Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, JUNTO CON EL DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES, HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN PARA LA GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) DE PALMA DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXX, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION ORDINARIA.
INDICE
1. NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y CALIFICACION DEL CONTRATO.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
3. OBRAS, INSTALACIONES, BIENES Y EQUIPAMIENTO DE PROPIEDAD MUNICIPAL A DISPOSICION DE LA CONCESION.
4. OBRAS E INSTALACIONES A REALIZAR POR EL CONCESIONARIO.
5. TITULARIDAD DEL SERVICIO.
6. FINANCIACION DEL CONTRATO.
7. ORGANO DE CONTRATACION
8. EXISTENCIA DE CREDITO.
9. REGIMEN ECONOMICO.
10. PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACION. VALOR ESTIMA DEL CONTRATO.
11. DURACION DE LA CONCESIÓN Y PLAZO DE INICIO.
12. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR PARA CONTRATAR.
13. PERFIL DE CONTRATANTE.
II.- ADJUDICACION DEL CONTRATO.
14. FORMA DE ADJUDICACION
15. CRITERIOS DE VALORACION DE OFERTAS.
16. ADMISIBILIDAD DE MEJORAS.
17. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
18. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
19. RECEPCION DE LA DOCUMENTACION.
20. MESA DE CONTRATACION.
21. CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS Y APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
22. ACTUACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
23. ADJUDICACION.
24. GARANTIA DEFINITIVA.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 1 de 80
25. GASTOS A CARGO DEL CONCESIONARIO.
26. CRITERIOS DETERMINANTES DE OFERTRAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
27. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
III.- EJECUCION DEL CONTRATO.
28. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
29. SEGUROS.
30. INFORMACION SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACION EN CONTRATOS DE TRABAJO.
31. DELEGADO O REPRESENTANTE DEL CONCESIONARIO.
32. EJECUCION DEL CONTRATO.FISCALIZACIÓN Y CONTROL.
33. POTESTADES Y DEBERES DE LA CORPORACIÓN.
34. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO.
35. DERECHOS DEL CONCESIONARIO.
36. REVISION ORDINARIA DEL PRECIO DEL CONTRATO.
37. REVISION EXTRAORINARIA DEL PRECIO DEL CONTRATO. AUDITORIA DE CUENTAS.
38. ABONO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
39. RIESGO Y XXXXXXX.
40. MODIFICACION DEL CONTRATO.
41. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES.
42. DEVOLUCION Y CANCELACION DE LA GARANTIA DEFINITIVA.
43. CADUCIDAD DE LA CONCESIÓN.
44. SECUESTRO DE LA CONCESIÓN.
45. INCUMPLIMIENTO DE LA EMPRESA CONCESIONARIA.
46. SUBCONTRATACION.
47. REVERSION.
48. CAUSAS DE RESOLUCION.
IV.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION y JURDISDICCION.
49. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
50. JURISDICCION COMPETENTE.
V.- ANEXOS
ANEXO NUMERO I: Modelo de Declaración responsable del licitador relativa al cumplimiento de las condiciones establecidas para contratar.
ANEXO NUMERO II:Modelo de Declaración de empresas vinculadas. ANEXO NUMERO III: Modelo de proposición económica.
ANEXO NUMERO IV:Modelo de propuesta de mejoras sin coste alguno para la Administración.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Xxxxxx 0 xx 00
XXXXX XXXXXX X: Modelo declaración responsable de licitador para omitir la presentación de documentación.
ANEXO NUMERO VI:Modelo autorización para la cesión de información relativa a las obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda Local.
ANEXO NUMERO VII:Declaración de exención de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas.
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO.
PRIMERA.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y CALIFICACION DEL CONTRATO.
Naturaleza y Régimen Jurídico.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP) y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Así pues, se aplicará supletoriamente:
-El Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
- El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- La Ley 7/1.985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la LCSP.
- Los artículos vigentes del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, conforme al TRLCSP.
o Administrativo Común.
-El Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 xx xxxxx de 1.955.
- Demás normas de derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado que sean de aplicación.
Asimismo, el contrato se encuentra sometido a la normativa reguladora del régimen jurídico básico del servicio objeto del mismo, Ordenanza Municipal del Servicio de Saneamiento de Aguas (Vertido y Depuración), aprobada por el Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008 y publicada en su integridad en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx el día 17 de
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 3 de 80
noviembre de 2008, así como toda la normativa que en materia objeto de contratación sea de aplicación en cada momento.
El presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el Pliego de cláusulas administrativas particulares y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el de cláusulas administrativas particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al concesionario de la obligación de su cumplimiento.
Calificación del Contrato.
El Servicio objeto de contratación se califica como Contratos de Gestión de Servicios Públicos, a tenor de lo preceptuado en el artículo 8 del TRLCSP.
El código correspondiente a la Nomenclatura CPV de la Comisión Europea, Reglamento (CE) nº. 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº. 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV) es el siguiente: 90481000-2 (Explotación de una planta de tratamiento de aguas residuales).
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la gestión, en la modalidad de concesión, del servicio público de << FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) DE PALMA DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX
XXXXXXXXXXXXxx, con sujeción al presente pliego y al de prescripciones técnicas particulares del mismo, redactado por el Jefe de los Servicios Técnicos , con fecha 22 xx xxxxx de 2016, así como a la Ordenanza Municipal del Servicio de Saneamiento de Aguas (Vertido y Depuración), aprobada por el Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008 y publicada en su integridad en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx el día 17 de noviembre de 2008.
Asimismo, se considerará incluido dentro del objeto del contrato, la gestión del servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de aquellas otras depuradoras de aguas residuales que durante la duración del contrato, se pudieran
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 4 de 80
construir en el termino municipal de Palma del Río, como consecuencia de nuevas necesidades, con los límites, términos y condiciones que se especifican en el presente pliego.
La competencia administrativa para prestar el servicio público de que se trata está atribuida al Municipio en el artículo 25 y 85.1 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 xx xxxxx de Autonomía Local de Andalucía.
TERCERA.- OBRAS, INSTALACIONES, BIENES Y EQUIPAMIENTO DE PROPIEDAD MUNICIPAL A DISPOSICION DE LA CONCESION.
El Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, para la prestación de la gestión del servicio público pondrá a disposición de la concesión las obras, instalaciones y bienes definidos en la cláusula 2ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares del procedimiento.
Dichos bienes, teniendo en cuenta su carácter de dominio público, están sujetos a las limitaciones y prerrogativas propias de su naturaleza.
Asimismo, pondrá a disposición del concesión el equipamiento existente en dichas instalaciones que resulta ser el indicado en el Anexo II del mencionado pliego de prescripciones técnicas particulares.
Si a lo largo de la vida de la concesión, el Ayuntamiento aportara nuevos medios, obras, instalaciones o equipamientos, se concretan en documento administrativo, que deberá ser firmado por el concesionario y por el Responsable del contrato, y que se unirá al contrato administrativo formando parte integrante del mismo.
CUARTA.- OBRAS E INSTALACIONES A REALIZAR POR EL CONCESIONARIO.
Para la gestión del servicio objeto del presente pliego, el concesionario no vendrá obligado a realizar obras e instalaciones, por estimarse suficientes las existen, salvo aquellas que sean consecuencia de las ofertadas en su proposición en concepto de mejoras sin coste alguno para la Administración
No obstante, y para el supuesto de que se estimase conveniente la ejecución de obras de ampliación y renovación de las instalaciones durante la duración del contrato, las mismas serán de exclusiva cuenta del Ayuntamiento.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 5 de 80
QUINTA.- TITULARIDAD DEL SERVICIO.
El servicio objeto de contratación mantendrá en todo momento la calificación de servicio público del Ayuntamiento de Palma del Río, y en consecuencia, esta Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio contratado.
En toda representación gráfica, fija o móvil del servicio figurará, junto a la identificación del concesionario del servicio y con las mismas características gráficas, la mención de su carácter municipal, con inclusión del escudo municipal.
SEXTA.- FINANCIACION DEL CONTRATO.
El contrato que resulte del presente pliego se financia por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río.
SEPTIMA.- ORGANO DE CONTRATACION.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1º de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, el órgano de contratación es el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. No obstante, en el presente caso, y a tenor de la delegación de competencias de la Alcaldía en miembros de la Junta de Gobierno Local efectuada por Decreto de la Alcaldía de fecha 18 xx xxxxx de 2015, registrado al número 1.817 del Libro de Resoluciones, la competencia para llevar a cabo la contratación del servicio público objeto del presente pliego está atribuida en la Junta de Gobierno Local.
Dicho órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
A los efectos indicados en el apartado 2º de la Disposición adicional trigésima tercera del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se señala que corresponde a la Intervención General de este Ayuntamiento la competencia en materia de contabilidad pública.
OCTAVA.- EXISTENCIA DE CREDITO.
Por la Intervención de Fondos se ha emitido informe en el que se hace constar
que:
<<Primero.- En el estado de gastos del Presupuesto del ejercicio 2016 existe crédito adecuado y suficiente al nivel de vinculación jurídica establecido en las Bases
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 6 de 80
de Ejecución del Presupuesto por importe de 165.000 euros IVA INCLUIDO para el gasto correspondiente a la contratación de GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) CALLE BARQUETA Y DEL EMISARIO AL RÍO GUADALQUIVIR en la aplicación
presupuestaria 160.00.227.99 conforme a los siguientes cálculos:
-El coste del servicio según resulta del Informe económico es de 360.000,02 euros más la cantidad 36.000 euros, correspondiente al 10% del Impuesto sobre el Valor Añadido, mejorable a la baja, lo que arroja un total anual de 396.000,02 euros IVA incluido.
-La fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio es el día 1 de julio de 2016 según señala el pliego técnico redactado por el Jefe de los Servicios Técnicos.
-El citado pliego técnico establece que las facturas se presentarán a meses vencidos dentro de los diez primeros días de cada mes. Esto determina un precio mensual de 33.000 euros IVA incluido y que la facturación correspondiente al mes de diciembre de 2016 se tramitará con cargo al Presupuesto de 2017.
Segundo.- La duración del contrato son cuatro años por lo que se ejecutará parte en ejercicios futuros.
Se trata de un supuesto de gasto plurianual regulado por el artículo 174 de la Ley de Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx y los artículos 79 a 88 del Real Decreto 500/1990 de 20 xx xxxxx, concretamente es un contrato de gestión de Servicio Público y el número de años a que se aplica el gasto no pasa de cuatro, por lo que cumple con los requisitos del artículo 174 citado.
Por tanto es posible adoptar un compromiso de gasto futuro respecto al crédito necesario para los ejercicios siguientes, lo que obligará a la consignación del gasto en el presupuesto de dichos ejercicios. La autorización y realización del gasto en los próximos ejercicios estará condicionada al crédito que exista para ello.
(…)>>
NOVENA.- REGIMEN ECONOMICO.
La contraprestación económica a que el concesionario tendrá derecho para poder gestionar el servicio, consistirá exclusivamente en el precio anual del contrato que será abonado por el Ayuntamiento xx Xxxxx del Río al concesionario.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 7 de 80
DECIMA.- PRECIO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACION. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El precio anual máximo del contrato por la gestión, del servicio publico de
<<FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX
XXXXXXXXXXXXxx y que se fija como tipo de licitación, es de 360.000,02€, excluido IVA, mejorable a la baja.
En ningún caso se podrá superar el tipo de licitación, por lo que no se admitirán las ofertas al alza.
El precio anual del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. En dicho precio está incluido los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, los costes de la organización técnico-empresarial, del personal asignado a la ejecución de los programas y su formación, sustituciones y bajas temporales del personal, gastos generales, financieros e impuestos, beneficio industrial de la actividad, así como todos los gastos que se originen para el concesionario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.
Se exceptúa el canon de vertido del organismo competente xx xxxxxx (Confederación Hidrográfica del Guadalquivir) que correrá por cuenta del Ayuntamiento.
A los efectos previstos en el artículo 88 del TRLCSP, el valor estimado del contrato, incluida la posible prorroga, así como las posibles modificaciones del mismo en los límites fijados en el presente pliego, asciende a la cantidad de 1.641.600,09€
UNDECIMA.- DURACION DE LA CONCESION Y PLAZO DE INICIO
La duración de la concesión lo será por CUATRO AÑOS, contados a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio, momento en que se levantará un acta oficial de inicio, la cual formará parte integrante del contrato, y que será firmada por el representante de la empresa concesionaria y por el Responsable del Contrato.
La fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio es el día 1 de julio de 2016. No obstante, y para el supuesto de que llegado el momento de la fecha prevista de inicio, no se hubiesen concluido los trámites relativos a la licitación del expediente de contratación, el inicio de la prestación del servicio tendrá lugar tras la conclusión de dichos trámites, debiendo levantarse en tal momento la correspondiente acta de inicio.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 8 de 80
En el caso de vencimiento normal del contrato, o anormal por su resolución, para garantizar la continuidad del servicio, el órgano de contratación podrá acordar que la empresa concesionaria continúe con la prestación del servicio hasta tanto la nueva empresa concesionaria se haga cargo del mismo y comience a prestarlo.
DUODECIMA.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR PARA CONTRATAR.
Podrán participar en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten la posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, técnica o profesional, exigidas en el presente pliego.
Las personas jurídicas tendrán capacidad de obrar y sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Y los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del presente pliego.
También podrán concurrir las empresas no comunitarias, comunitarias, así como las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
DECIMOTERCERA.- PERFIL DE CONTRATANTE.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
<xxx.xxxxxxxxxxx.xx>.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 9 de 80
II.- FORMA DE ADJUDICACIÓN. DECIMOCUARTA.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará por tramitación ordinaria y procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación, a tenor de lo establecido en los artículos 110, 138, 150 y 157 del TRLCSP, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
DECIMOQUINTA.- CRITERIO DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Los criterios objetivos para la valoración de las proposiciones, y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa y, por consiguiente, para la adjudicación del contrato son criterios ponderables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas, y son los que se muestran a continuación, otorgándose una puntuación máxima por los mismos de 100´00 Puntos.
A) MEJORAS A OFERTAR SIN COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN: Hasta un máximo de 90,00 puntos.
RELACIÓN VALORADA DE MEJORAS AGRUPADAS POR CAPÍTULOS (IVA NO INCLUIDO)
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 1. | Sistema de retención tipo válvula de clapeta para aliviadero | |||
1.1 | Suministro e instalación de válvula de retención de descarga para el emisario al río Genil (aliviadero de pluviales) en C/Siete Revueltas de DN 800 mm y contrapresión máxima 5 m.c.a. | 1,00 | 2.367,19 | 2.367,19 |
Total CAP.1 | 2.367,19 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 10 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 2. | Sistema de elevación de agua bruta | |||
2.1 | Suministro e instalación de grupo motobomba centrífuga de elevación de agua bruta de 289,5 m³/h a 14,7 m.c.a. xxxxx Xxxxxx, Flygt o similar, incluyendo brida de acoplamiento. | 2,00 | 4.575,00 | 9.150,00 |
2.2 | Mejora de la soportación existente de las tuberías de impulsión de las bombas de elevación de agua bruta, retirando todos los soportes existentes y sustituyéndola por HEB120 conformando una estructura con la suficiente rigidez para que desaparezcan las vibraciones de las tuberías de impulsión (incluyendo abarcones de inoxidable, anclajes de inoxidable, tornillería de inoxidable, etc.) | 1,00 | 2.327,94 | 2.327,94 |
2.3 | Suministro e instalación de armario eléctrico de poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx con puerta opaca y cierre triple acción de dimensiones suficientes para albergar los borneros necesarios para realizar la conexión eléctrica de cada bomba, tanto fuerza como maniobra, instalado a pie de bomba de elevación de agua bruta, además de rejiband xx xxxxx inoxidable AISI316 para soportar cableado (incluyendo carril DIN, borneros, prensas, terminales, etc.) | 4,00 | 400,74 | 1.602,96 |
Total CAP.2 | 13.080,90 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 3. | Grupo de presión para agua de servicios | |||
3.1 | Suministro e instalación de grupo de presión de agua para agua de servicios formado por 2 bombas de caudal 15 + 15 m3/h a 50 m.c.a. xxxxx Xxxxxxx, KSB o similar con depósito de amortiguación de membrana de 500 L. | 1,00 | 2.643,75 | 2.643,75 |
3.2 | Suministro e instalación de tubería de PE100 90x5,4 PN10 desde el edificio de cloración a la entrada al edificio de pretratamiento - deshidratación, incluyendo manguitos electrosoldables, bridas de conexión y resto de accesorios. | 1,00 | 1.162,00 | 1.162,00 |
Total CAP.3 | 3.805,75 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 11 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 4. | Sistema de izado para bombas de fango de recirculación de fangos | |||
4.1 | Suministro e instalación de polipasto eléctrico de 500 Kg (12 m) y 950 Kg (6 m), potencia 1600 W / 230 V, cable 5,6 mm y velocidad de elevación 8/4 m/min. | 2,00 | 488,00 | 976,00 |
4.2 | Suministro e instalación xx xxxxx de traslación manual de capacidad máxima 2000 Kg y anchura de perfil IPN 76-165 mm. | 2,00 | 165,00 | 330,00 |
Total CAP.4 | 1.306,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 5. | Ampliación de Vial | |||
5.1 | Ampliación del vial de hormigón frente a puerta de acceso a edificio de pretratamiento - deshidratación lado cuba de desbaste. | 1,00 | 2.080,00 | 2.080,00 |
Total CAP.5 | 2.080,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 6. | Dotación de Vestuario | |||
6.1 | Suministro de secadora de 7 Kg. A+. Condensación. Bomba de Calor. Display LCD Multifunción. Xxxxxx XxxxxXxxx. Antivibration Design. Xxxxx Xxxxx, Siemens o similar. | 1,00 | 618,99 | 618,99 |
6.2 | Suministro de frigorífico mini con bandejas de rejilla. Marca Saivod o similar. | 1,00 | 199,00 | 199,00 |
Total CAP.6 | 817,99 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 12 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 7. | Equipo de preparación de polielectrolito | |||
7.1 | Suministro e instalación de equipo de preparación de polielectrolito de 2000 L. de capacidad aproximadamente, con posibilidad de preparado, tanto reactivo en polvo como líquido, con agitación en el tercer compartimento y dotado de control de nivel por ultrasonido. | 1,00 | 9.395,00 | 9.395,00 |
Total CAP.7 | 9.395,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 8. | Centrífugas de secado de fango | |||
8.1 | Realización de mantenimiento preventivo de centrífuga marca Alfa Laval Modelo Aldec 30 por fabricante o taller especializado, consistente en sustitución de elementos de desgaste (rodamientos, juntas tóricas, toberas de salida de fango, tornillería, junta de tapa, etc.), recrecido de tornillo sinfín, sustitución xx xxxxxxxx de protección del bol, equilibrado del conjunto y puesta en marcha en la EDAR de Palma del Río. | 2,00 | 8.276,89 | 16.553,78 |
Total CAP.8 | 16.553,78 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 9. | Sistema de renovación de aire | |||
9.1 | Remodelación del sistema de renovación de aire del edificio de soplantes de tratamiento biológico, consistente en el suministro e instalación de 3 uds. de ventilador - extractor marca SODECA modelo HEP 40-4-T/H más reja de entrada de aire sobre la puerta metálica de la instalación. | 1,00 | 2.153,50 | 2.153,50 |
9.2 | Remodelación del sistema de renovación de la sala de soplantes de pretratamiento, consistente en cambiar la situación del ventilador - extractor existente al lado contrario donde se encuentra ubicado, además de la modificación de la ubicación de la reja de entrada de aire. | 1,00 | 350,00 | 350,00 |
9.3 | Remodelación del sistema de renovación de la sala de CCM, consistente en el suministro e instalación de reja de entrada de aire en la parte opuesta a la Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 14700 Palma del Río (Córdo | 1,00 ba) Esp | 350,00 xxx | 350,00 |
Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 13 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 10. | Dotación de Equipos de Laboratorio | |||
10.1 | Suministro de frigotermostato de 180 L. con capacidad para 2 equipos de 6 botellas. Marca Liebherr o similar. | 1,00 | 1.120,00 | 1.120,00 |
10.2 | Suministro de medidor multiparamétrico portátil con sonda pH de gel + sonda de conductividad, ambas Std, 3 m. Xxxxx Xxxx-Xxxxx. Modelo HQ40d. | 1,00 | 946,56 | 946,56 |
10.3 | Suministro de medidor multiparamétrico portátil con sonda de oxígeno disuelto Std de LDO INTELLICAL, 1 m. Xxxxx Xxxx-Xxxxx. Modelo HQ40d. | 1,00 | 946,56 | 946,56 |
10.4 | Pipeta de volumen variable de 200 - 1000 µl. Marca Hach. | 1,00 | 109,00 | 109,00 |
10.5 | Pipeta de volumen variable de 100 - 1000 µl. Easy 40+. | 1,00 | 109,00 | 109,00 |
10.6 | Suministro de tomamuestras automático marca Hach de 24 botellas. | 1,00 | 3.588,33 | 3.588,33 |
Total CAP.10 | 6.819,45 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 11. | Bombas de recirculación de fangos y excesos | |||
11.1 | Suministro e instalación de grupo motobomba centrífuga de recirculación de fangos de 183,24 m³/h a 7,67 m.c.a. xxxxx Xxxxxx, Flygt o similar, incluyendo brida de acoplamiento. | 6,00 | 2.289,00 | 13.734,00 |
11.2 | Suministro e instalación de ud. de tubo xxxx xx xxxxx inoxidable de 1 ½” (48,3x3 mm) de diámetro y 4750 mm de longitud para bombas de recirculación de fango (6 Uds.) y para bombas de fangos en exceso (4 Uds.) . | 10,00 | 51,50 | 515,00 |
11.3 | Suministro e instalación de caja industrial aislante de tapa opaca de dimensiones suficientes para albergar los borneros necesarios para realizar la conexión eléctrica de cada bomba, tanto fuerza como maniobra, instalado a pie de bomba de recirculación de fangos y excesos, además de rejiband xx xxxxx inoxidable AISI316 para soportar cableado (incluyendo carril DIN, borneros, prensas, terminales, etc.) | 10,00 | 143,58 | 1.435,80 |
Total CAP.11 | 15.684,80 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 14 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 12. | Instrumentación | |||
12.1 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético para agua bruta DN350 marca Siemens o E+H. | 4,00 | 4.041,96 | 16.167,84 |
12.2 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para recirculación de fangos DN200 marca Siemens, E+H o similar (incluyendo armario metálico para transmisor). | 2,00 | 1.809,28 | 3.618,56 |
12.3 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para fangos en exceso DN80 marca Siemens o E+H (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 1.405,87 | 1.405,87 |
12.4 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para salida de agua tratada DN400 marca Siemens o E+H (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 3.233,57 | 3.233,57 |
12.5 | Suministro e instalación de medidor de oxígeno para reactor biológico nº 1 y nº 2 consistente en 2 sondas de oxígeno disuelto por luminiscencia, con 10 m de cable, rango de medida 0-20 mg/l O2 / 0-50ºC y controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100- 240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 4.956,00 | 4.956,00 |
12.6 | Suministro e instalación de medidor de rédox para reactor biológico nº 1 y nº 2 consistente en 2 sensores combinados de REDOX mod.8351, conexión a proceso 3/4" NPT ambos extremos, reducción en PVC 1" NPT - 3/4" NPT, pértiga PVC para sonda de ORP con conexión 1". Longitud 2 m, diámetro 40 mm, controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100- 240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 2.457,40 | 2.457,40 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 15 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
12.7 | Suministro e instalación de medidor de pH y conductividad para pretratamiento consistente en 1 de sensor combinado para medida de pH, formato convertible con rosca 3/4“, rango de medida: 0 -14 pH, cuerpo: Ryton, sensor de temperatura: Pt1000, cable de conexión: Integral 10 m. cable (Gateway opcional), 1 sensor inductivo digital de conductividad, rango 0,2 - 2000 mS/cm, material PEEK, cable 10 m, montaje en inmersión con sensor de temperatura (no utilizar con controlador sc60) y controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100-240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 2.850,70 | 2.850,70 |
Total CAP.12 | 34.689,94 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 13. | Sistema evacuación de agua de lluvia | |||
13.1 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de pretratamiento - deshidratación. | 1,00 | 1.060,80 | 1.060,80 |
13.2 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de soplantes. | 1,00 | 504,40 | 504,40 |
13.3 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de control. | 1,00 | 759,20 | 759,20 |
13.4 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de cloración. | 1,00 | 247,00 | 247,00 |
Total CAP.13 | 2.571,40 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 16 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 14. | Pasarelas y estructuras | |||
14.1 | Fabricación, suministro y montaje de pasarela para línea de desarenador - desengrasador nº 1, fabricada de perfiles normalizados tipo IPN o similar y trámex xx xxxxx galvanizado en caliente y barandilla de seguridad en acero inoxidable. | 1,00 | 1.789,70 | 1.789,70 |
14.2 | Fabricación, suministro y montaje de estructura de acceso a agitador cámara anóxica de reactor biológico, fabricada de perfiles normalizados tipos IPN o similar y trámex xx xxxxx galvanizado en caliente y barandilla de seguridad en acero inoxidable. | 2,00 | 715,88 | 1.431,76 |
14.3 | Sustitución de rejilla tipo tramex existente en la zona de reparto a tratamiento biológico por rejilla tipo tramex de PRFV de 40 mm de alto y malla de 40x40 mm2. | 40,00 | 95,00 | 3.800,00 |
14.4 | Sustitución de rejilla tipo tramex existente en la arqueta de vaciado de espesador por rejilla tipo tramex de PRFV de 40 mm de alto y malla de 40x40 mm2, incluyendo sustitución de perfiles IPN, también en PRFV. | 10,00 | 95,00 | 950,00 |
Total CAP.14 | 7.971,46 |
TOTAL MEJORAS A OFERTAR SIN COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN: 119.997,16 €
VALORACIÓN DE LAS MEJORAS:
Para la valoración de cada una de las mejoras sin coste alguno para la Administración, los licitadores deberán presentar una propuesta de mejoras conforme al Anexo IV del presente pliego, debidamente firmada.
Las mejoras se valorarán hasta un máximo de noventa (90) puntos que se asignarán en base al valor económico establecido en la tabla de mejoras, de la siguiente manera:
Noventa (90) puntos a aquellas proposiciones que oferten la totalidad de las mejoras indicadas en la tabla anterior. Cero (0) puntos a aquellas proposiciones que no oferten ninguna mejora y proporcionalmente al resto tomando como referencia el valor económico del conjunto de las mejoras ofertadas en la proposición.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 17 de 80
EJECUCIÓN DE LAS MEJORAS: Las mejoras ofertadas por la empresa concesionaria se ejecutarán según las necesidades del servicio que serán fijadas por el responsable del contrato durante toda la duración del contrato en un porcentaje, indicado a título meramente orientativo, siguiente:
Primera anualidad: 30% del valor económico del conjunto de las mejoras ofertadas.
Segunda anualidad: 30% del valor económico del conjunto de las mejoras ofertadas.
Tercera anualidad: 20% del valor económico del conjunto de las mejoras ofertadas.
Cuarta anualidad: 20% del valor económico del conjunto de las mejoras ofertadas.
Las mejoras que la empresa concesionaria haya ofertado se integrarán en el contrato formando parte integrante del mismo. El incumplimiento de las mejoras ofertadas por la empresa adjudicataria, se establece como causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el artículo 223.f) de TRLCSP. en cuyo caso, en la determinación de los daños y perjuicios a exigir a la empresa concesionaria, entre otros, se incluirá por tal concepto la valoración económica de dichas mejoras.
Tres meses antes de la finalización de cada anualidad del contrato, se valorará el grado de ejecución de las mejoras, pudiendo la Administración reconvertirlas en otras diferentes que se consideren más oportunas según las necesidades que vayan surgiendo o, si la misma lo estimase conveniente, pasaran a sumarse a las que deban prestarse en los restantes años del contrato.
B) OFERTA ECONOMICA: Hasta un máximo de 10.00 Puntos.
La oferta económica se valora en un xxxxxx xx XXXX (10) puntos.
Este criterio se valorará con dos decimales y se puntuará de 0 a 10 puntos de acuerdo con la siguiente formulación:
Con las ofertas admitidas (Oi) se hallará la Oferta media aritmetica (Om) y quedarán excluidas, a los sólos efectos de cálculo, aquellas ofertas cuya baja (Bi) cumpla alguna de las siguientes condiciones:
1.- Bi ≥ Bm + 10 (más baratos o iguales que la media mas 10 puntos porcentuales)
2.- Bi ≤ Bm – 30 (más caros o iguales que la media menos 30 puntos porcentuales)
Siendo Bm la baja de la Oferta media artimética (Om).
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 18 de 80
Con las ofertas contenidas en este intervalo se calculará una nueva Oferta Media denominada Oferta Media Corregida (Omc).
En el supuesto de que el resultado del cálculo de Oferta Media Corregida (Omc) no pudiera calcularse en los términos indicados anteriormente por no encontrarse ninguna oferta entre los límites establecidos, se tomará como valor de referencia la Oferta media aritmetica (Om) menos 7 puntos porcentuales calculados sobre su baja.
La puntuación de todas las ofertas admitidas se hará con arreglo a los siguientes criterios:
a) Las ofertas (Oi) que coincidan en valor con la Oferta Media Corregida (Omc)
obtendrán una puntuación de 10 puntos.
b) Las ofertas (Oi) contenidas en el intervalo comprendido entre la Oferta Media Corregida (Omc) y la menor de las ofertas admitidas (Omin) obtendrá una puntuación resultado de interpolar entre los valores:
(Omc) = 10 puntos. (Omin) = 0 puntos.
c) Las ofertas (Oi) contenidas en el intervalo comprendido entre la Oferta Media Corregida (Omc) y la mayor de las bajas ofertadas (Omax) obtendrá una puntuación resultado de interpolar entre los valores:
(Omc) = 10 puntos. (Omax) = 0 puntos.
La puntuación total de la oferta presentada por cada licitador se obtendrá como resultado de la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los criterios de valoración indicados.
DECIMOSEXTA.- ADMISIBILIDAD DE MEJORAS
Los licitadores tan solo podrán presentar una proposición. Si bien, y como quiera que para la adjudicación del contrato objeto del presente pliego, se tendrán en cuenta los criterios de valoración indicados en la cláusula anterior, se podrá tomar en consideración las mejoras que los licitadores ofrezcan en sus proposiciones sobre los elementos que son objeto de valoración.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 19 de 80
DECIMOSEPTIMA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones junto con la documentación preceptiva se presentarán en el Registro General del Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, en días hábiles, de lunes a viernes, y de 9,00 a 14,00 horas, y en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES a contar desde el siguiente al en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx. Si el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Podrán ser también enviadas por correo dentro del mismo plazo de admisión, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama o fax al nº 000- 00 00 00, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado para la presentación de proposiciones. Transcurridos no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta, en ningún caso será admitida
Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada.
