Abono del precio del contrato Cláusulas de Ejemplo

Abono del precio del contrato. El contratista tendrá derecho al abono de los trabajos efectivamente realizados, una vez concluidos, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato. Se entiende por trabajos efectivamente realizados, la entrega por el contratista de toda la documentación, en formato electrónico, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El importe del contrato se abonará en 2024 en un único pago: 19/01/2024 10:23:34 XXXXXXX XXXXX, XXXXX DE LOS XXXXX En caso de que el importe a verificar se minore en un importe igual o superior a 400.000 €, se aplicará una reducción automática del 3 % del precio del contrato. En caso de ser superior a 800.000 euros se aplicará un 7% y si la minoración supera los 1.200.000 euros, se aplicará una reducción del 10%.
Abono del precio del contrato. El abono se realizará al precio contratado previa presentación de las correspondientes facturas (una por cada punto de suministro), que se adaptarán a la energía total finalmente suministrada y demás factores que influyen en el coste del suministro. En cuanto al plazo, se estará a lo dispuesto en la LCP.
Abono del precio del contrato. El contratista solamente tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la LFCP y en el contrato con arreglo al precio convenido. El pago del precio se realizará según se indica en el apartado 17.3 del Cuadro de Características, previa presentación de la correspondiente factura, correctamente emitida, a través del Departamento competente en materia de Hacienda, mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario. Si se recibe la factura o la solicitud de pago equivalente antes o al mismo tiempo de la celebración del acto de recepción o conformidad, el plazo de abono se empezará a contar a partir de dicho acto. Si este acto no se celebrase en el plazo establecido por causas imputables al órgano de contratación, se considerará celebrado el último día del plazo. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación sin que empiece a computarse el plazo a que se refiere el artículo 155.1 de la LFCP hasta su corrección. En el caso de asistencias que hayan de prestarse en distintas anualidades, si el contratista desarrollara, con la conformidad del Servicio Xxxxxxx de Salud-Osasunbidea, los trabajos con mayor celeridad que la pactada, no tendrá derecho a percibir en cada año mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente cualquiera que sea el importe de la prestación realizada.
Abono del precio del contrato. 18.1.- El pago del precio del remate y sus variaciones legales (revisión de precios y modificaciones objetivas) se efectuará:
Abono del precio del contrato. El concesionario tiene derecho al abono de las prestaciones que realmente ejecute con arreglo a las condiciones establecidas en el TRLCSP y fijadas en el contrato, previa conformidad del Responsable del contrato. El precio anual del contrato se abonará mensualmente mediante facturas iguales a dicho precio dividido por doce meses . Las facturas se presentarán a meses vencidos dentro de los diez primeros días de cada mes, y se efectuará conforme establece la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Plaza Mayor de Andalucía nº 1 - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxxx) Xxxxxx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx. Firmado por La Secretaria General XXXX XXXXX XXXXX AUXILIADORA el 1/4/2016 X0X0 0XX0 FB8B 1BFC 1440 F6A26EC2FB8B1BFC1440 pie_firma_largo_dipu_01 El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar los servicios realmente prestados a la Administración, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación las facturas, en los términos establecidos en el art. 216 del TRLCSP.
Abono del precio del contrato. El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y en el contrato, con arreglo al precio convenido. El pago del precio determinado en el Apartado I. “Características del Contrato” se realizará una vez se compruebe por la unidad gestora el cumplimiento de cada una de las partes del contrato: • Emisión de la factura correspondiente a los trabajos de auditoría, tras el inicio de la formación. • Emisión de la factura de los trabajos de formación, tras la emisión del documento positivo de conformidad por los servicios prestados. • Emisión de la/s factura/s correspondientes a las horas de soporte de acuerdo a su ejecución.
Abono del precio del contrato. En los contratos de servicios cuyo objeto consista en la realización de proyectos, informes, estudios, etc., la Universidad abonará la factura correspondiente una vez que el trabajo se haya realizado totalmente y a su plena satisfacción, lo que precisará la conformidad de la persona responsable del centro de gastos y, en su caso, de la responsable del contrato. No obstante lo anterior, para determinados contratos la Universidad podrá realizar pagos parciales cuando la naturaleza y características del servicio lo permitan y así se autorice por la persona responsable del centro de gastos. En los casos en que proceda, en el cuadro resumen, se indicará esta posibilidad y la forma de pago. En los contratos de servicios cuyo objeto consista en la realización de una actividad de hacer, de tracto sucesivo y repetitiva, la empresa contratista emitirá mensualmente una factura que será abonada de forma periódica por la Universidad dentro de los plazos legalmente establecidos.
Abono del precio del contrato. La empresa adjudicataria extenderá una factura por contrato y mes. Deberá ser fácilmente legible y expresar todos los términos que la componen. Incluirá: ▪ Precio del término fijo ▪ Precio del término variable ▪ las características del gas entregado: PCS (poder calorífico superior), PCI, densidad, presión y contenidos en CO2 y N2. ▪ lecturas (inicial y final) y fecha de lecturas para cada contador. ▪ precio del término variable. ▪ alquileres de equipos de medida, si los hubiera. ▪ impuestos Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará las correspondientes facturas, conformadas por parte de la Sección de Obras y Mantenimiento, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura.
Abono del precio del contrato. La empresa adjudicataria extenderá una factura por contrato y mes. Deberá ser fácilmente legible y expresar todos los términos que la componen. Incluirá:  Precio del término fijo  Precio del término variable  las características del gas entregado: PCS (poder calorífico superior), PCI, densidad, presión y contenidos en CO2 y N2.  lecturas (inicial y final) y fecha de lecturas para cada contador.  precio del término variable.  alquileres de equipos de medida, si los hubiera.  impuestos Tras la revisión y recepción del suministro, la Universidad Pública xx Xxxxxxx abonará las correspondientes facturas, conformadas por parte de la Sección de Obras y Mantenimiento, en un plazo no superior a treinta días naturales desde la recepción de la factura.
Abono del precio del contrato. La empresa tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y en el contrato, con arreglo al precio convenido. Los dos conceptos que componen el precio de contrato, se abonarán de la siguiente forma: