Definición de Pagos Anticipados

Pagos Anticipados significa cualquier pago (independientemente del monto) sobre la totalidad o parte del principal que se encuentre insoluto y que el Prestatario realice: a) en forma anticipada a las fechas establecidas en el Calendario de Amortizaciones, o b) en exceso del monto que le corresponde pagar en cualquier fecha conforme el Calendario de Amortizaciones; cuya regulación se encuentra establecida en la Sección 3.13 del presente Contrato.
Pagos Anticipados. Significa los pagos anticipados que realice el Acreditado en términos de lo previsto en la Cláusula Décima Cuarta del presente Contrato de Crédito.
Pagos Anticipados significa los pagos que el Prestatario podrá realizar al BCIE conforme a lo establecido en la Sección 3.13 del presente Contrato.

Examples of Pagos Anticipados in a sentence

  • El Banco está obligado a recibir Pagos Anticipados siempre que: A.

  • Tratándose de Pagos Anticipados parciales, el Banco deberá dar a conocer el nuevo Saldo Insoluto y el plazo al Cliente por escrito, en los propios estados de cuenta o a través de Banca Personal por Internet si el Cliente cuenta con dicho servicio.

  • Será por cuenta del Prestatario el pago de cualesquiera costos (“Costos de Terminación”), gasto, pérdida o penalidad que se originen o que tengan lugar en virtud de los Pagos Anticipados.

  • En el caso de Pagos Anticipados por un importe igual al Saldo Insoluto, el Banco entregará al Cliente el finiquito y demás documentación que corresponda.

  • El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados o Pagos Adelantados en pago del(los) crédito(s), los cuales se aplicarán al pago del Saldo Insoluto del(los) crédito(s) en orden inverso al del vencimiento de las amortizaciones respectivas, es decir, se aplicarán a las últimas que vayan a vencer y tendrán efecto a partir de la fecha de aplicación del pago.


More Definitions of Pagos Anticipados

Pagos Anticipados. El(los) CLIENTE(S) podrá(n) solicitar realizar pagos anticipados, los cuales serán aplicados al saldo insoluto del capital, siempre y cuando el(los) CLIENTE(S) se encuentre(n) al corriente de todas y cada una de las obligaciones señaladas en el presente CONTRATO. Previo a que se lleve a cabo el pago anticipado, APOYO informará a el(los) CLIENTES(S) por escrito el saldo insoluto del CRÉDITO si se efectúa en alguna de sus sucursales o en su defecto vía telefónica en términos de la cláusula décima tercera del presente CONTRATO. Estos pagos deberán ser por montos superiores a la cantidad de $100.00 (Cien pesos 00/100 moneda nacional). El(los) CLIENTE(S) podrá(n) realizar pagos anticipados conforme a la presente cláusula sin pagar penalización alguna. Cuando el importe de los pagos anticipados no fuere suficiente para amortizar el saldo insoluto en su totalidad, se disminuirá el número de pagos a realizar, siempre y cuando se alcance a cubrir el cien por ciento de cada amortización. Una vez aplicado el pago anticipado, APOYO calculará el importe de intereses por devengar, con base en el nuevo Saldo Insoluto, emitiendo en favor de el(los) CLIENTE(S) el comprobante de pago respectivo y una nueva TABLA DE AMORTIZACIÓN que se entregará por escrito al momento de recibirse el pago anticipado. Si el(los) CLIENTE(S) decide(n) cubrir la totalidad de su adeudo, se le(s) cobrará el saldo insoluto de capital a la fecha más los intereses ordinarios y el Impuesto al Valor Agregado sobre los mismos devengados a la fecha, lo anterior en el entendido de que el presente CONTRATO continuará en pleno vigor y efecto hasta que todas las obligaciones a cargo del(los) CLIENTE(S) hayan sido satisfechas y pagadas en su totalidad.
Pagos Anticipados. La FINANCIERA se obliga a aceptar pagos anticipados de los créditos menores al equivalente a 900,000 UDIS, siempre que el ACREDITADO lo solicite, esté al corriente con los pagos exigibles y el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el periodo correspondiente. Los pagos que realice el ACREDITADO antes de la fecha en que sea exigible, deberán de considerarse como pagos anticipados y no pagos adelantados.
Pagos Anticipados y/o “Prepago” significa el cumplimiento de una obligación de pago, parcial o total, relacionada o derivada del presente Contrato, antes de vencer el plazo convenido según lo establecido contractualmente, y que se regirá conforme a lo establecido en las secciones 3.13 y 3.14 del presente Contrato.
Pagos Anticipados. Significa los pagos anticipados que realice el Acreditado en términos de lo previsto en la Cláusula Décima Quinta del presente Contrato, en el entendido que los mismos deberán equivaler al monto exacto de una o más mensualidades por concepto de capital.
Pagos Anticipados. El pago anticipado de la deuda antes del vencimiento generará un cargo administrativo del 2 % + IVA sobre el saldo cancelado. Queda aclarado que el solicitante tendrá la facultad de cancelar anticipadamente (capital, intereses y demás gastos). El monto a cancelar estará compuesto por el saldo de deuda de capital más la totalidad de la cuota en curso, y el cargo administrativo. En el caso de precancelación total, no se aplicara esta comision cuando al momento de efectuarla haya transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original de la financiación o 180 días corridos desde su otorgamiento, de ambos el mayor.
Pagos Anticipados y 8. “Pagos Adelantados” del presente Contrato, lo cual al afectar tu Saldo Insoluto, podría acortar el tiempo de vigencia de tu Préstamo Personal Nu. Finalmente, no podrás prorrogar el plazo de tu Préstamo Personal Nu.
Pagos Anticipados. Art. 7: Para los contratos que se celebren a partir de la presente ley, no podrá requerirse del locatario: