Definición de Padecimientos Preexistentes

Padecimientos Preexistentes. Se entenderá por padecimientos preexistentes aquellos que presenten una o varias de las características siguientes:
Padecimientos Preexistentes. Significa cualquier padecimiento que con fecha anterior a la que se inició la cobertura para cada Asegurado:
Padecimientos Preexistentes. Significa aquellos padecimientos que con anterioridad a la contratación del seguro:/ contratación del Crédito: a) Se haya declarado su existencia; o b) El Asegurado haya realizado gastos comprobables documentalmente para recibir un tratamiento médico; o c) Que sean comprobables mediante la existencia de un expediente médico, solo si se contara con este o el asegurado tuviera acceso al mismo donde se haya elaborado un diagnóstico por un médico legalmente autorizado, o bien, mediante pruebas de laboratorio o gabinete, o por cualquier otro medio reconocido de diagnóstico. Para resolver la procedencia de la reclamación, la Compañía, cuando cuente con pruebas documentales de que el Asegurado haya efectuado gastos para recibir un diagnóstico de la Enfermedad y/o Padecimiento de que se trate, podrá solicitarle el resultado del diagnóstico correspondiente, o en su caso, el expediente médico o clínico. En caso de que no le sea proporcionada dicha información, la Compañía quedará liberada de cualquier obligación derivada de la reclamación correspondiente. El Contratante y/o el Asegurado y/o los Beneficiarios y/o causahabientes respectivos podrán, en caso de conflicto en relación con la determinación de Padecimientos Preexistentes, una vez notificada la improcedencia de su reclamación por parte de la Compañía, acudir a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. La Compañía acepta que si el Contratante y/o el Asegurado y/o los Beneficiarios y/o causahabientes respectivos, acuden a esta instancia, la Compañía se somete a comparecer ante el mencionado árbitro y sujetarse al procedimiento y resolución de dicho arbitraje y por este hecho se considerará que renuncia a cualquier otro derecho para hacer dirimir la controversia. En este caso, se estará al laudo emitido en el arbitraje que se lleve a cabo ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, de acuerdo al procedimiento establecido por dicha institución. El laudo que sobre el particular se emita, vinculará a las partes para su cumplimiento y tendrá fuerza de cosa juzgada entre ellas. Este procedimiento no tendrá costo alguno para el Contratante y/o el Asegurado y/o los Beneficiarios y/o causahabientes respectivos en el caso de ser procedente la reclamación, entonces, la indemnización será liquidada por la Compañía.

Examples of Padecimientos Preexistentes in a sentence

  • DENTEGRA cubrirá los Padecimientos Preexistentes definidos en el Capítulo II.

  • Los Padecimientos Preexistentes no declarados nunca estarán cubiertos.

  • Los padecimientos mencionados en el párrafo anterior, en caso de ser reconocidos, no serán considerados como Padecimientos Preexistentes.

  • El Asegurado podrá, en caso de conflicto en relación con Padecimientos Preexistentes, una vez notificada la improcedencia de su reclamación por parte de la Compañía, acudir a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (“CONAMED”).

  • Todas aquellas Enfermedades o Padecimientos Preexistentes declarados serán cubiertos después de la Fecha de Inicio Original de la Póliza, siempre y cuando el período de espera aplicable a esta Póliza haya transcurrido, a menos que la Aseguradora excluya alguna (s) enfermedad (es) o padecimiento (es) preexistente (s) declarado (s), lo cual se hará constar en la Carátula de la Póliza.


More Definitions of Padecimientos Preexistentes

Padecimientos Preexistentes. Aquellos cuyos síntomas o signos se manifestaron o no antes del inicio de cobertura para cada Asegurado, o aquellos por los que se hayan efectuado gastos o no, o realizado un diagnóstico que señale que dichos síntomas o signos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación del seguro para cada Asegurado,
Padecimientos Preexistentes. Se entenderá por padecimientos y/o enfermedades preexistentes aquellos que presenten una o varias de las características siguientes:
Padecimientos Preexistentes. Son aquellos padecimientos y/o enfermedades respecto de los que previamente a la celebración del Contrato: La Compañía quedará liberada de sus obligaciones, derivadas de alguna reclamación, cuando por causas imputables al propio Asegurado, no se le proporcione la información requerida para continuar con el trámite de reclamación.
Padecimientos Preexistentes. Son aquellas enfermedades, defectos o condiciones de salud existentes con anterioridad al ingreso del beneficiario al presente contrato, o que por efectos tardíos de dichos estados, se manifiestan con posterioridad a la celebración del contrato.
Padecimientos Preexistentes. Son aquellos padecimientos y/o enfermeda- des respecto de los que previamente a la ce- lebración del Contrato:
Padecimientos Preexistentes. Se entienden por Padecimientos Preexistentes aquellos que previamente a la celebración del Contrato de Seguro:
Padecimientos Preexistentes. Son aquellos padecimientos y/o enfermedades respecto de los que previamente a la celebración del Contrato: Seguro Protección Cyber Personal 7 La Compañía quedará liberada de sus obligaciones, derivadas de alguna reclamación, cuando por causas imputables al propio Asegurado, no se le proporcione la información requerida para continuar con el trámite de reclamación.