FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Actuación conjunta entre Ayuntamiento y contrata: ❑ Estudiar la incidencia de las tareas a realizar en los riesgos propios de la zona, su posible repercusión y la necesidad de su caso, de planificación conjunta de medidas. ❑ Fijar cauces de vigilancia y control de cumplimiento de las medidas de prevención-protección establecidas, designando para ello interlocutores cualificados y estableciendo un programa de reuniones ordinarias y vías ágiles para convocar reuniones extraordinarias. Departamento solicitante del servicio: ❑ El Responsable del Departamento o unidad donde afecte el trabajo o servicio contratado, deberá establecer los requisitos y normativa en materia de seguridad y salud a cumplir por la contrata, contando con el asesoramiento del Servicio de Prevención cuando sea necesario. ❑ Se asegurará de que la contrata reciba toda esta información mediante la cumplimentación de los registros. ❑ Velará que las tareas se ejecuten siguiendo la normativa interna establecida por el Ayuntamiento y comunicada documentalmente a la contratista. ❑ Velará por el cumplimiento de la legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales por parte de los trabajadores propios y, en su caso, por parte de los trabajadores de la empresa contratista. ❑ Velará por que se realice la comunicación de los trabajos contratados a los Delegados de Prevención y al Servicio de Prevención. Coordinador de actividades empresariales (si lo hubiera): ❑ Favorecer el cumplimiento de los objetivos previstos en el art. 3 del RD 171/2004. ❑ Servir de cauce para el intercambio de las informaciones que, en virtud de lo establecido en este Real Decreto, deben intercambiarse las empresas concurrentes en el centro de trabajo. ❑ Cualesquiera otras encomendadas por el Ayuntamiento. ❑ Para el ejercicio adecuado de sus funciones, estará facultado/a para: • Conocer las informaciones que, en virtud de lo establecido en este Real Decreto, deben intercambiarse las empresas concurrentes en el centro de trabajo, así como cualquier otra documentación de carácter preventivo que sea necesaria para el desempeño de sus funciones. • Acceder a cualquier zona dentro del centro de trabajo. • Impartir a las empresas concurrentes las instrucciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. • Proponer a las empresas concurrentes la adopción de medidas para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores presentes. ❑ Deberán estar presen...
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Entregar al Grupo de Gestión Contractual el consolidado de las necesidades de bienes o servicios con miras a establecer el Plan Anual de Adquisiciones de Entidad, así como las modificaciones cuando estas se requieran Elaborar el proyecto de estudios previos acorde con las necesidades de la Entidad e incluidas en el PAA, determinar los requisitos habilitantes, criterios de evaluación técnicos, y las especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar y demás documentos técnicos que correspondan y se requieran, para el inicio del proceso contractual. Los estudios previos deben ser elaborados atendiendo el “Procedimiento de Elaboración de Estudios Previos, Estudios xxx Xxxxxxx y del sector” incluidos en el Sistema Integrado de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG y publicado en el SIGER, el cual será de mayor o menor complejidad según la naturaleza y características del objeto contractual. Apoyar en la realización de los estudios xx xxxxxxx y, efectuar y entregar al Grupo de Gestión Contractual los costos históricos de la contratación que se pretenda celebrar cuando estos se requieran como insumo para establecer el presupuesto del proceso de contratación correspondiente. Realizar los ajustes o modificaciones que correspondan al proyecto de estudios previos y Anexo de especificaciones técnicas mínimas o ficha técnica requeridas por el Grupo de Gestión Contractual. Solicitar a la Subdirección Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal para amparar la futura contratación y allegarlo al Grupo de Gestión Contractual. Solicitar, cuando resulte conveniente para la Entidad y por conducto del Supervisor o del Interventor, la adición, prórroga, suspensión, cesión, terminación anticipada del contrato, o cualquier otra modificación al mismo. Apoyar al Grupo de Gestión Contractual en la elaboración del acta de liquidación de los contratos y convenios.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Actuación conjunta entre Ayuntamiento y contrata: Departamento solicitante del servicio: Coordinador de actividades empresariales (si lo hubiera): Delegados de prevención
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Representantes Residentes
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. 3.1. Ministerio de Educación de la Nación
a. Establecer los criterios de elegibilidad de las obras que se ejecuten para dar respuesta a los requerimientos que en materia edilicia se deriven de la aplicación de la Ley de Educación Nacional y/o de otros Planes implementados por la Dirección General de Infraestructura, con fondos del Ministerio de Educación de la Nación, de fuente local o provenientes de créditos externos, en cada Jurisdicción.El Ministerio de Educación de la Nación podrá definir los lineamientos técnicos básicos.
b. Revisar la documentación técnica respaldatoria de las solicitudes para el financiamiento de obras a ejecutar por las Jurisdicciones emitiendo, de corresponder, el pertinente Apto Técnico, e incorporando los proyectos a financiar a la base de datos.
c. Definir y difundir pautas para la ejecución de las acciones.
d. Elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales para Licitación Pública y Licitación Privada que serán de aplicación obligatoria por la Jurisdicción en el procedimiento de contratación de las obras.
e. Establecer criterios, normativas y procedimientos para el registro, rendición de los fondos remitidos y control que deben ser ejercidos por los responsables de la Jurisdicción.
f. Asignar y transferir los fondos en función de la disponibilidad financiera.
g. Crear una base de datos que contenga el registro de las acciones que se ejecutan en cada Jurisdicción.
h. Realizar el control / supervisión selectiva de avance de obra e inversión de los fondos, sin perjuicio de las responsabilidades de la U.C.P de cada Jurisdicción
i. Difundir las tareas que se realicen y promover la solidaridad social y el control de la comunidad.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. Nuestros directores tienen la obligación de desempeñar sus funciones con la lealtad y diligencia de un buen hombre de negocios. Bajo el Artículo 274 de la Ley General de Sociedades, nuestros directores tienen responsabilidad solidaria para con nosotros, nuestros accionistas y terceros por su negligencia en el desempeño de sus funciones, la violación de la ley o de nuestros Estatutos, y cualquier otro daño causado mediante dolo, abuso de autoridad o culpa grave. Sin perjuicio de lo que antecede, podemos asignar determinadas funciones específicas a un director mediante resolución adoptada por una asamblea de accionistas, y para determinar la responsabilidad del director por las acciones realizadas en el desempeño de estas funciones específicas deberá tomarse en cuenta si tales acciones se encuentran comprendidas en las funciones autorizadas de ese director. Sin embargo, toda resolución de los accionistas que asigne funciones específicas a un director deberá inscribirse en la IGJ a fin de que el director pueda acogerse a esta limitación de su responsabilidad. En general, no se considerará que un director es responsable por una decisión del directorio, incluso si ese director tomó parte en la decisión o tuvo conocimiento de la misma, cuando (i) exista prueba escrita de la oposición del director a dicha decisión, y (ii) el director notifique de su oposición a la comisión fiscalizadora. No obstante, ambas condiciones deben haberse cumplido antes de que su responsabilidad se denuncie al directorio, la comisión fiscalizadora, los accionistas, la autoridad pertinente o los tribunales comerciales. El Artículo 271 de la Ley General de Sociedades permite a los directores celebrar acuerdos con el Banco relacionados con las actividades de dichos directores bajo condiciones de mercado. Los convenios que no cumplen con dicho requisito deben ser aprobados previamente por el directorio (o la comisión fiscalizadora en caso de falta de quórum) y deben ser notificados a los accionistas en una asamblea de accionistas. Si los accionistas no aprobaran dichos acuerdos, los directores o los miembros de la comisión fiscalizadora, en su caso, serán solidariamente responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Banco como consecuencia de tales acuerdos. Los acuerdos que no cumplan con las referidas condiciones y que no son aprobados por los accionistas son nulos sin perjuicio de la responsabilidad de los directores o de los miembros de la comisión fiscalizadora por los d...
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. -Normalizar el funcionamiento de equipos e instalaciones de gas, agua y aire comprimido. -Participar en los procesos de mejora continua. -Realizar las indicaciones señaladas en los procedimientos correspondientes.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. 1. La Oficina reconoce el deber de protección que le incumbe y, a ese respecto, tomará todas las medidas de prevención y protección razonables y practicables a fin de proporcionar un entorno de trabajo seguro, saludable y protegido, libre de acoso, y de proteger la salud y el bienestar de todas las personas amparadas por la presente política, sin discriminación de ningún tipo.
2. La Oficia velará por que se asignen recursos suficientes para promover el respeto y la dignidad en el lugar de trabajo y tratar eficazmente los casos de acoso.
3. El personal directivo y los funcionarios que ejerzan funciones de supervisión tienen la responsabilidad de ofrecer y mantener un entorno de trabajo libre de acoso. Deberán hacer todo lo posible para evitar que se produzcan casos de acoso, y responder adecuadamente en caso de denuncias de acoso, mediante la adopción de medidas eficaces y rápidas, cuando sea necesario, y velar por que ese tipo de comportamientos cese de inmediato.
4. Todas las personas sujetas a la presente política observarán entre sí las reglas elementales de cortesía y tendrán un comportamiento respetuoso con las demás personas, independientemente de su rango o situación contractual. Todos los funcionarios de la OIT deben ser conscientes de la repercusión de sus actos, asumir la responsabilidad de estos y adoptar un comportamiento que sea acorde con la presente política.
5. Todos los miembros del personal que tengan conocimiento de posibles casos de acoso deberán informar al respecto a sus superiores jerárquicos o al Director del Departamento de Desarrollo de los Recursos Humanos. Para ello podrán recurrir a la asistencia de un representante del Sindicato del Personal, a los mecanismos de mediación o conciliación de la OIT, o a otro funcionario o antiguo funcionario.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. 1. Las Partes acuerdan que las funciones y responsabilidades definidas en el presente Convenio y especificadas a continuación podrán modificarse por las Partes de común acuerdo y por escrito, mediante la tramitación de una adenda modificativa conforme a los requisitos previstos legalmente.
2. En virtud de este convenio, la ESA se compromete a:
a. Asumir la coordinación de la Iniciativa CESAR a través de la figura del Coordinador xx XXXXX.
b. Proporcionar la interfaz y las directrices de funcionamiento adecuadas a las otras Partes.
c. Proporcionar un espacio adecuado en ESAC para acoger el Centro de Control xxx XXXXX, los telescopios solares y ópticos, así como para acoger en Cebreros el telescopio óptico robótico de 50 cm.
d. Proporcionar energía eléctrica, aire acondicionado y comunicaciones seguras y enlaces de datos que cumplan con los requisitos de seguridad de la tecnología de la información de la ESA dentro de las instalaciones de ESAC y Cebreros, según sea necesario para interactuar con el Centro de Control CESAR proporcionado por el INTA e ISDEFE.
e. En la medida en que el tiempo y los recursos lo permitan, proporcionar asesoramiento científico e información general, incluida la puesta en común de la experiencia de la ESA en actividades similares de los estudiantes.
f. Difundir información sobre la Iniciativa entre las organizaciones educativas de Europa.
g. Proporcionar una normativa para los datos generados por CESAR, que pueden incluirse en las bases de datos de la ESA, según proceda.
3. En virtud de este convenio, el INTA se compromete a:
a. Proporcionar la infraestructura necesaria para la Iniciativa CESAR, como el telescopio óptico robótico de 50 cm, y la cámara CCD para el telescopio óptico en ESAC. cve: BOE-A-2022-11397 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
b. Colaborar en el mantenimiento básico del telescopio óptico robotizado de 50 cm
c. Proporcionar las antenas VIL-1 y VIL-2 en apoyo xx XXXXX en estado operativo.
d. Desarrollar planes de estudio y otros materiales educativos de apoyo, en colaboración con ISDEFE.
e. Apoyar a los educadores en el desarrollo de experimentos de radioastronomía, astronomía solar y óptica, según sea necesario, y capacitarlos para adquirir datos de las antenas y de los telescopios ópticos y solares, en colaboración con ISDEFE.
f. Ayudar a los estudiantes, según sea necesario, a analizar los resultados y a preparar los datos para incluirlos en las bases de datos. Los datos propuestos para su inclusión en las bases ...
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES. 3.1 Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación (Mº)