CUADRO RESUMEN DE CONDICIONES
61.2018
PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA)
CUADRO RESUMEN DE CONDICIONES
61.2018 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) | |||||||
Lugar de entrega | Sede de GIAHSA, sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X 000, Xxxxxxxxx 0 | ||||||
EMAIL DE CONTACTO Y CONSULTAS (sólo se admite este medio escrito de consulta en referencia a posibles dudas acerca xxx Xxxxxx) | |||||||
Fecha Límite de Presentación de Ofertas | A las 13.30 del día 6 de Septiembre de 2018 | ||||||
Fecha límite de consultas | A las 13.30 del día 29 xx Xxxxxx de 2018 | ||||||
Fecha Apertura del Sobre | Se comunicará fecha y hora a través de correo electrónico. | ||||||
CPVS | 50114000-7 perteneciente mantenimiento de camiones” | a | “Servicios | Servicio | de | reparación | y |
Tipo máximo de Licitación: | 2.166.358,35€ excluido IVA, dividido en los siguientes lotes: LOTE 1: 1.075.731,84 € excluido IVA LOTE 2: 1.090.626,51 € excluido IVA Es obligatorio que todos los licitantes se presenten a ambos lotes. El licitante establecerá prioridades en caso de ser adjudicatario, GIAHSA adjudicará preferentemente a 2 proveedores diferentes en función de la prioridad que hayan definido siempre y cuando la diferencia en la puntuación final obtenida en el comparativo de ofertas no supere los 15 puntos o el número de ofertas admitidas sea inferior al número de lotes adjudicados.*Cada empresa podrá optar unicamente a la adjudicación de un lote según puntuación y prioridad. | ||||||
Duración Máxima del Servicio | Se establece como duración del presente contrato dos (2) años y un periodo máximo de 12 meses adicionales de prórroga renovados mensualmente | ||||||
Requisitos mínimos: (SIEMPRE EN SOBRE A) | Acreditar mediante Declaración Responsable que dispone como mínimo de un taller de reparación especializado en la provincia de Huelva, propio o concertado en materia de mecánica general, electricidad, chapa y pintura, así como en materia de limpieza y lavado de vehículos. Acreditar mediante Declaración Responsable disponer de un coche taller equipado con las herramientas necesarias para realizar las pequeñas reparaciones in situ definidas en el apartado 4.2 del presente PPT. | ||||||
Procedimiento de adjudicación | Abierto con publicación DOUE y publicación web | ||||||
Publicación DOUE | DOUE nº 2018/S 135-309960 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 |
*Xx se admiten variantes.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA)
ÍNDICE
Artículo 1.-OBJETO XXX XXXXXX
Artículo 2.-RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Artículo 3.-ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA Artículo 4.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Artículo 5.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 6.-VALORACIÓN DEL SERVICIO Artículo 7.- REVISIÓN DE PRECIOS Artículo 8.-DURACIÓN DEL SERVICIO Artículo 9.-CUMPLIMIENTO DE PLAZOS
Artículo 10.-OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Artículo 11.-RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Artículo 12.-FACTURACIONES Y PAGOS
Artículo 13.-GARANTÍA DEFINITIVA
Artículo 14.-SEGUIMIENTO DEL CONTRATO Artículo 15.-PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 16.-MESA DE CONTRATACIÓN
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Artículo 18.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 19.-FUERO
ANEXOS
Anexo 1.-Condiciones Generales Contratación Servicios Anexo 2.-Compromiso Social, Medioambiental y Laboral Anexo 3.-Declaración Responsable
Anexo 3 bis.- Formulario U.T.E (si procede) Anexo 4.-Prevención de Riesgos Laborales Anexo 5.-Confidencialidad
Anexo 6.-Modelo de solicitud subcontratación derivada de un procedimiento de licitación.
Anexo 7.-Declaración Responsable Solvencia Técnica. Anexo 8.- Prioridades y Mejoras.
Anexo 9.- Modelo de Oferta
Artículo 1.- OBJETO XXX XXXXXX
Constituye el objeto del contrato al que se refiere el presente Pliego de licitación, la contratación “ DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) ”
El alcance de este pliego comprende:
Sistema EASY: 7 camiones de recogida.
Carga Trasera: 13 camiones de recogida, 2 lavacontenedores
1 Camión caja abierta con grúa, 1 camión compactador cerrado con doble gancho y 1 camión caja abierta con xxxx xx xxxxx gancho.
que en todo caso se divide en dos lotes , con el siguiente reparto:
Lote 1 (sistema EASY): Con un total de 7 camiones
Base de Giahsa | Camión |
Punto Limpio de Punta Umbría | 3 Compactores EASY |
EDAR Isla Xxxxxxxx | 4 Compactores EASY |
Lote 2 (Carga Trasera y otros): Con un total de 18 camiones
Base de Giahsa | Camión |
Punto Limpio de Punta Umbría | 2 Compactadores Carga trasera |
EDAR Isla Xxxxxxxx | 3 Compactadores Carga trasera y 1 Doble Gancho caja abierta |
Nave RSU de Tharsis (Andévalo) | 2 Camiones carga trasera |
Planta Selección Envases xx Xxxxxxxxx | 4 Camiones carga trasera y 2 lava carga trasera |
Nave de RSU xx Xxxxxxx | 2 Camiones carga trasera, 1 camión grúa doble gancho con caja abierta y 1 camión grúa doble gancho con caja cerrada |
La descripción concreta de los servicios a realizar, se encuentran en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) y sus Apéndices, que junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas partes integrantes del contrato, con su misma fuerza de obligar.
Artículo 2.- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene naturaleza de contrato privado en virtud de lo dispuesto en el Art. 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
-en adelante LCSP-, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
En cuanto al contrato se regirá por lo establecido en los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas, por lo previsto en la Ley 31/2007 de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, (en adelante, LSE), LCSP 9/2017, Instrucción de Ámbito Interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA de 2018, y normas de derecho privado.
Junto a estas, el adjudicatario estará sometido a la normativa en materia Laboral, Prevención Laboral y Medio Ambiente que le sean de aplicación.
En cuanto al desconocimiento de las mismas, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
Artículo 3.- ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA
La presente licitación ha sido contemplada en la publicación del Diario Oficial de la Unión Europea DOUE nº 2018/S 135-309960 de fecha 17 de julio de 2018 y se recoge, además, en el perfil del contratante de GIAHSA (xxx.xxxxxx.xxx).
Para cualquier consulta relacionada con el objeto del presente pliego deben dirigirse por escrito exclusivamente a la siguiente dirección de correo con fecha y hora anterior a las 13.30 horas del día 29 xx Xxxxxx de 2018:
ARTÍCULO 4.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento es el, abierto con publicación DOUE y web para la adjudicación de los servicios mencionados, durante el período de vigencia del contrato, con la codificación correspondiente a la normativa del vocabulario común de contratos CPVs: 50114000-7 perteneciente a “Servicios Servicio de reparación y mantenimiento de camiones” , según los requisitos fijados en el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus Apéndices. En ningún caso se admitirán variantes.
REQUISITOS MÍNIMOS:
Red de Asistencia.
Requisito Mínimo 1: El adjudicatario deberá acreditar mediante Declaración Responsable que dispone como mínimo de un taller de reparación especializado en la provincia de Huelva, propio o concertado en materia de mecánica general, electricidad, chapa y pintura, así como en materia de limpieza y lavado de vehículos. Debiendo indicar al menos: Ubicación, Superficie, descripción de equipamiento y medios humanos disponibles.
Requisito Mínimo 2: El adjudicatario deberá acreditar mediante Declaración Responsable disponer de un coche taller equipado con las herramientas necesarias para realizar las pequeñas reparaciones in situ definidas en el apartado 4.2 del presente PPT. Debiendo indicar al menos: Marca y modelo del coche taller y descripción del equipamiento del mismo.
Mejora 1 – Taller Adicional: La disposición de un taller adicional propio o subcontratado de las mismas características del principal, igualmente acreditando al menos: Ubicación, Superficie, descripción de equipamiento y medios humanos disponibles.
Mejora 2 – Localización de Talleres: La proximidad en kms de ambos talleres a las bases de procedencia de los camiones, ponderado con el número de unidades que se encuentran en ellas según lo establecido en el PPT.
Taller Principal 15 puntos Taller adicional 5 puntos
Mejora 3 – Coche Taller Adicional: La acreditación igualmente mediante Declaración Responsable de la disposición de un coche taller adicional, acreditando al menos: Marca y modelo del coche talles y descripción del equipamiento del mismo.
Mejora 4 – Ampliación período de garantía reparaciones, desde los 6 meses a los 12 meses
Esta documentación debe aportarse en el sobre A
CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta, los criterios objetivos que aparecen reseñados a continuación, con ponderación que asimismo se atribuye:
*Cada empresa podrá optar unicamente a la adjudicación de un lote según puntuación y prioridad.
LOTE 1:
Oferta económica | 64 puntos |
Mejoras 1 Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 2 Localización Taller principal | 15 puntos |
Mejora 2 Localización Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 3 Coche Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 4 Ampliación de garantía reparaciones | 6 puntos |
1.-Fórmula de baremación oferta económica: 64 puntos
PoL1 = (Pc) x (OEM/OEV)
PoL1 = Puntuación obtenida Licitador.
Pc = Puntuación máxima asignada al criterio (= 64 puntos). OEV = Oferta económica a evaluar.
OEM = Oferta económica menor admitida
SIEMPRE EN SOBRE B
Se considerará baja temeraria, cualquier oferta presentada considerada inferior según lo estipulado según el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De producirse tal hecho siendo considerando el licitante incurso en la misma será de aplicación lo establecido en los puntos 6.3 y 7.5 de la Instrucción de ámbito interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA 2018. Esta Instrucción se puede verificar o descargar directamente de nuestra página web xxx.xxxxxx.xxx en la pestaña Perfil del Contratante, apartado Normativa.
Igualmente conviene destacar que el adjudicatario en ningún caso, podrá subcontratar con cualquier empresa que haya presentado oferta a este Pliego y haya sido considerada en baja temeraria
2.-Mejora 1 Baremación Taller adicional: 5 puntos
Si dispone de taller adicional 5 puntos No dispone de taller adicional 0 puntos
3.-Mejora 2 Fórmula de baremación Localización Taller principal: 15 puntos
[mdo(ΣDbtp*ΣUL1)/(De(ΣDbtp*ΣUL1)] *15 mdo(ΣDbtp*ΣUL1)=Menor distancia ofertada De(ΣDbtp*ΣUL1)= Distancia a evaluar
ΣDbtp =Sumatorio de distancias de las bases Lote 1 a Taller principal. Contemplando la misma mediante la medición por carretera en Google Earth con el criterio xx xxxx más rápida
ΣUL1 = Sumatorio de camiones ubicados en las bases correspondientes al Lote 1
3.-Mejora 2 Fórmula de baremación Localización Taller adicional: 5 puntos
[mdo(ΣDbta*ΣUL1)/(De(ΣDbtp*ΣUL1)] *5 mdo(ΣDbta*ΣUL1)=Menor distancia ofertada De(ΣDbta*ΣUL1)= Distancia a evaluar
ΣDbta =Sumatorio de distancias de las bases Lote 1 a Taller adicional. Contemplando la misma mediante la medición por carretera en Google Earth con el criterio xx xxxx más rápida
ΣUL1 = Sumatorio de camiones ubicados en las bases correspondientes al Lote 1
4.-Mejora 3 Fórmula de baremación Coche Taller adicional: 5 puntos
Si dispone de coche taller adicional 5 puntos
No dispone de coche taller adicional 0 puntos
5.-Mejora 4 Fórmula de baremación Ampliación de garantía reparaciones: 6 puntos
Hasta 6 meses 0 puntos
Por cada mes adicional de garantía sobre los seis exigidos 1 punto por mes hasta un total máximo de 12 meses de garantía en las reparaciones
SIEMPRE EN SOBRE A
LOTE 2:
Oferta económica | 64 puntos |
Mejoras 1 Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 2 Localización Taller principal | 15 puntos |
Mejora 2 Localización Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 3 Coche Taller adicional | 5 puntos |
Mejora 4 Ampliación de garantía reparaciones | 6 puntos |
1.-Fórmula de baremación oferta económica: 64 puntos
PoL2 = (Pc) x (OEM/OEV)
PoL2 = Puntuación obtenida Licitador.
Pc = Puntuación máxima asignada al criterio (= 64 puntos). OEV = Oferta económica a evaluar.
OEM = Oferta económica menor admitida
SIEMPRE EN SOBRE B
Se considerará baja temeraria, cualquier oferta presentada considerada inferior según lo estipulado según el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De producirse tal hecho siendo considerando el licitante incurso en la misma será de aplicación lo establecido en los puntos 6.3 y 7.5 de la Instrucción de ámbito interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA 2018. Esta Instrucción se puede verificar o descargar directamente de nuestra página web xxx.xxxxxx.xxx en la pestaña Perfil del Contratante, apartado Normativa.
Igualmente conviene destacar que el adjudicatario en ningún caso, podrá subcontratar con cualquier empresa que haya presentado oferta a este Pliego y haya sido considerada en baja temeraria
2.-Mejora 1 Baremación Taller adicional: 5 puntos
Si dispone de taller adicional 5 puntos No dispone de taller adicional 0 puntos
3.-Mejora 2 Fórmula de baremación Localización Taller principal: 15 puntos
[mdo(ΣDbtp*ΣUL1)/(De(ΣDbtp*ΣUL2)]* 15 mdo(ΣDbtp*ΣUL2)=Menor distancia ofertada De(ΣDbtp*ΣUL2)= Distancia a evaluar
ΣDbtp =Sumatorio de distancias de las bases Lote 2 a Taller principal. Contemplando la misma mediante la medición por carretera en Google Earth con el criterio xx xxxx más rápida
ΣUL1 = Sumatorio de camiones ubicados en las bases correspondientes al Lote 2
3.-Mejora 2 Fórmula de baremación Localización Taller adicional: 5 puntos
[mdo(ΣDbta*ΣUL2)/(De(ΣDbtp*ΣUL2)]* 5 mdo(ΣDbta*ΣUL2)=Menor distancia ofertada De(ΣDbta*ΣUL2)= Distancia a evaluar
ΣDbta =Sumatorio de distancias de las bases Lote 2 a Taller adicional. Contemplando la misma mediante la medición por carretera en Google Earth con el criterio xx xxxx más rápida
ΣUL2 = Sumatorio de camiones ubicados en las bases correspondientes al Lote 2
4.-Mejora 3 Fórmula de baremación Coche Taller adicional: 5 puntos
Si dispone de coche taller adicional 5 puntos No dispone de coche taller adicional 0 puntos
5.-Mejora 4 Fórmula de baremación Ampliación de garantía reparaciones: 6 puntos
Hasta 6 meses 0 puntos
Por cada mes adicional de garantía sobre los seis exigidos 1 punto por mes hasta un total máximo de 12 meses de garantía en las reparaciones
SIEMPRE EN SOBRE A
Es obligatorio que todos los licitantes se presenten a ambos lotes.
El licitante establecerá prioridades para que en el caso de ser adjudicatario GIAHSA pueda adjudicar preferentemente a 2 proveedores diferentes en función de la prioridad que hayan definido. Siempre y cuando la diferencia en la puntuación final obtenida en el comparativo de ofertas, no supere los 20 puntos o el número de ofertas admitidas sea inferior al número de lotes adjudicados.
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la licitación.
ARTÍCULO 5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará de acuerdo con sus propios términos y sus documentos anexos, así como con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, y todos los documentos que lo componen; y las instrucciones que a la vista de los trabajos suministre la Dirección Técnica, sin que el adjudicatario pueda ser eximido de la obligación de su cumplimiento por su desconocimiento o falta de información del contenido de los pliegos.
ARTÍCULO 6.-VALORACIÓN DEL SERVICIO
Se establece el Tipo máximo de Licitación del servicio en 2.166.358,35€ IVA excluido, incluído año de prórroga, según los siguientes lotes:
LOTE 1 incluida prórroga: 1.075.731,84 € excluido IVA LOTE 2 incluida prórroga: 1.090.626,51 € excluido IVA
Todo ello según el detalle recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
ARTÍCULO 7.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Durante los 2 primeros años se mantendrán los precios ofertados. A partir del tercer año, se llevará a cabo revisión de precios según IPC con relación al año anterior.
ARTÍCULO 8.-DURACIÓN DEL SERVICIO
El plazo máximo de ejecución para la totalidad del servicio objeto de la presente oferta se establece en dos (2) años y un período máximo de 12 meses adicionales de prórroga renovados mensualmente.
Habida cuenta del carácter esencial de los servicios públicos atendidos por GIAHSA, el retraso en el pago del precio del contrato no habilitará al proveedor para dar por finalizado el contrato, aunque el contratista quedará facultado para exigir los daños y perjuicios que por ese motivo se le causasen.
Del mismo modo, atendiendo al hecho de que las prestaciones a las que se refiere este contrato se consideran muy necesarias para el buen funcionamiento de servicios esenciales para la comunidad, si llegara el término del mismo después de haber sido denunciado por una de las partes, y si por razones ajenas a la voluntad de GIAHSA, ésta no se encontrara en condiciones técnicas de afrontar con sus propios medios las referidas tareas o no se hubieran podido contratar de nuevo las mismas, el adjudicatario deberá seguir desarrollándolas por un período no mayor de tres meses desde la fecha de la notificación de resolución de contrato, no pudiendo exigir indemnización por los daños y perjuicios que por ésta causa se le irroguen.
ARTÍCULO 9.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS
El contratista estará obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato y en general para su total realización.
