BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE FUNDACIÓN INTEGRA
PRESUPUESTO DETALLADO
I. ANTECEDENTES GENERALES
1.1 Generalidades
Las siguientes Bases Administrativas Generales, serán utilizadas para efectuar el llamado a licitación privada, en los casos referidos a la ejecución de obras de infraestructura en los establecimientos de Fundación Integra. Estas bases podrán complementarse con las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas, los Planos y cualquier otro antecedente adicional entregado por Fundación Integra.
Para todos los efectos, se entenderá por “contratista” a los oferentes invitados para esta licitación y por “mandante” a Fundación Integra.
Fundación Integra designará un Comité que evaluará los antecedentes entregados por los contratistas, denominado Comité Evaluador.
Los interesados deberán presentar ofertas por todos y cada uno de los trabajos que se detallan en las Especificaciones Técnicas, en el itemizado de partidas, si existiese, o en la carta de invitación.
Para obras cuyo tiempo de ejecución estimado sea superior a 30 días corridos, se deberá hacer entrega a todos los contratistas participantes, junto con las bases de la licitación el “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad y Prevención de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas” (Anexo N° 17), el cual deberá ser cumplido por el contratista adjudicado.
Fundación Integra se reserva el derecho de seleccionar la oferta más conveniente y tendrá la facultad de adjudicar el total de las partidas cotizadas o sólo parte de ellas. Además , podrá declarar desierta cualquier licitación, decisión que deberá ser fundamentada por la autoridad competente en el acta de adjudicación.
1.2 Estudio de los Antecedentes:
Los contratistas, con anterioridad a la presentación de la oferta, deberán estudiar cuidadosamente el lugar de trabajo y los documentos que constituyen la oferta (planos, especificaciones y otros antecedentes).
Las cubicaciones y precios entregados por el contratista serán de su completa responsabilidad . No se aceptarán revisiones posteriores, ya sea por posibles errores, omisiones, variaciones de los parámetros considerados u otros motivos.
Se le exigirá al contratista devolver completa y debidamente firmada la declaración jurada donde ratifica haber tomado conocimiento del contenido de las bases de licitación.
Una vez finalizada la apertura de sobres o revisados los correos electrónicos que cumplan con los requisitos que se señalan más adelante, el Comité Evaluador revisará las Ofertas, reservándose el derecho de solicitar los antecedentes y aclaraciones adicionales o correcciones que estime necesarios para su análisis, sólo en aquellos casos que correspondan a errores de omisión o de forma, tales como fechas, firmas, formato. Cualquier error cuya aclaración por parte del contratista modifique el valor de la oferta, no deberá ser aceptada. En estos casos, se deberá respetar el principio de igualdad de trato entre los oferentes.
Inadmisibilidad de Ofertas:
Fundación Integra declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, no se presenten la totalidad de los antecedentes y/o documentos o éstas no se presenten dentro de los plazos dispuestos en las bases, esta instancia deberá ser fundamentada.
Toda información incorrecta, alterada o incompleta entregada por los contratistas en la oferta o en los documentos solicitados posteriormente por el Comité Evaluador, será antecedente suficiente para declararla inadmisible.
1.3 Consultas y Aclaraciones de la Licitación:
CONSULTAS: Los contratistas podrán solicitar aclaraciones por escrito o mediante correo electrónico dirigido exclusivamente al Jefe(a) de Espacios Físicos Educativos.
ACLARACIONES: El Jefe(a) de Espacios Físicos Educativos dará respuesta a las consultas de cada contratista, remitiéndola a la totalidad de los invitados a cotizar. En estas respuestas se podrán introducir las modificaciones que se estimen necesarias a los antecedentes de la licitación.
El oferente no podrá alegar desconocimiento de las respuestas y/o aclaraciones que el mandante hubiera efectuado, las que formarán parte integrante de las Bases al momento de la apertura.
1.4 Requisitos para Presentación de las Ofertas:
Las ofertas que se presenten por mano deberán ser entregadas en sobre cerrado, en el lugar y fecha que indique las Bases Administrativas Especiales para licitación de obras con la siguiente información escrita en su cara exterior:
Número y Nombre de la Licitación
Nombre del Jardín Infantil x Xxxx Cuna
Nombre del proponente
Las ofertas que se presenten por correo electrónico, deberán ser enviadas desde correo personal o corporativo de la empresa contratista, que conste en el Registro de Contratistas, al Jefe(a) de Espacios Físicos Educativos o quien lo subrogue; en el asunto se debe señalar la palabra “Presupuesto” seguida del nombre de la licitación y el nombre del jardín, en el cuerpo del correo electrónico deberá señalarse que los antecedentes que se adjuntan dicen relación con dicha licitación.
Nota: Para ofertas mayores a UF 2.000 deberá presentarse ofertas sólo en sobre cerrado.
Los documentos que presentarán o adjuntarán los contratistas serán en idioma español y los valores en moneda nacional, debidamente fechados y firmados por el proponente.
El sobre cerrado deberá contener en su interior la siguiente información y el correo electrónico deberá contener los siguientes archivos adjuntos:
1. BALANCE GENERAL Y CLASIFICADO
2. ESTADO DE RESULTADOS.
3. FORMULARIO Nº 22 (SII) DECLARACIÓN XX XXXXX (última declaración).
4. FORMULARIO Nº 29 (SII) DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTOS MENSUALES (de los 3 últimos meses).
5. FORMULARIO Nº 30 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES.
6. DECLARACIÓN JURADA de conocimiento y aceptación de condiciones de Licitación (Anexo Nº4).
7. PRESUPUESTO DETALLADO por partidas (Anexo Nº 5), que contenga:
Número de ítem por partida
Descripción de cada partida
Unidad de medida
Cantidad (de unidades de medida)
Precio unitario
Valor total por partida
Costo directo
Gastos generales
Utilidades
Sub total neto
IVA (19%)
Total oferta
8. CERTIFICADO DE CAPITAL COMPROBADO (emitido en formato original del Banco, suscrito por el agente de sucursal bancaria en donde el contratista es titular de una cuenta corriente).
9. DECLARACIÓN JURADA DE OBRAS EN EJECUCIÓN.
10. CURRICULUM ACTUALIZADO DEL CONTRATISTA DONDE INDIQUE LAS OBRAS EJECUTADAS Y LAS QUE ESTÁN EN EJECUCIÓN (con referencias comprobables).
11. GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA (para aquellas mayores a UF 2.000).
El Presupuesto Detallado se recibirá sólo cuando se presente con todos los datos solicitados al contratista.
La Declaración Jurada se recibirá en el formulario respectivo, con la totalidad de los antecedentes que en ella se soliciten.
Para los casos en que los contratistas no cuenten con el balance general y clasificado del año inmediatamente anterior a la fecha de licitación, podrán presentar un pre-balance del año anterior a la fecha de licitación.
Para todos los casos de licitaciones efectuadas a partir xx xxxx de un año en curso, los contratistas deberán presentar obligatoriamente el balance del año anterior.
Además, se deberán entregar todos los antecedentes complementarios a estas Bases que hayan sido solicitados en las Bases Administrativas Especiales (cuando éstas existan).
Deberán acompañarse las copias firmadas de los documentos a los que se alude en los puntos 1 y 2, en formato PDF u otro similar que asegure su inalterabilidad. Deberán ser legibles, redactados en idioma español, mostrarse en vertical, con los valores expresados en moneda nacional, fechados, leerse de arriba hacia abajo, formar un mismo archivo cuando contengan más de una página y no superar en su conjunto los 6 MB de tamaño.
Podrán también adjuntarse estos documentos firmados digitalmente por los contratistas. Los contratistas que efectúen sus ofertas por este medio no podrán remitirlas por escrito.
Las ofertas enviadas por correo electrónico que no cumplan con los requisitos señalados se tendrán por no presentadas.
II. PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1 Recepción de las ofertas:
Las ofertas se recibirán por mano (en sobres cerrados), o por correo electrónico según lo que se indica en numeral 1.4 de estas bases.
2.2 Acto de apertura de ofertas:
El acto de apertura de los sobres y /o la impresión de los correos electrónicos con las ofertas se realizará por el Comité Evaluador.
En la apertura de ofertas, el Comité dejará constancia en un “ACTA DE RECEPCIÓN DE OFERTAS” (Anexo N° 16) de todos los documentos recibidos de parte de cada contratista.
Se aceptará sólo una oferta por contratista y los antecedentes recibidos no serán devueltos.
2.3 Evaluación de ofertas:
Previo a la evaluación financiera y de experiencia del contratista, se realizará el cálculo de capacidad económica disponible (CED), lo cual determinará si este es apto de recomendación, cuando la capacidad económica disponible sea igual o superior a la oferta presentada para la licitación.
CÁLCULO DE CAPACIDAD ECONÓMICA DISPONIBLE (CED)
Factor de cálculo CED | 6,67 | Factor para obtener máxima CED. |
Capital comprobado | $ 0 | Se ingresa el valor informado en certificado de Capital Comprobado. |
Máxima CED | $ 0 | Es el resultado del Capital comprobado multiplicado por factor 6,67. |
Total de Obras en Ejecución (saldos financieros) | $ 0 | Monto total Obras en Ejecución (saldos financieros). |
CAPACIDAD ECONÓMICA DISPONIBLE | $ 0 | Es el valor del monto máximo del proyecto al que puede optar el contratista. |
OBRAS EN EJECUCIÓN (SALDOS FINANCIEROS) | |
Obra 1 | $ 0 |
Obra 2 | $ 0 |
Obra 3 | $ 0 |
TOTAL DE OBRAS EN EJECUCIÓN (SALDOS FINANCIEROS) | $ 0 |
MONTO DE LICITACIÓN A LA QUE POSTULA | $ 0 |
Marcar con X solo una opción:
Apto para recomendación. | |
No apto para recomendación. |
Nota: Un contratista pasa a la siguiente etapa cuando la capacidad económica disponible para hacerse cargo de la obra sea igual o superior a la oferta presentada para la licitación.