DECIMOCTAVA.- FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones, que, en todo caso, habrán de presentarse en lengua castellana, serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial.
Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas de este pliego sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin que pueda tampoco suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
Las proposiciones constarán de DOS SOBRES, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en cuyos anversos deberán figurar las inscripciones que a continuación se indican para cada uno de ellos:
SOBRE Nº 1: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 20 de 80
SOBRE NÚMERO 1 << DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA>>
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
SOBRE Nº 2: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE NÚMERO 2 << PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION.>>
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
El contenido de cada uno de los sobres es el siguiente:
SOBRE Nº 1 <<DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA>>.
En este sobre los licitadores adjuntarán los documentos que se relacionan a continuación. En ningún caso, podrá incluirse documentación alguna que haga, directa o indirectamente, referencia a la proposición económica y/ o propuestas de mejoras ofertadas por la empresa licitante, referencia que, caso de aparecer en dicho sobre, será, por sí sola, motivo de exclusión de la licitación.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 21 de 80
1.- HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACION.
En dicha hoja deberá constar al menos los siguientes datos: nombre, NIF, dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico.
2.- DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE PLIEGO PARA CONTRATAR.
Los licitadores deberán presentar una declaración responsable, conforme al Anexo I del presente pliego, suscrita por ellos mismos o sus representantes reconociendo que cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente pliego respecto de la capacidad, representación, solvencia económica, técnica y profesional, comprometiéndose, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar en el tiempo y forma establecido en este pliego toda la documentación exigida en la cláusula 22.2.
3.- COMPROMISO DE CONSTITUCION DE UNION TEMPORAL DE EMPRESARIOS, EN SU CASO.
Cuando dos o más empresas acudan a la licitación en unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberán suscribir la declaración responsable indicada en el apartado anterior y aportar documento privado indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, en caso de resultar adjudicatarios (artículos 59 TRLCSP y 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
4.- DECLARACION EXPRESA RESPONSABLE DE LA EMPRESA LICITADORA RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL AL QUE PERTENECE Y COMPRENSIVA DE TODAS LAS SOCIEDADES PERTENECIENTES A UN MISMO GRUPO.
El licitador presentará una declaración responsable conforme al Anexo II del presente pliego con relación de las empresas que forman parte del grupo empresarial a la que pertenezca el licitador individual, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo, según el art. 42 del Código de Comercio. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el art. 145.4 del TRLCSP (cálculo de ofertas que presentan valores anormales o desproporcionados).
5- DECLARACION DE SOMETERSE A LA JURISDICCION ESPAÑOLA.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 22 de 80
Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6.- DECLARACION RELATIVA A LA EXISTENCIA ENTRE SU PLANTILLA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Los licitadores podrán aportar declaración relativa a la existencia, en su caso, en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, por tener un grado de minusvalía superior al 33%, así como del número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
SOBRE Nº. 2 <<PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION>>.
En este sobre los licitadores incluirán la siguiente documentación:
1.- HOJA DESCRIPTIVA DEL CONTENIDO DEL SOBRE, ENUNCIADO NUMERICAMENTE.
2.- PROPOSICION ECONOMICA.
La proposición económica se ajustará al modelo que se inserta como Xxxxx XXX al final de este pliego y en la que se indica como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En dicha proposición económica se entenderán incluidos todos los tributos que graven la concesión o la gestión del servicio público, en los términos establecidos en el presente pliego.
No serán admitidas las proposiciones económicas por importe superior al consignado en el presente pliego como tipo de licitación.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 23 de 80
3.-PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION.
El licitador podrá aportar documento, según el Anexo IV xxx xxxxxx, donde se recojan las mejoras sin repercusión económica a la proposición económica presentada.
Las mejoras que se oferten deberán referirse a los elementos establecidos en la cláusula 15ª del presente pliego.
La propuesta de mejoras aceptada por el órgano de contratación en la adjudicación formará parte del contrato, debiendo, a tal efecto, recogerse expresamente en el mismo.
Cada licitador podrá presentar tan solo una propuesta de mejora.
Las mejoras que la empresa adjudicataria haya ofertado se integrarán en el contrato formando parte integrante del mismo. El incumplimiento de las mejoras ofertadas por la empresa adjudicataria, se establece como causa de resolución del contrato, al amparo de lo previsto en el artículo 223.f) de TRLCSP, en cuyo caso, en la determinación de los daños y perjuicios a exigir a la empresa concesionaria, entre otros, se incluirá por tal concepto la valoración económica de dichas mejoras.
DECIMONOVENA.- RECEPCION DE LA DOCUMENTACION.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el funcionario responsable del Registro General expedirá una certificación donde se relacionen las recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la cláusula 17ª ó, en su caso, sobre la ausencia de licitadores.
Recibidos los sobres por la Secretaria de la Mesa de Contratación, se constituirá la Mesa de Contratación, para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
VIGESIMA.-MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación tendrá la siguiente composición:
Presidente: X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Jefe de los Servicios Técnicos Municipales. Vocales:
– Xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, Secretaria General del Ayuntamiento.
– Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Interventora de Fondos del Ayuntamiento.
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 24 de 80
– D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxx, Ingeniero Técnico Industrial del Ayuntamiento.
Secretaria: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx,Administrativa de Contratación de este Ayuntamiento.
Actuarán de suplentes las personas a quienes corresponda sustituir a los titulares en los casos de ausencia, enfermedad o abstención.
Sin perjuicio de las funciones que le atribuye el TRLCSP y sus disposiciones complementarias a la Mesa de Contratación, la misma desempeñará las funciones que se indican en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
VIGESIMOPRIMERA.- CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS Y APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
21.1.-APERTURA DEL SOBRE Nº 1 <<DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA>> Y CALIFICACION DE LA MISMA.
Una vez recibidos los sobres por la Secretaria de la Mesa de contratación junto con el certificado de la persona encargada del Registro General de Documentos, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma.
A tal efecto, por la Presidencia se ordenará la apertura del Sobre Nº. 1
<<Documentación administrativa>>”.
Si la Mesa observase defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada en el mencionado sobre, efectuará el requerimiento mediante comunicación verbal o vía fax a los interesados y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde el siguiente al del recibo de dicho requerimiento para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la documentación que a tal fin le haya sido requerida.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para proceder a determinar las empresas que han subsanado en plazo lo requerido, y efectuará pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 25 de 80
21.2.- APERTURA DEL SOBRE Nº. 2. <<PROPOSICION ECONOMICA Y PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION.>>.
Por la Presidencia de la Mesa de contratación, en el día y hora señalado en el anuncio de licitación, procederá en acto público a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas. A continuación se realizará la apertura de los sobres nº.2 de aquellas empresas que hayan resultado admitidas en el procedimiento.
No obstante, y para el supuesto de que el acto de apertura no pudiese celebrarse el día indicado en el anuncio de licitación, la nueva fecha en que tendrá lugar el mismo se publicará en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación.
VIGESIMOSEGUNDA.- ACTUACIONES PREVIAS A LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
22.1.- CLASIFICACION DE LAS OFERTAS.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para formular la correspondiente propuesta de adjudicación, pudiendo solicitar al efecto cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el artículo 160.1 del TRLCSP.
La Mesa de Contratación cuando entienda que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo establecido en la cláusula 26ª del presente pliego, tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 152.3 del TRLCSP, y a la vista del resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo.
La Mesa de Contratación, efectuadas tales actuaciones, procederá a la valoración de las proposiciones, conforme a los criterios de valoración de ofertas establecidos en el presente pliego, y una vez efectuadas las actuaciones, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación competente a favor del licitador cuya proposición haya resultado la oferta económicamente más ventajosa y que será la que haya obtenido mayor puntuación tras su valoración conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego; propuesta que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
En caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de que sirvan de base para la
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 26 de 80
adjudicación, tendrán preferencia de adjudicación la empresa que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 15ª del presente pliego, por el orden de preferencia que a continuación se indica:
1.- Mayor puntuación en el criterio relativo a las “Mejoras sin coste alguno para la Administración.”
2.- Mayor puntuación en el criterio relativo a “Oferta económica”.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, el criterio de desempate sería el licitador que contase entre su plantilla con personas con discapacidad.
Y finalmente, si persistiera la igualdad entre las proposiciones, la adjudicación se efectuará por sorteo.
22.2.- REQUERIMIENTO PARA LA PRESENTACION DE DOCUMENTACION AL LICITADOR PROPUESTO POR LA MESA DE CONTRATACION PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
El órgano de contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación realizada por la Mesa de Contratación, requerirá al licitador propuesto para la adjudicación del contrato, que será aquél que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que en el plazo xxxxxx xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que haya recibido dicho requerimiento, presente la documentación que a continuación se relaciona, que podrá aportarse en original o mediante copias que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
Tales documentos se presentarán en el Registro General del Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, en días hábiles, de lunes a viernes, y de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo anteriormente indicado. Si el último día del plazo fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
La documentación a presentar lo será en DOS SOBRES, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por los licitadores o personas que los representen, en cuyos anversos deberán figurar las inscripciones que a continuación se indican para cada uno de ellos:
SOBRE Nº 3: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 27 de 80
SOBRE Nº. 3 << DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL>>.
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
SOBRE Nº. 4: Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº. 4 << DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
Nº EXPTE:
OBJETO DEL CONTRATO: . RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA/NOMBRE COMPLETO DEL LICITADOR:
.
C.I.F / N.I.F.: .
DIRECCIÓN POSTAL: . TELÉFONO: ; FAX: . CORREO ELECTRÓNICO: .
NOMBRE, FECHA Y FIRMA: .
El contenido de cada uno de los sobres es el siguiente:
SOBRE Nº. 3- DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL.
EL licitador requerido deberá presentar la siguiente documentación, significándole que, de conformidad con lo establecido en el apartado 5º del art. 146 del TRLCSP, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos del licitador de capacidad y solvencia exigidos en el presente pliego, es el de finalización del plazo para presentación de las proposiciones.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 28 de 80
1.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL LICITADOR Y SU AMBITO DE ACTIVIDAD:
1.1.- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, y en la que se acredite que el objeto social o actividad de la empresa tiene relación directa con el objeto del contrato, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea de aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de la constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que conste las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación bastanteado por la Secretaria General de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, y si se trata de un poder especial para un acto en concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar fotocopia compulsada de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
1.2.- Los licitadores individuales presentarán el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
1.3.- Fotocopia del código de identificación fiscal, si se trata de persona jurídica. 1.4.- En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como
jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad,
representación y solvencia en los términos establecidos en el artículo 59 del TRLCSP, debiendo designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración.
1.5.-Las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 29 de 80
La capacidad de las mismas se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
1.6.- Los demás empresarios extranjeros, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de española, que el Estado de procedencia de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Siendo necesario, además, que estas empresas tengan abiertas sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
2.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA.
La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante el medio establecido en el apartado a) del artículo 75 del TRLCSP, fijándose el siguiente criterio de selección:
El volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, deberá ser al menos de 360.000,02 €, que resulta ser el importe establecido como tipo de licitación en el presente pliego, referido al año de mayor volumen de los últimos tres años (2012, 2013 y 2014). Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil.
Medio de acreditación:
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
3.- DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA TECNICA O PROFESIONAL.-
De conformidad con lo establecido en el art. 79 del TRLCSP y el art. 67.4.2º del RGLCAP la solvencia técnica o profesional del empresario se acreditara mediante el
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 30 de 80
medio previsto en la letras a) del artículo 78 del TRLCSP, y que resulta ser el siguiente:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos CINCO años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Criterios de selección:
Se exige que el licitador, haya ejecutado en los últimos CINCO años, al menos UN CONTRATO del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente pliego, cuyo precio anual, excluido IVA, sea igual o superior a 252.000,01€, cantidad que resulta ser la equivalente al 70% del precio anual de licitación que se establece para el contrato objeto del presente pliego, excluido IVA.
Medio de acreditación:
-Mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y los que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV de los contratos de servicios, indicados en el Anexo II del Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP, de conformidad con lo establecido en el art. 67.4.2º del RGLCAP.
Cuando las empresas liciten agrupadas en UTE, para determinar si poseen la solvencia técnica y profesional exigida, se actuará de la siguiente forma:
- Cuando la empresa licitadora hubiera ejecutado el contrato a través de una UTE, se computará el importe de aquél en proporción a la participación de dicha empresa en la UTE.
- Para las empresas licitadoras agrupadas en UTE se tendrá en cuenta la suma de los contratos ejecutados por todas ellas, si bien no podrán acumularse en total más de un contrato por cada una de ellas.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 31 de 80
Para ello, las empresas que liciten un UTE, deberán presentar la documentación acreditativa de tales extremos.
4.-DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICION DE CONTRATAR.
La prueba por parte de los empresarios de no estar incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público, Secretaria General de la Corporación y organismo profesional cualificado, conforme establece el artículo 73 del TRLCSP, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y con la Hacienda de este Ayuntamiento y con la Hacienda Local impuestas por las disposiciones vigentes.
5.- DECLARACION DE SOMETERSE A LA JURISDICCION ESPAÑOLA.
Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6.- OTRA DOCUMENTACION.
6.1.- DOCUMENTACION EN RELACION CON LA EXISTENCIA EN LA PLANTILLA DE TRABAJADORES DISCAPACITADOS.
En el supuesto que el licitador haya presentado en el sobre nº. 1 la declaración relativa a la existencia en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, por tener un grado de minusvalía superior al 33%, así como del número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, deberá presentar al menos la siguiente documentación: los contratos de trabajo y los documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores discapacitados.
6.2.-DOCUMENTACION RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS:
En relación con este extremo, la empresa deberá presentar la siguiente documentación:
- Documento justificativo de estar dado de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 32 de 80
-Documento justificativo de estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas. En el supuesto de que la empresa esté exenta del pago del citado Impuesto, deberá presentar una declaración responsable, conforme el Anexo VII del presente pliego.
- Y una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
6.3.- DOCUMENTACION RELATIVA AL ABONO AL AYUNTAMIENTO DE LOS GASTOS CORRESPONDIENTES A LA LICITACION.
-Documentación acreditativa de haber abonado a este Ayuntamiento los gastos indicados en la cláusula 25ª del presente pliego correspondientes a la licitación del procedimiento en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx.
Y que para el supuesto de que la documentación exigida en la presente cláusula obre en poder de esta Administración como consecuencia de la participación en otros procedimientos, los licitadores podrán acogerse al derecho establecido en el apartado f) del art. 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el sobre número 3, tan sólo incluirán la declaración que se adjunta como Anexo V al final del presente pliego.
SOBRE Nº. 4.- <<DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
El licitador requerido deberá presentar la siguiente documentación:
A) RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
➢ Certificaciones positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
➢ Certificación positiva expedida por el Ayuntamiento, justificativa de la inexistencia con su Administración de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
➢ Certificación positiva expedida por la Hacienda Local, justificativa de la inexistencia con la Administración Local de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 33 de 80
El licitador podrá optar por aportar las certificaciones indicadas, o bien, presentar, conforme al Anexo VI del presente pliego, la autorización de la cesión de la información tributaria.
B) RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL:
➢ Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
C) RESPECTO DE LA GARANTIA DEFINITIVA.
➢ De conformidad con lo establecido en la cláusula 24ª del presente pliego, tal requisito se acreditará presentado el resguardo acreditativo de la constitución de la garantía definitiva.
22.3.- VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA DOCUMENTACION APORTADA, DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS Y EFECTOS.