Salvo fuerza mayor debidamente acreditada, el incumplimiento de la fechas comprometidas en la finalización de los trabajos, podrá considerarse por GIAHSA como no conformidad, penalizándose según lo establecido en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en xxxx respecto de los plazos parciales, de manera que, a juicio de la Dirección Técnica, haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento de plazo final o éste hubiere quedado incumplido, GIAHSA podrá optar indistintamente por la rescisión del contrato con pérdida de la fianza o por la
imposición de una sanción, conforme a lo establecido en el Anexo 1, independientemente de las responsabilidades a que diera lugar el incumplimiento, que se exigirán de acuerdo con la legislación vigente.
La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa.
ARTÍCULO 10.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria deberá estar dada de alta en el epígrafe del IAE correspondiente al objeto del contrato, siendo coherente con su objeto social, deberá cumplir todos los requisitos recogidos en la Legislación vigente referidos al personal y medios a utilizar tanto en materia Medioambiental como de Prevención de Riesgos.
El incumplimiento en cualquiera de los supuestos expresados en el presente artículo, en las obligaciones adquiridas por el contratista o en las impuestas por Ley, GIAHSA queda facultada para demandar al adjudicatario la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones como trámite previo al pago de cualquier servicio y en su caso, podrá exigir el abono de todos los daños y perjuicios que se le causen.
Las obligaciones de carácter técnico y sobre la ejecución están definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
10.1 Medios adscritos al Servicio.
Será necesario que el licitante disponga de un sistema de comunicación a través de Internet con el fin de optimizar la gestión documental generada en el flujo de comunicaciones GIAHSA – Adjudicatario – GIAHSA, con el que se llevará el control de los servicios ejecutados (informe, fecha, estado del servicio,...) así como la coordinación con el personal de GIAHSA para su ejecución de ser necesaria en función de la programación de los trabajos, y la oferta del licitante referida al presupuesto del PPT.
La empresa adjudicataria queda obligada a emplear en la ejecución del contrato a todo el personal utilizado, con habilitación académica, profesional y práctica que requiera la correcta
realización de los servicios que se acometan en cada momento, objeto de este Pliego. Designará a una persona encargada de los servicios y de las comunicaciones con GIAHSA, la designación de esta persona será consensuada con GIAHSA. Si posteriormente a la adjudicación del contrato se precisara su sustitución, deberá ser propuesta por el adjudicatario y autorizada por GIAHSA, previa presentación del historial profesional del candidato, antes de su autorización.
En cuanto a los medios materiales necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos serán aportados por la empresa que resulte adjudicataria, o bien con empresas subcontratadas, debiendo el adjudicatario presentar previamente dichas empresas para su aprobación por GIAHSA y aceptando en todos los términos el contenido xxx xxxxxx y sus Anexos.
Especial atención cobra lo recogido en el PPT en el punto 4 Mantenimiento que trasladamos literalmente en el PCA:
Tanto para los mantenimientos programados como correctivos, el traslado del vehículo de interés hasta el taller del adjudicatario será realizado por este con sus propios medios, habilitando conductor cualificado, con carnet vigente y con antigüedad superior a cinco años si el camión se encuentra en condiciones de ser trasladado directamente o con medios auxiliares (góndola, grúa) debidamente autorizada si el camión no puede desplazarse por sus medios. Igualmente será obligación del adjudicatario el traslado del camión una vez reparado a la base en la que el mismo se encuentre ubicado según los datos aportados en el PPT.
En caso de que se produzcan cambios en las ubicaciones de los camiones con relación a las expuestas en el PPT, se notificarán oportunamente por el departamento responsable del seguimiento del contrato, para conocimiento del adjudicatario.
Debiendo indicar si los medios utilizados son propios o subcontratados aportando la documentación acreditativa correspondiente.
10.2 Obligaciones de Transferencia y Retención de Riesgos
El contratista deberá aportar certificado de cobertura del Riesgo de Responsabilidad Civil emitido por la Compañía Aseguradora con fecha posterior a la fecha de publicación de esta licitación, que contemple los siguientes apartados:
1.- Encontrarse al corriente de pago y con vigencia del seguro suficiente hasta el período previsto de finalización del contrato.
2.- Deberá contemplar las siguientes garantías mínimas:
A) Responsabilidad Civil patronal.
B) Responsabilidad Civil Profesional.
C) Seguros de Responsabilidad Civil Suscripción Obligatoria.
D) Límite de indemnización por siniestro 1.000.000,00 €.
3.- Condiciones generales y particulares de la póliza en vigor.
SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHICULOS A MOTOR:
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 264161986 de 30 de diciembre (Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil derivada Del uso y circulación de vehículos a motor de suscripción obligatoria), todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo.
En base a este precepto la empresa adjudicataria deberá contar con pólizas de seguros para toda la maquinaria que pueda circular.
Relación de conductores disponibles para el traslado de nuestros vehículos como se establece en el apartado 10.1 aportando carnet vigente
10.3 Gestión y Gerencia de Riesgos
GIAHSA facturará mensualmente el 2,5 % del importe facturado por el proveedor descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de análisis de riesgos y del impacto de los mismos sobre la actividad, redacción de informes técnicos, control e inspecciones, auditorías
operativas,Incidencias derivadas de la Instrucción Interna de Contratación, informes periciales, formación si fuera preciso, verificación de incrementos de precios conforme a las fórmulas establecidas si estuvieran contemplados y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad de los trabajos y la atención preferente al usuario.
10.4. Obligaciones Sociales y en Materia de Prevención de Riesgos.
El contratista estará obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos en el Trabajo y cuantas disposiciones de carácter general sean de aplicación al presente contrato. Dicha obligación será extensiva a todas las acciones a realizar respecto de las subcontratas de acuerdo con las obligaciones legales vigentes en materia de Coordinación Empresarial.
GIAHSA queda facultada para exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento y, en todo caso, como trámite previo, al pago de cualquier servicio.
En este apartado se contempla la obligación por parte del adjudicatario de presentar mensualmente al departamento de Prevención de GIAHSA, la relación de empleados así como con número de NIF, firmada por cada uno de ellos asignados al desarrollo del presente contrato objeto de la licitación donde se acredite haber percibido la totalidad xxx xxxxxxx como condición previa a la presentación de la factura del periodo correspondiente.
El contratista cuidará especialmente de que se cumplan todas las medidas de Prevención de Riesgos Laborales que sean de aplicación, tanto para su actividad como de las subcontratas, de manera que el incumplimiento de las mismas facultará a GIAHSA para suspender unilateralmente la ejecución de los servicios hasta que dichas medidas sean adoptadas en el plazo que se señale al contratista o para resolver el contrato si el incumplimiento de estas medidas fuese reiterado o no se atendieran por el contratista las indicaciones que GIAHSA realizase en este sentido.
El incumplimiento por parte del contratista de los requerimientos en materia de seguridad y salud podrá ser causa de rescisión del contrato, exonerando expresamente a GIAHSA de cualquier responsabilidad u obligación de carácter laboral, civil o de cualquier otra índole.
En cualquier supuesto de los expresados anteriormente, el contratista deberá abonar a GIAHSA todos los daños y perjuicios que se le causen.
El Contratista se compromete expresamente a celebrar contrato escrito con cada uno de los trabajadores que vaya a dedicar a la prestación de los servicios objeto de este Contrato, y a cumplir sus obligaciones laborales y de Seguridad Social, facilitando además a GIAHSA, con una periodicidad mensual, copia de los documentos acreditativos del cumplimiento de estas obligaciones.
La empresa contratista entregará a GIAHSA cuando le sean requeridos los TC1, TC2 y certificado I.T.A. de los trabajadores que desempeñen los trabajos objeto del presente pliego al responsable del contrato o a la persona de GIAHSA que éste designe.
Si se utilizaran contratas para la ejecución total o parcial de los servicios, el contratista deberá imponer a los subcontratistas las mismas condiciones que se señalan en este artículo y en el resto xxx Xxxxxx, respondiendo frente a GIAHSA de las consecuencias que para ella se pudieran derivar de un incumplimiento por el subcontratista de las mismas. La subcontratación de servicios ha de ser indicada de forma previa por la empresa contratista especificando el objeto de dicha subcontrata y en ningún caso podrá superar el 5 % de los medios asociados en el desarrollo de los trabajos. En el caso de no comunicar el tipo y magnitud del servicio externalizado u obra subcontratada en la oferta asociada a este Pliego, la empresa contratista necesitará de la aprobación explícita por parte de GIAHSA.
ARTÍCULO 11.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
El plazo de garantía mínimo, será de seis meses a partir de la finalización de los correspondientes servicios.
Una vez finalizado el período de garantía comprometido por el adjudicatario, se considerará la recepción como definitiva de los servicios Para lo cual, el contratista adoptará las medidas oportunas a solicitud de la Dirección Técnica.
Artículo 12.- FACTURACIONES Y PAGOS
El contratista tendrá derecho al abono de los servicios que realmente ejecute, con arreglo a los precios convenidos.
Los trabajos se facturarán contra recepciones informáticas aceptadas, con cargo a la Orden de Compra emitida al efecto una vez finalizados los servicios por la Dirección Técnica designada por GIAHSA.
Las facturaciones deberán realizarse de acuerdo con el punto 0 xxx Xxxxx 0 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS con el detalle y el desglose que determine el Departamento de Contabilidad de GIAHSA. Si hubiera discrepancia con relación a la valoración emitida se verificará y aclarará con el departamento solicitante de los servicios objeto de este Pliego.
Los pagos se efectuarán conforme a lo estipulado en el punto 0 xxx Xxxxx 0
CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Los pagos realizados al contratista en virtud de certificaciones tienen el concepto de pagos provisionales a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de los servicios que comprenda.
ARTÍCULO 13.- GARANTÍA DEFINITIVA.
Previamente a la firma del contrato el adjudicatario tiene la obligación de constituir una garantía definitiva del 5% de los 2 primeros años de contrato de adjudicación del contrato excluido IVA. Dicha garantía se hará efectiva bien mediante aval ejecutable a primer requerimiento de GIAHSA, bien mediante la presentación de un documento facultando a GIAHSA a retener del importe de la primera factura o siguientes si el valor de dicha garantía no pudiera cubrirse en la primera o por ingreso en efectivo en la cuenta a nombre de GIAHSA.
ARTÍCULO 14.-SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
GIAHSA establecerá una política de control y seguimiento del proyecto para comprobar el cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. El no cumplimiento de las mismas será objeto de penalización pudiendo ser causa de rescisión de contrato, según la gravedad o reiteración de las faltas; para lo cual, GIAHSA, dentro de su sistema de gestión, instruirá con carácter de no conformidad cada una de esas acciones informando al contratista sobre las causas y consecuencias así como la cuantificación de las mismas.
El Departamento de RSU de GIAHSA será el Responsable del seguimiento del contrato.
Las no conformidades se penalizarán según se establece en el Anexo 1 CONDICIONES GENERALES CONTRATACIÓN SERVICIOS.
Las penalizaciones podrán hacerse efectivas con cargo a los pagos a realizar al contratista a voluntad de GIAHSA. En todo caso la fianza responderá de la efectividad de aquéllas.
ARTÍCULO 15.-PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El modelo de oferta económica que tienen que presentar los licitadores incluye distintas partidas que deben considerarse, junto con el correspondiente Programa de trabajo, para lo que cumplimentarán el cuadro de precios que se adjunta en el Anexo 9 según la plantilla que proporcionará GIAHSA a los proveedores que liciten.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por la Empresa de las cláusulas del presente Xxxxxx.
El plazo para la presentación de proposiciones finalizará a la hora y día indicado en el Cuadro Resumen de Condiciones.
La oferta deberá venir cumplimentada y sellada en el formato facilitado como Anexo 9 dentro del sobre B, teniendo en cuenta lo estipulado en el presente Xxxxxx. El precio unitario llevará los decimales que el licitador considere oportuno para evaluar y ajustar su oferta.
La solicitud se presentará en mano, los licitadores entregarán sus proposiciones en sobres cerrados, identificados y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa bajo el siguiente título:“EXP 61.2018 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) ”.
En el caso de ser entregada a través de Correos, deberá ser enviada a la dirección indicada en el Cuadro Resumen de Condiciones. Cuando la documentación se envíe por éste medio, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta al nº de fax 000000000 en el mismo día.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de este precepto supondrá la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En cualquier caso, GIAHSA se reserva el derecho a adjudicar total, parcialmente o declarar desierta la adjudicación del contrato.
CONTENIDO DE LOS SOBRES:
SOBRE A
1. Anexos 1, 2, 3, 3 bis, 4, 5, 6, 7 y 8 firmados y sellados. Deberá aportarse el documento que se adjunta a este Pliego y no trasladado a otro formato o documento diferente al incluido en el presente Xxxxxx.
2. Declaración Responsable de contar con todos los medios humanos y técnicos así como certificados y autorizaciones necesarios y considerados como requisitos mínimos para el desarrollo de los trabajos. Requisitos estos considerados como mínimos y descritos en el art. 4.1 PRIMERO del presente Pliego y detalle en el PPT.
3. Copia de las Pólizas de Responsabilidad Civil en vigor del ofertante. Condiciones generales y específicas y relación de conductores disponibles para el traslado de nuestros camiones con aportación del carnet de conducir vigente de los mismos.
4. Acreditación de estar al corriente de pago en las pólizas vigente de Responsabilidad Civil del ofertante, mediante certificado expedido por la Compañía Aseguradora o aportación del recibo abonado que indique número de póliza y período de vigencia.
5. Datos indicados en Anexo 7 Taller principal
6. Datos indicados en Anexo 7 Coche taller
7. Datos indicados en Anexo 8 si fuera el caso Taller adicional
8. Datos indicados en Anexo 8 si fuera el caso. Segundo coche talleres
9. Datos indicados en Anexo 8 si fuera el caso. Ampliación plazo garantía reparaciones
SOBRE B
1. La propuesta económica según lo especificado en el Anexo 9. Deberá aportarse el documento que se adjunta a este Pliego y no trasladado a otro formato o documento diferente al incluido en el presente Xxxxxx.
Se deberá acompañar al presente modelo de oferta el Excel en cd o memoria USB que recoja todos y cada uno de los precios unitarios, quedando excluido en
caso de discordancia con el modelo de oferta económica o de no cumplimentar cada una de las posiciones establecidas.
Se considerará baja temeraria, quedando excluido de la licitación, cualquier presupuesto considerado inferior según lo estipulado según el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, del presupuesto total indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. De considerarse por parte de GIAHSA, será de aplicación lo establecido la Instrucción Interna de Contratación sobre filtros y bloqueos y más concretamente apartado 6.3.
LA FALTA O PRESENTACIÓN EN MODO DIFERENTE AL EXIGIDO DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS REFERENCIADOS EN EL PRESENTE ARTÍCULO, PODRÁ FACULTAR A GIAHSA PARA PODER CONSIDERAR NO SUBSANABLE DICHO DEFECTO Y POR TANTO PROCEDER A LA EXCLUSIÓN DE LA OFERTA O CONCEDER UN PLAZO DE SUBSANACIÓN DE HASTA CINCO DÍAS HÁBILES.
ARTÍCULO 16.-MESA DE CONTRATACIÓN
El Consejo de Administración, será el órgano de adjudicación y será asistida por una Mesa de Contratación.
La apertura de los sobres tendrá lugar a la hora y día que GIAHSA comunicará oportunamente por correo electrónico a las empresas invitadas en la Sede Central de GIAHSA sita en Aljaraque, Xxxxxxxxx X-000 Xx 0.
Xx Xxxxxxx xx Administración a través de la Mesa constituida a tal efecto calificará la documentación presentada, pudiendo dar en su caso 5 días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas, lo que se comunicará por correo electrónico de los representantes fijados como responsables de las empresas en el Sistema de Gestión de Proveedores en la documentación presentada, exonerándose GIAHSA de responsabilidad por la confirmación o no de dicha recepción.
GIAHSA elevará el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en este Pliego.
GIAHSA podrá solicitar, antes de formular la propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Asimismo, si GIAHSA lo considerase oportuno, podrá requerir a todos o a algunos de los ofertantes seleccionados a que realicen ante ella una presentación general de su oferta. El contenido de la presentación será en todo caso aclaratorio y no podrán introducirse en la misma variaciones de los contenidos ofertados.
En caso de que por causa justificada, se alteraran las fechas previstas relacionadas con en el presente artículo, se comunicaría a los licitadores que se hubieran presentado.
GIAHSA tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la/s proposición/es considerada/s globalmente más ventajosa/s, según los términos establecidos en el presente pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la/s misma/s o declarar desierta la licitación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto mientras no se haya adjudicado definitivamente el contrato.
Artículo 17.-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Será obligación del/los licitador/es seleccionado/s en la propuesta de adjudicación provisional, presentar o subir al Sistema de Gestión de Proveedores de GIAHSA en el plazo de 5 días hábiles la siguiente documentación:
1. ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR
Se presentan aquellos documentos que acrediten la personalidad jurídica y capacidad del empresario (según los artículos correspondientes a tal acreditación referido en el RDL 3/2011 TRLSCP, y artículo 21 del RGLCAP) para empresas individuales o no, personas jurídicas y personas físicas.
Documentos a presentar para Personas Jurídicas:
1. Copia o testimonio notarial de las ESCRITURAS DE CONSTITUCIÓN, y DE MODIFICACIÓN en su caso, inscritas en el registro mercantil o en el registro oficial correspondiente.
Siendo suficiente cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
2. Copia o testimonio notarial de los poderes que acrediten la representación de las personas que firmen la oferta y el contrato.
