MEDIOS DE COORDINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS DE COORDINACIÓN. El Coordinador designado por parte de GIAHSA respecto a las actividades empresariales desarrolladas en el alcance del presente documento es el Encargado de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de GIAHSA. Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA se designará un interlocutor que actuará como coordinador de las actividades derivadas de la prestación de servicio, el cual se comunicará a GIAHSA mediante el modelo indicado en anexo I de este mismo Documento de Coordinación de Actividades Empresariales. Entre las actividades de coordinación a llevar a cabo entre GIAHSA y LA EMPRESA ADJUDICATARIA se establecen las siguientes: - Aviso previo de comienzo de prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA, se comunicará al Responsable al Servicio afectado así como al Servicio de Prevención Propio de GIAHSA, en un plazo no menor de 24 horas para cada actuación especifica planificada, objeto de las prestaciones adjudicadas mediante contrato o adjudicaciones de compra, o bien de forma inmediata mediante el mismo medio en el caso de peticiones de actuación directa por vía de urgencia. Se utilizará el medio de comunicación por correo electrónico. Una vez recibido por el Servicio destinatario se remitirá a la EMPRESA ADJUTICATARÍA, si procede, la autorización por parte del Servicio destinatario de la prestación con indicación de la fecha para la que es válida en cuanto al inicio de los trabajos. - En el caso de prestaciones que den lugar a actuaciones regulares para un periodo determinado en igualdad de instalaciones y condiciones se establecerá la comunicación al inicio de la prestación de servicio mediante el tipo de comunicacion ya indicado. - Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA se comunicara el responsable de la misma designado como recurso preventivo el cual se personará en aquellos trabajos o prestación de servicios afectados por el Anexo II del RD 1627/97 o bien que requiera de la adopción de procedimientos de trabajo específicos de GIAHSA según puntos 3.3. . - Periodicamente se realizarán reuniones de coordinación entre GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. y EMPRESA ADJUDICATARIA Página 6 de 18
MEDIOS DE COORDINACIÓN. El Coordinador designado por parte de GIAHSA respecto a las actividades empresariales desarrolladas en el alcance del presente documento es el Encargado de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de GIAHSA. Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se designará un interlocutor que actuará como coordinador de las actividades derivadas de la prestación de servicio, el cual se comunicará a GIAHSA mediante el modelo indicado en anexo I. Entre las actividades de coordinación a llevar a cabo entre GIAHSA y EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE • Aviso previo de comienzo de prestación de servicio por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA, se comunicará al Responsable al Servicio afectado así como al Servicio de Prevención Propio de GIAHSA, en un plazo no menor de 24 horas para cada actuación especifica planificada, objeto de las prestaciones adjudicadas mediante contrato o adjudicaciones de compra, o bien de forma inmediata mediante el mismo medio en el caso de peticiones de actuación directa por vía de urgencia. Se utilizará el medio de comunicación por correo electrónico. Una vez recibido por el Servicio destinatario se remitirá a la EMPRESA ADJUTICATARÍA, si procede, la autorización por parte del Servicio destinatario de la prestación con indicación de la fecha para la que es válida en cuanto al inicio de los trabajos. • En el caso de prestaciones que den lugar a actuaciones regulares para un periodo determinado en igualdad de instalaciones y condiciones se establecerá la comunicación al inicio de la prestación de servicio mediante el tipo de comunicación ya indicado. • Por parte de EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) se comunicará el trabajador designado para coordinar las actividades empresariales objeto de la prestación de servicios. • Anualmente se realizaran reuniones de coordinación entre GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA, S.A. y EMPRESA ADJUDICATARIA XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GIAHSA (HUELVA) ...
MEDIOS DE COORDINACIÓN. Si fueran precisos, los medios de coordinación serán los recogidos en el Real Decreto 171/2004. Asimismo se considerarán los artículos del la Ley del Estatuto de los Trabajadores que afecten a esta materia. (Artículo 42, especialmente sus puntos 6 y 7, y artículo 64). • Siniestralidad Laboral. De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando se produzca un accidente de trabajo de un trabajador de Adif en las condiciones del mencionado artículo, el Representante de Adif se ocupará de informar del mismo a los representantes de todos los Contratistas afectados presentes en el centro de trabajo, quienes a su vez informarán a sus correspondientes Subcontratistas (en caso de existir lógicamente dicha subcontratación, que en cualquier caso habrá de haber sido autorizada previamente y por escrito por Adif). Cuando el accidentado sea de una empresa Contratista o concurrente, el representante de la misma informará de este hecho al Representante de Adif. En caso de tratarse de un trabajador accidentado perteneciente a una empresa Subcontratista o de un Trabajador Autónomo, la misma informará a su correspondiente Contratista, quien a su vez informará al Representante de Adif, en ambos casos de la siguiente forma: • Notificación de accidentes. Inmediatamente después de ocurrido un accidente Leve, Grave o Mortal, el Representante del Contratista o empresa concurrente, o la persona más cualificada, independientemente de cumplimentar y tramitar la documentación oficial obligatoria, rellenará el documento “Parte de Accidente de Trabajo” (Impreso 4.1/S.), y lo remitirá al Representante de Adif, quien a su vez lo hará llegar al Técnico de Prevención correspondiente. Tanto en casos de Accidente Xxxxxx o Mortales como de incidentes relevantes, se llevará a cabo una investigación para conocer las causas, establecer las acciones correctoras oportunas y verificar que estas se llevan a cabo en un plazo razonable remitiendo copia al Representante de Adif.
MEDIOS DE COORDINACIÓN. Como medios de coordinación preferente se establecen los siguientes: - Intercambio de información y de comunicaciones - Impartición de instrucciones - Reuniones: COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Fecha 29/11/2011 MANUAL PREVENTIVO PARA EMPRESAS EXTERNAS: JARDINERÍA Y LIMPIEZA EXTERIORES Página 8 de 41 o Se celebrará una reunión previa con la empresa y la entidad UPV contratante, para el análisis conjunto de la documentación recibida y, el intercambio, si procede, de información adicional (fichas de datos de seguridad, certificados de conformidad de equipos de trabajo, etc.). o Para llevar a cabo una adecuada coordinación de las actividades preventivas la UPV, a través de la entidad contratante, mantendrá reuniones periódicas con las empresas. o Además de estas reuniones periódicas y en función de la evolución de los trabajos (nuevos riesgos, accidentes, etc.), la UPV podrá reunirse con todas o algunas de las empresas afectadas a fin de analizar la situación que ha causado la reunión y si procede, actualizar la documentación. o Se invitará a los Servicios de Prevención de la UPV y de la empresa externa a dichas reuniones para que puedan prestar su apoyo y asesoramiento en esta materia. - Presencia de recursos preventivos en los supuestos indicados en la normativa de aplicación RD 54/2003 y Ley 64/2006 (detallar nombre y tlf. de contacto)
MEDIOS DE COORDINACIÓN. Si fueran precisos, los medios de coordinación serán los recogidos en el Real Decreto 171/2004. Asimismo se considerarán los artículos del la Ley del Estatuto de los Trabajadores que afecten a esta materia. (Artículo 42, especialmente sus puntos 6 y 7, y artículo 64). • Siniestralidad Laboral.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.