VERIFICACION DEL CONTENIDO DEL SOBRE Nº. 3 <DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y DE LA SOLVENCIA ECONOMICA, TÉCNICA Y PROFESIONAL>>.
La Mesa de Contratación, se reunirá y procederá a calificar la documentación presentada por el licitador en el sobre nº. 3 para la acreditación de la capacidad y de la solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el presente pliego.
Si la Mesa de Contratación observase defectos y omisiones subsanables en la misma, efectuará requerimiento mediante comunicación verbal o vía fax al licitador y lo hará público a través del perfil de contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles, a contar desde el siguiente al del recibo de dicho requerimiento para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la documentación que a tal fin le haya sido requerida.
VERIFICACION DEL CONTENIDO DEL SOBRE Nº.4 <<DOCUMENTACION ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RESTANTES OBLIGACIONES PARA SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO>>.
Por la Unidad Administrativa que gestiona y tramita el expediente de contratación, se procederá a verificar si el licitador propuesto dentro del plazo a tal fin concedido ha presentado toda la documentación exigida en el sobre nº. 4, y ha acreditado con la misma los extremos exigidos. A continuación elevará informe al órgano de contratación para la adopción del acuerdo que proceda.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 34 de 80
Si el licitador no cumplimentase adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado ( 10 DIAS HABILES), se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
22.4.- ACUERDO DE ADJUDICACION DEL CONTRATO.
A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación y del informe de la Unidad Administrativa que gestiona el expediente, el órgano de contratación adoptará acuerdo de adjudicación del contrato en favor del licitador propuesto.
En el supuesto de que el licitador propuesto para la adjudicación del contrato, resultase rechazado del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige en el mismo, o por no haber presentado en el plazo de 10 días hábiles la documentación indicada en el SOBRE Nº. 4, o no haber acreditado con la misma el cumplimiento de los requisitos exigidos en el pliego, entendiéndose en consecuencia que el licitador ha retirado su oferta, el órgano de contratación formulará requerimiento al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, para que presente la documentación indicada en esta cláusula en el tiempo y forma igualmente detallada.
El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
VIGESIMOTERCERA.- ADJUDICACION.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante, y se realizará conforme a lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP.
Notificada la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 35 de 80
El contrato se perfeccionará con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado, se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentra la sede del órgano de contratación.
VIGESIMOCUARTA.- GARANTIA DEFINITIVA.
La garantía definitiva podrá prestarse en alguna de las formas establecidas en el apartado 1º del artículo 96 del TRLCSP.
El licitador cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación del contrato deberá constituir, a disposición del órgano de contratación, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el correspondiente requerimiento de conformidad con lo señalado en el artículo
151.2 del TRLCSP, una garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación de todas las anualidades del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP.
Las responsabilidades a que están afectas la garantía definitiva son las determinadas en el artículo 100 del TRLCSP.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles a la empresa concesionaria, ésta deberá reponer o ampliar aquéllas, en las cuantías que correspondan, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique a la empresa concesionaria el acuerdo de modificación.
Las sociedades cooperativas andaluzas sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir, conforme a lo establecido en el
116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 36 de 80
VIGESIMOQUINTA.- GASTOS A CARGO DEL CONCESIONARIO.
GASTOS CORRESPONDIENTES A LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
Son de cuenta del concesionario los gastos e impuestos correspondientes a la de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública.
GASTOS CORRESPONDIENTES A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Son de cuenta del concesionario, además de los indicados anteriormente los siguientes gastos:
1º.- Los correspondiente a la obtención de las licencias, autorizaciones y permisos que procedan en orden a la ejecución del contrato.
2º.- Los gastos correspondientes a anuncio de licitación del procedimiento en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx, por un importe que será inferior a la cantidad de 1.000,00€.
3º.- Los que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, etc...
4º.- Los gastos ordinarios y extraordinarios de suministros (agua, gas , electricidad, teléfono, combustible, etc..), debiendo realizar, a su xxxxx, tanto el cambio de titularidad como los nuevos contratos que estén vinculados a dichos suministros y que figuren a nombre del Ayuntamiento xx Xxxxx del Río o del antiguo concesionario.
5º.- Los correspondientes a la suscripción, a su cargo, de la pólizas de seguros exigidos en el presente pliego.
6º.- Los correspondientes al mantenimiento y conservación de las instalaciones, edificios, construcciones, mobiliario, utillaje y demás elementos necesarios para la prestación del servicio.
7º.- Las sanciones que se impongan por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir como consecuencia de denuncias de vertidos en el dominio público hidráulico ocasionados por el funcionamiento del servicio y que sean por causas imputables al concesionario, al que le corresponde la carga de la prueba.
8º.- Todos los gastos generales necesarios para el adecuado sostenimiento de la gestión del servicio.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 37 de 80
9º.- Todos aquellos otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
En las proposiciones que formulen los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos.
VIGESIMOSEXTA.- CRITERIOS DETERMINANTES DE OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
De los criterios de valoración de ofertas establecidos en la cláusula 15ª del presente pliego, se tomará en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición puede estar incursa en valores anormales o desproporcionados, el siguiente:
- El denominado “Oferta económica”, para lo cual se estará a lo establecido en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Cuando la Mesa de Contratación entienda que alguna de las proposiciones pudiera ser calificada como anormal o desproporcionada, en base a lo indicado en esta cláusula, tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 152.3 del TRLCSP, y en vista de su resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4º del mismo artículo.
A estos efectos, cuando concurran a la licitación de forma individualizada empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio, se tendrá en cuenta únicamente la mejor oferta, al objeto de la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido en el párrafo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del RGLCAP.
VIGESIMOSEPTIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
En el caso de que la adjudicación del contrato se haya efectuado a favor de una unión temporal de empresarios, antes de la formalización del contrato, deberán presentar la escritura pública de formalización de la misma, el C.I.F. y demás documentación relativa a la U.T.E.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el concesionario podrá solicitar que la concesión se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 38 de 80
La formalización del contrato deberá tener lugar no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que sea recibida la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
En el momento previo a la formalización del contrato, el Responsable del Contrato y la empresa concesionaria procederán a levantar un acta de conformidad sobre el estado en el que se encuentran las instalaciones y el equipamiento de las mismas, así como los datos contenidos en el Inventario que se une al pliego de prescripciones técnicas particulares. Posteriormente se procederá a la formalización del contrato y en ese acto se hará entrega al concesionario de las llaves de la Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, las cuales pasaran a poder de esta Administración tras la conclusión de la misma.
III.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. VIGESIMOCTAVA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
Será responsable del contrato el Jefe de los Servicios Técnicos y a él le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La supervisión, coordinación, comprobación y vigilancia de la correcta realización del contrato, será ejercida por la Administración Municipal a través de la Responsable del contrato.
El concesionario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El concesionario, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
El responsable del contrato, acompañado por el delegado del concesionario, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
Serán funciones del Responsable del Contrato:
- Adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
- Exigir la existencia de medios y organización necesaria para llevar a cabo adecuadamente la realización de la prestación pactada.
- Dar las órdenes oportunas para la correcta ejecución de la gestión del servicio público en términos de calidad y tiempo.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 39 de 80
- Resolución de cuantas incidencias surjan en ejecución de la gestión del servicio público.
-Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de la gestión del servicio público y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa concesionaria.
-Supervisará el correcto funcionamiento y aprovechamiento de las instalaciones, bienes, equipos, etc. del servicio adjudicado, y comprobará el estado de conservación y las operaciones de mantenimiento, reparación y reposición de los distintos elementos, durante toda la vigencia del contrato.
-Comprobará el incumplimiento por parte de la empresa concesionaria de sus obligaciones respecto del personal que emplee en la prestación del servicio y que resultan ser las indicadas en la cláusula 34 del presente pliego. A tal fin, el Responsable del Contrato solicitará de dicha empresa la presentación de la documentación que estime conveniente. Dicha documentación deberá ser presentada en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la petición que a tal fin se efectúe.
-Cualquiera otra de las establecidas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.
Las condiciones a las que ha de ajustarse la realización de la gestión del servicio público de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales(EDAR) de Palma del Río, EDAR Baldio-Baldio Sur, EDAR Xxxxx xx Xxxxx, Estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) calle Barqueta y del Emisario al Río Gualquivir, objeto de contratación, son las detalladas en este Pliego, en el Pliego de prescripciones técnicas particulares de la contratación del mismo, así como en los términos que resulten del contrato, de conformidad con la oferta de la empresa concesionaria.
Antes del inicio de la prestación del servicio el concesionario presentará al Responsable del Contrato la documentación acreditativa de la afiliación y alta en la Seguridad Social de cada uno de los trabajadores que valla a emplear durante la duración de la concesión.
VIGESIMONOVENA.- SEGUROS.
La empresa concesionaria del servicio deberá contratar con una entidad aseguradora los siguientes seguros, entendiéndose que las sumas de los mismos nunca serán inferiores a las obligatorias según las leyes y normas vigentes:
1.- Seguro contra todo riesgo la totalidad de la construcción e instalaciones de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Palma del Río, EDAR Baldio- Baldio Sur, EDAR Xxxxx xx Xxxxx, Estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) xxxxx Xxxxxxxx x xxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxxxxx, para garantizar cualquier contingencia que pudieran ocasionar su destrucción o deterioro físico o imposibilidad del uso, total o parcial. En la póliza que se suscriba al efecto, el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río figurará como beneficiario de la misma, garantizándose así que el
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 40 de 80
montante de los riesgos cubiertos serán destinados a la reposición del edificio y de las instalaciones a su estado originario.
2.- Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para cubrir las reclamaciones por daños materiales y/o personales y sus consecuencias ocasionados a terceros como consecuencia o en relación con las tareas profesionales objeto del contrato con un límite no inferior a 300.000 euros.
3.- Seguro de Responsabilidad Civil General para cubrir las reclamaciones por daños materiales y/o personales y sus consecuencias ocasionados a terceros como consecuencia de las obligaciones que asume como responsable de la prestación del servicio. La póliza incluirá, entre otras, las garantías de responsabilidad civil por polución y contaminación accidental; cruzada; post-trabajos y responsabilidad civil patronal y el límite de indemnización general no será inferior a 600.000€ con un sublímite por víctima no inferior a 150.000€
4.- Seguro de Accidentes de Trabajo o Seguridad Social para todo el personal propio o de sus subcontratistas conforme sea legalmente exigible durante la vigencia del contrato.
5.- Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario de Circulación de vehículos y maquinaria, conforme los límites y condiciones exigidos por la legislación en vigor durante la vigencia del contrato.
6.-Cualquier otro seguro de contratación obligatoria, conforme la legislación en vigor durante la vigencia del contrato.
El incumplimiento de dicha obligación no exonerará al concesionario de las responsabilidades que en este sentido pudieran producirse durante la duración del contrato.
Antes del inicio de la prestación del servicio la empresa concesionaria deberá presentar al Responsable del Contrato copia cotejada de las pólizas suscritas, así como el justificante del pago periódico de las primas dentro del mes siguiente a la suscripción y a los pagos respectivos.
El incumplimiento del plazo de presentación de la documentación acreditativa de la suscripción de los seguros establecidos indicados, será penalizado en los términos establecidos en la cláusula 41 del presente pliego.
La empresa concesionaria queda obligada a informar al Responsable del Contrato, durante la duración del mismo de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros descritos anteriormente, así como de cualquier modificación que pudiera suponer un incumplimiento de lo establecido en la presente cláusula
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 41 de 80
TRIGESIMA.- INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO.
La empresa concesionaria está obligada a la subrogación del personal preexistente respecto del personal adscrito a la empresa saliente, que pasarán a estar adscritos a la nueva empresa concesionaria, quien se subrogará en todos los derechos y obligaciones que tuvieran reconocidos en su anterior empresa, en aplicación al V Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, distribución, saneamiento y depuración de aguas potables y residuales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 264, de 4 de noviembre de 2015, aplicándole la tabla salarial para el año 2016.
A tal efecto, y cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 120 del TRLCSP, al Pliego de Prescripciones Técnica, se une el Anexo III relativo a la “Personal a subrogar”, con el fin de facilitar a los licitadores la información sobre las condiciones de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria, para permitir los costes laborales que implicará tal medida.
TRIGESIMOPRIMERA.- DELEGADO O REPRESENTANTE DEL CONCESIONARIO.
La empresa concesionaria del servicio designará a una persona que actuará como delegado o representante de la misma ante el Ayuntamiento y con capacidad suficiente para:
✔ Ostentar la representación de la empresa cuando sea necesaria su actuación o presencia en los actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales.
✔ Organizar la prestación del servicio e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas por el Responsable del Contrato.
✔ Proponer al Responsable del Contrato colaborar con él en la resolución de problemas que se planteen durante la duración del contrato.
De conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares del procedimiento, actuará como delegado o representante de la empresa concesionaria el Jefe de Planta.
TRIGESIMOSEGUNDA.- EJECUCION DEL CONTRATO. FISCALIZACION Y CONTROL.
Las condiciones a las que ha de ajustarse la realización de la gestión del servicio público, serán las que se establecen en la normativa que resulte de aplicación, así como en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas Particulares que rigen en la contratación, en la Ordenanza Municipal del Servicio de
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 42 de 80
Saneamiento de Aguas (Vertido y Depuración), y en el contrato administrativo que se formalice en función de la oferta presentada por la empresa concesionaria.
En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio de que se trata.
A este respecto, el Responsable del Contrato, respetará durante la duración del contrato y su ejecución, el poder de dirección que corresponde a la empresa concesionaria, absteniéndose de asumir funciones directivas, señaladamente mediante la impartición directa de órdenes e instrucciones sobre el personal de la empresa concesionaria, sin perjuicio de las facultades que el TRLCSP reconoce al órgano de contratación en orden a la ejecución de los contratos.
El servicio quedará sometido de forma permanente a la fiscalización y control del Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río, a través del Responsable del Contrato, que supervisará la gestión del servicio público y trabajos prestados en todo momento, procurando no entorpecer la labor del mismo.
El Responsable del Contrato podrá convocar al concesionario a fin de recabar información sobre el funcionamiento del servicio siempre que lo estime oportuno, así como requerir al concesionario toda aquella información que se estime conveniente, y que considere necesaria.
El concesionario queda obligado a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por el Responsable del Contrato.
Asimismo el concesionario está obligado a entregar al Responsable del Contrato, mensualmente, certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, y copia compulsada de los justificantes de pagos a la Seguridad Social del personal que preste el servicio junto con el TC2 de la empresa, indicando los empleados que ese mes han participado en la gestión del servicio público, así como los justificantes de haber abonado a los trabajadores los salarios correspondientes y del abono de los tributos directos o indirectos relacionados con la prestación del servicio o de su personal. El incumplimiento de dicha obligación, será penalizada en los términos establecidos en la cláusula 41 del presente pliego.
Igualmente el concesionario deberá exhibir y entregar cualquier otra documentación que le sea requerida por el Responsable del Contrato que resulte necesaria y que vaya encaminada a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria del Ayuntamiento xx Xxxxx del Río. Dicha documentación deberá ser entrega en un plazo no superior a 5 días hábiles a contar desde la petición que a tal fin se efectúe.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 43 de 80
Asimismo, deberá presentar ante esta Administración con una periodicidad semestral, los certificados acreditativos de que la empresa se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda Local y con la Hacienda de este Ayuntamiento. Y anualmente el pago de la prima de los seguros exigidos.
TRIGESIMOTERCERA.- POTESTADES Y DEBERES DE LA CORPORACION.
A) Son potestades de esta Corporación, sin perjuicio de otras que legalmente correspondan:
1.- El Servicio concedido mantendrá, en todo momento, la calificación de servicio público del Ayuntamiento de Palma del Río, y así se hará constar en los locales, establecimientos, impresos y demás elementos visibles del servicio. El Servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Palma del Río, EDAR Baldio-Baldio sur, EDAR Xxxxx xx Xxxxx, Estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) xxxxx Xxxxxxxx x xxx xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxxxxx queda asumido por el Ayuntamiento como propio del mismo, quien conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio.
2.- Ordenar discrecionalmente, como podría disponer si gestionase directamente el servicio, las modificaciones en el concedido que aconseje el interés público, y entre otras:
a) La variación en la calidad, cantidad, tiempo o lugar de las prestaciones del servicio.
b) La forma de retribución al concesionario.
3.- Fiscalizar e inspeccionar el servicio, así como dictar en su caso las órdenes precisas para mantener la debida prestación del mismo.
4.- Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio en los casos en que no lo prestare o no lo pudiera prestar el concesionario, por circunstancias imputables o no al mismo.
5.- Imponer al concesionario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere, en los términos que señalan los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, así como en la Ordenanza reguladora del Servicio y en la demás la normativa que resulte de aplicación.
6.- Rescatar el contrato. 7.- Suprimir el servicio.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 44 de 80
8.- Modificar, por razones de interés público, y en los términos que se indican en el presente pliego, las características del servicio contratado. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al concesionario de manera que se mantenga el equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la adjudicación del contrato.
En el caso en que los acuerdos que dicte la Administración respecto al desarrollo del Servicio carezcan de trascendencia económica, el concesionario no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.
B) La Corporación deberá:
1.- Abonar al concesionario el importe de los servicios que efectivamente haya ejecutado, al precio convenido.
2.- Otorgar al concesionario la protección adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente.
3.- Restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la Administración modifique, por razones de interés público y de acuerdo con lo establecido en el presente pliego y en el título V del Libro I del TRLCSP, las características del servicio contratado.
b) Cuando actuaciones de la Administración determinen de forma directa la ruptura sustancial de la económica del contrato.
c) Cuando causas de fuerza mayor determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato, entendiéndose por causas de fuerza mayor las siguientes:
c.1) Los incendios causados por la electricidad atmosférica.
c.2) Los fenómenos naturales de efectos catastróficos, como maremotos, terremotos, erupciones volcánicas, movimientos del terreno, temporales marítimos, inundaciones u otros semejantes.
c.3) Los destrozos ocasionados violentamente en tiempo xx xxxxxx, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden publico.
En dichos supuestos, para el restablecimiento del equilibrio económico del contrato se procederá conforme establece el artículo 282 del TRLCSP.
4.- Indemnizar al concesionario por los daños y perjuicios que le ocasionare la xxxxxxxx directa de la gestión del servicio, si ésta se produjere por motivos de interés público independiente de culpa del concesionario.
5.- Indemnizar al concesionario por el rescate de la concesión o en caso de supresión del servicio.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 45 de 80
TRIGÉSIMOCUARTA.-OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO.
1.- RESPECTO AL PERSONAL QUE EMPLEE PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO.
1.-) La empresa concesionaria deberá adscribir y mantener al servicio, durante toda la vigencia del contrato, el personal preciso y adecuado para el correcto funcionamiento del mismo y para atender las obligaciones que se deriven tanto del presente pliego como del de prescripciones técnicas y de la oferta formulada por dicha empresa. Dicho personal no podrá ser inferior al establecido en el pliego de prescripciones técnicas, debiendo ser sustituido por otro, con cargo al concesionario, cuando por bajas, vacaciones, licencias o cualquier otra causa impliquen una disminución en el número total de personas. El personal deberá tener la cualificación profesional adecuada a la prestación de la gestión del servicio público para los que sean contratados.
El aumento o disminución del número inicial de trabajadores deberá contar con la aprobación expresa del Ayuntamiento, de forma tal que, la variación en dicho número sin la referida autorización podrá dar lugar la resolución del contrato.
2.-) Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa concesionaria, por lo que está tendrá todos los derechos y deberes inherentes en su calidad de empleador, y deberá cumplir tanto las disposiciones vigentes como aquellas otras que se promulguen durante la duración del contrato, relativas al contrato de trabajo, protección de empleo y condiciones laborales, legislación laboral, Seguridad Social y obligaciones fiscales, así como las contenidas en el Estatuto de los Trabajadores y en los Convenios Colectivos del sector, quedando el Ayuntamiento exonerado de la responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.
Igualmente deberá cumplir con las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales, referidas tanto al propio personal a su cargo como a los equipos de trabajo que utilice, incluidos los equipos de protección individual.
3.-) El personal que la empresa concesionaria adscriba al servicio estará en todo momento al corriente de las cuotas de la Seguridad Social y debidamente asegurado con las condiciones especificas de su trabajo y percibirá los haberes y jornales establecidos en las reglamentaciones laborares vigentes, asumiendo de forma directa y no imputable al Ayuntamiento, el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dichas mejoras son consecuencia de convenios colectivos como de pactos o acuerdos de cualquier índole que pueda conllevar o conlleven equiparación a otras situaciones, de modo que en ningún podrán repercutir dichas modificaciones en un incremento del precio del precio de adjudicación del contrato.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 46 de 80
En ningún caso podrá exigirse al Ayuntamiento responsabilidad de ninguna clase, ni repercutir ninguna multa o sanción, que por incumplimiento de la empresa concesionaria de sus obligaciones existentes respecto a sus empleados, pudieran imponerle los Organismos competente, aún en el supuesto de que las medidas que se adopten se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. En cualquier caso, la empresa concesionaria indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
El personal afecto al servicio carecerá de vinculación alguna, directa o indirecta con el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, sin que en ningún momento puede atribuirsele la condición de funcionarios ni empleados municipales. Sus relaciones económico-laborales serán las que hayan convenido con la empresa concesionaria del servicio, y a ella es completamente ajeno el Ayuntamiento, que no obstante se reserva el derecho de comprobar que la empresa concesionaria cumple sus obligaciones relativas a la Seguridad Social y accidentes de trabajo, a que venga obligado según la normativa de aplicación.
A la extinción del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación del personal que la empresa haya destinado a realizar el servicio como personal del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río.
4.-) La empresa concesionaria deberá de proveer a su personal de un uniforme adecuado que deberá vestir durante el tiempo que permanezca realizando las prestaciones contratadas, debiendo presentar los empleados un aspecto aseado y cuidado.
En su trato con el público observarán la corrección debida, y para solventar cualquier incidencia requerirán la presencia de un Agente de la Autoridad municipal.
5.-) La empresa concesionaria antes del inicio de la prestación del servicio deberá entregar al Responsable del contrato la relación nominal de personas que van a prestar sus servicios con carácter permanente, en la que figurarán como mínimo los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, antigüedad, categoría, horario de trabajo, contrato, etc.
El incumplimiento de está obligación dará lugar a la imposición de una penalización en los términos indicados en la cláusula 41 del presente pliego.
2.- RESPECTO A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.-
La empresa concesionaria vendrá obligada al cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en materia de Seguridad y Salud Laboral contenidos en la normativa vigente de Prevención de Riesgos Laborales, y en especial en el Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 47 de 80
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa concesionaria o la infracción de las disposiciones de seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicará responsabilidad alguna para esta Administración.
3.- RESPECTO AL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCION DE DATOS.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD.-
El concesionario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
PROTECCION DE DATOS DE CARACTER PERSONAL.
El concesionario y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999.
El concesionario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa concesionaria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Si de la gestión del servicio implicará el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 26 del TRLCSP.
4.- RESPECTO A LOS GASTOS DE SUMINISTROS E IMPUESTOS.
Con relación con esta obligación se estará a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares del procedimiento.
Serán asimismo de cuenta del concesionario todos los gastos derivados de las licencias, autorizaciones administrativas, revisiones legales, impuestos municipales o estatales, y cualesquiera otros que resulten de aplicación y que correspondan al titular de la concesión
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 48 de 80
5.- RESPECTO A LA CONSERVACION, MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL CENTRO Y DE SUS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO.
En relación con esta obligación se estará a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares del procedimiento.
6.- RESPECTO A LA PRESENTACION DE DOCUMENTACION E INFORMACION.
El concesionario está obligado a facilitar al Responsable del Contrato toda la información sobre el funcionamiento de las instalaciones que por éste le sea solicitada, debiendo presentar la documentación que se detalla tanto en el presente pliego como en el pliego de prescripciones técnicas particulares que rige en el procedimiento, en la forma y plazo que igualmente se fija.
7- OTRAS OBLIGACIONES GENERALES.
1. Organizar y prestar el Servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Palma del Río, EDAR Baldio-Baldio Sur, EDAR Xxxxx xx Xxxxx, Estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) calle Barqueta y del emisario al Río Gualquivir, de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en el de Prescripciones Técnicas Particulares y en la normativa que resulte aplicación, así como con lo establecido en la demás legislación que sea aplicable, u ordenado posteriormente por la Corporación concedente, incluso en el caso de que circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ocasionaren una subversión en la economía de la concesión, y sin más interrupciones que las que se habrían producido en el supuesto de gestión directa municipal; sin poder ceder, arrendar ni traspasar dicho servicio, salvo autorización expresa de este Ayuntamiento.
2. Iniciar la prestación de la gestión del servicio público el día 1 de julio de 2016.
3. Admitir al goce del servicio a toda persona que cumpla los requisitos dispuestos reglamentariamente.
4. Disponer de los recursos técnicos suficientes y adecuados para el funcionamiento y prestación del servicio objeto de concesión.
5. Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía de este Ayuntamiento.
6. Sufragar por su cuenta todos los gastos indicados en el presente pliego y el de prescripciones técnicas particulares, así como todos aquellos otros que se origine como consecuencia de la prestación de la gestión del servicio público objeto de contratación.
7. No realizar ninguna obra o instalación sin la expresa autorización municipal.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 49 de 80
8. Obtener las autorizaciones, licencias, permisos, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la prestación de la gestión del servicio publico de que se trata.
9. No enajenar los bienes afectos a la concesión ni destinarlos a otros fines.
10. El concesionario deberá acomodar en todo momento la actividad a las normativas y ordenanzas vigentes de aplicación, así como a las que en lo sucesivo puedan aprobarse. Cumplirá fielmente todo lo dispuesto en la normativa de aplicación.
11. Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a a la Administración.
12. Resarcir los daños e indemnizar por los perjuicios que causare al Ayuntamiento con ocasión de la explotación del servicio.
13. Ejercer por si la concesión del servicio y no cederla o traspasarla total o parcialmente a terceros sin la anuencia de la Corporación, para lo que habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 226 del TRLCSP-
14. Adscribir y mantener en todo momento al servicio el personal suficiente y adecuado para el correcto funcionamiento del mismo. Esta obligación se integra en el contrato con el carácter de “Obligación Contractual Esencial” a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, por lo que el incumplimiento de tal obligación será causa de resolución del contrato.
15. Presentar toda la documentación que le sea requerida por el Órgano de Contratación y/o por el Responsable del Contrato, con el fin de comprobar el cumplimiento de la prestación del contrato en las condiciones establecidas.
16. Presentar al Responsable del Contrato, mensualmente, el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, y copia compulsada de los justificantes de pagos a la Seguridad Social del personal que preste el servicio junto con el TC2 de la empresa, indicando los empleados que ese mes han participado en la gestión del servicio público, así como los justificantes de haber abonado a los trabajadores los salarios correspondientes y del abono de los tributos directos o indirectos relacionados con la prestación del servicio o de su personal. El incumplimiento de está obligación será penalizada en los términos establecidos en el presente pliego.
17. El concesionario estará obligado a comunicar y aportar cuantos asuntos sean de interés para el buen desarrollo de la prestación del servicio, el cual se desarrollará en todo caso, bajo la supervisión del Responsable del Contrato.
18. Observar tanto la empresa concesionaria como sus trabajadores una conducta de respecto y consideración con los usuarios del servicio.
19. Garantizar la prestación ininterrumpida del servicio contratado, hasta tanto la nueva empresa se haga cargo del mismo. Igualmente, en caso de huelga, la empresa
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 50 de 80
adjudicataria será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Ante el incumplimiento total o parcial de dichos servicios mínimos, la Administración se reserva el derecho de no abonar a la empresa concesionaria la parte proporcional del importe total correspondiente al período de tiempo en el que se haya dejado de realizar la prestación del servicio o a rescindir el contrato por incumplimiento del mismo.
20. Facilitar al Ayuntamiento cuantos datos se soliciten sobre el estado y funcionamiento de las EDARS, EBAR y del emisario y permitir que en cualquier momento, que la representación de esta Administración pueda inspeccionar el estado de todos los elementos del inmueble, las instalaciones,la prestación del Servicio y la documentación pública o privada sobre la titularidad de la concesión.
21. Tener a disposición de los/as usuarios/as del Servicio un Libro de Reclamaciones, debiendo dar cuenta a este Ayuntamiento de todas las que se presenten, en el plazo máximo de tres días hábiles para la resolución que proceda.
22. Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que se hayan establecido.
23. Mantener las condiciones de limpieza de todos los elementos e instalaciones de la EDAR y a cuidar el buen orden en funcionamiento del mismo, en los términos que resulten de los pliegos que rigen en el procedimiento y de la proposición presentada por la empresa concesionaria, acatando las instrucciones que dicte el Ayuntamiento.
24. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europa o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministros consecuencia del de gestión de servicios públicos.
25. A poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier acción u omisión, así como un mal uso de los elementos y de las instalaciones de las EDARS, de la EBAR y del emisario que pueda provocar un deterioro de los mismos o pueda perjudicar el derecho de reversión a favor de la Corporación.
26. Ejecutar las modificaciones que en el servicio contratado acordase el Ayuntamiento y aconsejare el interés municipal, en los términos establecidos en el presente pliego y en el TRLCSP.
27. Efectuar, a su xxxxx, al término de la concesión, cualquiera que sea su causa, cuantas correcciones, reparaciones y sustituciones sean necesarias para que el Ayuntamiento reciba las instalaciones y el equipamiento existentes en las mismas, en perfectas condiciones de uso. En todo caso, dichas correcciones, reparaciones y sustituciones deberán realizarse bajo supervisión y autorización del Ayuntamiento.
28. Dar cumplimiento a todos los compromisos, propuestas y obligaciones incluidas en la proposición formulada por el concesionario, bajo la supervisión y control por el Responsable del Contrato.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 51 de 80
29. Cuantas otras le incumban de conformidad con este pliego, el pliego de prescripciones técnicas particulares, y demás disposiciones legales de aplicación en la materia.
TRIGESIMOQUINTA.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO.
Serán derechos del concesionario los siguientes:
1.- Percibir del Ayuntamiento el importe correspondiente por la prestación del servicio, al precio adjudicado.
2.- Utilizar los bienes de dominio público adscritos al servicio que se relacionan en el Inventario anexo al pliego de prescripciones técnicas particulares del procedimiento, así como todos aquellos otros que puedan adscribirse durante el periodo de la concesión.
3.- Recabar la protección del Ayuntamiento para garantizar la normal prestación del servicio.
4.- Obtener compensación económica para el restablecimiento del equilibrio económico del contrato, en los casos en que concurran cualquiera de las circunstancias previstas en el apartado 4 del artículo 282 del TRLCSP.
5.-Ser indemnizado por la Administración en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 288 del TRLCSP.
6.- A que el Ayuntamiento le proteja e interponga su autoridad en cuanto fuera preciso para que sea respetado por los terceros en su condición de contratista y concesionario, y para que cese toda perturbación al normal desempeño del servicio que se le concede.