3. CIF. (Persona Jurídica) Se acompañará copia o testimonio notarial del documento acreditativo de la tarjeta de identificación fiscal.
4. Situación de la empresa respecto al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) mediante Certificado de Hacienda.
Documentos a presentar para Personas Físicas (Autónomos)
5. D.N.I. (PERSONA FÍSICA): Si se trata de persona física será obligatorio la presentación de copia o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad.
6. Pasaporte o Tarjeta de Residencia (PERSONA FÍSICA EXTRANJEROS): Se adjuntará copia o testimonio notarial.
2. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante los siguientes documentos:
7. CERTIFICACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO: Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, donde se especifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en los términos previstos en la normativa vigente sobre contratación administrativa.
8. CERTIFICACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: Certificación positiva donde se especifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía expedida por la Agencia Tributaria Andaluza.
3. OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
El/los licitador/es seleccionado/s deberán aportar documentación acreditativa de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la SS, mediante los siguientes documentos:
0.9. CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL: Certificación positiva del órgano competente de la Seguridad Social, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se presenta certificado original enviado por la SS.
Todos los documentos anteriormente referenciados se aportarán en originales o copias autenticadas por notario.
El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la adjudicación definitiva que en su momento acuerde el Consejo de Administración de GIAHSA, que se comunicará al/a los interesado/s requiriéndole para que en los diez hábiles siguientes a la notificación, acepte los términos definitivos del contrato y presente el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, formalizando los contratos según los documentos a que se refiere el artículo siguiente.
ARTÍCULO 18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará mediante documento privado, aunque cualquiera de las partes podrá solicitar su elevación a público, corriendo de cuenta de la parte que lo inste los gastos del otorgamiento y copias.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato, GIAHSA podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado y con las consecuencias previstas en la normativa vigente, pudiendo en este caso, realizarse la adjudicación en favor de la siguiente oferta que resultare más ventajosa y conveniente, siguiendo el orden de prelación que figure en el acuerdo de adjudicación.
Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Diputación de Huelva es el órgano competente en materia de conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación de la Mancomunidad de Servicios de la provincia de Huelva, MAS, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre) y en la Ley 31/2007, de 3 de octubre.
ANEXO 1
Condiciones Generales Contratación Servicios
Condiciones Generales Contratación Servicios
• He sido informado, he leído y acepto los términos recogidos en la Instrucción de ámbito interno para la regulación de los procedimientos de Contratación y Compras de GIAHSA vigente desde el 29 de diciembre de 2016 y que se encuentra publicada en su web/Perfil del contratante/Normativa.
• He sido informado del Sistema de Gestión de Proveedores de GIAHSA y los requisitos, para la inscripción en el mismo. Adquiero el compromiso de incorporarme al mismo mediante la firma de estas Condiciones Generales.
GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S. A., en adelante GIAHSA establece por el presente documento las condiciones generales que deberán regir la relación contractual con los proveedores para la contratación de servicios en su ámbito de actuación.
1.- GIAHSA se compromete a comprar en el momento en que envíe una Orden de compra (OC), debidamente cumplimentada en la que aparecerán los siguientes datos: nº de orden de compra, trámite, fecha de emisión, fecha finalización del servicio, datos del proveedor, facturar a (datos GIAHSA), forma de pago, línea, parte descripción, cantidad, unidades, coste unitario, descuento (%), coste de línea, impuesto, total (IVA incluido), coste de línea total, coste total de OC e instrucciones especiales si las hubiese.
2.- De no indicarse lo contrario, GIAHSA considera las ofertas válidas por un período mínimo de 30 días desde la fecha de entrega por parte del Proveedor.
3.- El PROVEEDOR acepta el pedido y sus condiciones si no presenta ningún tipo de objeción por escrito en un plazo no superior a dos días hábiles desde la fecha de recepción, aceptando la comunicación del mismo vía correo electrónico (fax en caso de fallos técnicos puntuales), validándose el pedido por el reporte del acuse de recibo que confirma su lectura (el ok en caso de emplearse el fax), sin necesidad de la devolución del mismo firmado por parte del PROVEEDOR. Dicho documento es inalterable, no pudiendo ser modificado en forma alguna, salvo mutuo acuerdo, expresado por escrito.
El precio del pedido comprende todos los conceptos que pueda incluir el servicio (dietas, desplazamientos, portes en su caso…).
4.- Para la realización de los trabajos se deberán seguir los siguientes pasos previos a la ejecución de los servicios requeridos, de forma obligatoria por parte del proveedor. Se indicará en cada parte descripción del pedido y haciendo coincidir el último carácter del código del trabajo solicitado con el Departamento que requiere dichos servicios. Será el responsable de dicho
Departamento quien se hará cargo tanto del seguimiento de los mismos, como igualmente dará si procede su aprobación mediante la firma del documento de aceptación. Dichos caracteres se regirán por la siguiente tabla de conversión:
Finalizados en: | Departamento |
“A” | Atención al Cliente |
“C” | Comercial |
“G” | Gestión de Medios |
“H” | Recursos Humanos |
“I” | Informática |
“J” | Gerencia y Servicios Generales |
“M” | Comunicación |
“P” | Producción |
“R” | Redes |
“S” | RSU |
“Y” | Proyectos y Obras |
Una vez identificada la posición en la Orden de Compra correspondiente con el Departamento solicitante, el proveedor deberá contactar al menos con un día de antelación al comienzo de los trabajos con dicho departamento así como con el departamento de prevención de riesgos laborales si procede, para que le indiquen persona asignada a su seguimiento y verificación, que a su vez internamente comunicará a Telecontrol de Producción y/o Telecontrol- Redes los datos necesarios para su conocimiento, autorización de acceso, medidas de seguridad y demás requisitos necesarios. No obstante lo anterior y vía telefónica solicitará el acceso a la Instalación objeto de los trabajos indicando: nombre del proveedor, instalación o máquina sobre la que se actuará, número de orden de trabajo (OT) o expediente, fecha y hora de comienzo de las operaciones, y maquinas o elementos que se verán afectados, igualmente a la terminación de los trabajos se notificarán, hora de la terminación, estado de la actuación, estado de las máquinas o
elementos que han sido afectados. (En caso de actuaciones que requieran más de un día de trabajo, se repetirá el proceso cada día). Todo ello como medida de seguridad y prevención de riesgos ó accidentes. La no observación de estas medidas, podrá ser motivo de expulsión de nuestras instalaciones. Dichos parámetros se contemplarán a la hora de hacer un cómputo en el índice de fiabilidad de nuestros proveedores, como seguimiento cualitativo de sus actuaciones.
5.- Se entenderá que la transacción se ha realizado cuando GIAHSA haya recibido y aceptado en su sistema informático la totalidad de los servicios objeto del pedido. Los tiempos que se especifiquen en las condiciones de pago se contarán a partir de esta fecha. Para ello se requiere un documento de aceptación que podrá expedirse por GIAHSA o utilizar un albarán del proveedor que deberá venir cumplimentado con el nombre, la firma y la fecha del Responsable del servicio objeto de validación y en el que deberá aparecer el número de la Orden de Compra (Pedido).
6.- Gerencia de Riesgos: El proveedor que preste sus servicios para GIAHSA deberá disponer de Póliza de Responsabilidad Civil en vigor.
GIAHSA facturará mensualmente el 2,5 % del importe facturado por el proveedor descontado IVA, en concepto de gerencia de riesgos, que contempla específicamente: Acreditación de riesgos a proveedores, emisión de análisis de riesgos y del impacto de los mismos sobre la actividad, redacción de informes técnicos, control e inspecciones, auditorías operativas,Incidencias derivadas de la Instrucción Interna de Contratación, informes periciales, formación si fuera preciso, verificación de incrementos de precios conforme a las fórmulas establecidas si estuvieran contemplados y cualquier otro gasto a que tenga que hacer frente GIAHSA en aras a preservar la calidad de los trabajos y la atención preferente al usuario.
7.- Facturación: las facturas se remitirán por duplicado sólo y exclusivamente al departamento de Contabilidad de GIAHSA, siendo lógicamente su fecha siempre posterior a la finalización del trabajo especificada en el punto anterior y deberá obligatoriamente indicar el número de Orden de Compra asignado para la ejecución de los trabajos. No se aceptarán facturas pasados 30 días desde la fecha de emisión de la misma.
8.- Forma de pago: según Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de
29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
• Servicios realizados a partir del 1 de enero de 2013: a 60 días.
Teniendo en cuenta que si la fecha de la recepción informática está comprendida entre los días 1 y 15, su vencimiento será siempre el día 15 del mes correspondiente y si estuviese comprendida entre los días 16 y 31 sería el día 25 del mes correspondiente.
GIAHSA quedará facultada para compensar créditos existentes con el contratista sin necesidad de obtener su consentimiento expreso. Dicha compensación será aplicable para cancelar créditos generados a favor de GIAHSA como consecuencia directa o indirecta de la ejecución del contrato, previa audiencia al contratista en un plazo xxxxxx xx xxxx días, siendo justificada mediante factura emitida por GIAHSA al contratista especificando el concepto a compensar en sus facturas y deduciéndose así el importe de las emitidas por el adjudicatario.
9.- En el caso de ofertas de servicios que incluyan materiales, deberán formalizar y cumplir adicionalmente en los apartados que se correspondan con las especificaciones de los mismos, todos los puntos recogidos en “CONDICIONES GENERALES DE COMPRAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS”.
10.- Los plazos de finalización del servicio serán los especificados en la orden de compra.
Se aceptarán retrasos cuando la causa de los mismos sea imputable a GIAHSA, pero no cuando se deban al Proveedor o terceros, salvo casos de fuerza mayor, notificadas por escrito inmediatamente que se produzcan, para su verificación y aceptación o rechazo por parte de GIAHSA.
Si la finalización del servicio se retrasara de una manera anormal y el proveedor no atendiera debidamente a las reiteradas reclamaciones de GIAHSA, éste se reserva el derecho a proceder a la cancelación de pedido, sin obligación económica de ningún género independientemente de las penalizaciones por incumplimiento recogidas en nuestra Instrucción Interna y en el punto 12 de estas Condiciones Generales para la contratación de Servicios.
11.- El plazo de Garantía de los servicios, salvo que se especifique lo contrario en el pedido, será de un año desde la fecha de finalización de los trabajos.
El Proveedor garantiza a GIAHSA que se cumple todo lo especificado en calidad y alcance de los trabajos, tanto en las condiciones del contrato o las contenidas en la oferta, y que se cumple con las especificaciones técnicas previstas de los equipos. Además, garantiza y responde de la inexistencia de vicios o defectos de los trabajos realizados.
Para cubrir la Garantía, GIAHSA solicitará al Proveedor la reposición y/o reparación de los trabajos que no cumplen con lo especificado, debiendo resarcir a GIAHSA de los gastos en que haya incurrido, así como los daños y perjuicios ocasionados.
12.- Las responsabilidades del Proveedor respecto de la ejecución del contrato son las expresadas en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), según marca el artículo 198 de la LCSP.
Se consideran incidencias:
a) Incumplimiento de las normas de seguridad
b) Incumplimiento de las órdenes de los responsables de GIAHSA
c) Desatender averías o daños provocados en las instalaciones de GIAHSA
d) Suspensión de los trabajos por causas injustificadas
e) Retrasos en el Plazo de Ejecución.
f) Cualquiera de las condiciones fijadas en la legislación civil, mercantil o administrativa para la anulación o resolución de los contratos
g) Cualquier incumplimiento que GIAHSA considere razonablemente imputable al contratista y le sea comunicado oportunamente
Cualquiera de las incidencias anteriormente citadas se convertirá en una no conformidad, si por su reiteración, consecuencias o importancia, GIAHSA lo estima oportuno. Las incidencias y no conformidades que se observen serán notificadas por escrito, fax o correo electrónico, por parte de GIAHSA al Proveedor. En la siguiente tabla se muestran las penalizaciones que conllevarán en la facturación mensual, las incidencias que se conviertan en no conformidades.
No conformidades | Penalizaciones |
1 | 5% de la posición objeto de incumplimiento |
2 | 10% de la posición objeto de incumplimiento |
3 | 20% de la posición objeto de incumplimiento |
4 | 40% de la posición objeto de incumplimiento |
5 o más | Podrán facultar a GIAHSA a establecer una penalización del 75% de la posición objeto de incumplimiento o la cancelación total de la Orden de Compra. |
Igualmente quedarán penalizados aquellos trabajos que por haber sido erróneos o ejecutados con poca calidad deban ser realizados de nuevo por los servicios de GIAHSA.
Cualquier deficiencia de las señaladas en esta cláusula, no subsanada por el Proveedor en los plazos específicamente establecidos por GIAHSA, podrá ser subsanada por GIAHSA con sus propios medios, cargándose los costes de esa actuación al Proveedor, además de suponer una penalización.
La penalización o penalizaciones impuestas no podrán superar en ningún momento el 20% de la cuantía total del contrato, en cuyo caso se procederá adicionalmente a la cancelación total de la Orden de Compra emitida al efecto.
GIAHSA emitirá una factura al Proveedor con el importe de las penalizaciones impuestas, aceptando el Proveedor la compensación de dicha factura de penalizaciones con las facturas presentadas. En este apartado deberán tenerse en cuenta lo establecido en los puntos 6.3, 6.4 y
6.5 de la Instrucción Interna de Contratación
13.- El Proveedor no podrá ceder el pedido a terceros salvo autorización por escrito de GIAHSA. De no cumplirse el apartado anterior, GIAHSA puede ejercer el derecho de anulación del pedido.
14.- Se considerarán causas de rescisión de contrato las siguientes:
a) Cuando suceda cualquier deficiencia si ésta es considerada por GIAHSA como de especial gravedad, relevancia o trascendencia
b) Reiteración de retrasos, sin causa justificada, en la realización de los trabajos encargados
c) Reiteración en la baja calidad de los trabajos
d) Incumplimiento de las condiciones de la oferta presentada por el Proveedor y del Contrato
En caso de rescisión del contrato el Proveedor renuncia expresamente a cualquier indemnización por cualquier concepto. La rescisión del contrato llevará unida la posible reclamación, por parte de GIAHSA, de las indemnizaciones correspondientes sobre la base de los perjuicios que se le hubieran podido ocasionar.
15.- En aplicación de las nuevas políticas europeas y en consonancia con el compromiso por parte de GIAHSA con las mismas, el proveedor se compromete a cumplir con los siguientes aspectos:
Aspectos Medioambientales tales como:
· Soluciones a adoptar para conseguir un menor impacto ambiental
· Soluciones adoptadas para la Gestión de los Residuos
· Soluciones adoptadas para la correcta Gestión del Recurso Hídrico
· Soluciones adoptadas en materia Eficiencia Energética
- Trazabilidad del ciclo de vida de los elementos que intervienen en el desarrollo de de los servicios.
Aspectos Sociales tales como:
· Aplicación de políticas de Responsabilidad Social Corporativa
· Aplicación de políticas activas de Prevención de Riesgos Laborales
· Aplicación de Compromisos relacionados con los Derechos Humanos en terceros países a efectos de suministros.
· Aplicación de Compromisos relacionados con suministros provenientes de terceros países con relación a la gestión medioambiental.
- En este apartado se contempla la obligación por parte del proveedor que resulte adjudicatario de cada lote de presentar mensualmente al departamento de Prevención de GIAHSA, la relación de empleados firmada por cada uno de ellos asignados al desarrollo del contrato objeto de la adjudicación. Acreditando haber percibido la totalidad xxx xxxxxxx como condición previa a la presentación de la factura del periodo correspondiente. A dicha relación deberá acompañarse en el soporte informático que GIAHSA determine, el listado de trabajadores junto con cantidad percibida e identificación NIF del xxxxxxxxxx.xx mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
16.- Este condicionado general sólo puede modificarse mediante contrato específico x Xxxxxx de Condiciones aceptado por ambas partes.
17.- Para cualquier cuestión litigiosa derivada del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Huelva, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
18.- En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Proveedor suspender los servicios que presta, ni tampoco abandonarlos, en los supuestos de resolución y/o rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar a procedimientos judiciales de cualquier clase.
19.- No podrán utilizarse con fines publicitarios ninguno de los materiales o trabajos relativos al pedido, sin expresa y escrita autorización de GIAHSA.
20.- Todos los documentos entregados por GIAHSA para la cumplimentación del pedido, serán de exclusiva propiedad de GIAHSA, y como tal se considerarán confidenciales, por lo que el Proveedor no podrá hacer ningún uso de ellos, salvo autorización por escrito de GIAHSA.
En el caso de que el Proveedor tenga que confeccionar planos o documentos relacionados con el pedido, deberá entregarlos a GIAHSA en formato electrónico compatible con los estándares existentes.
En Aljaraque, a de de 2018
POR XXXXXX XXXXXXXXX
SELLO EMPRESA SELLO EMPRESA
Fdo...................................................... Fdo......................................................
ANEXO 2
Compromiso Social, Medioambiental y Laboral
COMPROMISOS DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIOAMBIENTAL Y LABORAL
GIAHSA en su día a día en concordancia con las políticas de la Unión Europea respeta toda la legislación Medioambiental y Laboral promoviendo todas las acciones sociales para una mejor integración con todo lo que nos rodea.
En todo caso la empresa licitante suscribe:
1.- La empresa contratada deberá conocer la Política Social, medioambiental y de respeto de los requisitos de seguridad y salud laborales de GIAHSA, pudiendo acceder a ella a través de la página web de GIAHSA.
2.- La empresa contratada se encargará de que todo el personal bajo su cargo conozca todas las normas y requisitos sociales, medioambientales y laborales establecidos.
3.- La empresa contratada contemplará el cumplimiento de los requisitos legales medioambientales y laborales que en cada momento se establezcan en los distintos ámbitos: europeo,estatal, autonómico y municipal y en concreto con los procedimientos generales y/o específicos establecidos por GIAHSA. En todo caso la empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión medioambiental o laboral relativa a la actividad o servicio contratado.
4.- GIAHSA podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales con las actividades a realizar o de las condiciones laborales de la empresa adjudicataria, al inicio, al finalizar y/o sin planificación previa durante el desarrollo delos trabajos contratados, debiendo la empresa facilitar al personal de GIAHSA, el acceso a sus instalaciones.
5.- La empresa contratada se asegurará de que las instalaciones utilizadas en el desarrollo de sus actividades como: oficinas, aparcamiento de coches y maquinaria, almacenes, acopio de materiales…, estén dispuestas de forma ordenada y exentas de basuras.
6.- Queda prohibido realizar cualquier vertido de Residuos ya sea sólidos y líquidos a redes de saneamiento sin la pertinente autorización.
7.- En caso de fuga o vertido accidental de residuos o sustancias peligrosas, líquidos contaminados, combustibles, la empresa contratada está obligada a su recogida inmediata evitando en lo posible la contaminación del suelo o la incorporación a las redes de saneamiento.
8,- Las máquinas, vehículos, y equipos que utilicen motores diésel o gasolina deberán ser revisados y puestos a punto periódicamente, con objeto de mejorar la eficacia de la combustión y evitar combustiones incorrectas.
9.- La empresa contratada deberá realizar correctamente la gestión de los Residuos: RESIDUOS SÓLIDOS MINICIPALES (RSM).
10.- Queda prohibido el depósito de los residuos fuera de los contenedores dispuestos por GIAHSA para tal fin.
11.- Sólo se almacenarán residuos urbanos en los contenedores destinados a tal efecto, no depositándose pilas, baterías, envases vacíos de sustancias peligrosas, trapos y/o material impregnados de grasa/aceites,... en general ningún residuo de los considerados como peligrosos.
12.- Queda prohibido el depósito de residuos líquidos en los contenedores de RSM.
13.- Cuando se utilicen contenedores propios de la empresa, éstos se dispondrán de manera ordenada y se mantendrán en condiciones adecuadas de limpieza, no deteriorados evitándose que rebosen. La empresa contratada deberá asegurarse que dichos residuos sean gestionados por empresa autorizada por el órgano ambiental competente.
14.- Queda prohibido el depósito de material inservible, chatarra metálica, palets o cualquier otro tipo de objetos en lugares no destinados para ello.
15.- Queda terminantemente prohibida la quema de cualquier tipo de RESIDUOS PELGROSOS (RP).
16.- La empresa contratada deberá asegurarse la adecuada identificación, almacenamiento temporal (no más de seis meses) y gestión final de sus propios RP.
17.- Cada tipo de RP se almacenará en contenedores apropiados, debidamente identificados según se especifica en la legislación vigente.
18.- Queda prohibido el almacenamiento de RP en el exterior a la intemperie y en suelo no asfaltado de forma que se eviten posibles vertidos accidentales y posterior contaminación del suelo o redes de saneamiento.
19.- Cuando se vayan a realizar trabajos que lleven consigo la generación de RP y exista riesgo de vertidos, derrames o salpicaduras se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio.
20.- La empresa contratada tomará todas las medida a su alcance para evitar la contaminación del suelo y aguas durante el desarrollo de sus actividades, para ello tendrá especial cuidado con:
♦ El acopio de materiales que se realizará de manera que estén controladas las molestias a la población así como el posible arrastre al medio hídrico.
♦ La maquinaria y vehículos de manera que se ubicarán en lugares habilitados para ello.
♦ Las albores de mantenimiento, engrase, cambios de aceite, limpieza y lavado de vehículos, piezas o cualquier tipo de equipamiento no se realizarán in situ y en la medida de lo posible se llevara´n a cabo en lugares externos. Sólo en especiales circunstancias estas operaciones se podrán realizar in situ siempre y cuando cuenten con el correspondiente permiso de GIAHSA.
♦ Cualquier almacenamiento fijo de combustible deberá pasar todas las inspecciones, revisiones, pruebas, etc. que marque la legislación que le sea de aplicación.
21.- La empresa contratante desarrollará todas las actividades estableciendo como requisito la seguridad y salud de nuestros empleados, así como la prevención de los posibles riesgos generados durante la actividad y la prevención de la contaminación del entorno.
22.- Fomentar la actitud de colaboración y el trabajo en equipo como patrón de comportamiento a todos los niveles organizativos. Potenciar la motivación de los empleados por medio de la comunicación interna, la comunicación, y la formación permanente.
En Aljaraque, a de de 2018
POR XXXXXX XXXXXXXXX
SELLO EMPRESA SELLO EMPRESA
Fdo...................................................... Fdo......................................................
ANEXO 3
Declaración Responsable
Declaración Responsable
D. con D.N.I. nº
, con domicilio en
como representante con poderes suficientes de la Empresa , con domicilio
en con teléfono
y Fax y CIF nº , al objeto de participar en la licitación 61.2018 PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , declara bajo su responsabilidad:
Que habiendo decidido ofertar al citado contrato, se somete voluntariamente y acepta íntegramente las condiciones del presente documento, así como cuantas obligaciones se deriven como ofertante y adjudicatario si lo fuere.
Que reúne los requisitos y condiciones exigidos en la descripción de la oferta.
Que posee plena capacidad de obrar y no se encuentra incurso en las prohibiciones e incompatibilidades que establece el artículo 60 del TRLCSP.
Que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la persona firmante tiene poderes bastantes de la empresa que representa para presentar esta oferta en su nombre.
Que no tiene personal de GIAHSA que participe en el capital de la empresa y cuantías de la Ley 53/1984 (10% del capital social).
Que ninguno de los administradores de la empresa son trabajadores de GIAHSA, y que en la representación legal de la empresa no participan cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de personal de GIAHSA, así como que en éstos
no participan en proporción superior a la cuantía referida en el punto anterior en el capital, o en la administración.
Que la empresa no tiene vinculación ninguna con el resto de las empresas que participan en esta licitación (, salvo con las siguientes empresas: )*. Se entiende que existe vinculación entre empresas cuando se den los supuestos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o el proyecto original correspondiente al pliego objeto de la licitación, ni está vinculada a otra que lo haya hecho (en el sentido establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
Que con objeto de cumplir con las obligaciones estipuladas relativas a la presentación del Certificado de Seguro de Responsabilidad Civil, y dado que GIAHSA es ajena a la suscripción del contrato de seguro necesario, el Contratista se compromete a abonar a GIAHSA cuantos gastos pudiesen originarse, con motivo de la obligación de GIAHSA frente a sus usuarios y/o terceros, de tomar a su cargo las consecuencias económicas derivadas de las franquicias estipuladas en dicho contrato de seguro, o de tomar a su cargo las indemnizaciones por siniestros no amparados por el contrato de seguro suscrito entre el Contratista o su Aseguradora, o en caso de existencia de responsabilidades atribuibles o imputables a Subcontratistas a los cuales el Contratista no haya solicitado las garantías oportunas, las consecuencias de tomar a su cargo los gastos y/o indemnizaciones que se originen, etc..
Que se compromete a entregar la documentación acreditativa de las declaraciones anteriores cuando se le requiera por GIAHSA.
Y para que así conste y a los efectos oportunos, expide la presente declaración responsable.
En Aljaraque, a de 2018
PROVEEDOR
Sello Empresa Fdo.: ...........................................
ANEXO 3 Bis
Formulario U.T.E (si procede)
MODELO DE COMPROMISO CONSTITUCIÓN DE U.T.E.
(En todo caso deberá presentarse Declaración Responsable del Anexo 3 por cada una de las empresas integrantes de la U.T.E)
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
• ○ Correo electrónico de contacto:
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
• ○ Correo electrónico de contacto:
• D./D.a:
• Con D.N.I. no:
• Actuando en nombre propio o en representación de la:
• ○ Empresa:
• ○ Con CIF no:
• ○ Domicilio a efectos de notificaciones en:
• ○ De acuerdo con la escritura de poder no
• ○ Teléfono de contacto:
○ Correo electrónico de contacto:
DECLARAN BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD:
1. Que manifiestan su voluntad de constituir una unión temporal de empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios del contrato objeto de licitación, a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública.
2. Que la participación que cada empresa ostentará en la Unión Temporal de Empresas será la siguiente (expresada en porcentaje):
3. Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de la UTE a:
4. Que igualmente designan como domicilio único y válido para las notificaciones que les curse la
administración el siguiente:
Y para que así conste, y a los efectos de ser admitido en el procedimiento tramitado al efecto, emite la presente declaración en:
En Aljaraque, a de 2018
PROVEEDOR
Sello Empresa
Fdo.: ........................................... Fdo.: ...........................................
(Firmado por los representantes legales de todos los integrantes de la UTE)
ANEXO 4
Prevención de Riesgos Laborales
ANEXO 4
COORDINACIÓN EMPRESARIAL EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA)
2.- DOCUMENTACIÓN DE COORDINACION
3.- PROCEDIMIENTO DE COORDINACION.
4.- ANEXOS.
1.- INTRODUCCION
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, GIAHSA como empresa Titular y/o Principal, debe establecer con los contratistas y subcontratistas que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales y establecer las pautas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
En GIAHSA hemos establecido los criterios de actuación para el cumplimiento de la normativa de referencia, en el documento adjunto denominado DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, en relación con la prestación de servicios que por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se
viene realizando como proveedor, que busca como principal fin la eficacia en la prevención de los daños a la salud de los trabajadores.
Igualmente en dicho documento se indican los riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo por EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , en relación a
las actividades desarrolladas por GIAHSA en sus instalaciones, centros de trabajo y ámbito de actuación.
La coordinación entre GIAHSA y EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , se establece a través nuestro Servicio de prevención de Riesgos Laborales,.
GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A., asume el compromiso de coordinación establecido por la normativa laboral vigente en materia de prevención de riesgos laborales así como en el citado DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES e insta a EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , a la
colaboración y coordinación para el logro de una prevención y control eficaz de los riesgos laborales.
2.- DOCUMENTACIÓN DE COORDINACION
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, GIAHSA como empresa Titular y/o Principal, debe establecer con los contratistas y subcontratistas que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales y establecer las pautas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
A tal efecto independientemente de los controles que se ejecuten durante el desarrollo de los servicios contratados, para la formalización del contrato ó regularización de la prestación de servicios les comunicamos, la relación de documentos que con carácter obligatorio nos debe suministrar para garantizar el deber de coordinación preventiva, como empresa que asume con nuestra entidad un contrato de prestación de servicios (1):
• Listado completo de trabajadores con Nombre, D.N.I. y puesto de trabajo.
• Documento de acreditación de modalidad de organización preventiva.
• Copia del Contrato de Servicio de prevención Concertado.
Artículo 2.- Acreditación que han realizado para los servicios adjudicados, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
Artículo 3.- Acreditación que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación relativa a los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de Trabajo de GIAHSA.
Artículo 4.- Acreditación que han cumplido con la obligación de información a los trabajadores de la información de Riesgos de las Instalaciones de GIAHSA y de los Procedimientos de Prevención.
Artículo 5.- CARNET DE CONDUCIR. Con habilitación para la conducción de vehículos de MMA mayor de 3500 kg. (carnet tipo C). Vehículos de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
Artículo 6.- Acreditación de nombramiento o designación del coordinador de actividades empresariales para la realización de obras y servicios contratados, tanto entre GIAHSA y la empresa contratista como entre esta y sus subcontratas
Artículo 7.- Nombramiento de Recurso Preventivo y justificante de la formación que lo acredita.
Artículo 8.- Acreditación que los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de Trabajo de GIAHSA han ejercido su derecho a la vigilancia de la salud y son en su caso aptos para el desarrollo de las tareas objeto de dicha prestación.
Artículo 9.- Acreditación que los medios de protección entregados a los trabajadores que vayan a prestar servicios en Centros de GIAHSA, son adecuados tanto para el control de riesgos de su propia actividad como para aquellos riesgos derivados de la actividad de GIAHSA.
Artículo 10.- Compromiso de coordinación ante la concurrencia de empresas, aun sin relación jurídica entre las mismas, en aquellas situaciones que puedan dar lugar a situaciones de riesgos graves o muy graves.
• Autorización de uso a los trabajadores de Maquinas y herramientas (Poner relación de maquinas y/o herramientas utilizadas por los trabajadores en los trabajos).
• Comunicación y relación de accidentes e incidentes ocurridos durante la prestación del servicio.
• Comunicación de presencia o previsión de subcontratación. En caso de subcontratación se deberá realizar la gestión documental de las mismas. (Dicha Gestión será similar a la indicada en esta relación).
En cuanto a la documentación solicitada de la maquinaría utilizada por la EMPRESA ADJUDICATARÍA durante la prestación del servicio, la documentación a entregar será:
• Certificación CE o puesta en conformidad de los equipos, equipos a presión y maquinaria implicada en el servicio así como acreditación de la formación y autorización específica para el manejo de la misma de los trabajadores que hagan uso de las mismas.
• Relación de obturadores neumáticos, acreditación de revisiones y certificaciones.
• Inspección Técnicas de Vehículos.
• Permiso de Circulación.
• Certificado de Aprobación para vehículos que transportan Mercancías Peligrosas (ADR), por cada unidad de transporte.
3.- DOCUMENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
3.1 . OBJETO
Garantizar el control de las condiciones peligrosas para la seguridad y salud de los trabajadores, que se puedan ocasionar a tenor de la contratación de empresas terceras. Por ello, el objeto de este Documento de Coordinación de Actividades Empresariales es establecer las directrices necesarias en materia de Coordinación de Actividades empresariales, de acuerdo con el marco normativo laboral vigente para obtener la máxima eficacia en materia de Prevención de Riesgos Profesionales en la ejecución de la prestación de servicios por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , de acuerdo
con el alcance de la prestación de servicios, para lo cual se indican en los siguientes apartados las actuaciones básicas a llevar a cabo tanto por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA como por EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) .
Las normas generales de actuación que se dictan podrán ser ampliadas, en función de las características del trabajo en cada momento.
Este Plan es coherente y sirve de marco para el cumplimiento y desarrollo de lo previsto tanto en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995), como en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales.
Tanto la Dirección como los Técnicos y Mandos intermedios de GIAHSA. GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, SA., podrán controlar la aplicación de estas normas y disposiciones, sin que tal posibilidad exonere al EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) de la responsabilidad que le incumbe sobre la adopción de las mismas.
EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se
compromete a llevar a cabo la puesta en practica del presente Documento de Coordinación de Actividades Empresariales y colaborar con GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. en relación con la prevención de riesgos laborales derivados tanto de la prestación de servicios contratadas como de la concurrencia de actividades a la que den lugar en el ámbito de aplicación del presente documento.
3.2 ALCANCE
Este Documento de Coordinación de Actividades Empresariales es de aplicación a todos los trabajos desarrollados por E EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE
GIAHSA (HUELVA) en contratos de prestación de servicios o para la realización de obras temporales, en las instalaciones, Centros de Trabajo y ámbito de servicio de GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A.
3.3- PROCESO DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
3.3.1. Información sobre riesgos y medidas preventivas de las instalaciones y actividades desarrolladas por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.L.
Por parte del Servicio de prevención de GIAHSA, se han establecido para las instalaciones y procesos de producción donde EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) desarrollará su actividades de prestación de servicio, las situaciones de riesgos y medidas preventivas tanto básicas, como las que pudieran dar lugar a situaciones de riesgos graves o muy graves.
• INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
• INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA EN PLANTA DE CLASIFICACION DE ENVASES LIGEROS XX XXXXXXXXX.
• INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE PUNTOS LIMPIOS.
• INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA.
• PE-PRL-02 PERMISOS PARA TRABAJOS EN AREAS RESTRINGIDAS
• PE-PRL-04 PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ALTURA.
3.4. MEDIOS DE COORDINACIÓN.
El Coordinador designado por parte de GIAHSA respecto a las actividades empresariales desarrolladas en el alcance del presente documento es el Encargado de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de GIAHSA.
Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se
designará un interlocutor que actuará como coordinador de las actividades derivadas de la prestación de servicio, el cual se comunicará a GIAHSA mediante el modelo indicado en anexo I.
Entre las actividades de coordinación a llevar a cabo entre GIAHSA y EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se establecen las siguientes:
• Aviso previo de comienzo de prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA, se comunicará al Responsable al Servicio afectado así como al Servicio
de Prevención Propio de GIAHSA, en un plazo no menor de 24 horas para cada actuación especifica planificada, objeto de las prestaciones adjudicadas mediante contrato o adjudicaciones de compra, o bien de forma inmediata mediante el mismo medio en el caso de peticiones de actuación directa por vía de urgencia. Se utilizará el medio de comunicación por correo electrónico. Una vez recibido por el Servicio destinatario se remitirá a la EMPRESA ADJUTICATARÍA, si procede, la autorización por parte del Servicio destinatario de la prestación con indicación de la fecha para la que es válida en cuanto al inicio de los trabajos.
• En el caso de prestaciones que den lugar a actuaciones regulares para un periodo determinado en igualdad de instalaciones y condiciones se establecerá la comunicación al inicio de la prestación de servicio mediante el tipo de comunicación ya indicado.
• Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se comunicará el trabajador designado para coordinar las actividades empresariales objeto de la prestación de servicios.
• Anualmente se realizaran reuniones de coordinación entre GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. y EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) .
• Se comunicará por EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) los recursos preventivos disponibles durante la prestación de servicios. Para ello se utilizará el modelo recogido en el anexo I.
