ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. Este servicio permite al asegurado ponerse en contacto, mediante teléfono o chat, con un técnico cualificado con el fin de disponer de soporte en la utilización de un ordenador personal de sobremesa o portátil, tablet o smartphone, en el ámbito objeto del presente contrato. Se prestará asistencia sobre hardware, software tanto para Microsoft como para Mac, Linux y Android. Este servicio se prestará telefónicamente a cualquier tablet o smartphone de los distintos sistemas operativos existentes en el mercado. Los servicios incluidos son: • Ayuda en el manejo de cualquier aplicación y herramienta existente en el mercado. • Instalación y desinstalación de las mismas. • Actualización y configuración del sistema operativo y de cualquier aplicación para el software, siempre que el asegurado disponga de la licencia pertinente o la actualización sea gratuita. • Asesoramiento sobre requisitos hardware y software. • Instalación y configuración de periféricos tales como impresoras o escáneres. • Configuración de puntos de restauración en caso de avería lógica del sistema. • Configuración de cuentas de correo electrónico ya sean de dominio privado o de servidores de Internet. • Limpieza de virus mediante herramientas específicas y optimización del sistema operativo. • Configuración de redes y dispositivos 3G. Cuando sea necesario el CD-ROM con el software original del dispositivo y el asegurado no disponga del mismo, los técnicos buscarán y descargarán el software de Internet siempre que sea posible y que el asegurado disponga de la licencia pertinente o el software sea gratuito. El asegurado deberá, previamente a la toma de control remoto del equipo, realizar copias de seguridad de los datos, software u otros ficheros almacenados en los discos de su ordenador u otros soportes. No existirá límite en la utilización del servicio por lo que el asegurado podrá solicitar durante la anualidad todas las asistencias que estime necesarias para cada uno de los dispositivos. 4. Asistencia Informática a domicilio: Esta asistencia se prestará en días laborables, y no incluye, en caso de resultar necesarios, el coste de los materiales. Sólo se instalará, en caso de resultar necesario, software con la licencia oportuna. El asegurado podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domicilio para solucionar cualquier incidencia distinta a la establecida en la asistencia informática remota. En este caso, todos los costes, como el desplazamiento, los materiales o la mano de obra,...
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. El servicio consiste en la asistencia informática telefónica que pudiesen requerir los BENEFICIARIOS para el caso de sufrir incidencias en equipos de uso cotidiano como PC, tabletas, iPads, etc. y, en caso de necesidad, de manera remota a través de la instalación vía Internet por parte del BENEFICIARIO, bajo las instrucciones de un equipo técnico, de un software de control remoto de su equipo. Las prestaciones incluidas son: • Instalación y desinstalación de las aplicaciones. • Actualización de versiones y Servicie Pack para el software soportado, siempre que el cliente disponga de la licencia pertinente o la actualización sea gratuita. • Configuración de los sistemas operativos y aplicaciones. • Asesoramiento sobre requisitos hardware y software para las aplicaciones. • Estaciones de trabajo y servidores Intel o AMD con sistema operativo Windows.
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. Siempre que el BENEFICIARIO necesite efectuar una consulta o recibir ayuda para solucionar incidencias que afecten a equipos informáticos de uso doméstico de su propiedad, (hasta un máximo de tres equipos por BENEFICIARIO y GRUPO FAMILIAR), el proveedor pone a su disposición los siguientes servicios:
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. El número máximo de ordenadores a los que se prestará el servicio es de 4 por cada póliza contratada. No existirá límite en la utilización de esta garantía, por lo que el Asegurado podrá solicitar durante la anuali- dad todas las asistencias que estime nece- sarias para cada uno de los ordenadores. Esta garantía permite al Asegurado poner- se en contacto, mediante teléfono o chat en Internet, con un técnico cualificado con el fin de disponer de soporte técnico en la utilización de equipos de uso personal (hardware), programas (software) e inter- net (tanto para Microsoft, Mac o Linux), en el ámbito objeto de la presente Póliza de seguro. Se entiende por equipos de uso personal los siguientes: - Ordenadores de sobremesa - Ordenadores portátiles - Impresoras - Escáneres - Navegadores portátiles GPS más comu- nes - Otros periféricos Las prestaciones incluidas en esta garan- tía son: - Ayuda en el manejo de las aplicaciones, herramientas y comunicaciones sopor- tadas. - Instalación y desinstalación de las apli- caciones soportadas. - Actualización de versiones y Service Pack para el software soportado, siem- pre que el Asegurado disponga de la licencia pertinente o la actualización sea gratuita. - Configuración de los sistemas operati- vos y aplicaciones soportadas. - Asesoramiento sobre requisitos hardwa- re y software para las aplicaciones so- portadas. - Instalación y configuración de periféri- cos tales como impresoras, escáneres, etc. - Para la realización de estas actividades en muchas ocasiones será necesario el CDROM con el software original del dispositivo. Si el Asegurado no dispone del mismo, los técnicos buscarán y des- cargarán el software de Internet siempre que sea posible y que el Asegurado dis- ponga de la licencia pertinente. Queda excluido: - Las asistencias para equipos o progra- mas ajenos al ámbito de cobertura de la presente Póliza, así como servidores. - El soporte a aplicaciones desarrolladas específicamente para productos MS Office (Outlook, Word, Excel, Access, PowerPoint) u otro software de gestión específico (Contaplus...)
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. Este servicio permite al asegurado poner- se en contacto, mediante teléfono o chat en Internet, con un técnico cualificado con el fin de disponer de soporte técnico en la utilización de un ordenador personal (de so- bremesa o portátil), en el ámbito objeto de la presente Póliza de seguro. Entre otros, se prestará asistencia técnica sobre los siguien- tes temas: a Recursos sociales y asistenciales del Mu- b Tutela del Mayor. c Teleasistencia, ayuda domiciliaria, cen-
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA. El Asegurador pone a disposición del Asegurado un servicio telefónico para consultas informáticas, relacionadas con la actividad del Asegurado, disponible las 24 horas del día, todos los días de la semana. Mediante una llamada de teléfono el Asegurado podrá consultar con personal técnico, con el objetivo de ayudarle en la solución de problemas relacionados con las áreas siguientes:  Windows y configuración conexión a Internet  Medios de conexión: RTC, ADSL, cable, Red Local, Fibra, Switch, Wi-Fi Herramientas estándar Internet: Navegador de Microsoft, FireFox, Chrome, Opera, MS Outlook  Motores de búsqueda: Google, Yahoo, MSN  Correo electrónico, Outlook, Hotmail, Gmail  Seguridad de pagos.  Equipos: PC sobremesa y portátil, incluido Apple, tablets, e-books, PDA, impresoras, escáneres  Sistemas operativos: Windows a partir de XP, Mac OS X en adelante MS Office a partir de 2003  Utilidades: Acrobat Reader, WinZip Reader, sincronizadores PC/PDA  Diagnóstico de fallos en TPV y Datáfono Asesoramiento en la compra, instalación, configuración y utilización de los productos tecnológicos más comunes en establecimientos, como son:  Videoconsolas, cámaras digitales, lectores MP3, MP4  Televisores y pantallas TFT, LCD, Led, plasma, lectores DVD, sintonizadores TDT  PDA, GPS.

