Definición de Ley de Disciplina Financiera

Ley de Disciplina Financiera significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Ley de Disciplina Financiera significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, “Monto Disponible” significa, para cada Fecha de Pago, la cantidad en Pesos igual a la diferencia positiva que resulte de restar al Monto Expuesto la suma simple de las cantidades en Pesos que hayan sido dispuestas por el Fiduciario con cargo a la Garantía, antes de la Fecha de Pago de que se trate.
Ley de Disciplina Financiera tiene el significado que se le atribuye en el Antecedente II del presente Contrato.

Examples of Ley de Disciplina Financiera in a sentence

  • Este Contrato se rige de acuerdo con las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, entre otras, por la Ley de Instituciones de Crédito, la LGTOC, la Ley de Disciplina Financiera y sus leyes supletorias o cualquier otra Ley Aplicable.

  • Este Contrato se rige de acuerdo con las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, entre otras, por la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y sus leyes supletorias o cualquier otra Ley Aplicable.

  • Con fecha 27 xx xxxxx de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (la “Ley de Disciplina Financiera”), la cual tiene como objeto establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas.

  • Lo anterior, con fundamento en el artículo 26 de la Ley de Disciplina Financiera que establece que las ofertas de los Créditos deben ser irrevocables.

  • El Crédito que en este acto otorga el Acreedor al Acreditado será destinado a cubrir necesidades de corto plazo, tales como, insuficiencias de liquidez de carácter temporal conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Disciplina Financiera y el artículo 268 del Código Financiero.


More Definitions of Ley de Disciplina Financiera

Ley de Disciplina Financiera significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 xx xxxxx de 2016, según haya sido y sea modificada de tiempo en tiempo.
Ley de Disciplina Financiera tendrátiene el significado que se le atribuye a dicho término en el numeral III del apartado de Antecedentes del presente Contrato.
Ley de Disciplina Financiera. Tiene el significado que se le atribuye a dicho término en el antecedente primero del presente Contrato.
Ley de Disciplina Financiera tendrá el significado que se le atribuye en el inciso (b) del Numeral II de Declaraciones.
Ley de Disciplina Financiera. Tiene el significado que se le atribuye a dicho término en el antecedente I del presente Contrato.
Ley de Disciplina Financiera. Tiene el significado que se le atribuye a dicho término en el apartado de Preámbulo de las presentes Bases.
Ley de Disciplina Financiera. Significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, o cualesquier ordenamientos que lleguen a sustituirla o complementarla. “LGTOC”: Significa la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, o cualesquier ordenamientos que lleguen a sustituirla. “Notificación de Incumplimiento”: Significa la notificación dirigida por el Acreedor al Acreditado, informándole de la existencia de un Evento de Incumplimiento de conformidad con el presente Contrato de Crédito. [Pagaré: significa el pagaré que deberá suscribir el Acreditado para documentar cada Disposición que realice al amparo del presente Contrato, sustancialmente en términos del modelo que se acompaña como Anexo 2.]3 “Pagos Anticipados”: Significa los pagos anticipados que realice el Acreditado en términos de lo previsto en la Cláusula Décima Cuarta del presente Contrato de Crédito. “Periodo de Intereses”: Significa, por cada Disposición, un lapso que se contará: (i) respecto del primer periodo, a partir de (e incluyendo) la Fecha de Disposición respectiva hasta la primer Fecha de Pago inmediata siguiente; (ii) respecto de los períodos subsecuentes, excepto el último período, a partir de (e incluyendo) la Fecha de Pago y hasta (sin incluir) la Fecha de Pago inmediata siguiente; y (iii) en el caso del último periodo, a partir de (e incluyendo) la Fecha de Pago y hasta (sin incluir) la fecha en que se pague el saldo insoluto de la Disposición correspondiente. “Persona”: Significa cualquier individuo, corporación, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad de asociación en participación, asociación, coinversión, fideicomiso, u otras entidades u organizaciones no constituidas formalmente, así como cualquier Autoridad Gubernamental. “Peso”, “Pesos” y/o “$”: Significa cada uno de ellos, la moneda de transmisión libre y de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos. “Plazo de Disposición”: Significa un plazo igual al Plazo Máximo del Crédito.