3.5.- MEDIDAS DE CONTROL
3.5.1 CONTROL PREVIO.
Se remitirá por EMPRESA ADJUDICATARIA las acreditaciones y documentos que se relacionan en el apartado 2 DOCUMENTACION DE COORDINACIÓN tanto al inicio de su actividad como EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , o
cuando tenga lugar variación alguna en cualquiera de los requisitos objeto de la prestación de servicios incluida la subcontratación con otras empresas
La gestión de la documentación de Coordinación de Actividades Empresariales se realizará a través de la plataforma de Gestión CTAIMA. Una vez adjudicada a la empresa se le tramitará las claves de acceso a la citada plataforma.
3.5.2. CONTROL ACTIVO.
Se desarrollará a tenor de las actividades de control periódico que tanto GIAHSA como EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) pueda realizar
sobre las actividades tanto de la contrata principal como de las subcontratas. En este sentido se prevén las siguientes actividades:
- Cumplimiento de las comunicaciones de aviso previo al inicio de las actividades de la prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , o de sus subcontratas.
- Comprobación periódica de vigencia de documentación de Control
- Visitas de coordinación por parte de Servicio de prevención de GIAHSA a los trabajos que EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) desarrolle durante la prestación de servicio adjudicada.
- Control de presencia de trabajadores respecto de altas en SS.
- Actuación de los recursos preventivos tanto de GIAHSA como de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) en aquellas situaciones que puedan dar lugar a riesgos graves o muy graves no contempladas tanto en la información de riesgos y medidas preventivas y sus instrucciones especificas (Procedimientos Generales de Trabajos....), recogidas en el anexo I , como por variación de las circunstancias de la prestación de servicios o concurrencia de terceras empresas.
- Priorizacion de actuaciones preventivas en el caso de concurrencia de empresas ante riesgos graves o muy graves.
3.5.3. CONTROL REACTIVO.
Se producirá un control reactivo ante los siguientes supuestos:
CAUSA | ACCION | RESPONSABLE |
Accidente o daños a la salud por trabajadores pertenecientes a EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) o sus subcontratas. | • Comunicación inmediata a responsable de Servicio de GIAHSA para quien se realiza la prestación de Servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) |
• Remisión inmediata del informe de investigación de daños a la salud o en su caso comunicación vía fax a Servicio de prevención de GIAHSA | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) | |
Situación de riesgo grave o muy grave durante la realización de la prestación de servicios por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) , o subcontratas de la misma. | • Paralización de actividades propias y concurrentes. | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) / GIAHSA |
• Comunicación inmediata a responsable de Servicio de GIAHSA para quien se realiza la prestación de Servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO |
CAUSA | ACCION | RESPONSABLE |
DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) | ||
• Presencia de recursos preventivos de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) /GIAHSA. | |
• Presencia de Coordinador de actividades empresariales de GIAHSA. | GIAHSA | |
Incumplimientos de norma respecto de: Coordinación de actividades empresariales Incumplimientos de norma respecto de Coordinación de actividades empresariales | • Paralización de la actividad objeto de la prestación de servicio. | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) /GIAHSA |
• Controles periódicos de las condiciones de trabajo. | EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) /GIAHSA | |
• Informes de revisión de criterios sobre la adjudicación de prestación de servicios sobre la empresa contratada | GIAHSA |
3.6. RELACIÓN DE ANEXOS.
- ANEXO I
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA PARA INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA EN PLANTA DE CLASIFICACION DE ENVASES LIGEROS XX XXXXXXXXX.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DE PUNTOS LIMPIOS.
▪ INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA.
▪ PE-PRL-02 PERMISOS PARA TRABAJOS EN AREAS RESTRINGIDAS
▪ PE-PRL-04 PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ALTURA.
MODELO DE COMUNICACION DE COORDINADOR DE EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA)
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, en materia de coordinación de actividades empresariales, EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) debe establecer con la empresa Titular y/o Principal en la que realicen prestaciones de servicios como Contratas y/o Subcontratas, los medios humanos de coordinación para el cumplimiento de la Normativa de prevención de Riesgos Laborales.
Por lo que comunicamos a GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A., que el responsable de coordinación en relación a la adjudicación o contrato de prestación de servicios por parte de . EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) son.(1)
• Coordinador EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) :
o Nombre:
o Teléfono de contacto permanente:
o FIRMA
• Recursos Preventivos de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) :
o Nombre(s):
o FIRMA:
o Cualificación en prevención (nivel básico, intermedio, superior / especialidad):
o Funciones en el modelo de organización (trabajador designado, servicio propio, ajeno,...):
4.- INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) .
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales se establecen en este documento, los riesgos y medidas preventivas básicas de Seguridad y Salud Laboral a seguir por los trabajadores y empresas contratadas respecto de las actividades desarrolladas por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. EN LAS Bases de
Residuos Sólidos Urbanos.
El acceso al interior de las Bases de RSU quedan sujetas a las condiciones contractuales o conveniados de los servicios o trabajos a realizar no pudiéndose acceder a instalaciones que no sean objeto de los mismos, de forma que es necesario la comunicación y autorización de un responsable de GÏAHSA para el acceso a las mismas y la ejecución de la prestación del servicio que se trate.
La intervención en tareas de mantenimiento preventivo o correctivo implica la comunicación previa al Servicio de RSU y Telecontrol de GIAHSA a fin garantizar los equipos afectados por los trabajos derivados de la prestación de servicio.
Queda prohibida toda manipulación unilateral de instalaciones y equipos de impulsión tanto de potables como residuales, debiendo ser realizadas por personal propio de GIAHSA o la empresa responsable de la explotación de dichas instalaciones.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos, orgánicos asimilables a residuos sólidos urbanos, reciclables se gestionaran realizando la retirada de los mismos, bien en los contenedores disponibles en la vía publica o en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones de GIAHSA. Salvo los materiales de desechos (piezas, polietileno, fibrocemento)y escombros procedentes de la excavación así como los residuos peligrosos generados, que se gestionaran su retirada por LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal de contrata se suspenderán los trabajos normalizando el servicio hasta nuevo aviso por personal responsable de GIAHSA.
Cuando la zona de trabajo se encuentre incluida en el interior de recintos correspondientes a instalaciones de Potabilización, depuración, instalaciones auxiliares de las anteriores así como planta de clasificación de residuos o bases de residuos sólidos urbanos, se procederá como se indica en el párrafo anterior evacuando hacia la salida de la instalación o base que se trate siguiendo las pautas de actuación recogidas en el epígrafe de actuación en caso de emergencias.
LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS debe
garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Conforme al deber de vigilancia, GIAHSA se reserva el derecho de parar los trabajos, rechazar trabajadores e invitar a abandonar las instalaciones, a aquellas contratas o trabajadores que incumplan la normativa en prevención de riesgos laborales.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES CON ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA U OTRAS EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en la realización de trabajos de mantenimiento preventivo o correctivo de las lineas de transporte de aguas potables y residuales.
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y SANEAMIENTO
INSTALACIONES DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
El acceso a los medios de transporte, instalaciones y estaciones de tratamiento y depuración de aguas residuales quedan sujetas a las condiciones contractuales de los servicios o trabajos a realizar no pudiéndose acceder a instalaciones que no sean objeto de los mismos, de forma que es necesario la comunicación y autorización de un responsable de GIAHSA para el acceso a las mismas y la ejecución de la prestación del servicio que se trate.
Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
Toda operación que implique la puesta en marcha o parada de equipos, instalaciones o medios de producción será supervisada por el operador de la estación o responsable de GIAHSA.
Se prohíbe comer o introducir bebidas alcohólicas en las instalaciones o recintos.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos, previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los mismos las vías de circulación de las instalaciones.
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal de contrata evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
El contratista debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Conforme al deber de vigilancia, GIAHSA se reserva el derecho de parar los trabajos, rechazar trabajadores e invitar a abandonar las instalaciones, a aquellas contratas o trabajadores que incumplan la normativa en prevención de riesgos laborales.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES CON ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA U OTRAS EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en las Instalaciones de Saneamiento y Depuración de Aguas.
LUGARES DE TRABAJO. Se definen como lugares de trabajo todas las instalaciones tanto las incluidas dentro del perímetro de las Estaciones de Depuración de Aguas Residuales (en adelante EDAR), como las de transporte e intermedias (EBAR, colectores, pozos, canalizaciones de transporte), incluidos sus medios de acceso y cerramientos. |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: a) Riesgos de caídas al mismo nivel. b) Riesgos de caídas a distinto nivel. c) Riesgos de inmersión en decantadores, arquetas, zonas de desbaste, espesadores, etc. Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por parte de Capataces, Encargados o Técnicos de GIAHSA. No se improvisaran itinerarios de deambulación u operaciones para las cuales no existen medios adecuados (muros de decantadores, cámaras anóxicas y óxicas, arquetas a distinto nivel, laberintos de cloración, canales de circulación y distribución, etc) salvo en las plataformas existentes, para lo cual por parte de la empresa de prestación de servicios se habilitará o diseñarán los medios necesarios y adecuados para garantizar la no aparición de los citados riesgos (plataformas, escaleras, andamios, sistemas anticaídas, etc.) En situaciones de accesos mediante escala vertical de largueros, de peldaños adosados, o escalera manual se prohibirá el acceder a las mismas con las manos ocupadas con herramientas, equipos o envases para lo cual se habrá de facilitar bolsa portaherramientas o bien se dispondrá de una soga o cuerda para que, tras situarse en posición segura se procederá a izar el elemento. Se considera posición segura las siguientes alternativas: - Plataforma o nivel elevado protegido mediante barandilla. - Aseguramiento del operario mediante cinturón x xxxxx de seguridad anclado a elemento fijo de la instalación o a dispositivos anticaídas, tales como líneas de vida, cable fiador, etc, ejecutados con suficiente garantía de resistencia. En cuanto a la utilización de las escaleras portátiles, se facilitara información a los trabajadores sobre el manejo de escaleras portátiles, destacando la no utilización de la misma como plataforma de trabajo improvisada, o bien utilizando escaleras no normalizadas, así como el uso individualizado de los tramos en las escaleras extensibles. En la utilización dentro de recintos o instalaciones con pavimento deslizante se prestara especial atención a la firme colocación de la misma, comprobándose su estabilidad. Todo deterioro de los largueros, travesaños o zapatas de apoyo serán motivo de rechazo. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
LUGARES ESPECIALES DE TRABAJO: Se definen en GIAHSA como todos aquellos lugares que por razón de sus accesos, atmósfera o riesgos específicos pueden generar situaciones de riesgo graves o muy graves y que requieren de procedimientos y permisos especiales para la realización de trabajos en |
su interior. Se clasifican como: • ESPACIOS CONFINADOS: todos aquellos espacios confinados en los que la atmósfera pueda no ser respirable o convertirse en irrespirable a raíz del propio trabajo, por falta de oxígeno o por contaminación por productos tóxicos: INSTALACIONES Y LINEAS DE TRANSPORTE DE AGUAS RESIDUALES: 3. Pozos de saneamiento 4. Colectores 5. Fosas sépticas 6. Cantaras de Estaciones de Bombeos de Aguas Residuales (En adelante EBAR) EDAR: 7. Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. 8. Arquetas de fangos. 9. Espesadores con cubiertas fijas 10. Tolvas de fangos deshidratados 11. Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. 12. Cámaras anóxicas cubiertas. • ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Son vasos, recipientes o arquetas de instalación pertenecientes al proceso de depuración y que por no ser posible la disposición de medios fijos de acceso al interior del mismo, o que pueden estar parcial o totalmente inundado por aguas en proceso de depuración o fangos.. 13. Arquetas de aireación, desarenado, canales de grasas. 14. Arquetas de adición y mezcla 15. Digestores, cámaras óxicas y anóxicas sin cubiertas 16. Decantadores 17. Espesadores. 18. Laberinto de Cloración LOCALES DE ALMACENAMIENTO O PROCESO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUÍMICOS : Se definen como aquellos espacios integrados en proceso o de almacenamiento que almacenan reactivos químicos a granel o en recipientes las siguientes: ESTACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES: Instalaciones de Desodorización. Depósitos de almacenamiento a granel. Almacenes de reactivos químicos en garrafas o jerricanes. EBAR: Depósitos de almacenamiento y dosificación. |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS CONFINADOS: Riesgos de inmersión, envenenamiento, asfixia, explosión o deflagración de biogases. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios confinados se seguirá el Procedimiento referencia PE-01-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Riesgos biológicos. Riesgos de inmersión. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUIMICOS: Riesgos proyecciones reactivos químicos en dosificaciones de desodorización. Salas de cloracion. Riesgos de contacto o proyecciones de reactivos químicos en procesos de carga / descarga de reactivos químicos a granel. |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
EQUIPOS DE TRABAJO |
Factor(es) de riesgo: Riesgos de caídas al mismo nivel. Riesgos de caídas a distinto nivel. Riesgos de inmersión en decantadores, arquetas, zonas de desbaste, espesadores, salas de deshidratación, etc. Atrapamientos. Riesgos de proyecciones. Medida(s) Preventiva(s): Queda prohibido posicionarse sobre equipos de trabajo fijos o en movimiento que no dispongan de plataforma adecuada con protecciones perimetrales salvo en aquellos que reúnen los requisitos adecuados: puente-carro en instalación de desarenado, puente-carro de decantadores, puente espesadores, plataformas de filtros banda, Etc. Las paradas de equipos se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA o personal responsable enclavando mediante paro manual y señalizando el mando con cartel de advertencia. |
Toda reparación de instalaciones en cercanías de equipos o maquinas que en tareas de reparación o mantenimiento, presenten riesgos de atrapamiento, punzamiento, proyección o laceración se procederá a la comunicación a personal responsable de GIAHSA para que se realice por parte del operador su parada previa y enclavamiento tal y como se recoge en el párrafo anterior. Las inspecciones y comprobaciones de equipos de trabajo o instalaciones se realizaran con los dispositivos de seguridad y resguardos colocados. Una reparación o mantenimiento no se dará por finalizada hasta la reposición de los elementos de protección y resguardos. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo en las instalaciones de GIAHSA, es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: • En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: • Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, • Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. • Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. • Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Únicamente intervendrán en la reparación, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones eléctricas aquellos trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como personal responsable tanto Operadores, Capataces como Encargados de GIAHSA. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. En cuanto a la utilización de lámparas portátiles, estas deberán estar dotadas xx xxxxx aislamiento y conectadas a baterías de 12 v o transformador 220 v/ 12v con |
separador de circuitos y doble aislamiento |
RIESGOS BIOLOGICOS |
Factor(es) de riesgo: Riesgos biológicos por salpicaduras, inhalación o contacto con aguas residuales. INSTALACIONES AFECTADAS: Instalaciones de transporte, Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales y Estación de Depuración de Aguas Residuales: INSTALACIONES Y LINEAS DE TRANSPORTE DE AGUAS RESIDUALES: 19. Canalizaciones 20. Pozos de saneamiento 21. Colectores 22. Fosas sépticas 23. Cantaras de EBAR. ESTACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES: • Arquetas de entrada en pretratamiento y desbaste. • Arqueta de desarenadores, fosos de grasas, desarenador, contenedores de recogida de rechazos. • Arquetas de aireación • Arquetas de adición y mezcla • Digestores, cámaras óxicas y anóxicas. • Decantadores • Laberinto de Cloración • Arquetas de fangos. • Espesadores • Tolvas de fangos deshidratados. |
Medida(s) Preventiva(s): - Prohibición de comer, beber, o fumar durante la realización de trabajos que impliquen contacto directo con aguas residuales, rechazos de desbastes, arenas, grasas o lodos. - Aseo o higiene en manos, boca y cara antes de comer, beber o fumar tras la realización de los trabajos. - Limpieza de herramientas, o equipos. - Utilización de los equipos de protección individual para estas tareas. Gafas de protección ocular, guantes específicos de protección, mascarillas de protección respiratoria de clase FFP3, buzos desechables específicos, etc.. - En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente. - En el caso de Heridas, laceraciones, pinchazos, relacionados con aguas residuales, equipos o derivados de las mismas: - Lavarse las manos con agua y jabón, aplicar antiséptico y cubrir con gasa esterilizada. Comunicar a responsable directo o Servicio de Prevención para gestionar la atención sanitaria en la Mutua de Accidentes o centro asistencial correspondiente, a fin de instaurar el tratamiento adecuado. - Se comunicara igualmente en los casos de inmersión que implique la ingestión o inhalación de aguas residuales, así como las salpicaduras o proyecciones en ojos. |
RIESGOS FISICOS |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en funcionamiento. INSTALACIONES AFECTADAS: EDAR: • Soplantes. • Compresores • Grupo electrógeno | |
RIESGOS QUIMICOS | |
Factor(es) de riesgo: Se han recogido en el apartado de Factor(es) de riesgo en LOCALES DE PROCESO O ALMACENAMIENTO CON PRESENCIA DE REACTIVOS QUÍMICOS. | |
Todos los operarios de empresas de prestación de servicio en el ámbito de desarrollo de las actividades desarrolladas por GIAHSA, están obligados a la utilización de los equipos de protección individual conforme a los riesgos derivados de las tareas que desarrollen, así como las empresas a exigir su uso. Independientemente de los citados equipos de protección individual se hace necesario en razón a los riesgos derivados de las actividades de GIAHSA la utilización de los siguientes: TIPO DE EPI: Calzado de protección para el pie. RIESGO: Golpes en las extremidades inferiores., TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos. Carga y descarga de reactivos químicos en jerricanes o garrafas, incluidos contenedores y botellones de cloro gas TIPO DE EPI: botas de protección química para el pie. RIESGO: Proyecciones o derrames de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga y descarga de equipos herramientas, reactivos en jerricanes o garrafas. TIPO DE EPI: Casco de protección para la cabeza. RIESGO: Golpes, caídas de objetos a distinto nivel, proyección de reactivos químicos, arcos eléctricos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos, mantenimiento de instalaciones eléctricas, carga y descarga de reactivos químicos TIPO DE EPI: botas antihumedad o de pocero con protección en puntera RIESGO: caídas de objetos o aplastamientos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en cantaras de EBAR, colectores, canalizaciones. TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para riesgos biológicos. RIESGO: . Riesgos biológicos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en cantaras de EBAR, colectores, canalizaciones. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para trabajos con exposición a amianto. |
RIESGO: . Exposición a fibras de amianto
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas xx xxxxx y mecanizado de canalizaciones de fibrocemento. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente
TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable de protección química al menos Clase 3. RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras de reactivos químicos ácidos o básicos.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de mantenimiento en equipos de dosificación, proceso o almacenamiento de reactivos químicos. En los casos de trabajos con proyección de chispas, fundentes, corte con radial, soldadura o cuales quiera otros de la misma índole no se utilizaran los buzos desechables salvo que se indiquen en sus características que son compatibles con las operaciones indicadas anteriormente.
