AUTORIZACIÓN DE CARGOS Cláusulas de Ejemplo

AUTORIZACIÓN DE CARGOS. Podremos solicitar que determinados Cargos sean aprobados en forma previa por Nosotros antes de que sean aceptados por los Establecimientos. Nosotros podemos negar la solicitud de autorización de un Cargo sin causa y sin proporcionar notificación a Usted, aun si la Cuenta de La Tarjeta no se encuentra en atraso. En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de Cargos en forma anticipada, y su línea de crédito se reducirá por el monto de la autorización. Por ejemplo, en los casos xx xxxxx de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el Cargo total aproximado de la renta de un auto, lo que significa que la línea de crédito se reducirá por el monto de dicho Cargo. No obstante de que Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden utilizar Las Tarjetas para la compra de bienes y/o servicios, Las Tarjetas son y serán de nuestra propiedad en todo momento. Nosotros podemos requerirle que nos entregue La Tarjeta en cualquier momento, así como terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos. Para tales efectos le informaremos a través de los medios de comunicación establecidos en el presente Contrato el proceso que deberá seguir para su devolución. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que La Tarjeta ya no es válida.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. 9.1. A no ser que le informemos de un límite de gasto preestablecido, cada cargo se autoriza de acuerdo con el nivel de gastos e historial de créditos de todas sus cuentas establecidas con nosotros, nuestras filiales y afiliadas y/o licenciatarios, y también de acuerdo con su historial de créditos con otras entidades financieras y sus ingresos y recursos personales que conozcamos.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. La Entidad queda expresamente autorizada, a cargar en la Cuenta el importe de las domiciliaciones que hubiera ordenado el Titular (letras, recibos y otros documentos de giro), así como cuantas obligaciones fuesen a cargo del mismo, firmadas por él, y con indicación del número de cuenta de cargo, y de igual modo, queda autorizada a abonar en la Cuenta los cobros ordenados por su titular, nóminas, etc. La Entidad no está obligada a cumplimentar órdenes telefónicas, telegráficas o por télex, a menos que a su juicio tenga datos suficientes que garanticen su autenticidad. El Titular acepta/n el adeudo en la Cuenta de operaciones realizadas mediante nuevos medios de pago asociados a la misma: tarjetas de crédito, cajeros automáticos, cheques garantizados u otros que pudieran ser utilizados en el futuro por el Titular.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. Podremos requerir que las operaciones respecto a cualquier Tarjeta o Cuenta sean autorizadas por Xxxxxxxx antes de que sean aceptadas por un Establecimiento, Agencia de Viajes o Proveedor de Servicios de Via- jes. Podremos rechazar una operación debido a dificultades técnicas, Condiciones Generales razones de seguridad, fraude o supuesto fraude, incluida una conduc- ta inhabitual de gastos, incumplimiento de contrato por su parte o un aumento de la posibilidad de impago, incluso si el Límite de Cuenta no hubiera sido excedido. El Usuario de Cuenta será notificado de cualquier rechazo por el Establecimiento, a través del terminal o sitio web en que sea usada la Tarjeta. Cuando sea posible, le facilitaremos o pondremos a disposición de Usted, a su requerimiento, nuestras razones para cual- quier denegación y le informaremos si hay algo que pueda hacer para rectificar cualquier error que hayan conducido al rechazo. Podrá Usted ponerse en contacto con Nosotros en el número 900 81 45 04, o a través de nuestro sitio web xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. Si existe cualquier cantidad vencida y no pagada conforme al presente Contrato, en este acto el CLIENTE autoriza expresamente a INVEX a cargar dicha cantidad vencida y no pagada sobre los saldos que existieren en las cuentas de depósito aperturadas a nombre del CLIENTE en INVEX. El cargo del adeudo vencido se llevará a cabo en alguna cuenta de depósito o de ahorro abierta con INVEX por el monto total del adeudo vencido o hasta donde alcance, y sólo se podrá efectuar el cargo respectivo cuando dicho saldo deudor esté vencido durante más de 90 (noventa) días naturales y se trate de cargos que no hayan sido objetados en tiempo por el CLIENTE, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. Podemos solicitar que determinados Cargos sean aprobados en autorización de un Cargo con base en nuestras políticas crediticias que tengamos establecidas, aún si la cuenta de la Tarjeta no se encuentra en atraso. En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de Cargos en forma anticipada, el monto de la autorización será registrado como un Cargo regular. Por ejemplo, en los casos xx xxxxx de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el Cargo total aproximado de la renta de un auto, lo que significa que el monto de dicho Cargo será considerado en su cuenta. No obstante de que Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden utilizar las Tarjetas para la compra de bienes y/o servicios, las Tarjetas son y serán de nuestra propiedad en todo momento. Nosotros podemos requerirle que nos entregue la Tarjeta en cualquier momento, así como terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que la Tarjeta ya no es válida.
AUTORIZACIÓN DE CARGOS. Įa Entidad Comercial tiene la facultad de negar la solicitud de autorización de un Cargo sin causa y sin proporcionar notificación en forma previa, con base en nuestros criterios de autorización.

Related to AUTORIZACIÓN DE CARGOS

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.