RESUMEN. Es bien sabido que grandes son las dificultades que enfrentan los empresarios brasileños al emprender, especialmente en la obtención de diversas inversiones en su actividad empresarial. La IN 38/2017 del DREI ha contribuido a subsanar esta deficiencia, posibilitando mediante una regulación eficiente que nuevos modelos de inversión promuevan la circulación de recursos, posibilitando la expansión y optimización de las actividades económicas desarrolladas desde las sociedades de responsabilidad limitada, permitiéndoles emitir acciones preferenciales. o incluso mantener acciones en tesorería, como en las sociedades anónimas, ampliando significativamente los medios disponibles para que terceros interesados o incluso fondos privados de inversión puedan invertir recursos de una forma más rápida, segura y transparente, proporcionando retorno de plusvalía con sentido en la búsqueda del objetivo de promover la justicia social basada en la actividad económica de libre desarrollo.
RESUMEN. Este estudio adopta la tesis de que es posible que las costumbres sean fuentes de las obligaciones contractuales. Por lo tanto, trató de demostrar esta premisa a través de una investigación jurisprudencial (arbitraje y judicial) y por el método comparativo. Se concluyó que, dada la internacionalización del Derecho contractual, las fuentes costumeras internacionales deben ser objeto de tratamiento doméstico, ya que proporcionan una obligación contractual y no solamente la interpretación del negocio jurídico. No se puede, sin embargo, descuidar la necesidad de controlar su contenido. En términos detallados, entonces podemos decir que el papel reservado a la costumbre como fuente de las normas del Derecho contractual siempre ha sido residual en la legislación brasileña. Siguiendo la experiencia europea moderna, la doctrina y la legislación brasileña reservan a la costumbre un papel secundario, cuando no meramente interpretativo. La jurisprudencia brasileña, a su vez en algunos casos da un tratamiento general para la figura. Por otra parte, el proceso de reducción de distancias y de aproximación cultural, como normalmente se define la globalización económica y social, influencia los contratos a través de la incorporación de una serie de soluciones consagradas por la práctica del comercio internacional. A pesar de que podría estar justificada por el principio secular de la libertad, de alguna manera estos “usos” internacionales se insinúan en Brasil hasta el punto de exigir que los propios tribunales les den el tratamiento y el reconocimiento. Por un lado, así que si uno niega la existencia de la función normativa de la costumbre contractual por otro, aunque sea indirecta, es reconocida no sólo su existencia sino la posibilidad de que su origen es extranjera. Este tratamiento paradójico refleja, en cierta medida, otra consecuencia: la ley brasileña de contratos está en el proceso de internacionalización. Aquí, entonces, que un nuevo enfrentamiento que se anuncia: una amplia libertad creativa (un afluente de la llamada lex mercatoria) y la orden pública. Diferentemente de antes, sin embargo, una respuesta simplista no sería factible en particular debido a la complejidad de las actuales características contractuales y reglamentarias de la ley brasileña de contratos.
RESUMEN. El presente artículo objetiva analizar, a la luz del Código Civil y del Código de Defensa del Consumidor propician al Micro e Pequeño Empresario en los contratos de adhesión celebrados con sus proveedor; puede el Micro Empresario atraer la protección del Código de Defensa del Consumidor a los Contratos firmados con sus proveedor de producto e servicios? La simple contratación por adhesión ya exterioriza la vulnerabilidad del Micro y Pequeño Empresario? Para tanto, partiendo de una sintética conceptuación de contratos presenta las principales características de los contratos paritarios según la autonomía de la voluntad y los contratos de adhesión. En el ámbito del Código Civil, la introducción de las Cláusulas Generales como normas de interpretación, destacándose el principio de la función social del contrato y el principio de la buena fe objetiva. En el Código de Defensa del Consumidor, interpretación del art. 2º para fines de su aplicación a las personas jurídicas. Palabras llave: Contratos de adhesión. Código de Defensa del Consumidor. Buena fe objetiva. Micro y Pequeña Empresa. Función Social.
RESUMEN. La tesis presentada en el Programa de Doctorado en Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Paraná y también en el Programa de Doctorado en Derecho de la Universitat Rovira i Virgili investiga la posibilidad del Estado Brasileño de utilizar la contratación pública como instrumento para dirigir y fomentar la ciencia, tecnología e innovación nacional. El objetivo general del trabajo es la necesidad de intervención estatal vía fomento y regulación en sentido estricto, sin el condicionamiento derivado del aumento del coste financiero que soportarán las entidades de la Administración Pública, debido a que consideramos que el desarrollo nacional y regional, así como la autonomía nacional tecnológica, implican una misión estratégica de los contratos y una reconfiguración de la teoría tradicional mediante la cual se determina el coste de la contratación y la ventaja más económica. Sobre esta premisa, en el trabajo se ha estudiado: la mejor definición de la regulación del estado en el dominio económico; de qué manera se puede entender la contratación pública como una política pública; comprobar que el contrato público siempre tuvo una función social y económica; la importancia de incorporar la ciencia, la tecnología y la innovación nacionales en la legislación brasileña y el uso de las compras públicas para su fomento; la ausencia de obstáculos a la utilización de dicha intervención frente a los acuerdos bilaterales y multilaterales celebrados por el Estado Brasileño; la aclaración de la distribución de la competencia legislativa para abordar la regulación de la ciencia, tecnología e innovación nacionales a través de los contratos públicos; y la fijación de criterios objetivos para la imposición de una preferencia nacional. En la tesis se ha aplicado una metodología jurídico-deductiva y se ha llevado a cabo una amplia investigación bibliográfica y normativa, tomando en cuenta la realidad de Brasil y España, tomando también en consideración decisiones judiciales y resoluciones administrativas. Se aprovecharon las lecciones de “destrucción creativa” de Xxxxxx Xxxxxxxxxx de acuerdo con la actualidad, incluso sobre los beneficios o las desventajas del acuerdo de libre comercio entre el MERCOSUR y la Unión Europea, que se firmó en junio de 2019, para confirmar la tesis de que el Estado Brasileño tiene el deber de regular la ciencia, tecnología e innovación nacional y conceder beneficios para las empresas que inviertan en el país. Para que eso suceda, es condici...
