Definición de Cesión

Cesión. El adjudicatario comunica los datos de carácter personal a otras entidades.
Cesión. Consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, el cual sólo procederá previa aprobación escrita del ordenador del gasto.
Cesión. Ninguna de las Partes podrá ceder el presente Contrato sin tener previa autorización escrita de la otra Parte.

Examples of Cesión in a sentence

  • Cesión de los Contratos.- El contratista está prohibido de ceder los derechos y obligaciones emanados del contrato.

  • Cesión No podrá cederse la presente Póliza ni ningún derecho o interés de la misma sin el previo consentimiento expreso y escrito del Asegurador, en cuyo caso se formalizará la misma mediante Suplemento que quedará adjunto a la Póliza.

  • Cesión del contrato, subcontratación y pagos a empresas suministradoras.

  • La notificación o en su caso el aviso de la cesión sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha al Administrador de este Contrato dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración del Convenio de Cesión respectivo.

  • En caso de realizarse una Cesión autorizada por el presente, el Contrato será obligatorio para cada una de las partes y sus respectivos sucesores legales y cesionarios autorizados, y redundará en beneficio de todos ellos.


More Definitions of Cesión

Cesión. Es el acto jurídico por el cual el contratista (cedente) transfiere las obligaciones y los derechos de un contrato celebrado con la Caja de la Vivienda Popular a un Tercero (Cesionario) que cumpla con iguales o mejores condiciones requeridas por la Entidad y establecidas en los Estudios Previos y/x Xxxxxx de condiciones y/o en la propuesta presentada para el efecto.
Cesión. La Institución Financiera tendrá derecho a ceder sus derechos, título e intereses en el presente Contrato en cualquier momento. La cesión del Acuerdo Financiero por la Institución Financiera en ningún caso afectará a los términos y condiciones del presente Contrato. El presente Contrato es nulo si usted le transfiere el Vehículo a cualquier tercero. El presente Contrato es para el beneficio exclusivo del Comprador registrado como se describe en la Página 1 del presente Contrato y no se podrá ceder o transferir a otra persona o Institución Financiera, y no es renovable.
Cesión. Consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, la cual sólo procederá previa aprobación escrita por parte de LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Contratista: Persona(s) natural o jurídica que se obliga (n) a cumplir una determinada prestación, según las especificaciones del objeto del contrato, a cambio de una contraprestación.
Cesión el cliente no cederá, transferirá, se comprometerá o realizará cualquier acto de disposición del presente contrato o de cualquier parte del mismo. Ni cederá cualquiera de sus derechos, sus reclamaciones o sus obligaciones contractuales a un tercero, salvo que exista consentimiento previo de SAES. No renuncia: el retraso en el ejercicio o el no ejercicio por parte de SAES de alguno de sus derechos contractuales no significará la renuncia a dichos derechos o afectará a la validez del contrato o alguna parte del mismo, ni irá en perjuicio de SAES para hacer cumplir las previsiones del contrato en un momento posterior.
Cesión significa la cesión a la Cesionaria de todos los derechos otorgados a la Cedente y las obligaciones asumidas por ésta en el Contrato de Opción San Xxxxxxxxx, conforme a las disposiciones de la Cláusula 4,
Cesión consiste en la sustitución de las obligaciones y derechos que surjan de un contrato, en un tercero, la cual sólo procederá previa aprobación escrita por parte de la ESE. Contratista: persona(s) natural o jurídica que se obliga(n) a cumplir una determinada prestación, según las especificaciones del objeto del contrato, a cambio de una contraprestación.
Cesión. Acuerdo en virtud del cual un contratista transfiere los derechos y obligaciones derivados de su contrato, total o parcialmente, a una tercera parte.