TIPO DE EPI: Arnés anticaídas RIESGO: . Caídas a distinto nivel
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura, Trabajos en espacios confinados.
TIPO DE EPI: Dispositivo anticaídas RIESGO: ..Caídas a distinto nivel
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura.
TIPO DE EPI: Delantal de protección química.
RIESGO: . Proyecciones o salpicaduras en carga o descarga de reactivos químicos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Carga o descarga de reactivos químicos a granel
TIPO DE EPI: Guantes de protección mecánica con especificación de aptos para riesgo biológico.
RIESGO: Cortes, laceraciones, aplastamientos
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: tareas con herramientas manuales, transporte de equipos, válvulas, motores, que puedan estar o hayan estado en contacto directo con aguas residuales, nieblas o aerosoles, etc.
TIPO DE EPI: Guantes de protección química y de protección frente a riesgo biológico, apto para ácido sulfúrico, xxxx cáustica, sulfato xx xxxxxx, policloruros de aluminio, hipoclorito sódico.
RIESGO: Contactos con reactivos químicos, trabajos en instalaciones de dosificación de reactivos y equipos en contacto con aguas residuales.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos de mantenimiento en los espacios restringidos donde se encuentren los reactivos químicos almacenados o en proceso, transvase, adición, dosificación de reactivos y productos químicos.
TIPO DE EPI: guantes de protección dieléctricos para maniobras en alta tensión* RIESGO: arcos eléctricos, contactos eléctricos en maniobras de descargo
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos en tensión o en proximidad a instalaciones en tensión
TIPO DE EPI: protección respiratoria con filtro mecánico tipo ffpp3 RIESGO: Biológicos, exposición a fibras de amianto.
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Deambulación en general por áreas y pasillos de zonas de depuración donde puedan generarse nieblas y aerosoles por agitación, aireación de aguas residuales, proyección de agua en tareas de limpieza en cualesquiera de las instalaciones indicadas en el apartado de Riesgos Biológicos. Trabajos xx xxxxx y mecanizado de canalizaciones de fibrocemento.
TIPO DE EPI: Mascara facial de protección respiratoria con filtro combinado para gases y
vapores orgánicos, inorgánicos y ácidos de tipo A2B2P3 RIESGO: Exposición a vapores o proyecciones de reactivos químicos, exposición a gases procedentes de procesos de depuración. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en salas de cloro gas. Dicho equipo no exime de la realización del Procedimiento General de Trabajos en Espacios Confinados de referencia PE-01-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos ., así como el Procedimiento referencia PE-02-PRL TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . según el tipo de lugar de trabajo. TIPO DE EPI: gafas de protección RIESGO: lesiones oculares por proyección de partículas u objetos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos de mantenimiento, herramientas manuales, etc.. con riesgos de proyección de partículas u objetos. Además se utilizaran permanentemente en cualquiera de las instalaciones donde en razón a las tareas a realizar se pueda estar en contacto directamente con aguas residuales incluidas las nieblas o aerosoles procedentes bien del proceso de depuración o de las tareas de limpieza . TIPO DE EPI: pantallas faciales de protección RIESGO: arco eléctrico, salpicaduras de productos o sustancias químicas TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos eléctricos, trasvase, carga o descarga de productos químicos |
MEDIDAS DE EMERGENCIA: |
Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para EDAR y ETAP de GIAHSA en las instalaciones de saneamiento y depuración son. • Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, contactos masivos con reactivos, etc.. • Inmersión por caídas en arquetas, decantadores, cámaras anóxicas, cámaras óxicas, espesadores, y todas aquellas instalaciones que estén o puedan estar ocupadas con aguas residuales, lodos o reactivos químicos. • Incendios generados en motores, cuadros de control de motores, grupos electrógenos, oficinas etc. • Derrames masivos de reactivos químicos en unidades de almacenamiento o proceso. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En las EDAR se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: • Botiquín de primeros auxilios • Medios Manuales de Extinción. • Duchas y lavaojos de emergencias. • Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador, Capataz, Encargado o Jefe de Servicio de Saneamiento y Depuración, de acuerdo con el directorio de emergencias del anexo 3. En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la |
prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA: • En el caso de emergencias por derrame masivo de reactivos químicos se procederá a realizar el corte en la válvula inmediata aguas arriba del derrame, así como a la contención con arena del derrame y en caso de no ser posible esto ultimo se realizara la dilución con agua dirigiendo la misma a los imbornales de la red interior de la instalación. • En el caso de derrames de reactivos químicos con afectación de operarios se procederá a la utilización de las duchas de emergencias y lavaojos, y se tratara como actuación de emergencia por accidente laboral. • En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica. Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios de la prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. En el caso de las EBAR, se suspenderán y no se realizaran los trabajos en caso de precipitaciones con aportes masivos de aguas pluviales. |
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN PLANTA DE CLASIFICACION DE ENVASES Y RESIDUOS
INSTALACIONES DE PLANTA DE CLASIFICACION DE RESIDUOS Y ENVASES y BASE DE RSU.
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
El acceso a la Planta de Clasificación de Residuos y Envases xx Xxxxxxxxx queda sujeta a las condiciones contractuales de los servicios o trabajos a realizar no pudiéndose acceder a
instalaciones que no sean objeto de los mismos, de forma que es necesario la comunicación y autorización de un responsable de GÏAHSA para el acceso a las mismas y la ejecución de la prestación del servicio que se trate.
Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
Toda operación que implique la puesta en marcha o parada de equipos, instalaciones o medios de producción será supervisada por el operador de la Planta de Clasificación o responsable de GIAHSA.
Se prohíbe comer o introducir bebidas alcohólicas en las instalaciones o recintos.
Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos, previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los mismos las
vías de circulación de las instalaciones.
En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal de contrata evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea
necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
El contratista debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
Conforme al deber de vigilancia, GIAHSA se reserva el derecho de parar los trabajos, rechazar trabajadores e invitar a abandonar las instalaciones, a aquellas contratas o
trabajadores que incumplan la normativa en prevención de riesgos laborales.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES CON ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA U OTRAS EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones
de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en la Planta de Clasificación de Residuos y Envases xx Xxxxxxxxx.
LUGARES DE TRABAJO. Se definen como lugares de trabajo todas las instalaciones incluidas dentro del perímetro de cierre y vallado de la Planta de Clasificación de Residuos y Envases que comprende: Edificio Principal de Producción y Clasificación Nave auxiliar de lavadero de vehículos de RSU Nave auxiliar xx xxxxxxx. Nave de tratamiento y recuperación de aceites comestibles. Edificio de Oficinas, comedor, vestuarios y bascula. Instalación de grupo contra incendios. Parque de almacenamiento |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulacion de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: d) Riesgos de caídas al mismo nivel. e) Riesgos de caídas a distinto nivel. Medida(s) Preventiva(s): Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por parte de Operador de Planta de Clasificación, Capataces, Encargados o Técnicos de GIAHSA. El acceso al Edificio Principal de Producción y Clasificación tendrá lugar por la entrada situada en el paramento norte del mismo estando prohibido el acceso a través del parque de recepción de residuos a todo personal ajeno a las operaciones que se lleven a cabo en el mismo. No se improvisaran itinerarios de deambulacion u operaciones para las cuales no existen medios adecuados (tromel, cintas transportadoras, de clasificación y transportadores de placas, cinta de reparto de rechazo final etc) salvo en las plataformas existentes, para lo cual por parte de la empresa de prestación de servicios se habilitará o diseñarán los medios necesarios y adecuados para garantizar la no aparición de los citados riesgos (plataformas, escaleras, andamios, sistemas anticaidas, etc.) Se prohíbe saltar o cruzar por encima de los transportadores situados bajo nivel del pavimento concretamente el transportador de placas de parque de residuos, cinta de elevación a triaje primario así como transportador de salida de trojes y elevación a prensa de plásticos. así mismo se prohíbe en paso por encima del foso de decantación de aceites en nave de recuperación de aceites comestibles. En situaciones de accesos mediante escala vertical de largueros, de peldaños adosados, o escalera manual se prohibirá el acceder a las mismas con las manos ocupadas con herramientas, equipos o envases para lo cual se habrá de facilitar bolsa portaherramientas o bien se dispondrá de una soga o cuerda para que, tras situarse en posición segura se procederá a izar el elemento. Se prestara especial atención a la deambulacion por el interior de la nave evitando la deambulacion en zonas de apilamiento en altura de residuos clasificados, evolución o circulación tanto de carretilla automotora en área de producción y clasificación como de pala de |
empuje en parque de recepción de residuos. Se evitara circular o deambular por las zonas afectadas por derrames de lixiviado o grasas situadas a salida de los trojes, perímetro de cinta transportadora de salida de trojes, zona perimetral de prensas de plástico y metal así como perímetro de transportador de placas de parque de recepción. Se considera posición segura las siguientes alternativas: P Plataforma o nivel elevado protegido mediante barandilla. P Utilización de equipos electromecánicos específicos para la elevación de personas (plataformas elevadoras automotoras) - Aseguramiento del operario mediante cinturón x xxxxx de seguridad anclado a elemento fijo de la instalación o a dispositivos anticaidas, tales como líneas de vida, cable fiador, etc, ejecutados con suficiente garantía de resistencia. En cuanto a la utilización de las escaleras portátiles, se facilitara información a los trabajadores sobre el manejo de escaleras portátiles, destacando la no utilización de la misma como plataforma de trabajo improvisada, o bien utilizando escaleras no normalizadas, así como el uso individualizado de los tramos en las escaleras extensibles, no esta permitido el uso de escaleras portátiles en tareas a partir de 3,5 m. de altura, debiendo disponerse de medios mecánicos aptos para la elevación de personas, o andamios con certificación CE supervisado su montaje por personal competente. En la utilización dentro de recintos o instalaciones con pavimento deslizante o con derrames de lixiviados se prestara especial atención a la firme colocación de la misma, comprobándose su estabilidad. Todo deterioro de los largueros, travesaños o zapatas de apoyo serán motivo de rechazo. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realizacion de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de informacion de riesgos . |
LUGARES ESPECIALES DE TRABAJO: Se definen en GIAHSA como todos aquellos lugares que por razón de sus accesos, o riesgos específicos pueden generar situaciones de riesgo graves o muy graves y que requieren de procedimientos y permisos especiales para la realización de trabajos en su interior. Se clasifican como: oESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Son aquellos que incluyen equipos o recintos que por razón de sus instalaciones pueden dar lugar a riesgos de consecuencias graves o muy graves, por lo que se precisan procedimientos de acceso y consignación de los mismos... • Tromel • Fosos de transportador de placas de recepción de residuos y transportador de molienda. |
• Foso de transportador xx xxxxx en salida de trojes. |
Factor(es) de riesgo en ESPACIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: Riesgos biológicos. Riesgos de atrapamientos entre rodillos y bandas o transportadores Riesgos de punzonamiento con pincha bolsas xx xxxxxx |
Medida(s) Preventiva(s): Para la realización de trabajos en espacios de acceso restringido se seguirá el Procedimiento de Consignación de Equipos de Trabajo. Planta de Clasificación de Envases. NPP05, el cual se adjunta en anexo 2. |
EQUIPOS DE TRABAJO |
Factor(es) de riesgo: Riesgos de caídas al mismo nivel. Riesgos de caídas a distinto nivel. Riesgos de atrapamientos Riesgos de Proyecciones Riesgos xx xxxxxx magnéticos e inducción Medida(s) Preventiva(s): Las intervenciones previstas en los equipos se clasifican como: o Intervención de mantenimiento y reparación. o Intervención en operaciones de limpieza periódica (quedan exceptuadas las limpiezas de fosos de transportadores). Las paradas de equipos se realizaran con preaviso al operador de planta y señalizando el mando con cartel de advertencia donde se identifique la empresa de prestación de servicios que lo realiza así como el responsables de la misma al frente de los trabajos. Para toda tarea de reparación o mantenimiento no relacionada con las tareas habituales de limpieza que implique el acceso al interior de un equipo es imprescindible llevar a cabo el Procedimiento de Consignación de Equipos de Trabajo. Planta de Clasificación de Envases. NPP05, el cual se adjunta en anexo 2. En caso de realizarse por parte de la empresa de prestación de servicios las citadas operaciones de limpieza se procederá a la parada de los equipos afectados mediante: o Setas xx xxxxxx de emergencia y enclavamiento del mando de accionamiento mediante llave, en: Transportadores de placa bajo nivel y xx xxxxx a salida de trojes Abre-bolsas Tromel Cintas de clasificación |
Prensa de plásticos y film Prensa de productos metálicos. Clasificadores magnéticos y de inducción Molino de trituración Ciclón o Cable xx xxxxxx de emergencias en transportadores, cintas y transportadores de rodillo. Queda prohibido el paso por debajo de los rodillos de los transportadores situados a una altura de menos de 2,5 m. Para las tareas de limpieza de las zonas de pasillos o pavimentos situadas bajo los mismos se realizara la parada del equipo o bien se suspenderán las tareas de limpieza de la zona hasta la parada de producción del equipo tras lo cual se realizara la citada parada accionando el tiro de emergencia del transportador Queda prohibido posicionarse sobre equipos de trabajo fijos o en movimiento que no dispongan de plataforma adecuada con protecciones perimetrales. Para cualquier intervención en equipos será precisa la consignación o parada del mismo de forma que en cualquier situación de mantenimiento, reparación o Las inspecciones y comprobaciones de equipos de trabajo o instalaciones se realizaran con los dispositivos de seguridad y resguardos colocados. Una reparación o mantenimiento no se dará por finalizada hasta la reposición de los elementos de protección y resguardos EQUIPOS DE SEPARACIÓN ELECTROMAGNÉTICA O DE INDUCCIÓN: Se prohíbe el acceso a las zonas de separación magnética y de inducción a todas aquellas personas que porten marcapasos, prótesis metálicas o similares. Así mismo se aconseja no portar en las inmediaciones de estos equipos elementos metálicos o electrónicos tales como relojes, pulseras, colgantes o teléfonos móviles. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo en las instalaciones de GIAHSA, es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: - En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: - Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, - Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. - Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. - Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. |
Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Únicamente intervendrán en la reparación, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones eléctricas aquellos trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como personal responsable tanto Operadores, Capataces como Encargados de GIAHSA. En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. En cuanto a la utilización de lámparas portátiles, estas deberán estar dotadas xx xxxxx aislamiento y conectadas a baterías de 12 v o transformador 220 v/ 12v con separador de circuitos y doble aislamiento |
RIESGOS BIOLOGICOS |
Factor(es) de riesgo: Riesgos biológicos bien a través de heridas abiertas o por contacto con residuos de envases y voluminosos. INSTALACIONES AFECTADAS: Nave de producción y clasificación de residuos y envases |
Medida(s) Preventiva(s): 4. Prohibición de comer, beber, o fumar durante la realización de trabajos que impliquen contacto directo con instalaciones dedicadas al transporte, clasificación o cualquier tipo de operación relacionada con la presencia de residuos y envases. 5. Aseo o higiene en manos, boca y cara antes de comer, beber o fumar tras la realización de los trabajos. 6. Limpieza de herramientas, o equipos. 7. Utilización de los equipos de protección individual para estas tareas. Gafas de protección ocular, guantes específicos de protección, mascarillas de protección respiratoria de clase FFP3. En el caso de heridas abiertas, laceraciones, pinchazos, relacionados con residuos, equipos o derivados de las mismas: Lavarse las manos con agua y jabón, aplicar antiséptico y cubrir con gasa esterilizada. Comunicar a responsable directo o Servicio de Prevención para gestionar la atención sanitaria en la Mutua de Accidentes o centro asistencial correspondiente, a fin de instaurar el tratamiento adecuado. |
RIESGOS FISICOS |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en |
funcionamiento. INSTALACIONES AFECTADAS: • Nave de producción de clasificación y envases | |
RIESGOS QUIMICOS | |
Se realiza en la planta de Producción y Clasificación la fumigación periódica de la zona de parque de recepción mediante la aplicación de productos fitosanitarios. Factor(es) de riesgo: Envenenamiento por exposición a productos biocida o fitosanitarios tóxicos o nocivos para la salud. Medida(s) Preventiva(s): Se prohíbe el acceso y estancia en el interior de la nave de Producción y Clasificación durante la fumigación del producto sanitario. La hora predeterminada para la fumigación es las 23:30 estando prohibido el acceso hasta las 00:30. No se podrá manipular o acceder a los residuos o equipos afectados dentro del área de parque de recepción, transportador de placas de recepción, cinta de elevación a triaje primario hasta las 06:30 horas. En caso de ser necesario el acceso se procederá a comunicarlo al operador de la Planta de Clasificación así como al Servicio de Telecontrol mediante comunicación telefónica y confirmación de envío de fax al mismo, utilizándose el mismo modelo de consignación de equipos indicado en el Procedimiento de Consignación de Equipos de Trabajo. Planta de Clasificación de Envases. NPP05 con la indicación de “CANCELACIÓN DE OPERACIÓN DE FUMIGACIÓN EN PLANTA DE CLASIFICACION DE RESIDUOS Y ENVASES” | |
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: | |
Todos los operarios de empresas de prestación de servicio en el ámbito de desarrollo de las actividades desarrolladas por GIAHSA, están obligados a la utilización de los equipos de protección individual conforme a los riesgos derivados de las tareas que desarrollen, así como las empresas a exigir su uso. Independientemente de los citados equipos de protección individual se hace necesario en razón a los riesgos derivados de las actividades de GIAHSA la utilización de los siguientes: TIPO DE EPI: Calzado de protección para el pie. RIESGO: Golpes en las extremidades inferiores., TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos TIPO DE EPI: Casco de protección para la cabeza. RIESGO: Golpes, caídas de objetos a distinto nivel, arcos eléctricos |
TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Uso general en tareas de limpieza, mantenimiento de equipos o edificaciones así como puesta en instalaciones de equipos, mantenimiento de instalaciones eléctricas. TIPO DE EPI: Buzo de protección desechable, apto para riesgos biológicos. RIESGO: . Riesgos biológicos., exposición a fumigación de fitosanitarios TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Tareas de limpieza en ciclón, trabajos en presencia xx xxxxxxx o aerosoles de fitosanitarios. TIPO DE EPI: Arnés anticaidas. RIESGO: . Caídas a distinto nivel TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos en altura. Mantenimiento de equipos en altura, luminarias, trabajos en plataformas elevadoras de personas TIPO DE EPI: Guantes de protección mecánica con especificación de aptos para riesgo biológico. RIESGO: Cortes, laceraciones, aplastamientos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: tareas con herramientas manuales, transporte de equipos, válvulas, motores, que puedan estar o hayan estado en contacto directo con residuos. TIPO DE EPI: Guantes de protección química y de protección frente a riesgo biológico, apto para fitosanitarios. RIESGO: Contactos con instalaciones sobre las que se haya realizado la fumigación de fitosanitarios. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos de mantenimiento en instalaciones sobre las que se haya realizado la fumigación de fitosanitarios. TIPO DE EPI: guantes de protección dieléctricos para maniobras en alta tensión* RIESGO: arcos eléctricos, contactos eléctricos en maniobras de descargo TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos en tensión o en proximidad a instalaciones en tensión TIPO DE EPI: protección respiratoria con filtro mecánico tipo fpp3 RIESGO: Biológicos en espacios restringidos. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Deambulacion en general por áreas y pasillos de clasificación. TIPO DE EPI: protección respiratoria mediante mascara facial y filtro combinado para gases y vapores orgánicos, inorgánicos y ácidos de tipo A2B2P3 RIESGO: Exposición a vapores o proyecciones de fitosanitarios. TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: Trabajos con exposición a nieblas o aerosoles procedentes de la fumigación de fitosanitarios. TIPO DE EPI: gafas de protección RIESGO: lesiones oculares por proyección de partículas u objetos TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos de mantenimiento, herramientas manuales, etc.. con riesgos de proyección de partículas u objetos. Además se utilizaran permanentemente en cualquiera de las instalaciones donde en razón a las tareas a realizar se pueda estar en contacto directamente con aguas residuales incluidas las nieblas o aerosoles procedentes bien del proceso de depuración o de las tareas de limpieza . TIPO DE EPI: pantallas faciales de protección RIESGO: arco eléctrico, salpicaduras de productos o sustancias químicas TAREAS EN LAS QUE DEBE SER UTILIZADO: trabajos eléctricos, trasvase, carga o descarga de productos químicos |
MEDIDAS DE EMERGENCIA: |
Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para la Planta de Clasificación de Residuos y Envases son. - Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, contactos masivos con reactivos, etc.. - Incendios generados en parquee almacenamiento de residuos y pilas de clasificados, motores, cuadros de control de motores, grupos electrógenos, oficinas etc. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En las EDAR se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: • Botiquín de primeros auxilios • Medios Manuales de Extinción. • Hidrantes y grupo de presión contra incendios para uso exclusivo de bomberos. • Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador de Planta de Clasificación, Capataz, Encargado o Jefe de Servicio, de acuerdo con el directorio de emergencias del anexo 3. En el caso de accidentes laborales con resultados graves, se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA: 1. En el caso de exposición a nieblas o aerosoles de fitosanitarios se evacuara al trabajador o trabajadores implicados al exterior del edificio y se dará aviso inmediato a los servicios médicos de urgencia. 2. En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica. Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios de la prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada. |
Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. |
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LOS PUNTOS LIMPIOS. PUNTO LIMPIO DE PUNTA UMBRIA
INFORMACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EMPRESA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES.
1- CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS DE PUNTA UMBRIA
Conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95), y en el REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales se establecen en este documento, los riesgos y medidas preventivas básicas de Seguridad y Salud Laboral a seguir por los trabajadores y empresas contratadas respecto de las actividades desarrolladas por GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS DE PUNTA UMBRIA.
NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y ACCESO A INSTALACIONES:
• Para aquellas Empresas que dispongan de medios de acceso garantizaran que la instalación o recinto quede cerrado a la terminación de los trabajos.
• No se permitirán los almacenamientos salvo autorización expresa de GIAHSA de medios, equipos o productos y sustancias en las zonas de talleres, garajes y lavaderos
de vehículos adscritos al Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
• Se prohíbe comer en las instalaciones o recinto que se desarrollen actividades de tratamiento o clasificación de residuos, salvo en las zonas de comedor específicamente
habilitadas y autorizadas expresamente por GIAHSA.
• Se prohíbe la introducción de bebidas alcohólicas en el Centro de trabajo.
• Es nuestro compromiso ser respetuosos con el medio ambiente, por lo que los residuos peligrosos u orgánicos generados se gestionaran realizando la retirada de los mismos,
previa autorización, en los contenedores que al efecto se encuentran en las instalaciones.
• Los vehículos no necesarios en la prestación del servicio que se trate quedaran aparcados en los lugares que a tal efecto se disponen, no entorpeciendo con los
mismos las vías de circulación de las instalaciones.
• En caso de aviso debido a situación de emergencia, todo el personal evacuara la instalación hacia el acceso de entrada, salvo que por la índole de la misma sea
necesaria la prestación del servicio en el control de la citada situación de emergencia, debidamente autorizado por personal responsable de GIAHSA.
• LA EMPRESA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS debe garantizar que todos sus mandos y personal, tengan la formación e información suficiente acerca de sus propios riesgos laborales, medidas de prevención a efectuar, así como disponer de los equipos necesarios de protección individual. También deberá informar a sus trabajadores de los riesgos y medidas de prevención a adoptar en estas instalaciones.
• Se informará al Servicio de Prevención o al responsable de la instalación, acerca de los riesgos que pudieran originar por el desarrollo de sus tareas.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES CON ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR GIAHSA U OTRAS EMPRESAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
• Cuando por razón de las actividades desarrolladas en la prestación de servicios se interfiera en el proceso productivo de GIAHSA o en la prestación de servicios de otras empresas de contratas, pudiendo dar lugar a situaciones de riesgo graves o muy graves, se paralizaran los trabajos comunicando al Servicio de Prevención de GIAHSA las circunstancias y riesgos concurrentes a fin de coordinar las actividades preventivas necesarias.
• En este sentido, todas las empresas que realicen prestación de servicios para GIAHSA de acuerdo con la normativa legal vigente, en materia de Coordinación Empresarial están obligadas a informar de los riesgos derivados de su actividad tanto a GIAHSA
como empresa titular o principal, así como a las empresas cuyas actividades concurran, aun sin mediar relaciones jurídicas entre las mismas.
• Se enumeran a continuación las situaciones de riesgos y medidas preventivas a llevar a cabo durante la prestación de servicios en las Instalaciones de GIAHSA respecto de la CONCURRENCIA con los SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS VOLUMINOSOS EN
NÚCLEOS DE POBLACIÓN, EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA GIAHSA.
INFORMACIÓN DE RIESGOS EN CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS EN PUNTA UMBRIA |
LUGARES DE TRABAJO. Se definen como lugares de trabajo las instalaciones contenidas en las dependencias administrativas y área de aparcamiento del Edificio del Centro de de Punta Umbría (Punto Limpio de Punta Umbría) a excepción de las naves de vehículos, lavadero áreas de Acondicionamiento de Residuos y zona prevista para la descarga mediante tolva la cual tiene limitado su acceso por xxxxxxx xx xxxxxx y señalización tanto desde la calzada como desde la escalera de servicio. Las características de las instalaciones ocupadas respecto del CENTRO DE ACONDICIONAMIENTO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA GIAHSA. no inciden directamente por la actividad desarrollada por GIAHSA DEPURACION por cuanto, aunque dentro del perímetro de las diversas instalaciones, la actividad se encuentran independizada de las citadas instalaciones de producción o actividad que se desarrolla en las zonas de playa de descarga, trojes de contenedores, zonas techadas de almacenamientos de productos peligrosos y zona de bascula. No obstante en el presente documento se recogen algunos aspectos sobre la particular disposición de las áreas de clasificación y almacenamientos. |
Factor(es) de riesgo: En general y en cuanto a los riesgos derivados de los accesos o deambulación de las instalaciones se consideran los siguientes riesgos: 1. Riesgos de caídas al mismo nivel. 2. Riegos de caídas a distinto nivel en tareas de descarga de residuos en contenedores 3. Riesgos de caídas a distinto nivel en zona de plataforma xx xxxxx descarga. 4. Incendios. |
5. Riesgos de Colisiones o atrapamientos con vehículos x xxxxx 6. Riesgos de proyecciones en trituración con pulpo en linea blanca, marrón, podas y construcción. Medida(s) Preventiva(s): • Se accederá únicamente a aquellas instalaciones para las cuales se dispone de autorización por GIAHSA. De acuerdo con el Convenio de autorización no pudiendo ser invadidas las zonas de desarrollo de trabajo de acondicionamiento de residuos ni sus viales salvo para acceso a la EDAR de Punta Umbría con las precauciones necesarias en caso de presencia de vehículos en bascula o en zonas de contenedores,. • Esta terminantemente prohibido fumar en la zona de clasificación, acondicionamiento y almacenamiento de residuos tanto inertes como peligrosos. • Están prohibidos la realización de trabajos con riesgos de proyección de chispas, llamas o superficies calientes, en zonas de almacenamiento de residuos inertes o Residuos Peligrosos RP se llevara a cabo un procedimiento expreso de desarrollo, riesgos y medidas preventivas así como medios de protección o extinción necesarios. |
TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA: Los trabajos que impliquen la realización de trabajos denominados en altura según REAL DECRETO 2177/2004 sera de aplicación el procedimiento PE-04-PRL TRABAJOS EN ALTURA, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . |
TRABAJOS CON OCUPACIÓN DE LA CALZADA |
Factor(es) de riesgo: - Atropellos, golpes y choques con y contra vehículos. - Los inherentes a los diferentes trabajos que se desarrollen |
Medida(s) Preventiva(s): • Utilización de prendas reflectantes según Normas de Circulación Vial • Protección y Señalización de vehículos conforme a los recogido en el Reglamento General de vehículos, respecto de vehículos especiales en las tareas de recogida de residuos. |
ENERGIAS UTILIZADAS: |
La energía considerada como factor de riesgo es la energía eléctrica. Las instalaciones eléctricas de transporte, transformación y distribución, no serán objeto de manipulación, tareas de mantenimiento o reparación salvo para operarios que de acuerdo con el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, dispongan de la acreditación por parte de la empresa de prestación de servicios como trabajador autorizado o cualificado en función de la prestación de servicio a realizar. |
Factor(es) de riesgo: *0 En la realización de tareas de instalación, comprobación o mantenimiento preventivo o correctivo pueden surgir situaciones de riesgos graves o muy graves tales como: *1 Contacto eléctrico directo por contacto con elementos en tensión, *2 Contacto eléctrico indirecto por contacto con masas puestas accidentalmente en tensión. *3 Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico. *4 Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico. Incendio o explosiones originados por la electricidad. |
Medida(s) Preventiva(s): No se permitirá el acceso a instalaciones eléctricas a personal no autorizado por Encargado ó Capataces de GIAHSA. Las conexiones de generadores o grupos de alquiler se realizaran por parte de personal propio o empresas concertadas por GIAHSA para la prestación especifica de este servicio no siendo cometido del presente convenio dichos trabajos. Únicamente intervendrán en la reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas aquellos trabajadores que dispongan de la designación por parte de la Empresa Contratista como trabajadores autorizados o trabajadores cualificados en concordancia con los procedimientos de trabajo y limitaciones establecidos en el R.D. 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, para lo cual se deberá acreditar dicha designación y el alcance de la misma. Las intervenciones se realizaran conforme al Procedimiento referencia PE-03-PRL TRABAJOS ELECTRICOS, que se indica en el presente anexo del documento de información de riesgos . Todas intervenciones en instalaciones eléctricas de GIAHSA se realizaran con preaviso a Sistemas de Telecontrol de GIAHSA así como Encargados de GIAHSA. En cuanto al uso de las instalaciones eléctricas de GIAHSA para la conexión de receptores eléctricos, estas se realizaran única y exclusivamente en cuadros eléctricos con bases de enchufe externa mediante bases de clavijas normalizadas de acuerdo con las características de cada receptor. |
RIESGOS FISICOS |
Factor(es) de riesgo: Niveles de ruido mayor de 90 dB, cuando las instalaciones siguientes se encuentren en funcionamiento. INSTALACIONES AFECTADAS: • Grupo electrógeno Medida(s) Preventiva(s): Se actuara de acuerdo con las pautas establecidas en el apartado de EQUIPOS DE TRABAJO |
RIESGOS QUIMICOS |
Factor(es) de riesgo: Contactos con RP Combustión espontanea en RP Medida(s) Preventiva(s): Activación del Plan de Emergencia evacuando inmediatamente las instalaciones y confirmando con Sistemas de Telecontrol de GIAHSA el aviso de alarma y evacuación. |
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL: |
Por las características de la actividad desarrollada y la situación de concurrencia no es previsible la necesidad de utilización de EPIS |
MEDIDAS DE EMERGENCIA: |
Las situaciones anormales que dan lugar a la puesta en marcha del Plan Interior de Emergencias para EDAR y ETAP de GIAHSA en las instalaciones de Centro de Acondicionamiento son. • Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, • Incendios. • Derrames masivos de Residuos Peligrosos. Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando por la empresa de prestación de servicio. En Centro de Acondicionamiento se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes: 3. Botiquín de primeros auxilios 4. Medios Manuales de Extinción. 5. Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes. Comunicación inmediata a TELECONTROL, de acuerdo con el directorio de emergencias del ANEXO 2 En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes. Artículo 11.- Evacuación de zona de Centro de Acondicionamiento de Residuos. Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable. |
PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE PREVENCIÓN
PROCEDIMIENTO ESPECIFICO DE PREVENCIÓN PARA TRABAJOS EN ESPA- CIOS RESTRINGIDOS
1.- OBJETO
2.- ALCANCE
3.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
4.- DEFINICIONES
5.- ABREVIATURAS
6.- REALIZACIÓN
7.- RESPONSABILIDADES
8.- FORMATOS/ANEXOS
1. OBJETO
Este Procedimiento de Prevención para Trabajos en Espacios restringidos esta dirigido al aseguramiento de las condiciones de acceso de los trabajadores de GIAHSA y trabajadores de empresas de contratas/ subconstratas que necesitan acceder, por razón de sus tareas a los espacios denominados restringidos.
Las situaciones de no control de riesgos en los lugares restringidos pueden dar lugar a resultados de muerte o accidentes graves en operarios que realicen trabajos en los citados espacios restringidos.
Por todo lo anterior la ejecución de este Procedimiento de Prevención para Trabajos en Espacios Restringidos, se llevara a cabo por personal designado como recurso preventivo perteneciente a GIAHSA o Empresas de prestación de servicios que realicen trabajos para GIAHSA como empresas contratistas, subcontratistas. Se incluyen las empresas que por razón de su actividad de lugar a situaciones de concurrencia en el mismo centro de trabajo o instalación perteneciente a GIAHSA.
Los peligros pueden surgir en espacios restringidos debido a :
- Invasión súbita por aguas potables o residuales esto puede ocurrir:
• Donde hay recipientes, arquetas, decantadores, cantaras, cuya situación de proceso en condiciones normales de funcionamiento implica la ocupación de la misma con agua potable o residual y que no están recogidos como espacios restringidos.
• En aquellos lugares situados a nivel inferior en los que una averiá o disfunción en la secuencia xx xxxxx, parada o enclavamiento de sistemas de impulsión o canalizaciones de entrada puede dar lugar a una invasión súbita xxx xxxxxxx.
• Depósitos de agua con cubierta flexible.
6. Instalaciones cerradas o abiertas con emisión de SH2.
- caídas a distinto nivel en accesos a espacios restringidos:
• Necesidad de utilización de medios auxiliares por carecer el espacio de medios de acceso propio.
• Medios de acceso deteriorados o en mal estado.
- Exposición a proyecciones, derrames de reactivos químicos o inhalación de reactivos químicos en fase gaseosa tal como ozono en las salas de generación
2. ALCANCE
Este procedimiento define las reglas en materia de seguridad a seguir en los trabajos que se realicen en los denominados "Espacios Restringidos":
INSTALACIONES DE ABASTECIMIENTO.
• Decantadores.
• Arquetas de válvulas
• Salas de bombas a nivel inferior
• Filtros abiertos
• Salas de generación de Ozono.
INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
• Decantadores
• Arqueta de aireación
• Cámara anóxica sin cubierta
• Cámara óxica sin cubierta
• Cámaras óxicas y anóxicas
• Salas de deshidratación en general
• Salas cerradas de Desarenado y desbaste en EDAR AYAMONTE
• Zonas de almacenamiento en tanques y proceso de reactivos químicos.
• Área de desodorización en EDAR AYAMONTE.
3.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA.
Artículo 12.- Norma OHSAS 18001:2007.
Artículo 13.- Procedimiento de Control Operacional PRL-03
Artículo 14.- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 15.- Real Decreto 1215/1997, sobre utilización de los equipos de trabajo.
Artículo 16.- Real Decreto 1435/1992, sobre seguridad en máquinas.
Artículo 17.- Real Decreto 56/1995, que modifica el anterior.
Artículo 18.- Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relativos a la utilización de los Equipos de Trabajo.
Real Decreto 773/1997, de 30 xx xxxx. Disposiciones mínimas sobre la utilización por los trabajadores de los equipos de protección personal
REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales
4.- DEFINICIONES.
Recurso Preventivo: Trabajador o responsable en la organización de GIAHSA con acreditación especifica tanto en experiencia como en formación de prevención de riesgos laborales con nombramiento especifico para la aplicación de procedimientos específicos de tareas de especial peligrosidad según se especifique en el mismo, y en cuyo alcance se encuentra el procedimiento objeto de este documento.
Espacio Restringido: "Es cualquier espacio no considerado como restringido, abiertos al exterior que en condiciones normales de proceso están o pueden ser invadidos por aguas potables o residuales y que disponen de equipos de bombeo, impulsión, agitación, dosificación además de carecer en algunos casos de medios de acceso por su diseño y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador". También se contemplan aquellas instalaciones con desprendimiento o generación de SH2 u Ozono que no son por si mismas espacios restringidos.
Enclavamiento: Medio mecánico o eléctrico que impide la puesta en servicio voluntaria o intempestivamente de puesta en marcha de equipos, motores, etc. o la puesta en carga de
canalizaciones, cantaras de EBAR. El corte Telecontrolado de energía eléctrica, mecánica o neumática no se considera enclavamiento.
Parada de emergencia: Es todo dispositivo xx xxxxxx debidamente señalizado que priorizan las ordenes xx xxxxxx a las de puesta en marcha. Puede disponer de retención mecánica mediante llave. EL rearme del dispositivo no reactiva el proceso, teniéndose que reactivarlo manualmente.
Trabajo en caliente: Toda operación que se realice en espacios con posible presencia de gases inflamables.
Linea de vida: Elemento de amarre o sustentación utilizado como aseguramiento del elemento de amarre xxx xxxxx anticaídas y que puede tener asociado en trabajos en altura o ascenso / descenso un dispositivo anticaídas Serán certificados como Equipos de Protección individual.
5. ABREVIATURAS:
E.R.: Espacio restringido
EBAR: Estación de bombeo de aguas residuales.
6.- REALIZACIÓN
Siempre que los medios técnicos ó la naturaleza del trabajo lo permita, se realizara las actuaciones desde el exterior.
Capataz o Encargado de Servicio responsable de la instalación comunica a los recursos preventivos autorizados así como a Sistemas de Telecontrol la previsión de entrada en un E.R. bien por entrada de operarios de GIAHSA como por operarios de empresas de contratas, subcontratas o concurrentes.
En el caso de empresas externas es indispensable la autorización por parte del responsable del Servicio de GIAHSA afectado, mediante la comunicación previa para la prestación del servicio.
Dicha autorización implica autorización para poner en practica el presente procedimiento mediante el permiso para la entrada al E.R. de acuerdo con el F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS.
En el caso que el aviso sea programado con mas de 24 horas de antelación, el Capataz o Encargado de Servicio responsable de la instalación confirmará a los recursos preventivos autorizados así como Sistemas de Telecontrol la previsión de acceso y el operador o empresa externa implicados en las tareas programadas.
Por parte del recurso preventivo designado se cumplimentara el F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS.en el cual se identifican los riesgos específicos que presenta el ER en la parte A del mismo.
6.1.- ASEGURAMIENTO DE LA INSTALACIÓN
Una vez identificados los riesgos específicos del ER en la parte A del permiso se llevaran a cabo las actuaciones que correspondan el la parte B del F-PE-PRL-02.1.
B1).- Parada manual y enclavamiento de los sistemas de energía eléctrica de la instalación que se trate, de impulsión de aquellas que directa o indirectamente pueda afectar al espacio restringido, así como medios de obturación o corte de flujo de aguas enclavados (Ver diagrama de flujo). Las paradas y enclavamientos se basaran en los siguientes criterios establecidos en el apartado 6.2. (Ver diagrama de flujo).
En el caso de utilización de energía eléctrica de la instalación se comprobará durante la cumplimentación y comprobación de los requisitos del permiso de acceso, el funcionamiento adecuado del dispositivo diferencial y térmico aguas arriba de la conexión de los receptores eléctricos conectados.
No se permitirá la entrada de lamparas portátiles a 220 V salvo aquellas cuya aparamenta cumpla con IP 66 o cuya tensión de alimentación sea de 12 ó 24 V.
No se permite el uso de grupos electrógenos que no dispongan de dispositivos de protección térmico y diferencial los cuales se testearan mediante el botón de prueba durante la cumplimentación del permiso de acceso.
Sistemas de Telecontrol no es considerado como operador o medio xx xxxxxx y consignación de equipos.
B2) Verificar las condiciones de acceso al ER de acuerdo con el apartado 6.3.
Informar a cada trabajador de las condiciones de acceso y aseguramiento de la instalación dando constancia de dicha información mediante la firma en el formato correspondiente al permiso de trabajo para espacios restringidos, tanto de cada uno de los operarios como del responsable de los mismos. F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS restringidos.
La presencia en el exterior de los medios humanos será como mínimo de 2 operarios (1+ Responsable de los trabajos), no permitiéndose la permanencia en el interior del espacio restringido a 2 o mas trabajadores salvo que se incremente el numero de medios humanos en el exterior, o bien la persona designada como recurso preventivo estime la viabilidad indicándolo en el F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS.
Los trabajos serán realizados por personal que haya recibido formación en la realización de trabajos en espacios restringidos para ello tanto en el caso de actuaciones internas como de empresas de prestación de servicios; en ambos casos el personal autorizado deberá acreditar la formación e información relativa al presente procedimiento.
6.2.- MEDIOS O DISPOSITIVOS XX XXXXX Y ENCLAVAMIENTO:
Dispositivo (2) (3) | Enclavamientos posibles | Comprobación | Señalización |
Extracción de fusibles | Puesta a 0 interruptor mando Extracción de fusibles sin carga Retirada de fusibles de CCM | Ausencia de tensión | SI Indicación de empresa y operario |
Interruptores magneto térmicos | Puesta a 0 interruptor mando Desconexión de interruptores magneto térmicos (4) Bloqueo con precinto del medio de accionamiento | Ausencia de tensión | SI Indicación de empresa y operario |
Mando de puesta en marcha y | Puesta a 0 interruptor mando Bloqueo con precinto del medio de accionamiento | Confirmación de no entrada de maniobra | SI Indicación de empresa y |
Dispositivo (2) (3) | Enclavamientos posibles | Comprobación | Señalización |
parada | operario | ||
Válvulas motorizadas | Puesta a 0 interruptor mando Desconexión de interruptores magneto térmicos Cierre manual válvula precedente. Bloqueo con precinto del medio de interruptores magnetotérmicos | Ausencia de tensión | SI Indicación de empresa y operario |
Válvulas manuales | Cierre manual por operador de planta | Aportes. | SI |
Dispositivos neumáticos de obturación (1) | Apuntalamiento o aseguramiento del obturador. Disponer de válvula reguladora de presión. | Manómetro presión de servicio | SI (en casos de alejamiento de la zona de operaciones) |
- Únicamente valido para trabajos en canalizaciones de aguas residuales sin medios fijos xx xxxxx y afluencia de aguas a presión atmosférica (por gravedad). Prohibido la colocación en canalizaciones con impulsión directa de bombas.
- Las válvulas PIC y las accionadas neumáticamente no se consideran medios xx xxxxx.
- En el caso de bombas accionadas por boyas, estas no podrán ser utilizadas como medios xx xxxxx y enclavamiento
- Obligatóriamente en caso de impulsión directa desde EBAR precedente o intervención manual en bombas de impulsión (Extracción de bomba de la EBAR o arqueta, desmontaje, reparaciones, extracción de atascos o madejas de residuos, etc.)
6.3.- MEDIOS DE ACCESOS AL ESPACIO RESTRINGIDO.
Los medios mediante los cuales se puede acceder a los espacios confinados son:
• Medios Propios del espacio: Escaleras, pates, etc..
• Medios externos: Escaleras de largueros, dispositivos de descenso y extracción
En el caso de medios propios del espacio restringido mediante escalas verticales de cualquier índole se dispondrá de una linea de vida asociada a un dispositivo anticaídas de acuerdo con la instrucción PE-PRL-06.1.INSTRUCCION DE SEGURIDAD EN OPERACIONES QUE REQUIERAN EL USO XX XXXXX ANTICAIDAS Y/O LINEAS CON DISPOSITIVO DESLIZANTE ANTICAIDAS.
EPI | NORMAS | ESPECIFICACIONES |
Dispositivo anticaídas deslizante | EN 353 EN 352 | |
Cuerda | Longitud mínima 10 metros | |
Arnés anticaídas con elemento de | EN 361 | |
amarre y mosqueton. | EN 354 | |
EN 362 | ||
Gancho de anclaje | EN 362 |
En los trabajos en exterior en tareas de apoyo y vigilancia del personal autorizado a la entrada del espacio confinado, el personal auxiliar dispondrán de elementos de aseguramiento para evitar las caídas a distinto nivel mediante la colocación de barandilla o utilización xx xxxxx anticaídas.
En el caso de utilización de medios externos estos contaran, al menos con la certificación CE en el caso de las escaleras, así como certificación de Equipo de Protección Individual en el caso de las lineas de vida, dispositivos anticaídas, arnés anticaídas y dispositivos de descenso y extracción, según normas indicadas en el cuadro siguiente.
6.4 EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.
En relación con el control de los riesgos residuales del acceso o condiciones de entrada al espacio restringido se determinara en el apartado B3)
En relación con el uso de EPI´s relativos al control de riesgos de caídas a distinto nivel y accesos mediante patés o escalas, se estará a lo indicado en el punto anterior.
6.5.- FLUJOGRAMA
6.6.- TRABAJOS EN CALIENTE:
Por las características de los recintos que tratan los espacios restringidos no se objetivan situaciones de permisos de trabajo en caliente por presencia de gases o combustibles líquidos o pulverulentos.
6.7.- PERMISO DE TRABAJO.
Con el objeto de restringir el acceso tan sólo a personas autorizadas, asegurar la comunicación entre los ejecutores de los trabajos, así como enumerar y analizar tanto los riesgos como los medios de eliminación o control de los mismos se cumplimentará por duplicado un Permiso de Trabajo que se conservará como Registro.
El formato de Permiso de Trabajo es el F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS. La cumplimentación se llevara a cabo por el responsable designado como recurso preventivo quedando el recurso preventivo de la empresa externa y responsable del mantenimiento de las condiciones de expedición del permiso con ejemplar correspondiente para su remisión al responsable del servicio afectado, el cual consignara la fecha y hora de cierre del permiso.
6.8.- MEDIDAS DE EMERGENCIA:
Las situaciones anormales que dan lugar durante el desarrollo de los trabajos en espacios restringidos son:
• Accidentes laborales con resultados graves por atrapamientos , caídas a distinto nivel, contactos masivos con reactivos, etc..
• Inmersión por caídas en E.R. que estén o puedan estar ocupadas con aguas residuales, lodos o reactivos químicos.
• Incendios generados en motores, cuadros de control de motores, grupos electrógenos, etc.
• Precipitaciones pluviales de carácter importante.
Cualquier situación de emergencia dará lugar a la paralización inmediata de los trabajos que se estén ejecutando bien sea por parte de GIAHSA o por la empresa de prestación de servicio.
En las instalaciones donde se ubican los espacios restringidos se disponen como medios de actuación en caso de emergencias los siguientes:
• Botiquín de primeros auxilios (No EBAR)
• Medios Manuales de Extinción.
• Duchas y lavaojos de emergencias. (No EBAR)
• Contenedores con arena para la contención de reactivos químicos. (No EBAR)
En el caso que el trabajo sea desarrollado por una empresa externa esta deberá disponer de sus propios medios de actuación en caso de emergencias en función de sus riesgos propios.
Las pautas básicas de actuación en caso de generarse una situación de emergencia de cualquier índole son las siguientes.
Comunicación inmediata al responsable de la instalación: Operador, Capataz, Encargado o Jefe de Servicio afectado.
En el caso de accidentes laborales con resultados graves o inmersión se procederá a la prestación de los primeros auxilios necesarios, quedando a la espera de la asistencia inmediata de los servicios sanitarios correspondientes.
Sobre las restantes situaciones de emergencias se estará a lo siguiente salvo criterio en contra del responsable de la empresa de prestación de servicios o personal responsable de GIAHSA:
• En el caso de derrames de reactivos químicos con afectación de operarios se procederá a la utilización de las duchas de emergencias y lavaojos, y se tratara como actuación de emergencia por accidente laboral.
• En el caso de incendios, se podrán utilizar únicamente los medios manuales de extinción disponibles (extintores), Queda prohibido la utilización de mangueras de agua tanto xx xxxxx como las bocas de incendio equipadas para la extinción en cuadros eléctricos, motores eléctricos, centros de transformación, y sobre cualquier equipo accionado mediante energía eléctrica.
Ante cualquier situación de emergencia que no pueda ser controlada con los medios existentes en la instalación y los operarios presentes, bien de GIAHSA o de la empresa de prestación de servicio, se procederá a la evacuación de la zona o área afectada.
Los avisos de alarma y evacuación se pueden producir verbalmente o bien a través de telefonía móvil, en caso de no presencia de personal responsable de GIAHSA. En ese caso los operarios de las empresas de prestación de servicios abandonaran sin demora la instalación, previa comunicación a personal responsable.
En el caso de precipitaciones pluviales que puedan afectar al espacio restringido o las canalizaciones de aportes al EC se suspenderá el mismo y se contactara con el responsable de servicio a fin de coordinar las actuaciones.
7.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES:
SERVICIO O RESPONSABLE QUE AUTORIZA EL PROCEDIMIENTO: Disponer de los medios
humanos adecuados y cualificados para la realización de las operaciones y maniobras necesarias en las operaciones xx xxxxx y aseguramiento de la instalación incluido la gestión de aviso de recursos preventivos o Servicio de Prevención de GIAHSA.
AUTORIZACIÓN PREVIA O INICIO POR: Responsable de la organización en la cual el Servicio o responsable delega el inicio del procedimiento. Tiene las mismas funciones que el responsable que autoriza el procedimiento.
PERSONAS AUTORIZADAS: Trabajadores que acceden al interior del espacio restringido. Su función y responsabilidad es el seguimiento de las instrucciones de seguridad implementadas en el procedimiento
PERSONAS AUXILIARES EN EL EXTERIOR: Trabajadores y responsables de exterior cuya función es prestar apoyo a las personas autorizadas así como actuar en caso de emergencia facilitando la salida xxx xxxxxxx a las personas autorizadas.
OPERADOR DE TELECONTROL: El operario de Sistemas de Telecontrol con capacidad de actuación sobre las instalaciones precedentes no inmediatas al espacio restringido en el caso de instalaciones Telecontroladas. Se indica la comunicación de Operador en el caso de EBAR´s cuya situación de vertido es anterior al espacio restringido o confinado precedente. La función es únicamente la supervisión de niveles en las cantaras anteriores a la EBAR objeto de la intervención. No le están permitidas las funciones xx xxxxxx y bloqueo telecontroladas en el caso de las EBAR´s inmediatamente precedentes.
RESPONSABLE Y RECURSO PREVENTIVO DE QUIENES ACCEDAN: Recurso preventivo con o sin mando en la línea jerárquica que acredita disponer del nombramiento y cualificación adecuada
para ejercer las funciones de recurso preventivo tanto de las personas autorizadas como personas auxiliares en el exterior. Tiene la función de garantizar las condiciones adecuadas de acceso y mantenimiento de las condiciones de control de riesgos en espacio restringido durante todo el tiempo que requiera la intervención en el espacio restringido, cerrando el permiso mediante el registro de hora/fecha y firma del mismo.
APERTURA DE PERMISO POR: Persona que perteneciendo a GIAHSA o siendo responsable de trabajadores de contrata, ejerce funciones de apertura de permiso de espacio restringido, que actúa como recurso preventivo en la citada apertura y establece las situaciones de riesgos identificadas y su control. Puede actuar como recurso preventivo presente durante toda la ejecución del permiso o bien delegar en el Responsable y Recurso preventivo de quienes accedan, lo cual indicara expresamente en el permiso.
8.- FORMATOS/ANEXOS
F-PE-PRL-02.01 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS