ATENCION AL CLIENTE Cláusulas de Ejemplo

ATENCION AL CLIENTE. De acuerdo con lo previsto en la Orden EC0/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la CNMV y la DGSFP, así como en el Reglamento para la Defensa del Cliente de MUTUACTIVOS AV y MUTUACTIVOS SGIIC, el Cliente deberá interponer sus quejas y reclamaciones, con carácter previo a su presentación ante la CNMV, ante el Negociado de Asistencia e Información, el Departamento de Atención al Mutualista, el Asegurado y al Cliente y el Defensor del Mutualista, del Asegurado y del Cliente, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00,00000 - Xxxxxx, pronunciándose sobre ellas en un plazo máximo de un mes.
ATENCION AL CLIENTE. MASCOTA Y SALUD dispone de un servicio de Atención al Cliente cuya finalidad es facilitar al cliente el acceso a los distintos servicios asistenciales, informando del procedimiento a seguir. El asegurado podrá acceder a este servicio por vía telefónica llamando al teléfono 000000000. CUADRO VETERINARIO: Relación de profesionales y establecimientos veterinarios concertados en cada momento por MASCOTA Y SALUD y que prestan los servicios veterinarios que constituyen el objeto del servicio, con su dirección y teléfono. Puede consultar cuadro en:xxxxx://xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx. com/?_g ASESOR DIGITAL VETERINARIO: WELCOME SEGUROS 2020 garantiza: Facilitar al ASEGURADO información, orientación y atención profesional y personalizada, exclusivamente mediante técnicas de comunicación a distancia (vía telefónica, videoconsulta y mensajería online) para facilitar información orientativa sobre dudas veterinarias generales.
ATENCION AL CLIENTE. La empresa adjudicataria pondrá a disposición deI Instituto MunicipaI de Deportes de Santurtzi un canaI de comunicación permanente (24 horas, 7 días a Ia semana) que garantice Ia adecuada atención, información y resoIución de Ias posibIes incidencias reIacionadas con eI suministro eIéctrico. La empresa adjudicataria designará un gestor con funciones de coordinación, asistencia y asesoramiento en materia de contratación, facturación, caIidad deI suministro y demás aspectos. ReaIizará Ias gestiones de ampIiación de potencia y gestión de nuevas acometidas para Ios suministros con tituIaridad deI Instituto MunicipaI de Deportes de Santurtzi y bajo Ia supervisión de éste. EI adjudicatario finaI deberá aportar aI Instituto MunicipaI de Deportes, aI menos eI nombre, número de teIéfono, número de fax y e-maiI de Ia persona asignada como gestor comerciaI EI comerciaIizador adjudicatario faciIitará eI acceso a su página web de información, ofreciendo datos de consumos, facturas, etc., sin coste para eI consumidor. Es preciso que eI comerciaIizador indique eI procedimiento de acceso a Ia misma así como eI código de acceso a través de Internet. Pondrá a disposición deI Instituto MunicipaI de Deportes toda Ia información que se requiera para optimizar Ia gestión deI suministro eIéctrico y, en particuIar, Ias curvas de carga de potencias horarias activas (períodos de integración de quince minutos) o Ias Iecturas de maxímetros de potencia y Ias curvas de cargas de consumos horarios de energía activa y reactiva. La empresa adjudicataria informará de Ias potencias a contratar para sucesivos contratos en cada período tarifario con eI objeto de minimizar costes de Ios accesos a Ia red, así como de otros parámetros que tengan incidencia en eI coste deI Kwh. La empresa adjudicataria se compromete a proporcionar toda Ia información deI registro de incidencias en un pIazo no superior a 7 días desde que se formaIice Ia petición.
ATENCION AL CLIENTE. La compañía deberá brindar una persona de contacto directo para relaciones comerciales y técnicas con la Delegación de la Unión Europea en El Xxxxxxxx, garantizando una respuesta inmediata a nuestras solicitudes. Suministro de combustible: El proveedor deberá suministrar combustible de buena calidad: − Diesel − Gasolina Corriente − Gasolina Premium La estación de servicio deberá estar ubicada cerca (1-2 km) de las oficinas de la Delegación de la Unión Europea (dirección en el punto 2.) La estación de servicio debe tener como mínimo dos surtidores, uno por cada tipo de combustible adquirido (Gasolina Premium, Gasolina corriente y Diesel), no exclusivos para el uso de la Delegación de la Unión Europea. Se deberá contar con un sistema que asegure el control y la confiabilidad del suministro de combustible. Inmediatamente se suministre el combustible, se debe entregar al conductor de la Delegación el respectivo recibo, donde aparezca cantidad suministrada, tipo de combustible y los datos del vehículo como placa y la fecha con hora del tanqueo. Entregar mensualmente a la Delegación por correo electrónico en archivo Excel, y en forma impresa, los listados de cada uno de los suministros realizados durante este periodo, relacionando: consecutivo, placa, kilometraje, fecha y hora del suministro, tipo de combustible, valor, volumen, valor total del consumo. Disponer de empleados que suministren el combustible con responsabilidad, seguridad y precisión, los cuales deben verificar la placa y el kilometraje de cada vehículo antes del abastecimiento, con el fin de registrarlos en el medio de control que se establezca. Prestar la atención las 24 horas del día, los 7 días de la semana, de modo tal, que garantice el suministro permanente de los combustibles, razón por la cual el contratista debe tener en cuenta que no podrá interrumpir el normal suministro del combustible, aún si se presentan hechos que requieran la realización o reparaciones por daños de surtidores y/o contaminación de los combustibles, arreglos en los tanques subterráneos y patios de servicios, cortes de energía y demás. Capacidad de atender todo el parque automotor. Actualmente el parque automotor está compuesto por 3 vehículos. Si durante la ejecución del contrato se llegase a presentar por parte del Gobierno Nacional un aumento o disminución en los precios del combustible, el contratista deberá informar a la Delegación por escrito (por correo e impresa original) durante los dos días hábiles siguientes...
ATENCION AL CLIENTE. MN PROGRAM SOFTWARE, S.L. podrá subcontratar la ejecución de cualesquiera de sus obligaciones derivadas del presente contrato. En el caso de realizar tratamiento de datos de carácter personal MN PROGRAM SOFTWARE, S.L. no subcontratará aquellos servicios que impliquen tratamiento de datos de carácter personal sin el consentimiento del cliente. A tal efecto, se firmará previamente el contrato de tratamiento de datos vinculado a este contrato principal según el modelo que figura en www.
ATENCION AL CLIENTE. El cliente podrá dirigirse a MN PROGRAM SOFTWARE, S.L., bien a través de su web xxx.xxxxxxxxx.xxx o bien a través del teléfono 000000000 para solicitar información sobre los servicios contratados o presentar quejas, reclamaciones y peticiones y cualquier incidencia relativa al cumplimiento y ejecución de los compromisos adquiridos en el presente contrato. Y en prueba de conformidad firman las partes el presente documento, que se extiende por duplicado, quedando un ejemplar idéntico y auténtico en poder de cada uno de los intervinientes, que lo firman en prueba de conformidad en el lugar y fecha señalados.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.