El Comité Evaluador evaluará las ofertas en dos etapas, considerando los siguientes criterios y ponderaciones:
La primera etapa de la evaluación está referida a la situación financiera y experiencia en obras ejecutadas. De aquellos contratistas que en la primera etapa de evaluación obtengan como mínimo un 65% del máximo puntaje que considera la evaluación, pasarán a la segunda etapa de evaluación:
VARIABLES | PONDERACIONES |
Evaluación financiera. | 50% |
Experiencia del contratista. | 50% |
EVALUACIÓN FINANCIERA (50%)
CAPACIDAD FINANCIERA | INDICADOR | CRITERIO | ACTIVO CIRCULANTE | PASIVO CIRCULANTE | RESULTADO | TABLA DE PUNTAJE | PUNTAJE FINAL | |
Índice de Liquidez: | Activos Circulante / Pasivos circulante | Nivel de liquidez mayor o igual a 1,5 y menor que 2 existe probabilidad de cubrir los pagos con terceros. | 10 | |||||
Nivel de liquidez mayor o igual a 2 existen activos ociosos. Pérdida de rentabilidad por ausencia de inversión de activos ociosos. | 6 | |||||||
Nivel de liquidez menor que 1,5 existe probabilidad de suspensión de pagos a terceros. | 4 | |||||||
CAPACIDAD FINANCIERA | INDICADOR | CRITERIO | PASIVO TOTAL | PATRIMONIO | ACTIVO TOTAL | RESULTADO | TABLA DE PUNTAJE | PUNTAJE FINAL |
Índice de Endeudamiento: | ((Pasivo total - Patrimonio)/ Activo Total) *100 | Nivel de endeudamiento menor o igual a 50% | 10 | |||||
Nivel de endeudamiento mayor al 50% y menor 66% | 6 | |||||||
Nivel de endeudamiento igual o mayor a 66% | 4 | |||||||
CAPACIDAD FINANCIERA | INDICADOR | CRITERIO | UTILIDAD NETA | PATRIMONIO | RESULTADO | TABLA DE PUNTAJE | PUNTAJE FINAL | |
Rentabilidad del Patrimonio: | (Utilidad Neta / Patrimonio)*1 00 | Rentabilidad mayor al 10% | 10 | |||||
Rentabilidad inferior al 10% | 6 | |||||||
CAPACIDAD FINANCIERA | INDICADOR | CRITERIO | ACTIVO CIRCULANTE | PASIVO CIRCULANTE | RESULTADO | TABLA DE PUNTAJE | PUNTAJE FINAL | |
Capital de Trabajo: | (Activo Circulante – Pasivo Circulante)/ Pasivo Circulante | Capital de trabajo mayor o igual al 20% | 10 | |||||
Capital de trabajo menor al 20% | 6 |
Índice de Liquidez | Capacidad del contratista para cumplir obligaciones de corto plazo. A mayor Índice de Liquidez, menor es la probabilidad de que el contratista incumpla sus obligaciones de corto plazo. |
Índice de Endeudamiento | El cual determina el grado de endeudamiento que tiene el contratista sujeto de evaluación. |
Rentabilidad del Patrimonio: | Capacidad para generar utilidades netas con la inversión de los socios o de los accionistas y lo que ha generado la propia empresa. |
Capital de Trabajo: | Inversión de dinero que realiza la empresa o negocio para llevar a efecto su gestión económica y financiera a corto plazo, entiéndase por corto plazo períodos no mayores a un año. |
EXPERIENCIA DEL CONTRATISTA (50%)
RANGOS DE EXPERIENCIA PARA LA EVALUACION | COMENTARIO | PUNTAJE PARA AIGNAR | PUNTAJE ASIGNADO |
Mayor a 15 años. | Nota: La experiencia a considerar en este ITEM, corresponderá a la señalada por los contratistas oferente en su currículum, instancia que deberá ser verificada con las con las referencias mencionadas en este documento. En el caso de no ser factible realizar la verificación, no se asignará puntaje para este ITEM a la oferta evaluada. | 10 | |
Mayor a 10 años y hasta 15 años. | 8 | ||
Mayor a 5 años y hasta 10 años. | 6 | ||
Mayor a 1 año y Hasta 5 años. | 4 | ||
Experiencia no comprobable | 0 |
El rango de años en experiencia a evaluar es: Mayor a 15 años = 10 Puntos.
Mayor a 10 años y hasta 15 años = 8 Puntos.
Mayor a 5 años y hasta 10 años = 6 Puntos. Hasta 5 años = 4 Puntos.
La experiencia del contratista será evaluada por el Comité Evaluador, utilizando el curriculum actualizado del contratista y deberá consultar las referencias indicadas en él; en caso de no poder verificar dichas referencias, no asignará puntaje al contratista en este ítem de evaluación.
