Abono del precio del contrato Cláusulas de Ejemplo

Abono del precio del contrato. La empresa tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y en el contrato, con arreglo al precio convenido. Los dos conceptos que componen el precio de contrato, se abonarán de la siguiente forma:
Abono del precio del contrato. La empresa adjudicataria extenderá una factura por contrato y mes. Deberá ser fácilmente legible y expresar todos los términos que la componen. Incluirá: ▪ Precio del término fijo ▪ Precio del término variable ▪ las características del gas entregado: PCS (poder calorífico superior), PCI, densidad, presión y contenidos en CO2 y N2. ▪ lecturas (inicial y final) y fecha de lecturas para cada contador. ▪ precio del término variable. ▪ alquileres de equipos de medida, si los hubiera. ▪ impuestos Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará las correspondientes facturas, conformadas por parte de la Sección de Obras y Mantenimiento, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura.
Abono del precio del contrato. Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará el precio establecido en el contrato, una vez presentada la correspondiente factura y conformada por parte de la Directora del Servicio Informático, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura.
Abono del precio del contrato. La empresa adjudicataria extenderá una factura por contrato y mes. Deberá ser fácilmente legible y expresar todos los términos que la componen. Incluirá:  Precio del término fijo  Precio del término variable  las características del gas entregado: PCS (poder calorífico superior), PCI, densidad, presión y contenidos en CO2 y N2.  lecturas (inicial y final) y fecha de lecturas para cada contador.  precio del término variable.  alquileres de equipos de medida, si los hubiera.  impuestos Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará las correspondientes facturas, conformadas por parte de la Sección de Obras y Mantenimiento, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura.
Abono del precio del contrato. 18.1.- El pago del precio del remate y sus variaciones legales (revisión de precios y modificaciones objetivas) se efectuará:
Abono del precio del contrato. El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y en el contrato, con arreglo al precio convenido. El pago del precio determinado en el Apartado I. “Características del Contrato” se realizará una vez se compruebe por la unidad gestora el cumplimiento de cada una de las partes del contrato: • Emisión de la factura correspondiente a los trabajos de auditoría, tras el inicio de la formación. • Emisión de la factura de los trabajos de formación, tras la emisión del documento positivo de conformidad por los servicios prestados. • Emisión de la/s factura/s correspondientes a las horas de soporte de acuerdo a su ejecución.
Abono del precio del contrato. Se facturará con periodicidad mensual o bimestral, según sea la periodicidad que se fije en el contrato de acceso a redes, los consumos de energía eléctrica que éste realice. Una factura por contrato. El destinatario de las facturas será: Universidad Pública xx Xxxxxxx Unidad de Mantenimiento Xxxxxx xx Xxxxxxxxx x/x 00000 XXXXXXXX La forma de pago será mediante domiciliación bancaria a la cuenta de la Universidad, con nº 2054 0000 45 1100107625. El pago se realizará en un plazo de treinta días.
Abono del precio del contrato. El concesionario tiene derecho al abono de las prestaciones que realmente ejecute con arreglo a las condiciones establecidas en el TRLCSP y fijadas en el contrato, previa conformidad del Responsable del contrato. El precio anual del contrato se abonará mensualmente mediante facturas iguales a dicho precio dividido por doce meses . Las facturas se presentarán a meses vencidos dentro de los diez primeros días de cada mes, y se efectuará conforme establece la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX AUXILIADORA el 1/4/2016 X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440 F6A26EC2FB8B1BFC1440 pie_firma_largo_dipu_01 El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar los servicios realmente prestados a la Administración, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación las facturas, en los términos establecidos en el art. 216 del TRLCSP.
Abono del precio del contrato. Se facturará con periodicidad mensual o bimestral, según sea la periodicidad que se fije en el contrato de acceso a redes, los consumos de energía eléctrica que éste realice. El destinatario de las facturas será: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NOVALLAS, X/ Xxx Xxxxx, 8 50510 Novallas (Zaragoza) CIF: P-5019100-F La forma de pago será mediante domiciliación bancaria a la cuenta del Ayuntamiento. El pago se realizará en un plazo de treinta días.
Abono del precio del contrato. Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará el precio establecido en el contrato, una vez presentada la correspondiente factura y conformada por parte del Responsable del Grupo de Antenas, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura. El pago del precio de este contrato será efectuado parte en metálico y parte con la entrega de los siguientes bienes: • Analizador de espectros y redes de la xxxxx Xxxxx & Xxxxxxx y modelo FSMS 26 hasta 26.5 GHz (409 Ed. Los Tejos). • Mezclador armónico de la marca Tektronix y modelo WM7862A de 26.5 a 40 GHz. • Mezclador armónico de la marca Tektronix y modelo WM7862U de 40 a 60 GHz. • Mezclador armónico de la marca Tektronix y modelo WM7862V de 50 a 75 GHz. • Mezclador armónico de la marca Tektronix y modelo WM7862W de 75 a 110 GHz. El importe mínimo en que se valora este conjunto es de 10.000 euros.