ASISTENCIA DENTAL Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA DENTAL. LA UNIVERSIDAD PROPORCIONARÁ A SUS TRABAJADORES ACADÉMICOS, CÓNYUGE E HIJOS, POR CONDUCTO DE LA ESCUELA DE ODONTOLOGÍA DE LA PROPIA INSTITUCIÓN, SERVICIOS MEDICO- DENTALES, CONSISTENTES EN OBTURACIONES DE AMALGAMAS Y RESINAS COMPUESTAS, PROFILAXIS, CURACIONES E INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS, Y TRATAMIENTO DE LAS DIVERSAS ESPECIALIDADES, DICHOS SERVICIOS SERÁN ASESORADOS POR LOS MAESTROS RESPONSABLES DE LA ESPECIALIDAD DE QUE SE TRATE.
ASISTENCIA DENTAL. A través de una llamada telefónica a la línea de la Compañía de Asistencia, el ASEGURADO recibirá la atención odontológica de los servicios dentales básicos que se señalan a continuación, a través de la red odontológica que la Compañía de Asistencia tenga convenida. Aplica en toda la República Mexicana con excepción de Veracruz y Baja California Sur. • 1 Limpieza Dental Básica Sin Costo al año • 1 Consulta de Diagnóstico Sin Costo al año Adicional a los servicios básicos antes mencionados, en caso de que el ASEGURADO requiera tratamientos o d o ntológicos ad ic ionales, se le o to rgarán al ASEGURADO costos preferenciales en los Tratamientos Od ontológicos que requiera sin límite de eventos anuales, con cualquiera de los odontólogos que el Asegurado elija de la red odontológica de la Compañía.
ASISTENCIA DENTAL. A través de una llamada telefónica a la línea de la Compañía de Asistencia, el ASEGURADO recibirá la atención odontológica de los servicios dentales básicos que se señalan a continuación, a través de la red odontológica que la Compañía de Asistencia tenga convenida . Aplica en toda la república mexicana con excepción de Veracruz y Baja California Sur . • 1 Limpieza Dental Básica Sin Costo al año • 1 Consulta de Diagnóstico Sin Costo al año • Adicional a los servicios básicos antes mencionados, en caso de que el ASEGURADO requiera tratamientos odontológicos adicionales, se le otorgarán al ASEGURADO costos preferenciales en los Tratamientos Odontológicos que requiera sin límite de eventos anuales, con cualquiera de los odontólogos que el ASEGURADO elija de la red odontológica de la Compañía Para efectos del presente contrato, las dos partes convienen en definir los siguientes términos como a continuación se expresa:
ASISTENCIA DENTAL. La extensión de las garantías antes indicadas es la siguiente:
ASISTENCIA DENTAL. Por la presente garantía, el Asegurador garantiza el acceso a los servicios detallados en las Condiciones Particulares de la póliza así como en el apartado “Servicios Médicos Odontoestomatológicos Codificados” de la Guía Dental, la cual forma parte de la docu- mentación de la presente póliza. Los servicios médicos odontoestomatológicos codificados se prestarán, exclusivamente, en los servicios publicados en la Guía Dental. En la presente garantía no se podrán entregar indemnizaciones en metálico en sustitución de la prestación del servicio dental, no obs- tante, el Asegurado podrá escoger libremente el profesional que desea le preste el servicio entre los concertados en la Guía Dental. El Asegurado deberá identificarse con el documento acreditativo facilitado por el Asegura- dor ante los profesionales puestos a su disposición, ya sean de su provincia de residencia o de cualquier otra en que el Asegurador disponga de Guía Dental publicada.
ASISTENCIA DENTAL. Cobertura dental que incluye limpieza de boca gratuito, extracciones en menores, ade- más de franquicias en los servicios de odontología: - Empastes - Tratamientos - Implantes - Selladores oclusales - Ortodoncias - Cirugía oral - Endodoncias - Prótesis - etc El Ayuntamiento podrá rechazar cualquier propuesta que no garantice la prestación de los servicios mínimos requeridos en los presentes pliegos en la isla de La Palma.
ASISTENCIA DENTAL. El Titular y/o Beneficiario recibe completamente gratis, por parte del profesional dental de la Red de Odontólogos: • Consulta, (previa cita) ya sea preventiva o diagnóstica, comprende la realización de la historia clínica, valoración y técnica de cepillado. – Solo la primera consulta de historial. • Consulta Oral y Servicio de Emergencia (dolor agudo)*. - Sin límite de eventos • Evaluación Detallada (diagnóstica y de control). • Radiografía Peri apical (diagnósticas). – Las necesarias sin límite de eventos.
ASISTENCIA DENTAL. Se proporcionará a través del prestador de servicios con costo preferencial, la atención de urgencias dentales que puede realizarse el Asegurado a través de una red de clínicas y de prestadores de servicios dentro del territorio nacional.
ASISTENCIA DENTAL. Condiciones particulares del producto asistencia dental

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  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.