La segunda etapa de la evaluación estará referida al valor de la oferta, considerando siempre la más económica.
El resultado final de la evaluación será una recomendación dada por el Comité de Adjudicación al Director(a) Regional, para adjudicar al contratista mejor evaluado o declarar desierta la licitación.
En el caso de que se produzca un empate en la oferta económica, se propondrá la adjudicación del contratista que tenga mayor capacidad económica.
2.4 Adjudicación:
La adjudicación final será efectuada por la autoridad competente de Fundación Integra, quien adjudicará al contratista propuesto por el Comité Evaluador, quien además, tendrá la facultad de declarar desierta la licitación, decisión que deberá ser fundada, y de lo cual quedará constancia escrita en el Acta de Adjudicación.
Cuando la licitación se adjudique, Integra deberá informar por escrito (carta o correo electrónico) a la totalidad de los participantes de la licitación que presentaron ofertas, la decisión, indicando al contratista adjudicado, monto y plazo. Esta formalidad deberá ser considerada también cuando la licitación se declarase desierta.
III. DEL CONTRATO Y DE SUS GARANTÍAS:
Las Obras Mayores deberán ser gestionadas a través de Contrato de Ejecución de Obras.
El contratista adjudicado podrá subcontratar las obras generales y las obras de especialidades y terminaciones hasta por un 30% del valor contratado.
Para la confección del contrato, el contratista adjudicado en caso de ser persona jurídica, deberá presentar a Fundación Integra, copia autorizada de las escrituras públicas que componen sus estatutos y de aquella en que conste la personería de su representante legal, así como de las inscripciones de la sociedad y de la personería en el Registro de Comercio, con certificación de vigencia no superior a 30 días.
3.1 Del contrato:
La modalidad del contrato corresponderá al sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses, a precio fijo expresado en pesos chilenos y hasta la total terminación de la obra a que se refieren lo s planos, especificaciones técnicas y en general todos los antecedentes del proyecto.
El contrato se redactará en los términos señalados por Fundación Integra, el cual no podrá modificar los aspectos establecidos en las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales y demás antecedentes de la licitación.
En el contrato de ejecución de obras, quedará estipulado que para los casos de obras cuya duración sea superior a 30 días corridos, el contratista deberá dar estricto cumplimiento al “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad y Prevención de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas”.
El contratista deberá suscribir el contrato, una vez redactado por Fundación Integra y remitido a la región respectiva.
Si por causa imputable al contratista favorecido el contrato no se firma en el plazo estipulado, queda el mandante en libertad para adjudicar la oferta a otro contratista o bien declararla desierta.
3.2 Forma de Pago:
Se establecen diferentes estados de pago, de acuerdo al monto contratado:
a) CONTRATOS XXXX XXXXX XX XXXXXX XXX XX 000.
ANTICIPO: El 30% del monto total contratado se pagará en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la firma del contrato. El anticipo será opcional para el contratista y se pagará posteriormente a la entrega de la garantía emitida por el mismo monto, requerida para estos efectos.
ESTADO DE PAGO: El 30% del monto total contratado se pagará una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 50%.
PAGO FINAL: El saldo restante, también en el caso de aumento de obras, se pagará una vez que la obra se encuentre terminada, entregada y efectuada la recepción provisoria de la misma sin observaciones.
b) CONTRATOS CUYO MONTO SEA SUPERIOR A UF 400 E IGUAL O INFERIOR A UF 800.
ANTICIPO: El 25% del monto total contratado se pagará en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la firma del contrato. El anticipo será opcional para el contratista y se pagará posteriormente a la entrega de la garantía emitida por el mismo monto, requerida para estos e fectos.
PRIMER ESTADO DE PAGO: Otro 25% del monto total del contrato se pagará una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 25%.
SEGUNDO ESTADO DE PAGO: Otro 25% del monto total del contrato se pagará una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 50%.
PAGO FINAL: El saldo restante, también en el caso de aumento de obras, se pagará una vez que las obras se encuentren terminadas, entregadas y efectuada la recepción provisoria de las mismas sin observaciones.
c) CONTRATOS CUYO MONTO SEA SUPERIOR A UF 800.
ANTICIPO: El 20% del monto total contratado se pagará en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la firma del contrato. El anticipo será opcional para el contratista y se pagará posteriormente a la entrega de la garantía emitida por el mismo monto, requerida para estos efectos.
PRIMER ESTADO DE PAGO: Otro 20% del monto total del contrato se pagará una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 25% y en el caso de que se considere certificaciones deberá entregar acreditación de ingreso a la empresa sanitaria del proyecto de agua potable y alcantarillado y los planos as built de electricidad y gas.
SEGUNDO ESTADO DE PAGO: Otro 20% del monto total del contrato se pagará una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 50%.