TRIGESIMOSEXTA.-REVISION ORDINARIA DEL PRECIO DEL CONTRATO.
No procede la revisión del precio durante la duración del contrato, ya que en la determinación del mismo se han tenido en consideración los diferentes factores que pudieran incidir en el precio del contrato establecido como tipo de licitación, absorbiendo las posibles desviaciones que pudieran producirse.
TRIGESIMOSEPTIMA.- REVISION EXTRAORDINARIA DEL PRECIO DEL CONTRATO. AUDITORIA DE CUENTAS
Cuando por parte de la empresa concesionaria se estimara que ha existido una ruptura del equilibrio financiero del contrato, por la aparición de circunstancias sobrevenidas e imprevisibles, en los términos establecidos en la cláusula 33ª del presente pliego denominada “Potestades y deberes de la Corporación”, así como en
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 52 de 80
aquellos otros supuestos que alegue el concesionario en relación con la alteración del equilibrio financiero del servicio, deberá presentarse un estudio económico que las acredite, así como la alteración del mismo y las medidas a adoptar para su restauración.
En tal supuesto, el concesionario está obligado a auditar sus cuentas, por medio de una empresa auditora contratada por el mismo.
Tanto el estudio económico como el resultado de dicha auditoria deberá presentarlo al Ayuntamiento. Dichos documentos se someterán a informe y consideración del Ayuntamiento, que tendrá en cuenta las partidas contables y sus importes. La finalidad de dicho trámite administrativo es la de estudiar, detenidamente, si nos hallamos ante un supuesto de variación en los considerados gastos ordinarios, o, si por el contrario, queda plenamente acreditada la aparición de las denominadas circunstancias sobrevenidas e imprevisibles, que resultan ser las que han ocasionado una ruptura del equilibrio financiero del contrato.
Si como resultado de lo dispuesto en la presente cláusula, se concluyera en el sentido de que la aparición de las alegadas circunstancias sobrevenidas e imprevisibles han ocasionado una ruptura o alteración del equilibrio financiero del servicio, el Ayuntamiento adoptará acuerdo respecto de cualquiera de las medidas que permita la normativa vigente en la forma, cuantía y con el alcance que considere pertinente. Estas medidas podrán consistir, entre otras, en la modificación del precio del contrato, en la reducción del plazo del contrato y de cualquier modificación de las clausulas de contenido económico incluidas en el mismo.
Por su parte el Ayuntamiento podrá realizar cuando lo considere oportuno, una auditoria externa de las cuentas de la concesión.
El concesionario facilitará, tanto a la empresa auditora como al Ayuntamiento, el libre acceso a toda la documentación, dependencias, libros, registros y demás elementos necesarios para llevar a buen fin su cometido.
TRIGESIMOCTAVA.- ABONO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
El concesionario tiene derecho al abono de las prestaciones que realmente ejecute con arreglo a las condiciones establecidas en el TRLCSP y fijadas en el contrato, previa conformidad del Responsable del contrato.
El precio anual del contrato se abonará mensualmente mediante facturas iguales a dicho precio dividido por doce meses . Las facturas se presentarán a meses vencidos dentro de los diez primeros días de cada mes, y se efectuará conforme establece la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 53 de 80
El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar los servicios realmente prestados a la Administración, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación las facturas, en los términos establecidos en el art. 216 del TRLCSP.
TRIGESIMONOVENA.- RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se conviene a riesgo y xxxxxxx de la empresa concesionaria.
CUADRAGESIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
A los efectos establecidos en el artículo 106 y 107 del TRLCSP, el contrato objeto del presente pliego podrá modificarse en la forma, condiciones y con el alcance y límite que a continuación se indica.
PRIMERO.- MODIFICACIONES A LOS EFECTOS DEL ARTICULO 106.
De conformidad a la previsión del art. 106 del TRLCSP, se preveen modificaciones en el contrato, en los supuestos y límites que se relacionan a continuación:
1º.- Reconvertir las mejoras ofertadas por el concesionario en otras de igual valor económico según las necesidades que vayan surgiendo durante toda la duración del contrato.
Para ello, tres meses antes de la finalización de cada anualidad del contrato, se valorará el grado de utilización de las mejoras ofertadas por el concesionario, pudiendo la Administración reconvertirlas en otras diferentes que considere más oportunas.
Así mismo, y para el supuesto de que las mejoras anuales ofertadas por el concesionario, no fuese necesario ejecutarlas en dicho año o no se hayan ejecutado en su totalidad las mismas en dicho año, tales mejoras se acumularán en el siguiente año, y así sucesivamente durante toda la duración del contrato, incluido su prórroga.
Esta modificación contractual no supondrá alteración económica alguna del contrato.
2º.- Ampliación o disminución en la gestión del servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de depuradoras de aguas residuales existentes en el termino municipal de Palma del Río como consecuencia de la construcción de otras nuevas o eliminación de algunas de las existentes, que durante la duración del contrato pudiera tener lugar.
Estas modificaciones no podrán superar al alza o a la baja el 14% del precio total del licitación del contrato, entendiendo como tal la cantidad que resulte de multiplicar el precio anual de licitación por los 4 años de duración del contrato.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 54 de 80
EL incremento o disminución en el precio del contrato que como consecuencia de las modificaciones indicadas en este apartado , se realizará en función del precio ofertado por el concesionario en su oferta.
SEGUNDO.- MODIFICACIONES A LOS EFECTOS DEL ARTICULO 107.
Aquellas modificaciones no previstas en el presente pliego solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 107 del TRLCSP.
Dichas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa o causas objetivas que las haga necesarias. A tales efectos se entenderá que se alteran las condiciones esenciales de licitación y adjudicación del contrato en los casos establecidos en el apartado 3º del artículo 107 del TRLCSP.
TERCERO.- PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACION DEL CONTRATO.
El procedimiento que se establece para las modificaciones del contrato por las causas o motivos especificados en los puntos 1 y 2 del apartado primero de la presente cláusula será el siguiente:
Cuando el Responsable del Contrato, de oficio o motivado por una solicitud previa de la empresa concesionaria, considere necesaria una modificación del mismo, en los términos indicados, recabará del órgano de contratación autorización para iniciar el correspondiente expediente que se sustanciará con carácter de urgencia con las siguientes actuaciones:
1º.- Redacción de la Memoria justificativa de la modificación, en la que se concretará y especificará de forma clara la modificación a realizar así como el coste económico de la misma, cuando proceda.
2º.- Certificado acreditativo de la existencia del crédito necesario para atender tal modificación, en los casos que proceda.
3º.- Audiencia de la empresa concesionaria.
3º.- Informes jurídicos de la Secretaria General y la Intervención de Fondos. 4º.- Aprobación de la modificación por el órgano de contratación competente. 5º.- Formalización de la modificación en documento administrativo.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 55 de 80
CUADRAGESIMOPRIMERA.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES.
Al margen de las infracciones de orden social, administrativo o penal en que pueda incurrir la empresa adjudicataria o el personal a su servicio, a los que les será de aplicación lo dispuesto en las leyes que las regulan, será de aplicación el régimen de penalizaciones que se recoge a continuación.
En la tramitación de los expedientes Administrativos que se instruyan se estará a lo establecido en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las especificaciones que se indican a continuación.
El incumplimiento de las obligaciones que asume el concesionario en virtud del contrato o por imposición de las normas legales de aplicación motivarán la incoación del correspondiente expediente.
Conocida por la Administración la realización u omisión por el concesionario de actos que puedan constituir incumplimiento contractual, procederá el trámite de audiencia por plazo xx xxxx días para la formulación de alegaciones y aportación de pruebas que el concesionario estime pertinentes en defensa de sus intereses, y ello sin perjuicio de que la Administración inste a la adopción inmediata de medidas que eviten en cualquier caso situaciones de peligro o dirigidas al restablecimiento de la buena prestación del servicio.
Estudiadas las alegaciones y pruebas, la Administración resolverá la procedencia o no de la penalización, quedando expedita la vía del recurso.
Clasificación de los incumplimientos y sus penalizaciones.
Los incumplimientos se clasificaran en leves, graves y muy graves. A) INCUMPLIMIENTOS LEVES:
1. La paralización total de la EDAR durante un período inferior a veinticuatro (24 ) horas.
2. La paralización parcial de la EDAR durante un período superior a veinticuatro
(24) horas e inferior a setenta y dos (72) horas.
3. La demora en el los plazos de reparación de equipos previstos en el pliego de prescripciones técnicas particulares, siempre que no sean equipos esenciales y la causa de la demora sea imputable al concesionario.
4. La presencia reiterada de insectos en las instalaciones en cantidad apreciable.
5. La negligencia o descuido en la atención de las tareas de explotación de la EDAR, siempre que de esa negligencia no se deriven graves consecuencias. Se considera consecuencia grave causar molestias o riesgos al Ayuntamiento, a terceros o al medio ambiente.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 56 de 80
6. Incremento del contenido de humedad de los fangos deshidratados en más de
3 unidades sobre lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, por causas imputables al concesionario.
7. Incremento del contenido de material volátil del fango en más de 5 unidades sobre lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares, por causa imputable al concesionario.
8. No prestar colaboración a la Administración contratante en la detección y control de vertidos industriales.
9. El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de las funciones.
10. La ligera incorrección con los usuarios/as.
11. La no asistencia a las reuniones de coordinación convocadas.
12. La falta de diligencia en la limpieza, mantenimiento de las instalaciones, edificios, construcciones, mobiliario, utillaje, etc..., sin reincidencia.
13. Inobservancia de lo normativamente exigido en cuando a libro de reclamaciones a disposición del publico.
14. Retraso o defectos imputables al concesionario en la aportación de datos y estudios de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.
15. Falta de comunicación de las alteraciones en el servicio que, por diversas causas, pudieran acontecer.
16. La falta de respeto para con el público, con el Responsable del Contrato o los agentes de la autoridad.
Asimismo, se clasificarán como incumplimientos faltas leves y se penalizarán conforme al régimen previsto en cada sección en función de la materia, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente pliego, así como en el de prescripciones técnicas y reglamento municipal del servicio, que no estén tipificadas como graves o muy graves.
B) INCUMPLIMIENTOS GRAVES:
1. La reincidencia en incumplimientos leves de manera que se superen dos leves en un mes o cinco en seis meses.
2. Cualquier combinación xx xxxxxx leves que aumente el riego o las molestias a los usuarios de las instalaciones, a terceros o al medio ambiente.
3. La paralización total de la EDAR durante un período igual o superior a veinticuatro (24) horas e inferior a setenta y dos horas (72) horas.
4. La paralización parcial de la EDAR durante un período igual o superior a setenta y dos (72) horas e inferior a doscientas cuarenta (240).
5. La ocultación interesada de datos relevantes de la explotación de las instalaciones que puedan afectar al normal desarrollo de la misma.
6. La falta de asistencia de personal de apoyo técnico una vez haya sido requerido el concesionario para ello.
7. La inadecuada gestión de los residuos producidos en la EDAR de acuerdo a la legislación vigente y a la característica de los mismos
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 57 de 80
8. L no reparación de efectos técnicos durante un plazo superior a 10 días desde que se pone en conocimiento del concesionario.
9. Incumplimiento o retraso injustificado,de la órdenes de ejecución inmediatas dictadas por el Responsable del Contrato.
10. Retraso en el cumplimiento de plazos establecidos para las modificaciones del servicio que, en su caso, de acuerden.
11. Descuido notable en la conservación o mantenimiento de las instalaciones, edificios, construcciones, mobiliario, utillaje, etc... adscritos al servicio.
12. Cualquier obstrucción por parte del concesionario a la labor inspectora municipal de las instalaciones.
13. Demora en el pago de la póliza de seguros a que se hace referencia en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
14. El trato vejatorio al usuario, salvo que revistiese características tales que le califiquen como de muy graves.
15. No guardar el debido sigilo respecto de los asuntos que se conozcan en razón del servicio prestado y que perjudiquen al usuario/a o se utilice en provecho propio.
16. No atender con la debida diligencia y cuidado a los/as usuarios/as del servicio o no cumplir las instrucciones dictadas por la autoridad municipal sobre dicho particular.
17. No acomodar el servicio a las Ordenanzas Municipales que en lo sucesivo puedan aprobarse y que suponga una obligada mejora para los intereses del público usuario. Cuando la acomodación no fuera posible podrá llegar la Corporación a la revocación de la concesión con derecho del titular a indemnización.
18. La alteración sin autorización de cualquiera de las indicaciones contenidas en este pliego y en el de prescripciones técnicas, aún no produciendo menoscabo en la prestación sel servicio.
C.- INCUMPLIMIENTOS MUY GRAVES:
1. Tres incumplimientos graves en un año o cinco en tres años.
2. La paralización total de la EDAR durante un período igual o superior a setenta y dos horas (72) horas.
3. La paralización parcial de la EDAR durante un período igual o superior superior a doscientas cuarenta (240).
4. La reincidencia en la desobediencia de las órdenes e instrucciones que le dé el Responsable del Contrato sobre el mantenimiento y la reposición de las instalaciones cuando ponga en peligro la seguridad de las personas, la integridad de las instalaciones o el cumplimiento del objeto del contrato.
5. L paralización total de la explotación de las instalaciones, salvo causa de fuerza mayor.
6. El ocultamiento al Responsable del contrato de problemas o datos relevantes que puedan afectar al normal desarrollo de la actividad contratada.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 58 de 80
7. Obtaculizar o entorpecer deliberadamente la actividad inspectora del Responsable del Contrato tendente a la comprobación del buen estado de las instalaciones y de la prestación del servicio conforme al contrato.
8. Las infracciones en la ejecución del contrato que perturben o alteren gravemente el volumen, la calidad, la regularidad o la continuidad del ejercicio de la actividad contratada y/o las condiciones medioambientales.
9. Incumplimiento por defecto en el número de personas adscritas a la ejecución del contrato respecto a la establecida en los pliegos.
10. No dar comienzo a la prestación de la gestión del servicio público contratado dentro del plazo estipulado para ello.
11. La no intervención inmediata después de la denuncia o conocimiento de una situación que comporte una repercusión grave para el servicio o de peligro grave para los ciudadanos.
12. Destinar los bienes afectos al servicio a uso distinto al señalado en el contrato.
13. La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del servicio, tanto en su calidad como en la cantidad.
14. La negativa infundada a realizar los servicios o tareas ordenadas por la Administración, siempre que está sea una actitud directamente imputable a la empresa o a sus directivos responsables.
15. El incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social respecto a los trabajadores que estuvieran contratados por la empresa concesionaria, así como a la normativa especifica reguladora de la gestión del servicio público de que se trata.
16. Fraude en la forma de prestación de la gestión del servicio público, no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos.
17. No conservar los bienes adscritos al servicio en estado normal de funcionamiento.
18. Ceder, subarrendar o traspasar él todo o parte del servicio contratado, bajo cualquier modalidad o título, sin la previa autorización del Ayuntamiento.
19. No tratar el caudal de diseño del EDAR, utilizando los aliviaderos injustificadamente, salvo causa de fuerza mayor.
20. No emplear las medidas de seguridad y señalización.
21. Deficiencias técnicas injustificadas en el funcionamiento de las instalaciones.
22. Sustitución de equipos sin autorización previa.
23. Cualquier otro incumplimiento de las condiciones establecidas en este pliego y en el de prescripciones técnicas particulares del procedimiento.
PENALIZACIONES.