RESUMEN. El poder de empleo se otorga al empleador, para que éste pueda organizar, fiscalizar, controlar y disciplinar su actividad empresarial y sus empleados. Sin embargo, se sabe que el poder debe ser ejercido en su justa medida y tiene limitaciones por medio de la ley del trabajo de la Constitución, siendo obligación del empleador orientarse aún por el principio que rige a todas las relaciones, el principio de la dignidad de la persona humana. Siendo así, el presente trabajo tiene por objetivos discutir los límites del poder de empleo; identificar las formas abusivas de este poder, cuales sean: organizacional, fiscalizatoria y disciplinaria; analizar las limitaciones legales atribuidas a ellos con enfoque en la enfermedad del trabajo causada por el exceso del ejercicio del poder de empleo y el contrato del trabajador bancario y sus particularidades. El estudio de la casuística relacionada al tema enfermedad del trabajador bancario.
RESUMEN. Introducción: En Brasil, en vista de la falta de norma específica para regular el acuerdo administrativo aplica análoga la Ley Núm. 8.666/1993 (ley general sobre ofertas y contratos), cuyo uso subsidiario provoca inconsistencias dadas las diferencias entre el acuerdo y el contrato. La defensa pública federal sigue en relación con el acuerdo las pautas establecidas para los contratos con respecto a la imposibilidad de extender un período de expresión. Objetivo: Discuta la contratación de alcance y dilema del acuerdo vencido.
RESUMEN. El surgimiento y la difusión de Internet llevado a las relaciones jurídicas derivadas de los contratos de un nuevo clásico de estilo: la electrónica. Los canales de comunicación se difunden de manera que difícilmente se puede hablar en la consideración de los límites en viajes largos o barrera física a la celebración de negocios jurídicos. Con el advenimiento de los sistemas informáticos conectados a la red mundial de computadoras, acordó contrato por medios electrónicos se ha convertido en parte de la vida cotidiana, la creación de relaciones, que necesariamente debe ser objeto de comprensión e interpretación por la doctrina, la jurisprudencia, y los operadores ley. En este contexto, este trabajo muestra un estudio sobre la validez jurídica de los contratos electrónicos y su admisibilidad como prueba en procedimientos civiles. La verificación de las condiciones de existencia y validez de los actos jurídicos celebrados de forma clásica, desde el punto de vista de los medios electrónicos, nos anuncia que no hay impedimento legal retirar la autorización de la aceptación de esta nueva forma de contrato. Por otra parte, no es, en nuestro sistema jurídico, las disposiciones reglamentarias no específicos que sirven de apoyo jurídico a la validez de los contratos acordados por medios electrónicos, lo que lleva a la conclusión de que, incluso sin la presencia de las normas que tratan específicamente sobre la regulación de las transacciones electrónico, debe ser sostenida y eficaz peso legal probatoria de los contratos electrónicos en el procedimiento civil.
RESUMEN. El “contratualismo” es la concepción filosófica dominante en el pensamiento político occidental acerca de la emergencia de las sociedades políticas. Sin embargo las concepciones contratualistas son fuertemente a-históricas y suelen ser fuertemente criticadas por diversas corrientes de pensamiento, ostentando debilidades. El presente estudio busca examinar algunas de las teorizaciones contratualistas en contraste con las concepciones basadas en el conflicto social a partir de los modelos de la Teoría de los Juegos, según el método deductivo. Las conclusiones no son triviales. El artículo muestra que concepciones sobre el estado de la naturaleza como las sostenidas por diversas doctrinas contratualistas son verosímiles desde ciertos modelos de juegos aplicables a los problemas de acción colectiva. El artículo demuestra aún la plausibilidad de ciertas concepciones contratualistas a partir de la posibilidad de emergencia de patrones de cooperación e interacción persistentes de forma independiente de institucionalización. El artículo trata de demostrar, aún, que algunas concepciones basadas en el conflicto pueden ser consideradas plausibles en circunstancias ejemplares a partir de modelizaciones realizadas con base en la Teoría de los Juegos. INTRODUÇAO; 1 O CONTRATUALISMO EM HOBBES, XXXXX E XXXXXXXX; 2 A TEORIA DO CONFLITO DE
RESUMEN. Contrato emocional y código de ética: pilares de la reconstrucción conyugal
RESUMEN. A partir de la segunda mitad del siglo XIX se inició el desarrollo de las plantaciones de café y cacao en Santo Tomé y Príncipe. Este archipiélago se estaba transformando en una colonia de plantaciones. Sin embargo, considerando la falta de recursos económicos e industriales de la potencia colonizadora - Portugal-, la única fuerza productiva para el desarrollo de los campos sería el empleo de mano de obra barata y la imposición de trabajo forzoso. Sin embargo, Santo Tomé y Príncipe, además de tener un índice demográfico bajo, los nativos de Santo Tomé se negaron a trabajar en el campo (siembra, cultivo y otras actividades del campo) y estos nativos, en principio, también poseían Campos de café y cacao. En consecuencia, el gobierno colonial portugués, durante ese período, promulgó una serie de leyes destinadas al reclutamiento y la emigración de mano de obra barata e intensiva en otras colonias portuguesas en África, particularmente en Angola.