TERCER ESTADO DE PAGO: En el caso de contratistas que no hubieren aceptado el anticipo, se considera un tercer estado de pago de un 20% una vez que las obras se encuentren avanzadas al menos en un 75%.
PAGO FINAL: El saldo restante se pagará de la siguiente forma: un 70%, una vez que las obras se encuentren terminadas, entregadas y con recepción provisoria sin observaciones. El otro 30% se pagará una vez que se entreguen los certificados de las instalaciones (TE1 en el caso de instalación eléctrica; TC6 en el caso de instalación de gas, Certificado de Dotación en el caso de instalación de agua potable y alcantarillado) o cualquier otro certificado que haya sido solicitado en las bases administrativas especiales
En el caso, que el contrato de obras no contemple certificaciones, se deberá considerar un ÚNICO PAGO FINAL
3.3. Obligaciones laborales y previsionales.
El contratista por cada estado de pago deberá dar cuenta del cumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales y de seguridad social (Ley Nº 16.744 y demás pertinentes) acompañando los siguientes documentos:
1. Liquidaciones xx xxxxxx firmadas por los trabajadores por el periodo en que se hubiesen desempeñado en la obra y que se encuentren devengadas a la fecha del pago.
2. La Planilla de Pago de Cotizaciones Previsionales y de Seguridad Social de los trabajadores por el periodo en que se hubiesen desempeñado en la obra y que se encuentren devengadas a la fecha del pago, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 22 de la Ley 17.322.
3. Además, el Certificado (F-30) de la Inspección del Trabajo en el que conste el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan de acuerdo a la ley.
4. Finiquitos de los trabajadores en los casos que correspondan.
3.4 Garantía de Seriedad de la Oferta.
Para efectos de resguardar la gestión realizada por Fundación Integra, las ofertas presentadas por montos superiores a UF 2.000 deberán ser respaldadas por los contratistas presentando una garantía por la seriedad de su oferta por un monto equivalente a UF 200, con una vigencia mínima de 30 días hábiles a partir de la fecha de entrega de la oferta, y deberá consistir en un VALE VISTA o DEPÓSITO A LA VISTA ENDOSABLE o BOLETA DE GARANTÍA BANCARIA A LA VISTA.
En el caso que el contratista adjudicado desista de su oferta, Fundación Integra hará efectiva esta garantía. La garantía de seriedad de la oferta no se hará efectiva sólo en casos de enfermedad grave del contratista (representante legal) debidamente justificada.
Las garantías mantenidas para resguardar la seriedad de las ofertas, serán devueltas a los contratistas que no resultaron adjudicados en la licitación, una vez que se haya firmado el contrato de ejecución de obra entre el mandante y el contratista adjudicado.
3.5 Garantía por Xxxxxxxx.
El anticipo deberá ser garantizado por el contratista mediante VALE VISTA, DEPÓSITO A LA VISTA ENDOSABLE o BOLETA DE GARANTÍA BANCARIA A LA VISTA, por el mismo valor, extendida a favor de Fundación Integra, RUT N° 70.574.900-0.
Esta garantía deberá extender su vigencia hasta por lo menos la fecha del término de las obras.
Tratándose de ofertas de hasta 400 UF se aceptará también LETRA DE CAMBIO EXTENDIDA ANTE NOTARIO O CERTIFICADO DE FIANZA.
La garantía por anticipo será devuelta al contratista al término de las obras, en la medida que se verifique su Recepción Provisoria sin observaciones.
En el evento que a la fecha máxima de término no se encuentre ejecutada la totalidad de la obra, se devolverá la garantía una vez determinado el monto a deducir del pago final, lo cual quedará reflejado en el acta de recepción.
La garantía podrá ser entregada por el contratista hasta cinco días hábiles posteriores a la fecha de firma del contrato.
3.6 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Tendrá por objeto garantizar la ejecución correcta, completa, oportuna de la obra, y caucionar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del contratista responsable de ejecutar la obra, y deberá consistir en un VALE VISTA o DEPÓSITO A LA VISTA ENDOSABLE o BOLETA DE GARANTÍA BANCARIA A LA VISTA. Tratándose de ofertas de hasta UF 400 se aceptará también LETRA DE CAMBIO ACEPTADA ANTE NOTARIO O CERTIFICADO DE FIANZA.
Esta garantía debe ser extendida a nombre de Fundación Integra, RUT N° 00.000.000-0, por un monto equivalente al 10% del valor del contrato.
La garantía le será devuelta al contratista una vez verificada la recepción definitiva de las obras, sin perjuicio del plazo de responsabilidad de 5 años a que se refiere el artículo 2003 inciso tercero del Código Civil.
En caso de aumento de obra, se deberá solicitar una GARANTÍA ADICIONAL de acuerdo al nuevo monto contratado. Si sólo se contempla una ampliación de plazo, la garantía deberá ser reemplazada por otra que considere el nuevo plazo. En ambos casos, el plazo de la vigencia de la garantía deberá extenderse por el mismo periodo indicado en el contrato original, esto es, 120, 180 o 240 días corridos más allá del término de las obras, salvo que en virtud del aumento de las mismas el monto total contratado pase a un tramo de contrato superior, en cuyo caso la garantía deberá extenderse por el plazo mayor.
