ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Ámbito mundial.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Se garantizan los eventos asegurados producidos en territorio español que sean competencia de Juzgados y Tribunales españoles.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Para la totalidad del colectivo asegurado el ámbito territorial de cobertura de los riesgos se extiende a todo el territorio nacional, con independencia de que los medios sean propios, concertados o subconcertados. La cobertura en el extranjero será la que haya ofertado la empresa adjudicataria en la licitación. El contrato dará cobertura, al menos y con carácter de mínimos, a las especialidades y al menos en número indicado por especialidad, las prestaciones y otros servicios, que a continuación se relacionan:
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Se garantizan los eventos asegurados producidos en territorio español que sean competencia de Juzgados y Tribunales españoles. Cobertura
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Países adheridos al Convenio Multilateral de Garantía.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. En las tres secciones, el ámbito de cobertura incluye los siniestros ocurridos en todo el mundo.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Las garantías de este seguro se extienden y limitan a los hechos ocurridos, y res- ponsabilidades derivadas de daños sobrevenidos, en España, Andorra y resto de países integrantes de la Unión Europea.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Para la totalidad del colectivo, las garantías del seguro tienen validez en cualquier país del mundo.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Queda entendido que las coberturas o los beneficios a los que se refiere este Addendum se prestarán dentro del territorio de la República xx Xxxxx Rica y en los límites geográficos mencionados en la cláusula “PLAZO DE LA PÓLIZA, TERRITORIO, USOS DEL AUTOMÓVIL” de las Condiciones Generales, pero con sujeción a las limitaciones y exclusiones previstas en las Condiciones Particulares y Generales de la póliza, así como las convenidas en el presente Addendum e independientemente de que dichas limitaciones y exclusiones se hayan estipulado antes o después de esta Sección.
ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA. Quedan amparados los siniestros ocurridos en cualquier parte del mundo.