3.151 $ 7.990.936 % VALOR DEL VALOR SIN Servicio de Transporte IVA IVA IVA VALOR TOTA'=._ de la Fundación Empaque de la 8 entr""'as O O $ $ 2.000.000 Fundación 8 entre~as 16% S 138.831 1 866.829 $ 1,005.522 Logistica y almacenamiento de la Fundación Personal ejecución de apoyo convenio, de 8 entrenas 16% $ 606.897 1 3.793.103 $ 4.400.000 8 entrenas la Fundación 16% $ 1.108.966 1 6.931.034 $ 8.040.000 TotallVA servicios de los por 8 ent~~'-as d;-"'roducto 1 1.854,694 $ 11.591.828 $15.446.522 APORTES DE MUNICIPIO DE ITAGUI: Corresponden a CIEN MILLONES CIENTO OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS MIL ($ 100.108.320) Y APORTES ASOCIADO: El ASOCIADO aportará DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS MIL ($ 19.385.210) representados en especie (alimentos por valor de $ 3.938.688 Y servicios por
Valor de los Aportes. El valor de los aportes ordinarios estimado para cada vigencia se deberá incorporar en el proyecto de presupuesto que será presentado a la Junta Directiva y una vez aprobado, se comunicará a las entidades territoriales el valor correspondiente, para su conocimiento y trámites de programación y ejecución respectivos. (Acuerdo 3 de 2016, Artículo 5)
Valor de los Aportes. Para dar cumplimiento a la obligación prevista en esta Cláusula, en cada una de las Fases del Período de Exploración, del de Exploración Posterior, y del Período de Evaluación, y de sus prórrogas, de pactarse, el Contratista (Individual o Plural) se compromete a ejecutar directamente o a contratar y sufragar la ejecución de programas de formación profesional o especializada, de proyectos de fortalecimiento institucional, o de planes que conduzcan a la transmisión de conocimientos sistemáticos en aspectos técnicos y científicos inherentes al Sector de Hidrocarburos, hasta por valor equivalente al veinticinco por ciento (25%) del monto que resulte de multiplicar el número de hectáreas y fracción de la superficie del Área Asignada o Remanente, o del Área asignada en Evaluación sin Producción, en su caso, por el valor que corresponda a la Extensión Superficiaria y a la Fase o Período en curso , conforme a la Tabla que se consigna en el Anexo C.1. El cálculo correspondiente debe tener lugar al inicio de cada Fase del Período Exploratorio, incluidas la Primera (Fase I), del Período Exploratorio Posterior, en su caso, y al comenzar el Período de Evaluación en las Áreas asignadas en Evaluación, sin que exista Producción. Respecto de las Áreas Asignadas en Evaluación con Producción y/o en Producción, la obligación prevista en esta Cláusula ascenderá al monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor de los Derechos por concepto del Uso del Subsuelo, sobre la Producción del Contratista (Individual o Plural), de que trata el Numeral 29.1.2, por cada Año Calendario. En ningún caso el valor de los Aportes excederá de cien mil dólares de los Estados Unidos de América (USD127.112) constantes del año 2014, por Fase, Período o Año Calendario, según corresponda. El cálculo del valor nominal en Dólares corrientes de este límite, debe tener lugar para cada Año, teniendo en cuenta el Índice de Precios al Productor, IPP, publicado por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos de América para el final del mes xx xxxxx del Año inmediatamente anterior. (Cfr. Resoluciones ANH 350 y 351 de 2014)

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