Para la percepción de las penalizaciones podrá utilizarse la vía de apremio, pudiendo afectarse prioritariamente al pago de las mismas los propios derechos del contrato. Asimismo, la Alcaldía podrá proceder a la ejecución subsidiaria de las actuaciones que impusiese, en caso de incumplimiento de su realización por el obligado, en los términos previstos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, reguladora del
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 59 de 80
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las penalizaciones podrán alcanzar hasta 3.000,00 euros.
Dichos incumplimientos serán penalizados con los siguientes importes:
1.- Los incumplimientos leves serán penalizados con multas de hasta 800,00€.
2.- Los incumplimientos graves serán penalizados con multas desde 801,00€ hasta 1.500 euros.
3.- Y los incumplimientos muy graves serán penalizados con multas desde 1.501,00€ hasta 3.000 euros.
Y la aplicación de las mismas se ponderará en función de la intencionalidad, reincidencia, reiteración y daños producidos.
OTROS INCUMPLIMIENTO Y SUS PENALIZACIONES.-
Por incumplimiento de la empresa concesionaria de sus obligaciones relativas a la presentación de la documentación en los términos, plazo y forma establecidos en el contrato y en los pliegos que rigen en la contratación: Se establecen las siguientes penalidades.
1- El incumplimiento del plazo de presentación de la documentación acreditativa de las suscripciones de los seguros establecidos en la cláusula 29 del presente pliego, supondrá una penalización diaria de 1 euro por cada 5.000,00 euros del precio del contrato, por cada día de retraso respecto de dicho plazo.
2.-El incumplimiento de la presentación de la documentación acreditativa de haber cumplido con las obligaciones que impone la Seguridad Social, relativas al personal adscrito a la ejecución de la obra, en el plazo establecido en la cláusula 34 “Obligaciones respecto al personal” del presente pliego, dará lugar a la imposición de una penalización diaria de 1 euro por cada 5.000,00euros del precio del contrato.
3.- El incumplimiento de la presentación a la Responsable del Contrato, antes de iniciar la prestación de servicio, la relación nominal de personas que van a prestar sus servicios con carácter permanente, en la que figurarán como mínimo los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, antigüedad, categoría, horario de trabajo, contrato, etc, dará lugar a la imposición de una penalización diaria de 1 euro por cada 5.000,00euros del precio del contrato, desde que se detecte el incumplimiento hasta que se aporte la documentación requerida.
4.- El incumplimiento de la presentación a la Responsable del Contrato, con la debida antelación, todas las incidencias o variaciones en relación con el personal que prestará el servicio. en cuestión de altas y bajas, cambios de turnos, horarios y en
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 60 de 80
general, cualquier otro dato que se requiera para el adecuado control,dará lugar a la imposición de una penalización diaria de 1 euro por cada 5.000,00euros del precio del contrato, desde que se detecte el incumplimiento hasta que se aporte la documentación requerida.
En caso de incurrir la empresa contratista en alguno de los supuestos indicados en la presente cláusula, se le comunicará por escrito la correspondiente penalización o, en su caso, se le indicará el plazo de subsanación de la deficiencia detectada y comunicando que transcurrido dicho plazo se procederá a aplicar la penalización antes citada.
Las penalidades serán independientes entre sí y, por tanto, acumulativas. En todos los supuestos anteriores, las penalidades que se impongan se entenderán sin perjuicio de que el contratista deba reparar las deficiencias o defectos observados, así como los daños y perjuicios ocasionados, en el plazo que fije el órgano que imponga la penalidades.
Las penalidades se impondrán por acuerdo inmediatamente ejecutivo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del Responsable del Contrato, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las facturas.
Los incumplimientos y penalidades recogidas en esta cláusula son aplicables respecto de la empresa concesionaria, la cual a su vez exigirá a sus trabajadores la responsabilidad a que hubiera lugar, apartándolos incluso del servicio adjudicado.
CUADRAGESIMOSEGUNDA.- DEVOLUCIÓN Y CANCELACION DE LA GARANTIA DEFINITIVA.
La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trata, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del concesionario.
El plazo de garantía del presente contrato queda fijado en un año, a contar desde la fecha de terminación del mismo, en cuyo momento se procederá a la devolución de la misma, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre ella, para lo cual se dictará acuerdo de devolución o cancelación, previo informe favorable del/la técnico/a responsable del Contrato.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 61 de 80
CUADRAGESIMOTERCERA.- CADUCIDAD DE LA CONCESION.
1.- Procederá la caducidad de la concesión en los casos previsto por el artículo
136 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y además en los supuestos siguientes:
a) Cesión, transferencia o novación de la concesión, sin autorización previa del Ayuntamiento.
b) El incumplimiento por el concesionario de las obligaciones que le vienen impuestas por la cláusula 34.1 “Obligaciones del Concesionario, respecto al personal que emplee para la prestación del servicio” del presente pliego.
c) Las infracciones muy graves cometidas por el concesionario.
2.- En cualquier de los casos de caducidad, se actuará de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
CUADRAGESIMOCUARTA.- SECUESTRO DE LA CONCESION.
Si el concesionario incurriese en infracción grave que pusiera en peligro la buena prestación del servicio, el órgano de contratación podrá declarar el secuestro de la concesión, con el fin de asegurar provisionalmente la prestación del servicio. La resolución del órgano de contratación fijará un plazo previo para que el concesionario pueda subsanar las deficiencias observadas, y si no las corrigiera en plazo, procederá la efectividad del secuestro acordado.
En virtud del secuestro, la Administración concedente se encargará directamente del funcionamiento del servicio, utilizando para ello los medios personales y materiales afectos a la concesión. La explotación se efectuará por cuenta y riego del concesionario, a quien se entregará, al finalizar el secuestro, el saldo activo que resultare después de satisfechos todos los gastos.
El secuestro tendrá carácter temporal y su duración máxima será determinada por la Corporación, respetándose en todo caso el límite establecido al efecto en el apartado b) del artículo 135 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
El órgano de contratación podrá acordar y el concesionario podrá pedir, en cualquier momento, el cese del secuestro, una vez normalizada la prestación del servicio.
Todo lo indicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 133 134 y 135 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 62 de 80
CUADRAGESIMOQUINTA.-INCUMPLIMIENTO DE LA EMPRESA CONCESIONARIA.
Si del incumplimiento por parte de la empresa concesionaria se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público objeto de concesión, y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, la empresa concesionaria deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
CUADRAGESIMOSEXTA.- SUBCONTRATACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 289 del TRLCSP, en el contrato de gestión de servicios públicos, la subcontratación sólo podrá recaer sobre prestaciones accesorias, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el articulo 227 de dicho Texto, quedando obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 228 y 228 bis del mismo Texto legal. En todo caso, el concesionario asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.
El concesionario deberá comunicar a la Administración su intención de subcontratar, las prestaciones accesorias del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 TRLCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista
CUADRAGESIMOSEPTIMA.-REVERSIÓN.
Extinguida la concesión, el concesionario deberá en el plazo máximo de dos meses, abandonar y dejar libres y expéditos, a disposición del Ayuntamiento, los bienes donde se presta el servicio objeto de la concesión, pudiendo éste acordar y ejecutar por si el lanzamiento. El Ayuntamiento levantara al efecto la correspondiente acta de recepción, en la que se especificará de forma expresa el estado de conservación de las instalaciones de las EDARS, de la EBAR y del emisario y obras existentes en las mismas, admitiéndose desperfectos y deterioros propios del uso razonable. En el supuesto contrario, el concesionario deberá reparar, a su xxxxx, los daños producidos.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 63 de 80
Asimismo, se procederá a realizar un inventario para comprobar que los bienes existentes en las instalaciones resultan ser los mismos con los que en el momento de la formalización del contrato estaba dotado dichas Instalaciones, y se comprobará, igualmente, el estado de los bienes y su funcionamiento, admitiéndose desperfectos y deterioros propios del uso razonable. En el supuesto, contrario el concesionario deberá, a su xxxxx, reparar los daños producidos, y/o repone los bienes que, en su caso, resulten necesarios.
Aquel equipamiento adicional propiedad del concesionario que, en su caso, se lleve a cabo en las instalaciones durante la duración de contrato, no revertirá al Ayuntamiento por lo que deberá ser retirado por el concesionario a la finalización del contrato.
Extinguida la concesión, revertirán al Ayuntamiento, libre de cargas y gravamenes, todas aquellas mejoras ofertas por la empresa concesionaria en su oferta, sin coste alguno para la Administración y que hayan sido ejecutadas durante la duración de la concesión.
Igualmente, revertirán al Ayuntamiento, libre de cargas y gravamenes todas las obras, instalaciones y mejoras que el concesionario haya realizado en el bien durante la duración de la concesión del servicio público, previa autorización municipal, y que a juicio del Ayuntamiento en base los informes técnicos emitidos por los Servicios Técnicos competentes, no sean separables del bien sin daño para éste, sin derecho para el concesionario a indemnización alguna por tal concepto.
Por su parte, aquellas otras obras, instalaciones y mejoras realizadas por el concesionario, previa autorización municipal, y que a juicio de este Ayuntamiento en base a los informes técnicos emitidos por los Servicios Técnicos competentes sean separables del bien, podrán ser retiradas al término de la concesión, con obligación del concesionario de restituir el bien a su estado inicial.
En los 90 días anteriores a la reversión, la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que esta entrega se verifique en las condiciones señaladas, emitiéndose en dicho plazo los informes técnicos indicados y levantándose, una vez realizadas todas las actuaciones indicas, las correspondientes actas de comprobación que serán firmadas por el Responsable del Contrato y por el concesionario.
Para el supuesto de que en el citado plazo, y a pesar de las disposiciones adoptadas por la Administración los bienes e instalaciones no se hallasen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, señalándose un último plazo al concesionario para remediar los defectos observados, transcurrido el cual se llevará a efecto una nueva comprobación de los mismos y se procederá a la adopción del acuerdo que sobre el particular proceda.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 64 de 80
CUADRAGESIMOCTAVA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN.
Serán causa de resolución del contrato las señaladas en los artículos 223, con la excepción de las contempladas en sus letras d) y e), y 286 del TRLCSP, con efectos previstos en los artículos 225 y 288 del TRLCSP.
Asimismo, se considerarán causas especificas de resolución del contrato, a tenor de lo establecido en el artículo 223.h) del TRLCSP, las siguientes:
1. No informar al Responsable del Contrato, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros exigidos en el presente pliego.
2. La suspensión de la prestación del servicio, en todo o en parte, sin causa justificada.
3. La falta de conservación adecuada de las EDARS, de la EBAR y del emisario, sus instalaciones y equipamiento.
4. La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, de alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente.
5. Enajenar bienes afectos a la concesión y/o destinarlos a otros fines.
6. El abandono por parte del concesionario del servicio objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando el servicio haya dejado de desarrollarse, no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en plazo. No obstante, cuando se dé este supuesto, la Administración, antes de declarar la resolución, requerirá al concesionario para que regularice la situación en el plazo de tres días naturales a contar desde el requerimiento.
Igualmente, y como causas de resolución del contrato por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en el presente pliego, y a tenor de lo establecido en el artículo 223.f) del TRLCSP, se establecen la siguientes:
1. El incumplimiento de las mejoras sin coste alguno para la Administración ofertas por la empresa concesionaria en su oferta.
2. La no adscripción y mantenimiento en todo momento para la prestación del servicio del personal suficiente y adecuado para el correcto funcionamiento del mismo.
3. El incumplimiento del inicio de la prestación del servicio en el plazo fijado en el presente pliego, por causas imputables a la empresa concesionaria.
4. El incumplimiento de la empresa concesionaria de las obligaciones de los pagos a la Seguridad Social del personal adscrito a la prestación del servicio y de los salarios correspondientes a los trabajadores.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 65 de 80
En caso de resolución del contrato por cualquier motivo, la empresa concesionaria vendrá obligada a continuar prestando la gestión del servicio público hasta que se haya efectuado una nueva contratación y en un plazo que no será superior a seis meses.
IV.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. CUADRAGESIMONOVENA.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe jurídico, en su caso, del órgano competente, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
QUINCUAGESIMA.- JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contenciosos-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación.
Firmado y fechado electrónicamente.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 66 de 80
ANEXO I
DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS PARA CONTRATAR.
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono ......
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
1º.- Que es conocedor del procedimiento abierto y tramitación ordinaria convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, para la contratación de la
<<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx.
0x.- Que la empresa que represento está interesada en participar en la licitación del procedimiento indicado en el apartado anterior, aceptando plenamente los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares del procedimiento, así cuantas obligaciones se deriven del mismo como licitador y como adjudicatario, si lo fuese, y manifestando que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
3º.- Que la empresa que represento cumple todos y cada uno de los requisitos de capacidad, representación y solvencia económica, técnica y profesional exigidos en el Pliego de cláusulas Administrativas Particulares que rige en el procedimiento, comprometiéndome, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a favor de dicha empresa, a aportar todos los documentos que se señalan en la cláusula 22ª del mencionado pliego.
4º.- Y que la empresa que represento no está incursa en ninguna de las causas de prohibición de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como que la misma está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Local y con la Hacienda del Ayuntamiento xx Xxxxx del Río.
Lugar, fecha y firma del interesado.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 67 de 80
ANEXO II
DECLARACION EMPRESAS VINCULADAS
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono expone
que es conocedor del procedimiento abierto y tramitación anticipada, convocado por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río (Córdoba), para la contratación de la <<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx y
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD
( SEÑALAR Y, EN SU CASO, COMPLETAR LA OPCION QUE CORRESPONDA).
Que la Sociedad que represento y los socios que la componen, no se encuentran en los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 del TRLCSP, respecto de empresas vinculadas en dicho procedimiento de contratación. y que dicha Sociedad no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios a que se refiere dicho procedimiento de licitación, según lo indicado en el artículo 56 del TRLCSP.
Que a los efectos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, concurren en la presente licitación las siguientes empresas pertenecientes al mismo grupo de empresas:
Grupo de empresas:
NOMBRE DE LA EMPRESA | C.I.F. |
Dichas Sociedades no han participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios a que se refiere dicho procedimiento de licitación, según lo indicado en el artículo 56 del TRLCSP.
Lugar, fecha y firma del interesado.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 68 de 80
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono ......
enterado de licitación del procedimiento abierto y tramitación ordinaria convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, para la contratación de la <<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx, por la
presente DECLARO:
1º.- Que la empresa que represento está interesada en particular en el procedimiento de referencia.
2º.- Que acepta incondicionalmente los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas particulares que rigen en dicha contratación.
3º.- Y que de conformidad con dichos pliegos, formula la presente proposición, a cuyo fin se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato en las siguientes condiciones:
- PRECIO ANUAL: (en cifra y en letra) Euros, I.V.A. excluido.
A esta cantidad le corresponde un IVA de €, por lo que el importe total, IVA incluido asciende a la cantidad de Euros.
En dicho precio están incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, los costes de la organización técnico-empresarial, del personal asignado a la ejecución de los programas y su formación, sustituciones y bajas temporales del personal, gastos generales, financieros e impuestos, beneficio industrial de la actividad, así como todos los gastos que se originen para el concesionario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.
Lugar, fecha y firma del licitador.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 69 de 80
ANEXO IV
PROPUESTA DE MEJORAS SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION.