El contratista siempre deberá mantener vigente la garantía por fiel cumplimiento del contrato, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para su devolución.
En el caso de producirse cualquier deterioro en la obra durante la vigencia de la garantía, el mandante solicitará al contratista la reparación de éste, en la medida que el daño le sea imputable. Si el contratista no diere cumplimiento a estos requerimientos, Fundación Integra hará efectiva la garantía a su respecto, sin perjuicio del ejercicio de otros derechos que permitan obtener la reparación del daño causado.
La garantía podrá ser entregada por el contratista hasta cinco días hábiles posteriores a la fecha de firma del contrato.
Aumento de garantía:
Cuando el precio de la oferta presentada por un contratista sea menor al 50% del precio presentado por el contratista que le sigue, Fundación Integra podrá adjudicar esa oferta más económica, pero deberá solicitar una ampliación de la garantía de Fiel Cumplimiento, por el 10% de la diferencia de precios entre ambas ofertas.
Esta garantía podrá ser entregada por el contratista hasta cinco días hábiles posteriores a la fecha de firma del contrato.
3.7 Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento.
a) Al menos 120 DÍAS corridos después de la fecha de término de las obras, para contratos hasta UF 400.
b) Al menos 180 DÍAS corridos después de la fecha de término de las obras, para contratos cuyo monto sea superior a UF 400 e igual o hasta UF 800.
c) Al menos 240 DÍAS corridos después de la fecha de término de las obras, para contratos cuyo monto sea superior a las UF 800.
3.8 Legislación Vigente:
Los proyectos presentados y ejecutados por los contratistas deberán dar cumplimiento estricto, en sus diversas alternativas, a las presentes Bases, a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, a las Ordenanzas Municipales respectivas, a los Reglamentos de los Servicios Públicos respectivos y a todas las disposiciones vigentes sobre la materia.
Los materiales a emplear deberán cumplir con los mínimos establecidos en las normas del Instituto Nacional de Normalización de Chile, respecto a calidad, método de ejecución y protección o normas similares de otros países cuyas exigencias sean equivalentes o superiores a las mencionadas.
El contratista se compromete a cumplir con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, conforme a la ley, y lo señalado al respecto por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
El incumplimiento de estas obligaciones autorizará al mandante para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
3.9 Jurisdicción Aplicable.
Cualquier dificultad que surja entre las partes sobre la validez, interpretación, ejecución, cumplimiento o incumplimiento del contrato suscrito o sobre cualquier otra materia que con él se relacione, sea directa o indirectamente, será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual se someten desde ya las partes, designando como domicilio la ciudad de ubicación de la Dirección Regional respectiva.
3.10 Plazo del Contrato.
El plazo de ejecución de las obras será el ofrecido por el contratista en su oferta. En ningún caso podrá exceder el plazo señalado en las Bases Especiales o Especificaciones Técnicas cuando en estos documentos se haya señalado.
3.11 Entrega de Terreno.
Fundación Integra hará entrega del terreno cuando el contrato este firmado, levantando un acta (Anexo Nº 13) que deje constancia de ello, la que será firmada por el contratista y por el Jefe(a) de Espacios Físicos Educativos o por quien él designe. En este acto el contratista deberá entregar el listado de los trabajadores que se desempeñaran en la obra.
Posteriormente y cuando se inicie la ejecución de los trabajos, para las obras en que el contratista deba dar cumplimiento al “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad y Prevención de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas”, éste deberá hacer entregar a Fundación Integra respecto de los trabajadores(as) que en ellas se desempeñen, la siguiente documentación hasta 5 días hábiles contados desde la suscripción del contrato de obras:
Copia de los contratos de trabajo.
Copia de registro de entrega de elementos de protección personal.
Copia de registro de entrega del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
Copia del registro de cumplimiento de la Obligación de Informar (DS 40 ART. 21).
Certificado de afiliación a Organismo Administrador de la Ley 16.744 (ACHS, Mutual de Seguridad, IST o ISL).
Cada vez que se incorporen nuevos trabajadores, la empresa Contratista o Subcontratista deberá actualizar el listado de los trabajadores que se desempeñan en obra y entregar la documentación antes señalada de cada trabajador nuevo.
No se podrá incorporar a obra a los trabajadores hasta que no se entregue la totalidad de la documentación señalada.
IV. DE LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE LA OBRA
4.1 Obligaciones del contratista:
El contratista deberá ceñirse a los antecedentes entregados y normas vigentes al respecto.
El contratista debe cumplir la totalidad del contrato, sin derecho a indemnización de ningún tipo por imprevistos que surjan en cualquier etapa de la construcción.
El contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, siempre que no se trate de obras adicionales solicitadas por Fundación Integra, como también los daños y perjuicios que pudieren causarse a terceros. Asimismo, será responsable de la custodia de los materiales, herramientas y equipos relacionados con la obra.
Deberá iniciar los trabajos inmediatamente y proseguirlos de acuerdo al programa de trabajo. En la ejecución de los trabajos deberá utilizar materiales de buena calidad.
El Contratista deberá ejecutar los trabajos de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Planos y demás documentos que formen parte del proyecto. Dichos antecedentes se interpretarán siempre en el sentido que fomente la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a las normas técnicas que rigen la materia.
Para obras cuya duración sea superior a 30 días, el contratista deberá dar estricto cumplimiento al “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas”.
4.2 Inspección y supervisión de la obra.
La INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA (ITO) estará conformada por las personas que designe el mandante, a fin de fiscalizar el buen cumplimiento del contrato. Fundación Integra dispondrá para estos efectos de un LIBRO DE OBRA, foliado, con papel autocopiativo en duplicado, que permanecerá en poder del responsable del establecimiento o las dependencias donde se lleven a efecto los trabajos. En este libro se estamparán las observaciones y novedades que las partes consideren pertinentes, una vez terminadas la obra el Libro de Obra quedará en poder de Fundación Integra.
La falta de anotaciones en el libro de obras no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones.
Por parte de la empresa contratistas, el(la) Jefe(a) de Obras, Capataz o Representante del contratista tomará conocimiento de las anotaciones escritas en el Libro de Obras, estampando su nombre y firma.
La inspección técnica de la obra resguardará, entre otras labores de fiscalización, el correcto cumplimiento de las especificaciones técnicas de la obra y las contenidas en los planos de proyecto, si existiesen; visará la calidad de los materiales y los métodos de ejecución de los trabajos de acuerdo a dichos planos y los niveles avance. Además, fiscalizará el cumplimiento por parte del contratista del “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad y Prevención de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas.
Las observaciones formuladas por la Inspección Técnica de la Obra que impliquen algún reparo a los trabajos ejecutados serán determinantes para la recepción de la obra. Su rechazo o la renuencia del contratista a su cumplimiento serán antecedentes para poner término anticipado al contrato.
Si durante la Inspección de las obras se efectuaran observaciones a la ejecución de la misma y el contratista no estuviera dispuesto a subsanarlas, Fundación Integra podrá paralizar la obra y poner término al contrato dando curso al cobro del o los documentos de garantía, sin perjuicio de las demás acciones que considere pertinentes para el resguardo de sus derechos.
4.3 Término anticipado del contrato.
El retardo en más de 10 días del inicio de las obras, su paralización que ocasionaren situaciones de riesgo para las personas o inmuebles, no ejercerse los trabajos según las reglas del arte y lo convenido en el contrato respectivo, y presentar más de 30 días corridos de retraso en el término de la ejecución de la obra, facultará a Integra para que, previo aviso dado por escrito al contratista con al menos tres días de anticipación, ponga término anticipado al contrato en forma unilateral y tome posesión de las obras con todo o parte de los materiales pertenecientes a aquel. Fundación Integra continuará los trabajos de la forma que estime conveniente y el contratista dejará de tener injerenc ia en las obras y no podrá retirar ninguna especie, accesorio o material sin el expreso consentimiento
del mandante. Todo ello, no obstante la posibilidad de exigir la resolución del contrato y/o entablar las demás acciones legales que procedan, sin derecho a indemnización.
Sin perjuicio de esto, y sin que esta enumeración sea taxativa, se pondrá término al contrato si el contratista no diera cabal respuesta a lo establecido en las Bases Administrativas, Especificaciones, Planos o cualquier antecedente entregado por el mandante para los efectos de esta licitación; si el contratista es condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o, en el evento que el contratista es una sociedad anónima, si lo fuere su gerente o alguno de sus directores, si fuese otr a clase de sociedad, si lo fuere alguno de sus socios; si el contratista no concurre a la entrega del terreno dentro del plazo establecido; o si paraliza las obras sin razón justificada y sin autorización escrita de Fundación Integra.
Puesto término anticipado a un contrato por cualquiera de las causas señaladas, se mantendrán las garantías y retenciones del contrato, con excepción de la muerte del contratista persona natural, las que servirán para responder del mayor precio que pudieren costar las obras adicionales encomendadas a un nuevo contrato, o cualquier otro gasto o perjuicio que se devengue para el mandante con motivo de esta liquidación anticipada.
En todo caso, Fundación Integra tendrá derecho a la propiedad de las obras y de los materiales que el contratista tuviere en la faena.
En caso del fallecimiento del contratista persona natural, se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ésta arrojare un saldo a favor del contratista, se establecerá un procedimiento especial para el finiquito de la obra.
