Servicio de emergencia Cláusulas de Ejemplo

Servicio de emergencia. La LDC seguirá respondiendo ante fugas y emergencias. En el caso de una interrupción del servicio u otra emergencia, el Cliente debe llamar de inmediato a la LDC a Con Edison 1-800-75CONED; Orange y Rockland al 0-000-000-0000; KeySpan 000-000-0000 (NYC) y 0-000-000-0000 (Long Island); Niagara Mohawk al 0-000-000-0000; Central Xxxxxx al 1-800-527-2714; RG&E al 0-000-000-0000; NYSEG al 1-800-572-1131; National Fuel al 1-800-444-3130 y al personal de emergencia. El Cliente luego deberá llamar a IDTE al: 0-000-000-0000.
Servicio de emergencia. Se prestará un servicio de emergencia durante las 24 horas, tanto en días hábiles como feriados, disponiendo de un plazo máximo de 1 (una) hora para acudir y subsanar cualquier tipo de inconveniente, en especial toda vez que queden personas encerradas en cabina. La adjudicataria indicará los números de teléfonos, radiomensaje o celular a los cuales el Banco podrá requerir este servicio. 1.3.11.
Servicio de emergencia. Este servicio deberá estar disponible durante las 24 (veinticuatro) horas del día, tanto en días hábiles como feriados, y se deberá cumplimentar dentro de las 2 horas de efectuado el pedido. En caso de que las instalaciones del Centro de Procesamiento de Datos (CPD) puedan ser las afectadas por fallas atribuibles a los grupos a su cargo, el plazo de atención se reducirá a los 60 (sesenta) minutos. VI.3.
Servicio de emergencia. Al objeto de garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación en caso de avisos urgentes, la empresa adjudicataria dispondrá de un servicio telefónico permanente atendido por personal de la propia empresa durante 24 horas todos los días del año. El adjudicatario dispondrá del personal, equipos, medios técnicos y repuestos necesarios para resolver inmediatamente cualquier avería o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de deterioro de las instalaciones objeto del presente pliego.
Servicio de emergencia. La LDC seguirá respondiendo ante fugas y emergencias. En el caso de una fuga de gas, interrupción del servicio u otra emergencia, el Cliente debe llamar de inmediato a la LDC a Con Edison 1-800-75CONED; Orange y Rockland al 0-000-000-0000; KeySpan 000-000-0000 (NYC) y 0-000-000-0000 (Long Island); Niagara Mohawk al 0-000-000-0000; Central Xxxxxx al 1-800-527-2714; RG&E al 0-000-000-0000; NYSEG al 1-800-572-1131; National Fuel al 1-800-444-3130 y al personal de emergencia. El Cliente luego deberá llamar a RESI al 0-000-000-0000.
Servicio de emergencia. La EDC seguirá respondiendo a las emergencias. En caso de interrupción del servicio u otra emergencia, el Cliente debe llamar de inmediato a la EDC en Atlantic City Electric al 0-000-000-0000; en Public Service Electric and Gas al 0-000-000-0000; en Jersey Central Power & Light al 0-000-000-0000. Luego, el cliente debe llamar a Power Up al: 0- 000-000-0000.
Servicio de emergencia. 18.1 El servicio de emergencia de 24 horas es necesario para proporcionar y mantener un servicio fiable y, por lo tanto, se acuerda que LUMA pueda asignar a los empleados un servicio xx xxxxxxx y proporcionarles una camioneta xx XXXX si se dispone de un espacio de estacionamiento aceptable en la vivienda del empleado.
Servicio de emergencia. Además del horario habitual obligatorio descrito anteriormente, la empresa adjudicataria deberá prestar un servicio de emergencia (propio de la empresa y no subcontratado) ubicado en territorio nacional y que garantice la atención 24 horas los 365 días del año. Su función será apoyar y ayudar al personal del Senado en caso de urgencia, y deberá comunicar inmediatamente a la agencia la incidencia ocurrida. El servicio de emergencia deberá ser capaz de resolver incidencias que impliquen pago posterior de sus servicios (principalmente obtención de billetes, alojamiento y, en su caso, alquiler de vehículos). Dicho servicio de emergencia sólo resolverá las incidencias relativas a los viajes oficiales del Senado. Mensualmente, la agencia facilitará a la Dirección de Relaciones Internacionales del Senado información sobre las incidencias atendidas por este servicio y la solución que se dio a las mismas. Los licitadores deberán especificar en sus ofertas la tarifa que corresponderá a este número telefónico y quién asumirá el pago de la misma. Se podrá ofrecer que el servicio de emergencia se preste a través de un teléfono gratuito para el Senado, en los términos previstos en la cláusula 15ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Servicio de emergencia. Al objeto de garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación, la empresa adjudicataria dispondrá de un servicio telefónico atendido por personal de la propia empresa todos los días del año, entre las 8:00 y las 22:00 h.
Servicio de emergencia. El Concesionario deberá proporcionar a los Usuarios un servicio permanente de emergencia en cada localidad abastecida. Al respecto deberá poner a disposición medios de atención y respuesta las veinticuatro (24) horas del día, en forma ininterrumpida.