D ..., de nacionalidad ..., con domicilio en ..., calle ... nº ..., con D.N.I. ( o documento equivalente) nº. ..., teléfono…., fax…, en nombre propio ( o en representación de ... con
C.I.F. ..., de conformidad con lo establecido en la cláusula 15ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación de la <<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx, formula la siguiente propuesta de mejoras, sin coste alguno para la Administración, conforme a los criterios de valoración de las ofertas establecidos en la mencionada cláusula ( MARQUESE CON UNA X LAS MEJORAS QUE SE OFERTAN SIN COSTE ALGUNO PARA LA ADMINISTRACION):
MEJORAS QUE SE OFERTAN SIN COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN MEJORAS A OFERTAR SIN COSTE PARA LA ADMINISTRACIÓN
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 1. | Sistema de retención tipo válvula de clapeta para aliviadero | |||
1.1 | Suministro e instalación de válvula de retención de descarga para el emisario al río Genil (aliviadero de pluviales) en C/Siete Revueltas de DN 800 mm y contrapresión máxima 5 m.c.a. | 1,00 | 2.367,19 | 2.367,19 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 70 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 2. | Sistema de elevación de agua bruta | |||
2.1 | Suministro e instalación de grupo motobomba centrífuga de elevación de agua bruta de 289,5 m³/h a 14,7 m.c.a. xxxxx Xxxxxx, Flygt o similar, incluyendo brida de acoplamiento. | 2,00 | 4.575,00 | 9.150,00 |
2.2 | Mejora de la soportación existente de las tuberías de impulsión de las bombas de elevación de agua bruta, retirando todos los soportes existentes y sustituyéndola por HEB120 conformando una estructura con la suficiente rigidez para que desaparezcan las vibraciones de las tuberías de impulsión (incluyendo abarcones de inoxidable, anclajes de inoxidable, tornillería de inoxidable, etc.) | 1,00 | 2.327,94 | 2.327,94 |
2.3 | Suministro e instalación de armario eléctrico de poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx con puerta opaca y cierre triple acción de dimensiones suficientes para albergar los borneros necesarios para realizar la conexión eléctrica de cada bomba, tanto fuerza como maniobra, instalado a pie de bomba de elevación de agua bruta, además de rejiband xx xxxxx inoxidable AISI316 para soportar cableado (incluyendo carril DIN, borneros, prensas, terminales, etc.) | 4,00 | 400,74 | 1.602,96 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 3. | Grupo de presión para agua de servicios | |||
3.1 | Suministro e instalación de grupo de presión de agua para agua de servicios formado por 2 bombas de caudal 15 + 15 m3/h a 50 m.c.a. xxxxx Xxxxxxx, KSB o similar con depósito de amortiguación de membrana de 500 L. | 1,00 | 2.643,75 | 2.643,75 |
3.2 | Suministro e instalación de tubería de PE100 90x5,4 PN10 desde el edificio de cloración a la entrada al edificio de pretratamiento - deshidratación, incluyendo manguitos electrosoldables, bridas de conexión y resto de accesorios. | 1,00 | 1.162,00 | 1.162,00 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 71 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 4. | Sistema de izado para bombas de fango de recirculación de fangos | |||
4.1 | Suministro e instalación de polipasto eléctrico de 500 Kg (12 m) y 950 Kg (6 m), potencia 1600 W / 230 V, cable 5,6 mm y velocidad de elevación 8/4 m/min. | 2,00 | 488,00 | 976,00 |
4.2 | Suministro e instalación xx xxxxx de traslación manual de capacidad máxima 2000 Kg y anchura de perfil IPN 76-165 mm. | 2,00 | 165,00 | 330,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 5. | Ampliación de Vial | |||
5.1 | Ampliación del vial de hormigón frente a puerta de acceso a edificio de pretratamiento - deshidratación lado cuba de desbaste. | 1,00 | 2.080,00 | 2.080,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 6. | Dotación de Vestuario | |||
6.1 | Suministro de secadora de 7 Kg. A+. Condensación. Bomba de Calor. Display LCD Multifunción. Xxxxxx XxxxxXxxx. Antivibration Design. Xxxxx Xxxxx, Siemens o similar. | 1,00 | 618,99 | 618,99 |
6.2 | Suministro de frigorífico mini con bandejas de rejilla. Marca Saivod o similar. | 1,00 | 199,00 | 199,00 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 7. | Equipo de preparación de polielectrolito | |||
7.1 | Suministro e instalación de equipo de preparación de polielectrolito de 2000 L. de capacidad aproximadamente, con posibilidad de preparado, tanto reactivo en polvo como líquido, con agitación en el tercer compartimento y dotado de control de nivel por ultrasonido. | 1,00 | 9.395,00 | 9.395,00 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 72 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 8. | Centrífugas de secado de fango | |||
8.1 | Realización de mantenimiento preventivo de centrífuga marca Alfa Laval Modelo Aldec 30 por fabricante o taller especializado, consistente en sustitución de elementos de desgaste (rodamientos, juntas tóricas, toberas de salida de fango, tornillería, junta de tapa, etc.), recrecido de tornillo sinfín, sustitución xx xxxxxxxx de protección del bol, equilibrado del conjunto y puesta en marcha en la EDAR de Palma del Río. | 2,00 | 8.276,89 | 16.553,78 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 9. | Sistema de renovación de aire | |||
9.1 | Remodelación del sistema de renovación de aire del edificio de soplantes de tratamiento biológico, consistente en el suministro e instalación de 3 uds. de ventilador - extractor marca SODECA modelo HEP 40-4-T/H más reja de entrada de aire sobre la puerta metálica de la instalación. | 1,00 | 2.153,50 | 2.153,50 |
9.2 | Remodelación del sistema de renovación de la sala de soplantes de pretratamiento, consistente en cambiar la situación del ventilador - extractor existente al lado contrario donde se encuentra ubicado, además de la modificación de la ubicación de la reja de entrada de aire. | 1,00 | 350,00 | 350,00 |
9.3 | Remodelación del sistema de renovación de la sala de CCM, consistente en el suministro e instalación de reja de entrada de aire en la parte opuesta a la ubicación del ventilador - extractor existente. | 1,00 | 350,00 | 350,00 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 73 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 10. | Dotación de Equipos de Laboratorio | |||
10.1 | Suministro de frigotermostato de 180 L. con capacidad para 2 equipos de 6 botellas. Marca Liebherr o similar. | 1,00 | 1.120,00 | 1.120,00 |
10.2 | Suministro de medidor multiparamétrico portátil con sonda pH de gel + sonda de conductividad, ambas Std, 3 m. Xxxxx Xxxx-Xxxxx. Modelo HQ40d. | 1,00 | 946,56 | 946,56 |
10.3 | Suministro de medidor multiparamétrico portátil con sonda de oxígeno disuelto Std de LDO INTELLICAL, 1 m. Xxxxx Xxxx-Xxxxx. Modelo HQ40d. | 1,00 | 946,56 | 946,56 |
10.4 | Pipeta de volumen variable de 200 - 1000 µl. Marca Hach. | 1,00 | 109,00 | 109,00 |
10.5 | Pipeta de volumen variable de 100 - 1000 µl. Easy 40+. | 1,00 | 109,00 | 109,00 |
10.6 | Suministro de tomamuestras automático marca Hach de 24 botellas. | 1,00 | 3.588,33 | 3.588,33 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 11. | Bombas de recirculación de fangos y excesos | |||
11.1 | Suministro e instalación de grupo motobomba centrífuga de recirculación de fangos de 183,24 m³/h a 7,67 m.c.a. xxxxx Xxxxxx, Flygt o similar, incluyendo brida de acoplamiento. | 6,00 | 2.289,00 | 13.734,00 |
11.2 | Suministro e instalación de ud. de tubo xxxx xx xxxxx inoxidable de 1 ½” (48,3x3 mm) de diámetro y 4750 mm de longitud para bombas de recirculación de fango (6 Uds.) y para bombas de fangos en exceso (4 Uds.) . | 10,00 | 51,50 | 515,00 |
11.3 | Suministro e instalación de caja industrial aislante de tapa opaca de dimensiones suficientes para albergar los borneros necesarios para realizar la conexión eléctrica de cada bomba, tanto fuerza como maniobra, instalado a pie de bomba de recirculación de fangos y excesos, además de rejiband xx xxxxx inoxidable AISI316 para soportar cableado (incluyendo carril DIN, borneros, prensas, terminales, etc.) | 10,00 | 143,58 | 1.435,80 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 74 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 12. | Instrumentación | |||
12.1 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético para agua bruta DN350 marca Siemens o E+H. | 4,00 | 4.041,96 | 16.167,84 |
12.2 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para recirculación de fangos DN200 marca Siemens, E+H o similar (incluyendo armario metálico para transmisor). | 2,00 | 1.809,28 | 3.618,56 |
12.3 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para fangos en exceso DN80 marca Siemens o E+H (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 1.405,87 | 1.405,87 |
12.4 | Suministro e instalación de medidor de caudal electromagnético de electrónica separada para salida de agua tratada DN400 marca Siemens o E+H (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 3.233,57 | 3.233,57 |
12.5 | Suministro e instalación de medidor de oxígeno para reactor biológico nº 1 y nº 2 consistente en 2 sondas de oxígeno disuelto por luminiscencia, con 10 m de cable, rango de medida 0-20 mg/l O2 / 0-50ºC y controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100- 240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 4.956,00 | 4.956,00 |
12.6 | Suministro e instalación de medidor de rédox para reactor biológico nº 1 y nº 2 consistente en 2 sensores combinados de REDOX mod.8351, conexión a proceso 3/4" NPT ambos extremos, reducción en PVC 1" NPT - 3/4" NPT, pértiga PVC para sonda de ORP con conexión 1". Longitud 2 m, diámetro 40 mm, controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100- 240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 2.457,40 | 2.457,40 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 75 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
12.7 | Suministro e instalación de medidor de pH y conductividad para pretratamiento consistente en 1 de sensor combinado para medida de pH, formato convertible con rosca 3/4“, rango de medida: 0 -14 pH, cuerpo: Ryton, sensor de temperatura: Pt1000, cable de conexión: Integral 10 m. cable (Gateway opcional), 1 sensor inductivo digital de conductividad, rango 0,2 - 2000 mS/cm, material PEEK, cable 10 m, montaje en inmersión con sensor de temperatura (no utilizar con controlador sc60) y controlador universal de 2 canales para conexión de 1 sonda analógica de pH/ORP y 1 sonda digital sc. 2 salidas 4-20 mA, 4 relés de alarma. Alimentación 100-240 Vca (incluyendo armario metálico para transmisor). | 1,00 | 2.850,70 | 2.850,70 |
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 13. | Sistema evacuación de agua de lluvia | |||
13.1 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de pretratamiento - deshidratación. | 1,00 | 1.060,80 | 1.060,80 |
13.2 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de soplantes. | 1,00 | 504,40 | 504,40 |
13.3 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de control. | 1,00 | 759,20 | 759,20 |
13.4 | Suministro y montaje de canalón de aluminio para edificio de cloración. | 1,00 | 247,00 | 247,00 |
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 76 de 80
DESCRIPCIÓN | Uds. | Importe unitario | Importe total | |
CAP. 14. | Pasarelas y estructuras | |||
14.1 | Fabricación, suministro y montaje de pasarela para línea de desarenador - desengrasador nº 1, fabricada de perfiles normalizados tipo IPN o similar y trámex xx xxxxx galvanizado en caliente y barandilla de seguridad en acero inoxidable. | 1,00 | 1.789,70 | 1.789,70 |
14.2 | Fabricación, suministro y montaje de estructura de acceso a agitador cámara anóxica de reactor biológico, fabricada de perfiles normalizados tipos IPN o similar y trámex xx xxxxx galvanizado en caliente y barandilla de seguridad en acero inoxidable. | 2,00 | 715,88 | 1.431,76 |
14.3 | Sustitución de rejilla tipo tramex existente en la zona de reparto a tratamiento biológico por rejilla tipo tramex de PRFV de 40 mm de alto y malla de 40x40 mm2. | 40,00 | 95,00 | 3.800,00 |
14.4 | Sustitución de rejilla tipo tramex existente en la arqueta de vaciado de espesador por rejilla tipo tramex de PRFV de 40 mm de alto y malla de 40x40 mm2, incluyendo sustitución de perfiles IPN, también en PRFV. | 10,00 | 95,00 | 950,00 |
Las mejoras aquí propuestas, se ejecutarán por la empresa que represento, en el supuesto de resultar adjudicataria del contrato, sin repercusión económica o coste alguno para la Administración y con estricta sujeción a los términos establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige en el contrato..
Lugar, fecha y firma del licitador.
(NOTA:Para la valoración de cada una de las mejoras incluidas en esta propuesta es necesario que estén marcadas con X las mejoras que el licitador ofrece sin coste alguno para la Administración, de forma que aquellas propuestas en las que no figure marcada alguna opción NO SERAN VALORADAS)
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 77 de 80
ANEXO V
DECLARACION RESPONSABLE DEL LICITADOR DE PARA OMITIR LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN OTRO EXPEDIENTE MUNICIPAL DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RIO (CORDOBA).
D. , con D.N.I. nº , en nombre
propio, o en representación
C.I.F.
con
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1.- Que dicha Empresa está interesada en participar en el procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Palma del Río para la contratación de la <<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx.
2.- Que la citada empresa participó en el procedimiento convocado por ese Ayuntamiento para la contratación de
con fecha (Se requiere que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento), constando en dicho expediente la siguiente documentación ( Indicar lo que proceda ):
1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar de la Empresa y, en su caso, su representación.
2. Documentación acreditativa de la clasificación de la citada Empresa, o de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la misma.
3. Declaración responsable de no estar incursa la referida Empresa en prohibición de contratar conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. Certificaciones administrativas acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
5. Que dicha documentación se encuentra plenamente vigente en el día de la fecha y no ha sufrido modificación o alteración alguna.
6. Que solicito acogerme al derecho establecido en el apartado f) del art. 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ................................., a .............................. de de 2016
(Firma del licitador).
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 78 de 80
ANEXO VI
AUTORIZACION PARA LA CESION DE INFORMACION RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y CON LA HACIENDA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RIO EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION.
La persona abajo firmante autoriza al Ayuntamiento xx Xxxxx del Río a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos
para .
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la contratación mencionada anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1.998, de 9 de diciembre, que mantiene su vigencia tras la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permiten, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas, para el desarrollo de sus funciones.
A.- DATOS DEL SOLICITANTE DE LA CONTRATACION DETALLADA
Apellidos y nombre/Razón social
N.I.F. Firma:
B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (casos de persona jurídica o entidad del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria).
Nombre y apellidos D/D. , con N.I.F. Actuando en calidad de
Firma:
Asimismo se solicita el certificado acreditativo de estar al corriente en los pagos con la Hacienda Local.
En Palma del Río, a de del 2016.
Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Palma del Río.
Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 79 de 80
ANEXO VII
DECLARACION DE EXENCION DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS
D..., con domicilio en la ciudad de ..., calle ...nº ..., mayor de edad, con D.N.I. número..., en su propio nombre ( o en representación de ... con C.I.F. ...) y teléfono expone
que es conocedor del procedimiento abierto y tramitación ordinaria, convocado por el Iltre. Ayuntamiento xx Xxxxx del Río (Córdoba), para la contratación de la
<<GESTION, EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO PUBLICO DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES (EDAR) XX XXXXX DEL RÍO, EDAR BALDIO-BALDIO SUR, EDAR XXXXX XX XXXXX, ESTACION DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES (EBAR) XXXXX XXXXXXXX X XXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXxx, x
XXXXXXX XXXX SU RESPONSABILIDAD
Que dicha empresa está exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas, según el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Lugar, fecha y firma del interesado.
Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx.
Firmado por La Secretaria General COXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX el 1/4/2016
X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440
F6A26EC2FB8B1BFC1440
Código seguro verificación (CSV)
pie_firma_largo_dipu_01
Página 80 de 80