APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES Cláusulas de Ejemplo

APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, el Presidente de la Mesa de Contratación ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. La Mesa de Contratación continuará con el acto de apertura del sobre 2 y elaborará el correspondiente estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, se procederá a la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. Si observase defectos u omisiones subsanables en la declaración responsable o en el resto de la documentación presentada, la Mesa lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole el plazo que se estime conveniente atendido el calendario del concurso, si bien nunca superior a tres días hábiles para que los subsane. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, el acto de apertura de los sobres n° 2 y 3, conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas. Concluida la apertura de las proposiciones, se podrá dar por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. La Mesa de contratación, en el mismo acto o en un acto posterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios. No serán necesarias las aperturas públicas de los mencionados sobres si sólo se ha presentado un licitador. La Cámara de Mallorca podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. CLÁUSULA 25ª. Subsanación de errores
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Vencido el plazo de recepción de ofertas, una Comisión Técnica de Contratación específica integrada por el Director Gerente, el Secretario General, la Directora de Competitividad e Internacionalización, el responsable del Gabinete Jurídico, el responsable del contrato y un representante del departamento de Administración, calificará, previamente a la valoración de ofertas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las personas interesadas. En primer lugar, se procederá a la apertura del SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. La documentación aportada será examinada por la Comisión Técnica, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquella que no sea considerada bastante. La no aportación de toda la documentación administrativa solicitada podrá ser causa de exclusión de la valoración técnica de la proposición presentada por el licitador. La Xxxxxx xx Xxxxxx podrá solicitar la subsanación. A continuación, se procederá a la valoración técnica de la proposición contenida en el SOBRE 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA. Al no presentarse proposición económica, la apertura de los sobres 1 y 2 tendrá carácter privado, no realizándose acto público.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas económicas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, se procederá a la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. A continuación, se abrirá el Sobre 2 y se procederá al estudio técnico de las proposiciones admitidas. En acto separado y público, cuya fecha hora y lugar de celebración será comunicado a los licitadores no excluidos, se procederá a la apertura del Sobre 3. No será necesaria la apertura pública del mencionado sobre si sólo se ha presentado un licitador. La Cámara podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, la Mesa de Contratación, ordenará la apertura del Sobre nº 1, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión. La documentación aportada será calificada por el Responsable del contrato (y/o la Comisión), acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. Esta apertura del Sobre nº1 y la calificación de los documentos se realizará sin intervención de los interesados. En acto público cuya fecha se anunciará previamente, se procederá al recuento de proposiciones y se comunicará el resultado de la convocatoria; acto seguido se ofrecerá a los licitadores presentes que comprueben que los sobres se encuentran en la mesa y en idénticas condiciones en que fueron entregados. A continuación se procederá la apertura del Sobre nº2 de las ofertas admitidas, dando lectura pública al contenido de la propuesta económica de cada oferta admitida. Seguidamente, y en una fase cuyo desarrollo no será público, se valorarán las ofertas conforme a los criterios objetivos establecidos en estos Pliegos.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, el Responsable del contrato ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por el Responsable del contrato con la asistencia del Departamento Jurídico y del Departamento Financiero, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquella que no sea considerada bastante. El acto de apertura del sobre 2 se efectuará públicamente por el Responsable del Contrato en el lugar, día y hora que se señale en el anuncio del presente procedimiento en el Perfil del Contratante de la Página Web del Consejo Superior de Cámaras. Terminado el acto de apertura de los sobres, iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso. El Responsable del Contrato podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, la Secretaría General ordenará la apertura del Sobre 1. A tal fin, la documentación aportada será calificada por la Secretaría General, con la asistencia del Departamento Jurídico y del Financiero, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. El acto de apertura pública del Sobre 2 se efectuará por la Mesa de Contratación, quien seguidamente iniciará el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas. La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del Contrato.
APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos generales presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. En primer lugar, se procederá a la apertura del SOBRE 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. La documentación aportada será examinada por la Mesa de Contratación, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquella que no sea considerada bastante. La no aportación de toda la documentación administrativa solicitada podrá ser causa de exclusión de la valoración técnica y económica de la proposición presentada por el licitador. La Xxxxxx xx Xxxxxxxxx podrá solicitar la subsanación. El Servicio Jurídico emitirá informe. A continuación, se procederá al estudio técnico de la proposición contenida en el SOBRE 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA. A estos efectos, la Xxxxxx xx Xxxxxxxxx podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de homologación. El responsable de la licitación emitirá informe técnico. Al no presentarse proposición económica, la apertura de los sobres 1 y 2 tendrá carácter privado, no realizándose acto público.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.