Common use of ANTECEDENTES GENERALES Clause in Contracts

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las partes comparecientes vienen, por este acto, a manifestar su conformidad en cuanto a renovar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este Servicio, en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 2. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2524-LR19LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78°37, de fecha 00 xx xxxxx xx 201924 de julio de 2020, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530826, de fecha 00 xx xxxxxx xx 201930 de septiembre de 2020 y la Resolución Exenta N° 946 de fecha 30 de noviembre de 2020, ambas de este ServicioSENDA, se adjudicaron diferentes propuestas públicasdeclararon desiertas determinadas líneas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundacellas la N° 76. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio Habida consideración de lo anterior, por segunda vez, se licitó públicamente, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-28-LR20, la contratación del referido servicio, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas por Resolución Exenta N° 880, de lo establecido fecha 29 de octubre de 2020, de Senda, en las que se incluyó la Línea de Servicio mencionada en el artículo 12 del Decreto párrafo anterior, esta vez, bajo la Línea 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”3. Así las cosasPosteriormente, por medio de Resolución Exenta N° 31016, de fecha 03 31 de enero 2021diciembre de 2020, de Senda, se adjudicó propuesta pública y en virtud se declaró desierta la licitación respecto de los motivos que se detallan en el referido acto administrativodeterminadas Líneas de Servicio, entre ellas, la N° 3. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de tratamiento correspondiente a la referida línea de servicio, se dio curso al proceso ha resuelto contratar con CTR Anástasis Ltda. -mediante el procedimiento de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para contratación directa- la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o para adolescentes y jovenes ingresados al sistema penal por ley N° 20.084 con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución Exenta 78880, de fecha 00 xx xxxxx xx 201929 de octubre de 2020, de este ServicioSenda, las que para efectos de esta contratación directa constituirán los Términos de referencia y podrán ser denominados en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes y jóvenes ingresados al sistema penal por ley n° 20.084 con consumo problemático de drogas y alcohol con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) la Línea de servicio Servicio 23. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-2528-LR19LR20. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 201921 de julio de 2020, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °968 de fecha 00 xx xxxxxx xx 201914 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx adjudicó la propuesta pública a HOGAR CREA CHILE - Rehabilitación de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para adiccionespara la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcoholespecíficamente las líneas N° 6, 84, 89, 98. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 201921 de julio de 2020, de este Servicio, ; en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o ”, “bases de licitación”., o “términos de referencia” 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio las líneas 26, 84, 89 y 98. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N ID 662237-2523-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.LR-20

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Samples: Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2534-LR19LR22, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 7825, de fecha 00 22 xx xxxxx xx 2019de 2022, de este ServicioSENDA. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530702, de fecha 00 xx xxxxxx xx 201929 de noviembre de 2022, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas aclarada y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados rectificada por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3751, de fecha 03 15 de enero 2021diciembre de 2022, ambas de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativoSENDA, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerandoadjudicó la propuesta pública a FUNDACIÓN CERRO XXXXX XXXXX, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcoholespecíficamente, la(s) Línea(s) N° 76. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 7825 de fecha 22 xx xxxxx de 2022, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este ServicioSENDA, en adelante indistintamente también “bases administrativas y técnicas” o ”, “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(sLínea(s) de servicio 276. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID 662237-2534-LR19LR22. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR1918- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 7816, de fecha 00 08 xx xxxxx xx 2019de 2021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530580, de fecha 00 29 xx xxxxxx xx 2019xxxxx de 2021, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme adjudicó la propuesta pública a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerandoCorporación Amulén Profesionales, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas y Adolescentes con consumo problemático específicamente la(s) línea(s) de drogas y alcoholservicio N° 6. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 7816, de fecha 00 08 xx xxxxx xx 2019de 2021, de este Servicio, en adelante adelante, indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación” o “bases”. 2.- La(s) l Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 26. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°° 662237-2518-LR19LR21. 4.- La En la Resolución Exenta N° 530580, de fecha 00 29 xx xxxxxx xx 2019xxxxx de 2021, de este Servicio, Servicio que adjudicó Adjudica la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-2518-LR19LR21. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR-20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °968 de fecha 00 xx xxxxxx xx 201914 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme adjudicó la propuesta pública a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, Corporación Comunidad Terapéutica Esperanza para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anteriorespecíficamente las líneas N° 18, las 19, 20 Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio, ; en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases técnicas”,“bases de licitación”., o “términos de referencia” 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio las líneas 218, 19, 20. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N ID 662237-2523-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.LR-20

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Samples: Contract for the Provision of Services