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  • Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.

  • SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.

  • CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • Derecho de información Cada una de las PARTES queda informada de que los datos de contacto de carácter profesional serán tratados por la otra parte con la finalidad de gestionar el presente Contrato, siendo la base del tratamiento la ejecución del mismo. Los datos se conservarán durante el tiempo en que subsista la relación contractual y hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Además, las PARTES no cederán los datos a terceros, salvo por obligación legal. Asimismo, las PARTES podrán ejercitar en cualquier momento su derecho de acceso, rectificación, limitación, supresión, oposición y portabilidad, respecto de sus datos de carácter personal, dirigiéndose a los delegados de protección de datos de las PARTES: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx nº7 (Edificio Soluble) Madrid 28020 xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx AlaroAvant, S.L. Xxxx. xx Xxxxxx 00, 0X, 00000, Xxxxxx ----------------------------------- ----------------------------------- ---------------------------------- ----------------------------------- Las PARTES podrán también presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Si alguna de las PARTES quisiera hacer una transferencia de Datos Personales de los firmantes fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza, se realizará solo cuando lo permita la legislación aplicable en el EEE, basándose en los mecanismos legales de transferencia y previa autorización del resto de las PARTES afectadas.

  • SOLICITUD DE INFORMACIÓN “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar la información que en su momento le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “LA SECRETARÍA”, con motivo de auditorías, visitas o inspecciones que dichas autoridades lleven a cabo, derivadas de la presente contratación.

  • Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de <seis días> a la fecha límite para la recepción de ofertas.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones