CUADRO RESUMEN
CUADRO RESUMEN
DATOS PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
1.- | Órgano de Contratación: | CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA. CIF: X0000000X |
2.- | Número de Expediente: | Expediente nº EE.01.2020 |
3.- | Objeto del contrato: | Contratación y selección de la persona física o jurídica, que prestará los servicios profesionales en el ámbito de la digitalización de las empresas para el Centro Coworking Digital (HUB-CCAL) de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería. Esta actuación cuenta con la cofinanciación en un 80% del gasto elegible del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del programa operativo plurirregional de España FEDER 2014-2020 y del eje 3 “mejora de la competitividad de las PYMEs |
4.- | Gastos de anuncios oficiales: | No aplica |
5.- | Presentación de los sobres | Horario Oficial de Registro: de 8:30 a 14:30 horas. Fecha límite de Presentación: hasta el día 8 de octubre de 2020 a las 14:30 horas (15 días a partir de su publicación en el Perfil de Contratante de la CÁMARA). SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE TRES SOBRES, en los que se señalará: 1. La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº EE.01.2020) 2. El nombre del participante. 3. Su dirección, teléfono y correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones. En cada uno de los sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: • En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico). • En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (Conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico). • En el sobre número 3: “PROPUESTA ECONÓMICA” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico) |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL ÁMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA. ACTUACIÓN QUE CUENTA CON LA FINANCIACIÓN EN UN 80% DEL GASTO ELEGIBLE DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) DENTRO DEL PROGRAMA OPERATIVO PLURIRREGIONAL DE ESPAÑA FEDER 2014-2020 Y DEL EJE 3 “MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES
(EXPEDIENTE Nº EE.01.2020)
Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería
Almería, 22 de septiembre de 2020
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL
Sección 1ª. Descripción del Servicio
CLÁUSULA 1ª. Introducción.
Sección 2ª. Características básicas del procedimiento de contratación
CLÁUSULA 2ª. Objeto.
CLÁUSULA 3ª. Prestaciones que deben facilitarse. CLÁUSULA 4ª. Duración de la contratación.
CLÁUSULA 5ª. Presupuesto. Valor estimado. CLÁUSULA 6ª. Régimen jurídico.
CLÁUSULA 7ª. Documentos contractuales. CLÁUSULA 8ª. Publicidad.
CAPÍTULO II. NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Órgano competente
CLÁUSULA 9ª. Definición del Órgano competente.
Sección 2ª. Forma y procedimiento de la contratación
CLÁUSULA 10ª. Procedimiento de licitación.
Sección 3ª. Capacidad para concurrir al procedimiento CLÁUSULA 11ª. Situación personal del candidato. CLÁUSULA 12ª. Uniones Temporales de Empresas.
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Sección 1ª. Modalidades de recepción de ofertas
CLÁUSULA 13ª. Lugar y plazo.
CLÁUSULA 14ª. Presentación de proposiciones. CLÁUSULA 15ª. Efectos de la entrega de proposiciones.
Sección 2ª. Requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 16ª. Contenido.
Sección 3ª. Sobre 1
CLÁUSULA 17ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Sección 4ª. Sobres 2 y 3
CLÁUSULA 18ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. CLÁUSULA 19ª. Contenido: PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Sección 5ª. Otros requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 20ª. Confidencialidad. CLÁUSULA 21ª. Propiedad Intelectual. CLÁUSULA 22ª. Protección de datos.
CAPÍTULO IV. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Apertura de proposiciones
CLÁUSULA 23ª. Apertura y calificación de sobres. CLÁUSULA 24ª. Subsanación de errores.
Sección 2ª. Valoración de las proposiciones presentadas
CLÁUSULA 25ª. Criterios para la contratación. CLÁUSULA 26ª. Metodología de valoración de criterios.
Sección 3ª. Contratación de licitadores
CLÁUSULA 27ª. Propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato. CLÁUSULA 28ª. Garantía definitiva.
CLÁUSULA 29ª. Contrato y gastos.
CLÁUSULA 30ª. Falta de formalización del Contrato. CLÁUSULA 31. Garantía de lo suministrado.
Sección 4ª Otras cuestiones
CLÁUSULA 32ª. Cesión de la contratación. CLÁUSULA 33ª. Subcontratación.
CLÁUSULA 34ª. Precio del contrato. CLÁUSULA 35ª. Resolución de la contratación.
Anexo I: Modelo de Declaración responsable. Anexo II: Modelo de presentación de oferta. Anexo III: Modelo de oferta económica.
Anexo IV: Prescripciones Técnicas de Ejecución
Anexo V: Criterios Homologación Docente
CAPÍTULO I GENERAL
SECCIÓN 1ª. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y ELEMENTOS QUE LO COMPONEN CLÁUSULA 1ª. INTRODUCCIÓN
1.1. Introducción
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, presentó a la Fundación Incyde el Proyecto Centro de Coworking Digital de la Cámara (HUB-CCAL), en adelante HUB-CCAL. Esta actuación cuenta con la cofinanciación en un 80% del gasto elegible del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 y del eje 3 “mejora de la competitividad de las pymes”, que tiene, en al ámbito del crecimiento inteligente, el objetivo global de contribuir a la mejora y recuperación de la competitividad de la economía española, a través del impulso de un modelo de crecimiento más inteligente, apoyado en la investigación, la innovación y las TIC, con especial atención a las necesidades y el potencial de las pymes.
Es necesario por lo tanto promover y fomentar la mejora de la competitividad y la productividad de nuestras micropymes, a través de la creación de espacios/centros de incubación que ofrezcan un espacio, equipamiento tecnológico, y servicios avanzados para los incubados, y que promuevan la incorporación de las TIC, la innovación y la internacionalización en el plan de negocio. Por estos motivos, el proyecto “Infraestructuras destinadas a su uso como COWORKING/HUB DIGITALES” de INCYDE persigue solventar una de las necesidades más importantes para España en los próximos años.
El proyecto consiste en la creación de un centro de trabajo compartido en los que los emprendedores/micropymes/pymes/startups puedan enfrentarse a la transformación digital que la economía requiere, facilitándoles un espacio, herramientas tecnológicas y un proceso de transformación, donde se puedan instalar para llevar a cabo esa transformación digital tan necesaria, contribuyendo a la reducción de los costes que esta transformación supone para ellos.
El proyecto integra un conjunto de líneas de acción con un objetivo único: crear y equipar el centro de incubación para mejorar la competitividad e incrementar la productividad de las empresas a través del fomento de la transformación digital de los emprendedores, las micropymes y las pymes. El Coworking digital HUB-CCAL será una herramienta fundamental para contribuir a mejorar el ranking en cuanto a nivel de digitalización de su sector empresarial dentro de la Unión Europea.
Se prevé lograr:
1. Potenciar el uso de herramientas digitales para los emprendedores y micropymes/PYMEs fomentando un entorno colaborativo
2. Potenciar el uso y manejo del BIG DATA y crear plataformas digitales competitivas
3. Facilitar que los sectores productivos entiendan el proceso de transformación digital, lo demanden y lo lleven a la práctica
4. Fomentar la implantación de tecnologías en la nube
5. Fomento y generalización de la mejora de la competitividad de las empresas a través del comercio on-line y el uso xx xxxxxxx digitales
6. Incremento de la adopción de soluciones TIC de gestión empresarial (ERP, CRM, SCM,...)
1.2. Naturaleza de la Cámara de Comercio
El artículo 2.1 de la Ley 4/2014, de 2 xx xxxxx, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación configura a la CÁMARA como, una Corporación de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines
La CÁMARA está integrada por representantes de la totalidad de las empresas y es el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas.
El régimen de contratación de la CÁMARA, en la medida en que viene integrado por representantes de las Cámaras, es el propio de Derecho Privado en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014.
SECCIÓN 2ª. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª. OBJETO
2.1. Objeto
El objeto del presente procedimiento consiste en la selección de la empresa que lleven a cabo los siguientes epígrafes, desarrollados en el anexo IV del presente pliego:
SERVICIOS PROFESIONALES EN LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL |
TALLERES ESPECÍFICOS PARA CONSEGUIR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL |
Cuadro 1
2.2. Código del contrato
El código que corresponde al contrato, seguirá la nomenclatura el Reglamento (CE) nº 2151/2003 de la Comisión de 16 de diciembre de 2003.
Este contrato se rige por los Contratos de Suministro y Servicios por Procedimiento Normal no sujeto a regulación armonizada.
CLÁUSULA 3ª. PRESTACIONES QUE DEBEN FACILITARSE
La prestación objeto del presente procedimiento es la de facilitar a los incubados (empresas y emprendedores) en el espacio Coworking Digital de la Cámara de Comercio de Almería (HUB-CCAL) la trasformación digital.
Los servicios a los que se refiere el procedimiento son los siguientes:
1. Informar y asesorar profesionalmente sobre soluciones existentes que apoyen la transformación digital del emprendedor/empresario.
2. Servicios para el desarrollo de eventos, presentaciones y apoyo a la difusión de los talleres de información y capacitación digital para los emprendedores y empresarios.
3. Xxxxx y colaboración a la gestión de las acciones de incubación.
4. Ayudar a la gestión del propio centro y apoyar al desarrollo de las actividades para cubrir los objetivos del proyecto y de su justificación.
Estas actividades están contempladas dentro del marco del proyecto HUB-CCAL, teniendo en consideración las líneas desarrolladas en el Anexo IV de este Pliego.
El contrato a que se refiere el presente procedimiento es de carácter privado y se regirá por lo establecido en este pliego y para lo no previsto en él, serán de aplicación la legislación civil y mercantil vigente, a excepción del procedimiento de adjudicación en lo que se refiere a los principios de publicidad, concurrencia y transparencia que se ajustarán a los propios de la contratación administrativa.
El candidato será responsable de la realización de estos servicios que cumplan con las especificaciones mínimas requeridas y de aquellas características adicionales a las que se comprometa en la propuesta que plantee como respuesta al presente pliego.
CLÁUSULA 4ª. DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contrato tendrá un plazo máximo de hasta dos años desde la firma del contrato y se iniciará desde la fecha de formalización del contrato, de acuerdo con el programa de trabajos incluido en la propuesta de la empresa adjudicataria.
Dicho plazo de ejecución se podrá prorrogar siempre que existan causas justificadas y se valide por la dirección de la Cámara de Comercio de Almería.
CLÁUSULA 5º PRESUPUESTO. VALOR ESTIMADO
El presupuesto máximo estimado del contrato asciende a la cantidad de 76.000 €
(SETENTA Y SEIS MIL EUROS), no incluido el IVA que en su caso pueda corresponder.
Para atender a las obligaciones económicas que se derivan del presente procedimiento de contratación existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos de la CÁMARA. No obstante, la realización de las actividades en concreto estará supeditada a la disponibilidad presupuestaria del mismo y a la obtención de los correspondientes medios financieros para su ejecución.
CLÁUSULA 6ª. RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014, de 2 xx xxxxx, la contratación y el régimen patrimonial de las Cámaras se regirá por el Derecho privado
Por otra parte, dado el origen comunitario de los fondos aplicables al Proyecto Infraestructuras destinadas a su uso como COWORKING/HUB DIGITALES, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y desarrollado en el Área de Emprendimiento de la CÁMARA, de conformidad con lo recogido en las cláusulas anteriores, se cumplirá con la normativa europea en materia de gestión y ejecución de programas cofinanciados con Fondos Estructurales, y específicamente aquélla recogida en (a título orientativo):
Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, de 11 xx xxxxx de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999.
Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo.
Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca
Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública.
Durante todo el período de ejecución del Programa Operativo, la CÁMARA dispondrá de los procedimientos internos para cerciorarse de que las operaciones respetan las normas comunitarias, nacionales y regionales que, en su caso, sean aplicables en la materia.
En consecuencia, dicho Reglamento (así como lo previsto en la normativa española en materia de subvenciones) determina que el procedimiento de contratación debe garantizar el respeto a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia de ofertas, a fin de observar en sus actuaciones el mayor grado posible de eficacia, eficiencia y economía.
En su virtud y para cumplir con dichas exigencias, este procedimiento se sujeta a las instrucciones internas de contratación adoptadas voluntariamente por la CÁMARA para garantizar el debido respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación publicadas en el “Perfil de contratante” de la CÁMARA (página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx) y asimismo, está a disposición de todos los interesados que lo soliciten.
En todo caso, el Contrato que la CÁMARA suscriba con el contratista tendrá carácter privado.
CLÁUSULA 7ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El presente Pliego de Cláusulas Particulares y Técnicas El Contrato
La oferta presentada por el contratista.
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Particulares.
CLÁUSULA 8ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación se ha anunciado en la sección “Perfil de contratante” de la CÁMARA (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx), en la que están disponibles los documentos de cláusulas particulares y prescripciones técnicas que rigen el procedimiento. Durante el plazo de quince días naturales desde la fecha de publicación del anuncio en la web.
CAPÍTULO II
NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1ª. ÓRGANO COMPETENTE
CLÁUSULA 9ª. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
El responsable del procedimiento de contratación será la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA.
El encargado de gestionar el procedimiento y proponer la selección del adjudicatario será la Dirección de la Cámara de comercio, industria, servicios y navegación de Almería conjuntamente con la Mesa de Contratación específica que se cree para analizar las ofertas presentadas.
El COMITÉ EJECUTIVO de la CÁMARA será el encargado de realizar la adjudicación del contrato, una vez recibida la propuesta de adjudicación del responsable del contrato, y con el visto bueno de la Mesa de Contratación creada para este fin.
SECCIÓN 2ª. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 10ª. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
El procedimiento se licitará por procedimiento abierto, y se adjudicará a la oferta técnica y económicamente más ventajosa, según una serie de criterios establecidos en el siguiente pliego y de acuerdo con las reglas y principios establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para la adjudicación de contratos que no estén sujetos a regulación armonizada.
Se considera que éste es el procedimiento que mejor garantiza la publicidad, transparencia y libre concurrencia al permitir valorar otras cualidades de las entidades participantes, aparte de las meramente económicas e, igualmente, el más adecuado para la finalidad pretendida pues se intenta obtener no sólo el mejor precio sino las mejores características de los servicios ofertados.
SECCIÓN 3ª. CAPACIDAD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO CLÁUSULA 11ª. SITUACIÓN PERSONAL DEL CANDIDATO
11.1. De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones generales de la Ley de Contratos del Sector Público, podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las causas de prohibición de contratar previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
11.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
11.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La concurrencia de estos requisitos se demostrará mediante la realización de una declaración responsable, sin perjuicio de que la empresa seleccionada deberá presentar las correspondientes certificaciones expedidas por los organismos competentes, según señala en el apartado 5 de la cláusula 17ª de este Pliego.
11.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituya, así como del correspondiente poder
o copia previamente autentificada del mismo.
CLÁUSULA 12º. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Asimismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias descritas en la cláusula 17ª referidas a personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento.
CAPÍTULO III PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
SECCIÓN 1ª. MODALIDADES DE RECEPCIÓN DE OFERTAS CLÁUSULA 13ª. LUGAR Y PLAZO
Las solicitudes podrán entregarse en el registro de la sede de la CÁMARA, en la calle Avda. Cabo de Gata, 29 – 04007 (Almería) a la atención de “SECRETARÍA GENERAL XX XXXXXX DE COMERCIO DE ALMERÍA”, hasta las 14.30 horas del día 8 de octubre de 2020.
En el supuesto de recibir anuncio por correo electrónico de presentación de solicitud por correo certificado, transcurridos los tres días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes sin haberse recibido en la sede de la CÁMARA la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
CLÁUSULA 14ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada empresa interesada sólo podrá presentar una propuesta, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir opciones o alternativas.
Quienes opten por concurrir en unión temporal de empresas:
a. No podrán presentar su proposición más que en una unión temporal.
b. No podrán presentar su proposición individualmente.
CLÁUSULA 15ª. EFECTOS DE LA ENTREGA DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y el conocimiento xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Asimismo, al presentar sus propuestas, todas las empresas candidatas garantizan al órgano de contratación que:
a. Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de los servicios objeto del presente procedimiento.
b. En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c. La prestación de los servicios que, como empresas contratadas, deberán garantizar el cumplimiento de todas las condiciones técnicas establecidas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d. Procederán a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno a la empresa contratada, la CÁMARA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto.
e. Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
SECCIÓN 2ª. REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES CLÁUSULA 16ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno de ellos se señalará:
• La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL), DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº EE.01.2020”)
• El nombre del participante.
• Su dirección, teléfono y número de fax a efectos de notificaciones y comunicaciones.
• Finalmente, en cada uno de los sobres deberá constar, respectivamente, la
siguiente mención:
• En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
• En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (conteniendo un
ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
• En el sobre número 3: “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
La CÁMARA se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del siguiente Xxxxxx serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
SECCIÓN 3ª: SOBRE 1
CLÁUSULA 17ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN GENERAL
El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos:
a. Aquellos que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, su representación.
b. Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera en los términos señalados en los Pliegos.
c. Los que justifiquen la solvencia técnica o profesional en los términos previstos en los Pliegos.
d. Una declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar.
e. Otros documentos.
17.1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y capacidad para contratar
En la forma siguiente:
• Cuando se trate de empresarios individuales: copia legitimada del Documento Nacional de Identidad.
• Si el empresario fuese persona jurídica: La escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
• La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados miembros
de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
• Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad con
informe de la Misión Diplomática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
• Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad, o aquel que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conforme a la legislación del respectivo país, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea).
Igualmente deberá aportarse, poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, si actúa en representación de personas jurídicas, por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
17.2. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
Por uno o varios de los medios siguientes:
• Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
• Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro
Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
• Declaración sobre el volumen global de negocios referidos a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
Si, por alguna razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado o suficiente por el órgano de contratación.
17.3. Documentos que acrediten la solvencia técnica
• Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos dentro del ámbito de la transformación digital y su aplicación en la empresa, así como la capacitación en dicho ámbito. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
• Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la
empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato.
• Descripción de los medios disponibles por parte de la empresa.
17.4. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
• Declaración responsable, realizada conforme al Anexo I del presente Pliego, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
17.5. Otros documentos
• Al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas.
• Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de
los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de las relaciones jurídicas derivadas del presente procedimiento, tanto frente a la CÁMARA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto a desarrollar, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
• Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su
caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
• Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificadas.
SECCIÓN 4ª: SOBRES 2 Y 3 CLÁUSULA 18ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En el sobre número 2, como justificación de la propuesta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de selección de las empresas contratadas, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada propuesta la puntuación que corresponda.
En todo caso, las proposiciones abarcarán la totalidad de los servicios y compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de desestimación definitiva de la propuesta.
Con independencia de que pueda adjuntarse cuanta información se estime de interés, y de que la estructura de la oferta sea la que el ofertante considere más adecuada, las propuestas deberán comprender al menos los siguientes elementos de un modo expreso:
• Características técnicas generales del servicio ofertado
• Medios específicos que se destinan para la prestación del servicio
• Metodología que pretende emplearse para la prestación del servicio
• Planificación para la realización de los trabajos necesarios
• Propuesta de mejoras en función de los criterios de valoración
• Cuantos otros datos técnicos se consideren necesarios para informar convenientemente sobre la propuesta de servicios que realiza el candidato
En general, la descripción de las propuestas que se presenten debe incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
Los documentos podrán presentarse en original o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente y en lengua castellana o mediante traducción oficial, prevaleciendo ésta en caso de discrepancias.
Tal y como se indica, deberán entregarse un ejemplar de la oferta técnica en papel, además de una copia en formato electrónico (soporte CD o similar).
CLÁUSULA 19ª: CONTENIDO: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El sobre número 3 deberá contener un ejemplar en papel y uno en formato electrónico (en soporte CD o similar) de la proposición económica formulada conforme al modelo que figura en el Anexo III del presente Xxxxxx. En caso de discrepancia entre las cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
En todo caso se hará constar el precio que se proponga, calculado y con dos decimales y sin IVA o su equivalente.
SECCIÓN 5ª. OTRAS CONDICIONES CLÁUSULA 20ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de cláusulas particulares y en el de prescripciones técnicas y en el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo RGPD 679/2016 y en particular en lo dispuesto en el artículo 33 de la citada ley.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la CÁMARA para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por los agentes responsables de la acción o aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la CÁMARA y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo RGPD 679/2016.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 21ª. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre las obras de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán a la CÁMARA en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia.
La CÁMARA será la titular exclusiva de las guías, materiales, documentos, metodologías, sitios Web, soportes informáticos y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos.
El adjudicatario reconoce expresamente que la CÁMARA es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados por virtud del contrato a excepción de los que con anterioridad ya sean propiedad del adjudicatario, y como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la CÁMARA, con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo expreso de la CÁMARA.
El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar a la CÁMARA cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CLÁUSULA 22ª. PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo al REGLAMENTO (UE) 2016/679, Reglamento Europeo de protección de datos de carácter personal no será considerado comunicación ni cesión de datos el acceso por parte del adjudicatario a los datos de carácter personal de la Cámara, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, en necesario para realizar la prestación del servicio contratado.
Es por ello que, a todos los efectos de normativa de protección de datos, el adjudicatario será considerado como “encargado del tratamiento” de los datos de los ficheros a los que tenga acceso y, de acuerdo con ello se establece expresamente que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de la CAMARA y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
El adjudicatario se compromete a tratar los datos conforme los previsto en al REGLAMENTO (UE) 2016/679 y a adoptar, implementar y evaluar las medidas que en particular correspondan a los datos objetos de tratamiento y a la ejecución de las actividades y servicios.
Si el interesado o afectado ejercitara sus derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación de tratamiento, portabilidad de los datos, oposición, y a no ser objeto de decisiones automatizadas, ante la empresa éste dará cuenta inmediata a LA CAMARA y, en todo caso, antes del cumplimiento del plazo legalmente previsto.
Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
En virtud del artículo 28 del RGPD, el encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable. En este último caso, el encargado informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado, también, responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
CAPÍTULO IV
DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
SECCIÓN 1ª. APERTURA DE PROPOSICIONES CLÁUSULA 23ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, la Mesa de Contratación, en acto público ordenará la apertura del Sobre nº 1, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. La documentación aportada será calificada por el Responsable del contrato (y/o la Comisión), acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante.
A continuación, se procederá por la Mesa de Contratación al acto de apertura del Sobre nº 2 para la valoración de los criterios no cuantificables. El responsable del contrato (y/o la Comisión) podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
La Mesa de Contratación, en 2º acto público dará cuenta del resultado de la evaluación de los criterios de selección de ofertas no evaluables, presentados por los licitadores en el Sobre nº 2, realizados por el Responsable del Contrato. A continuación, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del Sobre nº 3 y dará lectura de las proposiciones económicas.
CLÁUSULA 24ª. SUBSANACIÓN DE ERRORES
Si, antes de la apertura del Sobre nº 1, el responsable del contrato (y/o la Comisión) observare defectos materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.
En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede de la CÁMARA (Avda. Cabo de Gata, 29 - 04007 Almería).
SECCIÓN 2ª. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS CLÁUSULA 25ª. CRITERIOS PARA LA CONTRATACIÓN
El órgano encargado de gestionar el procedimiento, una vez aceptada la solvencia del interesado, propondrá la selección basándose en la calidad de la propuesta presentada. Ésta se acreditará mediante el ajuste de los contenidos de la propuesta a los presentes Pliegos.
Las propuestas se valorarán xx xxxx (0) a cien (100) puntos conforme a los criterios que se indican a continuación, por orden decreciente de importancia y con la ponderación que se señala.
• CRITERIOS NO ECONÓMICOS hasta 60 puntos
ASPECTO VALORADO | PUNTUACIÓN |
Documentación y oferta técnica | Hasta 60 puntos |
Lógica organizativa de la propuesta y adecuación de la misma a los objetivos que se persiguen | Hasta 15 puntos |
Trabajos realizados de igual o similares características | Hasta 15 puntos |
Propuesta metodológica, con detalle de las actividades a realizar y la metodología a utilizar en cada una de las acciones propuestas | Hasta 15 puntos |
Disponibilidad de personal técnico para el desempeño de las actividades y servicios | Hasta 15 puntos |
• CRITERIOS ECONÓMICOS hasta 40 puntos
El criterio del precio ofertado se acreditará por la simple expresión en la oferta. El peso de la valoración del precio será del 40%, asignándole como máximo 40 puntos.
CLÁUSULA 26ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
Obtendrá la mejor puntuación la propuesta que mayor número de puntos acumule, de acuerdo a los criterios establecidos en la cláusula 25 del presente pliego técnico. En todo caso, la CÁMARA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
26.1. Regla para la valoración del precio.
Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula:
P= | X * min |
Of |
Donde P es la puntuación obtenida.
X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado
min es la oferta más baja de entre todas las presentadas.
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora.
26.2. Ofertas anormales o desproporcionadas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. La documentación que se aporte debe ser meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada.
En estos supuestos, la CÁMARA, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada.
Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la CÁMARA podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva por la adjudicación (ver en su cláusula específica).
Si el responsable del contrato (y/o la Mesa) considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente proposición más ventajosa.
SECCIÓN 3ª. CONTRATACIÓN DE LICITADORES CLÁUSULA 27ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, para consignar la selección de la empresa contratada, el responsable del contrato recibirá de la Mesa de Contratación la propuesta de adjudicación.
La Mesa de Contratación de la CÁMARA valorada la propuesta, adoptará el acuerdo de propuesta de adjudicación del contrato que contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a. Nombre y dirección de la Cámara, objeto e importe del procedimiento de contratación.
b. Nombre del candidato empresa contratada y motivos que justifican su selección. Importe de la adjudicación.
c. Nombres de los candidatos excluidos y motivos que justifican su exclusión.
d. En su caso, motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas.
e. En su caso, motivos por los que se haya renunciado a seleccionar los licitadores previstos en el presente Xxxxxx.
El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar por el Órgano de Contratación en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas. Transcurrido dicho plazo sin que la CÁMARA hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas.
La CÁMARA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
El acuerdo de adjudicación se publicará en el “Perfil de contratante” de la página Web de la CÁMARA (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xx).
Efectuada la selección de la empresa que será contratada, se notificará el acuerdo a todos los interesados. Al mismo tiempo se requerirá a la empresa seleccionada para que aporte los certificados administrativos de acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y sociales, tal como se señala en el apartado 5 de la cláusula 17ª. Igualmente, en caso de que proceda, se les requerirá para que constituyan la garantía definitiva conforme se expone en la cláusula siguiente.
CLÁUSULA 28ª. GARANTÍA DEFINITIVA
28.1. Importe de la Garantía definitiva
No se requerirá a la empresa seleccionada al ser servicios de consultoría y asistencia.
28.2. Duración de la garantía definitiva
No se aplica.
CLÁUSULA 29ª. CONTRATO
Formalización del Contrato
Una vez constituida la garantía definitiva, en el caso de aplicarse, del modo previsto en la cláusula anterior, será preceptiva la formalización escrita de un Contrato mediante documento que, en unidad de acto, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por un representante de la CÁMARA y, por la otra, por un representante de la empresa contratada, en el plazo de treinta días naturales desde la adjudicación definitiva.
El Contrato tendrá por objeto regular los derechos y obligaciones que, han de corresponder a la CÁMARA y a la empresa contratada.
Al propio tiempo, la empresa contratada suscribirá una copia de este Pliego de Cláusulas Particulares, en prueba de su conocimiento y aceptación.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos. Estos comprenderán en concreto los de formalización del contrato en supuestos de elevación a escritura pública; así como cuantos gastos procedan en orden a la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 30ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Si una empresa seleccionada no aportase los certificados administrativos requeridos en tiempo y forma, o no constituyera la garantía prevista por causa imputable a ella, o se negare a suscribir el Contrato en los términos que han sido indicados, la CÁMARA ordenará la resolución de la contratación acordada, previa audiencia del interesado, reservándose el derecho de reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.
En la citada situación, el órgano de contratación, sin necesidad de convocar un nuevo procedimiento de contratación, podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación, siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente en caso contrario, concediendo un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
CLÁUSULA 31ª. GARANTÍA DE LO SUMINISTRADO
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de acuerdo a este tipo de servicios y bajo el amparo de las leyes que los regulan, o al señalado por el adjudicatario en su oferta si fuere mayor, a contar desde la fecha de recepción o conformidad de los trabajos entregados, plazo durante el cual la CÁMARA podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente Xxxxxx y en el de prescripciones técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos entregados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los entregables, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente Xxxxxx y en el artículo 208.4 de la LCSP.
Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos realizados, la CÁMARA podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o la reparación de los mismos, si ésta fuese suficiente.
Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y manifestar lo que estime oportuno sobre la utilización de los bienes entregados.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
SECCIÓN 4ª. OTRAS CUESTIONES CLÁUSULA 32ª. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
En ningún caso será posible ceder la condición de empresa contratada, resultante de la terminación del presente procedimiento.
CLÁUSULA 33ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte de las prestaciones que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
En todo caso, los licitadores deberán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que tienen efectivamente a su disposición los medios de los subcontratistas que hubiere indicado.
La sustitución por la empresa contratada de tales subcontratistas deberá ser autorizada previamente por la CÁMARA.
En ningún caso podrán ser objeto de subcontratación la prestación de los servicios descritos en el presente Pliego, en un porcentaje superior al sesenta por ciento (60%).
CLÁUSULA 34ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El importe de los servicios que, en su caso, vayan a ser prestados por la empresa contratada, no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA 35ª. RESOLUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
35.1. Causas de Resolución de la contratación
La CÁMARA resolverá el Contrato cuando (sin ánimo exhaustivo o excluyente) concurra alguna de las circunstancias siguientes:
• La muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratada (si ésta es un
empresario individual) o la extinción de su personalidad jurídica, excepto los supuestos de transformación o fusión.
• La declaración de concurso o insolvencia de la empresa contratada.
• Si la empresa contratada incumple las características de prestación de sus servicios o, en su caso, las condiciones de calidad establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• El incumplimiento por la empresa contratada de cualquier otra obligación que se derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual descritos en la cláusula 7ª.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta estará obligada a indemnizar todos los daños y perjuicios que su conducta hubiera causado.
35.2. Cláusula Penal
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, la CÁMARA tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato. En ningún caso, el cumplimiento de la pena será sustitutivo de la obligación del adjudicatario de resarcir a la CÁMARA de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable.
ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO I: Modelo de Declaración responsable ANEXO II: Modelo de presentación de oferta ANEXO III: Modelo de oferta económica
ANEXO IV: Prescripciones Técnicas de Ejecución
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/Dña....................................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en nombre y
representación de…………………………………………………….con C.I.F núm.…………..……..y domicilio en… , en su
calidad de… ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de este “PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº
EE.01.2020”, según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD
1. Que ni la Sociedad , a la que representa, ni
ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en la legislación vigente.
2. Que la Sociedad ………………………………………………..……… se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado e, igualmente, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por la las disposiciones vigentes.
3. Que la Sociedad ………………………………………………..……… no ha sido adjudicatario o no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por si o mediante unión temporal de empresas.
Y para que así conste, firmo esta declaración,
En………………………………….., a …. de ………………….… de ….…
[Firma y rubrica]
MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña......................................................, con D.N.I. núm , mayor de edad,
en nombre y representación de ……………………………………………………..con C.I.F núm.……………………...y domicilio en
…………………….…………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de este PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº EE.01.2020,
según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos:
Asimismo, declara, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
a) Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en dos sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL [Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA [Índice del Sobre 2]
iii. Sobre 3: PROPOSIÓN ECONÓMICA [Índice del Sobre 3]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad………………………………………………………………….….
En …………………………, a ...… de …………………………………… de …. [Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
Teléfono y FAX:
.........................................................................................................
Dirección: .........................................................................................................
E-mail: .........................................................................................................
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña.............................................., con D.N.I. núm , mayor de edad, en
nombre y representación de …………………………………..……………….con C.I.F número………..……..y domicilio en
………………..…………..………………………………………, en su calidad de…………………………………………….,..
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación del PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº EE.01.2020,
según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete a prestar los servicios objeto del procedimiento de contratación, por el precio, IVA excluido (o su equivalente), de Euros
[importe en euros, con dos decimales]
A esta cantidad le corresponde un IVA de………… €, por lo que el importe total, IVA incluido, asciende a la cantidad de...……… €. Sobre el cual se efectuará la correspondiente valoración
Importe base: ……… Euros (IVA excluido) Importe IVA (…%): ………Euros
Importe Total: ……… Euros (IVA incluido)
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Dicho importe incluye además todos los tributos, tasas, cánones y gastos de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el Documento de requisitos y condiciones de la contratación (denominado el Documento) que rige el contrato.
En……………….…, a………….de………..………….de………..
FDO:
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE EJECUCIÓN
Servicios que se deberán realizar dentro del PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL AMBITO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL CENTRO COWORKING DIGITAL (HUB-CCAL) DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA, EXPEDIENTE Nº EE.01.2020,
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, presentó a la Fundación Incyde el Proyecto HUB-CCAL, dentro del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 y del eje 3 “mejora de la competitividad de las pymes”.
Dicho proyecto fue ratificada su resolución definitiva en enero de 2020.
Este proyecto está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Los objetivos específicos perseguidos son:
• Potenciar el uso de herramientas digitales para los emprendedores y micropymes fomentando un entorno colaborativo
• Potenciar el uso y manejo del BIG DATA y crear plataformas digitales competitivas
• Facilitar que los sectores productivos entiendan el proceso de transformación digital, lo demanden y lo lleven a la práctica
• Fomentar la implantación de tecnologías en la nube
• Fomento y generalización de la mejora de la competitividad de las empresas a través del comercio on-line y el uso xx xxxxxxx digitales
• Incremento de la adopción de soluciones TIC de gestión empresarial (ERP, CRM, SCM,...)
El siguiente procedimiento establece las prescripciones técnicas para la contratación de servicios profesionales para el desarrollo de las siguientes actuaciones:
1. Informar y asesorar profesionalmente sobre soluciones existentes que apoyen la transformación digital del emprendedor/empresario. Para lo que se requiere:
• Análisis, investigación y conocimiento de soluciones existentes que apoyen la transformación digital que necesitan los emprendedores y las empresas.
El conocimiento de estas soluciones permitirá apoyar el desarrollo de muchas de las actuaciones solicitadas.
• Diagnóstico del emprendedor/empresario para conocer su punto xx xxxxxxx y que acciones habrá que desarrollar después (itinerario hacia la digitalización).
• Validar su idea de negocio, asesorar y desarrollar acciones de consultoría para la consecución de la digitalización.
2. Servicios para el desarrollo de eventos, presentaciones y apoyo a la difusión de los talleres de información y capacitación digital para los emprendedores y empresarios,
• Se ejecutarán y/o desarrollarán un mínimo de 12 eventos (talleres). Elaboración y desarrollo de las ponencias y conferencias sobre la transformación digital para los emprendedores y empresarios interesados en la transformación digital, apoyando la digitalización de los asistentes.
Los contenidos tratarán de ajustarse a las necesidades analizadas y a las soluciones validadas; siempre disponiendo de una vigilancia de las tecnologías.
• Apoyo a la difusión del evento.
• Presentación de las ponencias a los emprendedores y empresarios interesados.
• Asesoramiento a los emprendedores y empresarios que acudan al evento
• Preparación de la documentación/entregable que se le facilitará al emprendedor/empresario.
• Grabación del evento (previo consentimiento de los asistentes) para posterior publicación en la web de la Cámara de Comercio: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xx/ y así divulgar los contenidos, poniéndolo a disposición de aquel que pueda estar interesado, con el fin de conseguir un mayor alcance y visibilidad de los contenidos.
3. Xxxxx y colaboración a la gestión de las acciones de incubación. Para lo que se precisa y requiere apoyar en:
• El diagnóstico inicial para el ingreso en la incubadora.
• Fomentar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de los emprendedores/empresarios.
• El desarrollo de acciones encaminadas a brindar apoyo y el acompañamiento a los emprendedores desde su llegada a la incubadora hasta la etapa de graduación.
• La tutoría y asesoría especializada buscando la consecución de los objetivos perseguidos por el emprendedor/empresario en materia de transformación digital
A lo largo de este periodo al menos se asesorarán 64 emprendedores.
4. Ayudar a la gestión del propio centro y apoyar al desarrollo de las actividades para cubrir los objetivos del proyecto y su justificación
• Análisis y recogida de toda la documentación que se exige en el ingreso para cada uno de los incubados en el coworking digital.
• Asignación de los recursos necesarios para el desarrollo del proyecto del emprendedor/empresario
• Recogida de toda la documentación generada en el análisis/consultoría/desarrollo/finalización de proyecto de cada emprendedor/empresario
• Dar reporte al coordinador del proyecto de toda la documentación necesaria para poder justificar la actividad del coworking digital.
• Apoyar el mantenimiento de las instalaciones.
Los servicios requeridos precisan del conocimiento y experiencia en la transformación digital y su uso en las empresas. Así mismo, se exige que se tengan conocimiento en labores de apoyo al emprendedor.
A efectos de valorar y analizar las propuestas, las empresas interesadas deben indicar con claridad el desarrollo de todos estos servicios, así como los recursos empleados para poder cumplir los objetivos del proyecto.