Valoración final Cláusulas de Ejemplo

Valoración final. Obtenidas las puntuaciones totales de los criterios evaluables automáticamente y no automáticamente, se sumarán ambas, resultando seleccionada la oferta que obtenga la mayor puntuación.
Valoración final. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de los dos criterios establecidos en la base sexta. En el supuesto de empate en la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez finalizada la fase de concurso, será criterio para dirimirlo:
Valoración final. La puntuación final otorgada a las ofertas será la suma de la valoración de los criterios subjetivos y los criterios objetivos. Tendrá la consideración de oferta económicamente más ventajosa la que obtenga la mayor puntuación y después las ofertas se ordenaran en orden decreciente de mayor a menor puntuación a los efectos de determinar el orden de valoración.
Valoración final. Teniendo en cuenta todo lo anterior, se estima que el funcionamiento de la mina de uranio a cielo abierto Retortillo-Santidad (Salamanca) compromete la supervivencia a largo plazo de las poblaciones de peces, anfibios y reptiles de interés europeo, muchas de las especies endémicas para la península Ibérica, que habitan dentro de la ZEC “Riberas de los xxxx Huebra, Yeltes, Uces y afluentes” (ES4150064). El incumplimiento de la Directiva Marco del Agua, la Directiva de Hábitats y la Directiva 2006/44/CE, como consecuencia de algunas acciones del proyecto, supone la alteración de complejos mecanismos ecológicos ligados a la dinámica xx xxxx temporales, así como mecanismos evolutivos. El comprometido estado ecológico del río, la posible extinción de la Xxxxx salmantina o la alteración de poblaciones de anfibios y reptiles pertenecientes a linajes exclusivos con historias evolutivas muy antiguas, son claros ejemplos de ello. Considerando, por un lado, el estado actual del rango de distribución geográfica de la Xxxxx salmantina, en franca regresión y quedando reducido a la cuenca del Yeltes y parte xxx Xxxxxx como únicas zonas donde mantiene poblaciones, y, por otro, que actualmente las poblaciones son escasas y con una población reproductora reducida, debe evitarse cualquier alteración adicional sobre el hábitat de la especie. Una ligera modificación del hábitat físico por disminución del caudal o de la calidad del agua por contaminación tendría un efecto devastador en las poblaciones, pudiendo llegar a desaparecer. Esto significaría la extinción de una especie endémica de la península Ibérica, de origen muy antiguo y de elevado interés en el contexto europeo, estando protegida por la Directiva de Hábitats. A la vista de todo lo expuesto, la mina de uranio es claramente incompatible con los objetivos de algunos proyectos europeos financiados con fondos LIFE que disfruta y desarrolla actualmente la Junta xx Xxxxxxxx y León. Por una parte, el proyecto LIFE 11 NAT/ES/000699 tiene como objetivo mantener y recuperar los hábitats y especies de interés comunitario ligados al agua en el ámbito de los espacios de la Red Natura 2000 de la región biogeográfica Mediterránea. Por otra parte, el proyecto LIFE 13 NAT/ES/000772, tiene como objetivo mejorar el estado de conservación de los peces endémicos de interés europeo en la provincia xx Xxxxxxxxx, dada la regresión que experimentan. Estos objetivos son claramente incompatibles con permitir la explotación de la mina de ura...
Valoración final. La valoración final de los distintos candidatos y candidatas estará constituida por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases.

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  • Liquidación final 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.

  • Valoración En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen de un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico.

  • DISPOSICIÓN FINAL EQUIPARACIÓN SALARIAL DE LOS TRABAJADORES ADSCRITOS A LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LOS CENTROS SANITARIO PÚBLICOS DEL SERVICIO CANARIO DE SALUD (en adelante SCS). Las partes acuerdan: 1.- Los conceptos retributivos que en esta disposición final primera se pactan, traen causa del acuerdo adoptado por el SCS. y notificado a CECAPYME, mediante escritos de fecha 2 de octubre de 2001 y su modificación el 15 de noviembre de 2001 (se adjuntan documentos). 2.- Se acuerda expresamente que el personal de limpieza asume como propia de la categoría de limpiador/a en los centros sanitarios, además de las establecidas con carácter general en este convenio, las tareas y funciones siguientes: fundas de colchones, fundas de almohadas, T.V., camillas, barandillas de las camas, camas de médicos xx xxxxxxx, cunas, pies de goteo, mobiliario informático (monitores, teclados e impresoras), desarrollándose las mismas de acuerdo con la organización y asignación de tareas que establezca la empresa en el ejercicio regular de sus facultades de dirección. 3.- A los efectos de esta disposición final primera y comprendiendo las posibles situaciones que pudieran darse tanto en toxicidad, penosidad o peligrosidad, no percibirán este plus los trabajadores que prestan servicios en los centros sanitarios públicos del S.C.S., en donde el personal propio del mismo no lo tenga reconocido. Se exceptúan aquellos trabajadores que a la entrada en vigor de este convenio lo vinieran percibiendo a título individual. 4.- Las condiciones pactadas en esta disposición final primera forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación, serán consideradas globalmente, no admitiéndose por consiguiente aplicación parcial de sus pactos. 5.- Las empresas concesionarias de las contratas para la limpieza de los Centros Sanitarios Públicos del SCS abonarán a todos los trabajadores adscritos a dicho servicio, en concepto de “Plus de Equiparación”, la diferencia existente, en cada momento, entre las retribuciones anuales fijadas por este convenio y las aprobadas oficialmente para el personal de la plantilla del Servicio Canario de Salud, para el mismo año de referencia, calculando para ello el bruto anual de cada categoría, y todo ello conforme a las siguientes reglas: A.- CONCEPTOS A EFECTO DEL CÁLCULO Dada la complejidad, retributiva del SCS, ambas partes acuerdan que los conceptos salariales de dicho Servicio, que deben figurar para el cálculo de la equiparación, y que son generales para todos los trabajadores del grupo E, serán: Salario base, antigüedad, complemento de destino, productividad fija, acuerdo sindical, plus de residencia, el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre ordenación retributiva del personal estatutario de los grupos C, D y E del SCS de fecha 00 xx xxxx xx 2005, y pagas extras. A los trabajadores de las empresas de limpieza que presten jornada en el turno de noche en los centros dependientes del SCS, no se les computará el complemento de nocturnidad para el cálculo del Plus de Equiparación. Para el supuesto del que el SCS variase de cualquier forma, de manera oficial, los conceptos retributivos estipulados, o se cree algún concepto general nuevo para todos los trabajadores del grupo E, que supere el incremento anual pactado en las tablas salariales del SCS, la Comisión Negociadora se reunirá en un plazo no superior de 30 días tal y como se hizo en el Convenio del año 2001- 2003 y en el año 2005 a los efectos de negociar la aplicación de dichos incrementos, con el fin del salvaguardar la viabilidad de las contratas que se encuentren vigentes. Se aplicará la misma fórmula utilizada en dichas fechas, de forma que la cantidad resultante pudiese abonarse después del vencimiento de dichas contratas.

  • SITUACIÓN FINANCIERA La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI. El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante *

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

  • INFORMACIÓN FINANCIERA Con el fin de actualizar el Documento de Registro, se incluye a continuación el balance de situación consolidado y la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada de Unicaja Banco a 31 de diciembre de 2011, que a fecha de registro del presente Folleto de Base, están pendientes de auditar. Debido a que Unicaja Banco es una entidad de reciente creación, no se dispone de información financiera histórica. No obstante, se recoge a continuación el balance de situación consolidado auditado y la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada auditada de Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén (Unicaja) a 31 de diciembre de 2010 y a 31 de diciembre de 2009, a efectos comparativos, dado que la segregación de Unicaja a Unicaja Banco se ha realizado al 99,6% del total activo. Estos datos han sido elaborados según los modelos, principios contables y normas de valoración establecidos por la Circular 4/2004 de Banco de España, de aplicación a partir del 1 de enero de 2005. La circular 4/2004 fue modificada por la Circular 6/2008, de 26 de noviembre, por el Banco de España y por la Circular 3/2010, de 29 xx xxxxx, entre otras. Según la nota 1.5 de las Cuentas Anuales consolidadas de “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”, las cifras correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 incorporan los saldos procedentes de la entidad fusionada “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”. En el análisis comparativo de los saldos, ha de considerarse, que los saldos relativos al ejercicio 2009 hacen referencia exclusivamente a aquellos incluidos en las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2009 de “Xxxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera” (entidad absorbente), de acuerdo con la normativa que resulta de aplicación. A 31 de diciembre de 2009 los activos totales consolidados y patrimonio neto consolidado de “Caja Provincial de Ahorros xx Xxxx” representaban un 2,87% y un 2,14%, respectivamente sobre los activos totales consolidados y sobre el patrimonio neto consolidado de “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”. BALANCE DE SITUACIÓN CONSOLIDADO DE UNICAJA BANCO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 CON RESPECTO A UNICAJA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 CAJA Y DEPÓSITOS EN BANCOS CENTRALES 707.949 336.925 928.838 371.024 110,12% CARTERA DE NEGOCIACIÓN 52.513 45.711 137.174 6.802 14,88% Depósitos en entidades de crédito - - - - - Crédito a la clientela - - - - - Valores representativos de deuda 44.632 43.732 135.268 900 2,06% Instrumentos de capital 3.675 - 267 3.675 100,00% Derivados de negociación 4.206 1.979 1.639 2.227 112,53% Pro-memoria: Prestados o en garantía 9.233 - - 9.233 100,00% OTROS ACTIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN PÉRDIDAS Y GANANCIAS - - - - -

  • IMPUESTOS Y GASTOS El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.