4.4 De las multas:
Para todos los efectos, se han establecido las siguientes multas, ya sea por incumplimiento a lo establecido en el contrato, en las bases de licitación o de verificarse en la recepción provisoria de las obras el mal estado de los trabajos ejecutados:
1. Plazos de entrega mayor al establecido:
a) 0,8% del monto total neto contratado, por cada día de atraso cuando el monto del contrato sea hasta UF 400.
b) 0,7% del monto total neto contratado, por cada día de atraso cuando el monto del contrato sea superior a UF 400 e igual o inferior UF 800.
c) 0,4% del monto total neto contratado, por cada día de atraso cuando el monto del contrato sea superior a UF 800.
2. Acciones u omisiones que no hayan sido acordadas por las partes y que interfieran en el funcionamiento normal xxx xxxxxxx: en obras mayores, 0,4% del monto total neto contratado, por cada día de atraso hasta subsanar la anomalía.
3. Acciones u omisiones que pongan en riesgo la seguridad de los niños, trabajadores y a las personas en general: entre un 5% y un 20% del monto total neto contratado, sin perjuicio de otras acciones legales que se puedan seguir al contratista.
4. En relación a las multas establecidas en el “Reglamento Especial DS 76/07 Seguridad y Prevención de Riesgos Empresas Contratistas y Subcontratistas”, estas corresponderán a las
señaladas en el Tipificador de Hechos Infraccionales de la Dirección del Trabajo, en los capítulos N° 2, capítulo N° 18, capítulo N° 22 y N° capítulo 25.
En el caso de mala ejecución de los trabajos, se podrá establecer, además de descontar el monto del contrato equivalente a lo ejecutado deficientemente, una multa correspondiente a un 20 % de dicho monto neto.
Todas las multas señaladas en las Bases Administrativas Generales se podrán descontar, de los saldos pendientes de pago al contratista o de las garantías que obren en poder de Fundación Integra; este último caso se podrá aplicar cuando el saldo pendiente sea menor a la multa calculada. Las multas podrán ser copulativas, esto es, se podrá aplicar más de una simultáneamente.
Una vez notificada la multa por parte del mandante al contratista afectado, éste último dispondrá de 2 días hábiles para efectuar sus descargos al notificador, siempre y cuando se trate de hechos que no le sean imputables, los que serán resueltos por Fundación Integra y quien informará de la decisión final al contratista afectado.
V. DE LA RECEPCIÓN DE LA OBRA
5.1 Recepción provisoria
Fundación Integra deberá acudir a la recepción dentro de los cinco días hábiles siguientes de la fecha de término de la obra y deberá verificar que las obras estén terminadas de acuerdo a las disposiciones contractuales. De ser así, se levantará un acta que consigne lo verificado. En caso contrario, hará las observaciones y fijará un plazo para subsanarlas si así lo estima necesario.
Se podrá entregar una última fecha para que dé cumplimiento a la totalidad de las observaciones que aún faltan por ejecutar, en el acta de recepción de obras. Si en la visita realizada en la segun da fecha otorgada aún se constatan incumplimientos en la ejecución, se deberá proceder al cobro de las multas indicadas en el procedimiento desde la fecha del último plazo otorgado por la Dirección Regional.
En caso de incumplimiento de esta nueva fecha, los responsables de la recepción recomendarán por escrito a los niveles superiores las sanciones que estimen pertinentes, ya sea, constancia escrita o eliminación del Registro de Contratistas, aplicaciones de multas, no pago final, ejecución de garantías, demanda judicial, etc.
Si el contratista no diere respuesta a las observaciones contenidas en el acta de recepción provisoria, Fundación Integra podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del contratista con cargo a la garantía y las retenciones, dejando constancia escrita del hecho, sin perjuicio de la sanción que se resuelva aplicar a su respecto en definitiva.
Si existen motivos de fuerza mayor que impidan o limiten la accesibilidad a la obra, la Fundación podrá acudir a la recepción en una fecha posterior que deberá ser informada al contratista por correo electrónico u algún otro medio idóneo para las partes. La totalidad de los días en que no se ha podido acceder a la obra no serán objeto de multas.
Una vez subsanados los defectos observados, se procederá a la recepción provisoria sin observaciones.
5.2 Recepción definitiva.
Aprobada la recepción definitiva sin observaciones y 10 días hábiles antes del vencimiento de las garantías recibidas por Fiel Cumplimiento, se procederá a la liquidación final del contrato por parte de Fundación Integra, cumplidas estas formalidades, se devolverá al contratista la garantía de fiel cumplimiento, dentro de los tres días hábiles siguientes.
En el caso de detectar problemas en la construcción posteriores a la recepción provisoria sin observaciones, el mandante acordará con el contratista los trabajos de reparación necesarios y los plazos de ejecución. Estos deberán ser efectuados dentro de la vigencia de la garantía de Fiel Cumplimento o en su efecto se solicitará otra garantía por el plazo acordado. De lo contrario Fundación Integra deberá ejecutar la garantía de Fiel Cumplimiento.
Tanto la recepción provisoria de la obra como la recepción definitiva se entenderán perfeccionadas una vez que se haya dictado y levantado las actas que aprueben la recepción y liquidación del contrato.