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR-20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °968 de fecha 00 xx xxxxxx xx 201914 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme adjudicó la propuesta pública a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, Comunidad Terapéutica Horizonte para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas específicamente las líneas N° 69, 71 y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol80. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio, ; en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases técnicas”,“bases de licitación”., o “términos de referencia” 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio las líneas 269, 71 y 80. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID 662237-2523-LR19LR20. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2524-LR19LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, °37 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, 826 de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, 30 de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx septiembre de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas 2020; y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3946 de 30 de noviembre de 2020, ambas de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativoSENDA,, se dio curso al proceso declararon desiertas determinadas líneas, entre ellas la Línea de renovación Servicio N° 68. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de contratos que tratamiento correspondiente a la(s) referida(s) línea(s) de servicio, se indican en ha resuelto contratar con la entidad- mediante el cuadro adjunto en el presente considerando, para procedimiento de contratación directa- la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas adolescentes y Adolescentes jovenes ingresados al sistema penal por ley N° 20.084 con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o para adolescentes y jovenes ingresados al sistema penal por ley N° 20.084 con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 7837 de 24 de julio de 2020, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, las que para efectos de este Servicio, esta contratación directa constituirán los Términos de referencia y podrán ser denominados en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes y jóvenes ingresados al sistema penal por ley n° 20.084 con consumo problemático de drogas y alcohol con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) la Línea de servicio Servicio 268. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-2524-LR19LR20. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 20190000, de este xx xxxx Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °968 de fecha 00 xx xxxxxx xx 201914 de diciembre de 2020, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundacadjudicó la propuesta pública a Comunidad Terapéutica Orión Ltda. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas específicamente las líneas N° 55,94, 95 y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las 99 Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del la=P==r=e=v=e=n=c=i=ó=n==y=R==e=h=a=b==il=it=a=c=ió==n=d==e=l =Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante mediTaOnMteAlDaORReAsZoÓlNucCiOóNnANLC° A3N5CdEe 21 de julio de Por orden del Contralor General de la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este Servicio, en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”.República 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio las líneas 255,94, 95 y 99. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N ID 662237-2523-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.LR20

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Samples: Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR-20, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 201921 de julio de 2020, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °820 de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, 29 de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx septiembre de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas 2020; y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3939 de 24 de noviembre de 2020 , ambas de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativoSENDA, se dio curso al proceso declararon desiertas determinadas líneas, entre ellas, la Línea de renovación Servicio N° 79. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de contratos que tratamiento correspondiente a la(s) referida(s) línea(s) de servicio, se indican en ha resuelto contratar con la entidad- mediante el cuadro adjunto en el presente considerando, para procedimiento de contratación directa- la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 201921 de julio de 2020, de este Servicio, ; en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o ”, “bases de licitación” o “términos de referencia. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) la Línea de servicio Servicio 279. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N ID 662237-2523-LR19LR-20. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2523-LR19LR-20, la contratación del servicio objeto de la presente modificación, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 7835, de fecha 00 xx xxxxx xx 201921 de julio de 2020, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N°820, de 29 de septiembre de 2020 y Resolución Exenta N° 530939, de fecha 00 xx xxxxxx xx 201924 de noviembre de 2020, ambas de este ServicioSENDA, se adjudicaron diferentes propuestas públicasdeclararon desiertas determinadas líneas, entre ellas, las cuales se encuentran Líneas de Servicio N° 14, 56, 57, 73, 74 y 106. Con todo, por ser indispensable para SENDA cubrir las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx necesidades de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme tratamiento correspondiente a lo establecido en el número 2.1las referidas líneas de servicio, del subtítulo 2 sobre “Duración con fecha 04 de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx enero de 2021”. Sin perjuicio , SENDA y Fundación Paréntesis -mediante el procedimiento de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por trato directo- suscribieron un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, contrato para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, instrumento que fue autorizado y aprobado por la Resolución N° 15, de fecha 01 xx xxxxx de 2021, de SENDA. En razón de lo anterior, las partes comparecientes vienen, por este acto, a manifestar su conformidad en cuanto a renovar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento y, en este sentidoMediante el referido contrato, la Entidad Fundación Paréntesis se compromete comprometió a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el ServicioSENDA, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este Servicio, en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 2. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Modificación De Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió licitó públicamente a licitar públicamentetravés del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, con el ID 662237-46-LR19, la contratación del servicio objeto del presente contrato. En el referido proceso de licitación, mediante Resolución Exenta N° 896, de 27 de diciembre de 2019, de este Servicio, se declaró desierta la línea de Servicio N° 3. Con todo, siendo indispensable para SENDA, cubrir las necesidades de tratamiento correspondiente a la referida línea de servicio, se ha resuelto contratar con la entidad - mediante el procedimiento de contratación directa - la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 personas en situación xx xxxxx xx 2019, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las En lo pertinente, las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas en situación xx xxxxx con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la la Resolución N° 78, 99 de fecha 00 13 xx xxxxx xx xxxxxx de 2019, las que fueron modificadas mediante la Resolución N° 102 de este Servicio8 de octubre de 2019, y aclaradas mediante la Resolución Exenta N° 694 de 14 de octubre de 2019, todas de SENDA; las que para efectos de esta contratación directa constituirán los Términos de referencia y podrán ser denominados en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) La nueva Propuesta Técnica presentada por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) presentada para la(s) línea(s) la línea de servicio N° 2°3. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-2546-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2519-LR19LR22, la contratación del servicio objeto del presente contrato, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N°5 de 25 de febrero de 2022. Las referidas bases fueron aclaradas mediante la Resolución Exenta N° 78270, de fecha 00 11 xx xxxxx xx 2019de 2022, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, °374 de fecha 00 30 xx xxxxxx xx 2019xxxx de 2022, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme adjudicó la propuesta pública a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ASOCIACION CRISTIANA DE JOVENES DE SANTIAGO para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas específicamente las líneas de servicio N° 14,16 y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol18. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas condenadas a libertad vigilada y libertad vigilada intensiva con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 785, de fecha 00 xx xxxxx xx 201925 de febrero de 2022, de este Servicio, Servicio en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) La Propuesta Técnica presentada por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) presentada para la(s) línea(s) las líneas de servicio N° 214,16 y 18. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-2519-LR19LR22. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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Samples: Prestación De Servicios

ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR1918- LR21, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 7816, de fecha 00 xx xxxxx xx 20192021, de este Servicio. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530580, de fecha 00 xx xxxxxx xxxxx xx 20192021, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx adjudicó la propuesta pública a Sociedad de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas Tratamientos y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerandoRehabilitación Cronos Limitada, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas y Adolescentes con consumo problemático específicamente la(s) línea(s) de drogas y alcoholservicio N° 14. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 7816, de fecha 00 xx xxxxx xx 20192021, de este Servicio, en adelante adelante, indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación” o “bases”. 2.- La(s) l Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 214. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°° 662237-2518-LR19LR21. 4.- La En la Resolución Exenta N° 530580, de fecha 00 xx xxxxxx xxxxx xx 20192021, de este Servicio, Servicio que adjudicó Adjudica la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-2518-LR19LR21. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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ANTECEDENTES GENERALES. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol. Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. Dentro del contexto descrito, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, licitó públicamente a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo con el ID 662237-2546-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 2019, de este Serviciocontratación del servicio objeto del presente contrato. En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530896, de fecha 00 xx xxxxxx xx 27 de diciembre de 2019, de este Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes: Xxxxx XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ARICA RE-756/19 Tarapacá SERPAJ Centro Xxxxx XXXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxx PSICOFAM PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos XXXXXX XX-000/00 Xxxxxxxxxx PSICOFAM PAI IA Tierra Bella RE-753/19 O'Xxxxxxx Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX X-000/00 Xxxxx Soc. Servicios Gamma Ltda CIR Gamma Comunitario XXXXX XX-000/00 Xxxxx Fundac. Paréntesis Centro adjudicó la propuesta pública a Comunidad La Escalera TALCA RE-731/19 Biobío Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx XXXXXXXXXX R-113/19 La Araucanía Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxx Xxxxx XXX XXXXX X-000/00 Xxx Xxxx Corp. Lafken Profesionales Antulemu Xxxxxxxx XXXXXXXX R-114/19 Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”. Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”. Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerandoRoca, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niñostratamiento, Niñas específicamente la líneas de servicio N° 11 y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol12. En razón de lo anterior, las Las partes comparecientes vienen, por mediante este acto, a manifestar acto manifiestan su conformidad acuerdo en cuanto a renovar contratar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento contrato y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello. La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican: 1.- : 1 Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes personas en situación xx xxxxx con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la la Resolución N° 78, 99 de fecha 00 13 xx xxxxx xx xxxxxx de 2019, las que fueron modificadas mediante la Resolución N° 102 de este Servicio8 de octubre de 2019, y aclaradas mediante la Resolución Exenta N° 694 de 14 de octubre de 2019, todas de SENDA; en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”. 2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 2. 3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19. 4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 2019, de este Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19. 5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol. 6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.

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